Boletín Oficial de la República Argentina del 13/06/2005 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 13 de junio de 2005

BOLETIN OFICIAL Nº 30.673

15

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

CONSIDERANDO
Que por el primero de los decretos citados en el VISTO se creó el Programa CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO, con el objeto de instrumentar compromisos de servicio por parte de los organismos públicos prestadores directos, donde se transparenten las condiciones y modalidades operativas de las prestaciones así como los derechos que, con relación al tema, asisten a los ciudadanos.
Que el precitado decreto, al precisar el ámbito de aplicación del Programa, dispuso que el mismo alcanzaba a los organismos comprendidos en el artículo 8º de la Ley Nº 24.156, que define la integración del Sector Público Nacional.
Que la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES, como organismo descentralizado que actúa en jurisdicción del MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, integra el Sector Público nacional y debe, por ende, instrumentar la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO.
Que como integrante del Sector Público Nacional, alcanza también a esta Administración lo dispuesto por el segundo de los decretos citados en el VISTO, por el que se aprobó el PLAN DE MODERNIZACION de la Administración Pública que figura como Anexo I del decreto y uno de cuyos títulos está referido, precisamente, a la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO.
Que como responsable de la administración e implementación de una porción del Fondo Solidario de Redistribución, la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES debe asumir con el máximo grado de rigor, el resguardo no sólo formal, sino también material, de los servicios y prestaciones que brinda por mandato legal.
Que la calidad de los servicios que presta, constituye un derecho permanente de la ciudadanía y como tal un imperativo de irrenunciable cumplimiento por parte del Organismo.

Perú 103-Capital Federal De acuerdo con el procedimiento previsto en el primer párrafo del artículo 42 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos T.O 1991, NOTIFICASE por este medio al Sr. Marcelo CERASO, los términos de la Resolución CNC Nº 1275/2000, dictada en el Expediente Nº 10.234/98, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1º Comisar un transceptor marca LINCOLN, sin modelo, número de serie 65000271, con micrófono de palma y antena, propiedad del señor Marcelo CERASO, de acuerdo con lo aprobado en la decisión que constituye el Anexo al Acta de Directorio número 4 número de orden 207 y con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Se hace constar que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 del Decreto Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos AdministrativosDecreto Nº 1759/72 T.O. 1991, en sus artículos 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.
Consecuentemente, CITASE al señor Marcelo CERASO, a comparecer a estar a derecho en el citado Expediente, dentro de los plazos consignados en el párrafo anterior y a constituir domicilio en la Capital Federal, en los términos de los artículos 20 y 42 del Decreto Reglamentario citado en el párrafo precedente. Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 13/6 N 482.333 v. 15/6/2005

Que la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO, resultará de vital importancia para el funcionamiento interno de la Organización, considerando que el compromiso público que se asumirá, en cuanto a la definición de estándares en los servicios y prestaciones que esta Administración brinda, redundará en una significativa mejora en la calidad de atención de los Agentes del Seguro de Salud y consecuentemente de todos los ciudadanos.

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103-Capital Federal
Que resulta procedente incluir en la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO a todas las unidades operativas del Organismo.
Que en el marco reseñado, resulta competente la Gerencia General para la implementación de la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO y para entender en la coordinación y evaluación de su desarrollo.
Que por todo lo expuesto, es procedente dictar el acto administrativo respectivo.
Por ello y de acuerdo con lo dispuesto a través de los Decretos Nº 53/98 y Nº 167/02, EL INTERVENTOR
DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES
RESUELVE
ARTICULO 1º Impleméntase en todo el ámbito de la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS
ESPECIALES, la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO, que como ANEXO integra la presente, por las razones y en un todo de acuerdo con lo expuesto en los CONSIDERANDOS que anteceden.
ARTICULO 2º Dispónese que la Gerencia General del Organismo será la encargada de la implementación de la CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO, entendiendo en la coordinación y evaluación de su desarrollo. Asimismo, mediante la utilización de todos los medios de difusión existentes, impulsará una política de comunicación externa e interna, tendiente a poner en conocimiento del personal de este Organismo, de los agentes del seguro de salud y de la ciudadanía, la vigencia y los compromisos asumidos en el Programa CARTA COMPROMISO CON EL CIUDADANO.
ARTICULO 3º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y, oportunamente, archívese. Lic. EUGENIO DANIEL ZANARINI, Interventor, Adm. de Programas Especiales.
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en www.boletinoficial.gov.ar e. 13/6 N 482.295 v. 13/6/2005

