Boletín Oficial de la República Argentina del 15/07/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 15 de julio de 2004

Que la Ley de Radiodifusión Nº 22.285 establece en su artículo 39 inc. a que Las licencias para la prestación del servicio de radiodifusión por particulares serán adjudicadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL mediante concurso público sustanciado por el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, conforme lo establezca la reglamentación de esta ley, para el caso de estaciones de radiodifusión sonora y de televisión.

BANCO CIUDAD
www.bancociudad.com.ar Asociación Internacional de Entidades de Crédito Prendario Martillero: Decreto Ley 9372/63 art. 8 inc. m, Ley 19.642 y Ley 20.225
CON BASE

Que por consiguiente, las estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, de acuerdo con el sistema legal vigente, deben ser adjudicadas por decreto del PODER EJECUTIVO
NACIONAL, previa sustanciación de los correspondientes concursos públicos convocados al efecto por este COMITE FEDERAL.
Que en el año 1998 se dictó el Decreto Nº 310/98, por el cual se complementa el Régimen de Normalización de Emisoras de Frecuencia Modulada, aprobado por Decreto Nº 1144/96, modificado por su similar Nº 1260/96.

POR CUENTA, ORDEN Y EN NOMBRE DE LA
PROCURACION GENERAL
DIRECCION PATRIMONIO MUNICIPAL Y JUICIOS ESPECIALES
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
BIENES QUE INTEGRAN EL ACERVO DE SUCESIONES VACANTES
MUEBLES - HELADERA - TELEVISOR
OBJETOS VARIOS
SUBASTA: El día 26 de julio de 2004 a las 10,30 horas, en Esmeralda 660, 3er. Piso, Salón Auditorio Santa María de los Buenos Ayres, Ciudad de Buenos Aires.
EXHIBICION: A partir del 19 de julio de 2004 en Dean Funes 1777, Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes de 8,00 a 12,00 horas.
CATALOGOS: En Esmeralda 660, 6to. Piso - Caja Nº 2 - Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 horas.
INFORMES Y CONSULTAS: En Esmeralda 660 - 6to. Piso - Venta de Bienes y Servicios, de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 horas, TE: 4322-7673/9267, FAX 4322-1694/6817.
SUBASTA SUJETA A LA APROBACION DE LA ENTIDAD VENDEDORA
LA SUBASTA COMENZARA A LA HORA INDICADA
e. 15/7 Nº 452.757 v. 15/7/2004
BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES
www.bancociudad.com.ar Miembro de la Asociación Internacional de Entidades de Crédito Prendario Martillero: Decreto Ley 9372/63 art. 8 inc. m, Ley 19.642 y Ley 20.225
REMATE

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explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de ELORTONDO, provincia de SANTA FE, Categoría F, en el marco del Régimen de Normalización de Emisoras de FM, establecido por los Decretos Nº 310/98 modificado por el Decreto Nº 883/01 y Nº 2/
99, como así también por las Resoluciones Nº 16-COMFER/99 modificada por su similar Nº 663COMFER/01.

REMATES OFICIALES
Nuevos
REMATE

BOLETIN OFICIAL Nº 30.442

CON BASE
POR CUENTA, ORDEN Y EN NOMBRE DE:
ANSES

HERRAMIENTAS DE MANO PARA TELEFONIA - HOJAS DE SIERRA
SUBASTA: El día 26 de julio de 2004 a las 10,50 horas, en Esmeralda 660, 3er. Piso, Salón Auditorio Santa María de los Buenos Ayres, Ciudad de Buenos Aires.
EXHIBICION: A partir del 19 de julio de 2004 en Defensa 192 1º piso oficna 1114, Ciudad de Buenos Aires; de lunes a viernes de 10,00 a 16,00 hs.