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103-Capital Federal De acuerdo con el procedimiento previsto en el primer párrafo del artículo 42 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos T.O 1991, NOTIFICASE por este medio al Sr. Marcelo SANCHEZ, los términos de la Resolución CNC Nº 1221/00, dictada en el Expediente Nº 10.120/98, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1º Comisar un transceptor marca SUPERSTAR, modelo 3001, número de Serie 116.332, con micrófono de palma y antena, propiedad del señor Marcelo SANCHEZ, de acuerdo con lo aprobado en la decisión que constituye el Anexo al Acta de Directorio número 4 número de orden 159
y con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Se hace constar que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 del Decreto Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos AdministrativosDecreto Nº 1759/72 T.O. 1991, en sus artículos 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.

De acuerdo con el procedimiento previsto en el primer párrafo del artículo 42 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos T.O 1991, NOTIFICASE por este medio al Sr. Eduardo TORRADO los términos de la Resolución CNC Nº 1446/2004 dictada en el Expediente Nº 10.622/98, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1º Comisar un transceptor marca YAESU modelo FT-2500M, serie Nº 5K230065, con micrófono de palma y antena, propiedad del Sr. Eduardo TORRADO de acuerdo con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por Ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Se hace constar que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 del Decreto Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos AdministrativosDecreto Nº 1759/72 T.O. 1991, en sus artículos 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.
Consecuentemente, CITASE al señor Eduardo TORRADO, a comparecer a estar a derecho en el citado Expediente, dentro de los plazos consignados en el párrafo anterior y a constituir domicilio en la Capital Federal, en los términos de los artículos 20 y 42 del Decreto Reglamentario citado en el párrafo precedente. Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 13/6 N 482.335 v. 15/6/2005

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
Perú 103-Capital Federal De acuerdo con el procedimiento previsto en el primer párrafo del artículo 42 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos T.O 1991, NOTIFICASE por este medio al Sr. Walter Jesús TREJO, los términos de la Resolución CNC Nº 1169/00, dictada en el Expediente Nº 10.735/98, cuya parte resolutiva pertinente se transcribe a continuación:
ARTICULO 1º Comisar un transceptor marca MOTOROLA, modelo RADIUS, número de Serie 778FQW4938, con micrófono de palma y antena, propiedad del señor Walter Jesús TREJO, de acuerdo con lo aprobado en la decisión que constituye el Anexo al Acta de Directorio número 4 número de orden 107 y con lo establecido en el artículo 81, inciso a del Decreto Ley Nº 33.310/44, ratificado por ley Nº 13.030, por los motivos expuestos en los considerandos.
Se hace constar que el presente se publica por el término de TRES 3 días y que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 33 del Decreto Nº 1185/90 y sus modificatorios, el acto dictado agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual y conforme lo establece la Ley Nacional de Procedimientos AdministrativosDecreto Nº 1759/72 T.O. 1991, en sus artículos 84 y 94, se podrán articular los recursos de reconsideración o alzada dentro de los DIEZ 10 y QUINCE 15 días hábiles administrativos, respectivamente, computados a partir de los CINCO 5 días de la última publicación de este edicto.
Consecuentemente, CITASE al señor Walter Oscar TREJO, a comparecer a estar a derecho en el citado Expediente, dentro de los plazos consignados en el párrafo anterior y a constituir domicilio en la Capital Federal, en los términos de los artículos 20 y 42 del Decreto Reglamentario citado en el párrafo precedente. Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 13/6 N 482.336 v. 15/6/2005

COMISION NACIONAL COMUNICACIONES
Perú 103-Capital Federal
Consecuentemente, CITASE al señor Marcelo SANCHEZ, a comparecer a estar a derecho en el citado Expediente, dentro de los plazos consignados en el párrafo anterior y a constituir domicilio en la Capital Federal, en los términos de los artículos 20 y 42 del Decreto Reglamentario citado en el párrafo precedente. Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.
e. 13/6 N 482.332 v. 15/6/2005

De acuerdo con el procedimiento previsto en el primer párrafo del artículo 42 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos T.O 1991, cítase por este medio a la firma SAN ALFONSO S.A. en el Expediente Nº 11.135/94, para proceder al retiro de la estación radioeléctrica preventivamente secuestrada por esta Comisión Nacional mediante Fiscalización Nº 1675-R.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/06/2005 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date13/06/2005

Page count32

Edition count9391

Première édition02/01/1989

Dernière édition09/07/2024

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