Que la norma legal citada en primer término modifica el sistema de adjudicación establecido por el artículo 39 de la Ley Nº 22.285, en cuanto a las licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia categorías E, F y G
Que este COMITE FEDERAL dictó la Resolución Nº 16-COMFER/99, por la cual procedió a aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares que regirían los llamados a concurso público y el sistema de adjudicación directa.
Que posteriormente, por Resolución Nº 76-COMFER/99 se llamó a concurso público para la adjudicación de licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión por modulación de frecuencia en las categorías A, B, C y D y se aprobó el cronograma que fijaba las fechas para las aperturas de los concursos y presentación de solicitudes de adjudicación directa de licencias, respecto de las categorías E, F y G.
Que, por Resolución Nº 663-COMFER/01 se modificó el sistema de evaluación de las propuestas presentadas por el sistema de adjudicación directa, sólo respecto de aquellas localizaciones no incluidas en las zonas conflictivas definidas oportunamente por la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES por NOTCNC Nº 6135/00.
Que el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento para la adjudicación directa de la licencia de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de ELORTONDO, provincia de SANTA FE, estableció los requisitos de forma y de fondo que debían reunir las propuestas que se presentaran al mencionado procedimiento.
Que dichos extremos se relacionan, en algunos casos, con el cumplimiento de las condiciones fijadas por la Ley Nº 22.285 para acceder a la titularidad de licencias de servicios de radiodifusión y en otros con las exigencias particulares establecidas para el procedimiento de adjudicación directa.
Que, del análisis efectuado por las áreas competentes de este COMITE FEDERAL, de la propuesta presentada por el señor Benito SANFILIPPO, para la adjudicación directa de la licencia de la estación referida en el primer considerando de la presente, puede concluirse que aquélla se adecua a las exigencias legales y reglamentarias establecidas por la Ley Nº 22.285 y, en particular, a las impuestas por el Pliego de Bases y Condiciones respectivo.
Que por NOTACNC Nº 9942/01 la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, procedió a asignar las frecuencias, canales y señales distintivas, respecto de las solicitudes de adjudicación directa de licencias presentada para la provincia de SANTA FE.
Que de lo expuesto surge que existe factibilidad técnica en la localización en estudio para satisfacer la demanda de frecuencias, a fin de resolver todos los pedidos efectuados por el sistema de adjudicación directa, en caso que cada uno de ellos reúna los requisitos legales y reglamentarios establecidos al efecto.
Que en consecuencia, sin perjuicio de lo que había solicitado el peticionante, el organismo técnico procedió a asignarle el Canal 239, Frecuencia 95.7 Mhz., Categoría F, para la localidad de ELORTONDO, provincia de SANTA FE.

CATALOGOS: En Esmeralda 660, 6to. Piso - Caja Nº 2 - Ciudad de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 horas.

Que la Comisión de Preadjudicación, designada por Resolución Nº 913-COMFER/03, ha concluido que la presentación efectuada por el señor Benito SANFILIPPO, se adecua a las exigencias y requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, considerando que no existe objeción alguna para que se preadjudique la licencia en cuestión.

INFORMES: En Esmeralda 660 - 6to. Piso - Ciudad de Buenos Aires, Venta de Bienes y Servicios, de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 horas, TE: 4322-7673/9267, FAX 4322-6817.

Que, conforme surge de lo normado por el Decreto Nº 883/01, el informe justificativo elaborado por este COMFER se encuentra aprobado.

SUBASTA SUJETA A LA APROBACION DE LA ENTIDAD VENDEDORA

Que consecuentemente, la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha emitido el dictamen pertinente.

LA SUBASTA COMENZARA A LA HORA INDICADA
e. 15/7 Nº 452.759 v. 15/7/2004

AVISOS OFICIALES
Nuevos PRESIDENCIA DE LA NACION
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

Que la presente se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 95 y 98
de la Ley Nº 22.285 y por el Decreto Nº 131 de fecha 4 de junio de 2003.
Por ello, EL INTERVENTOR
EN EL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
RESUELVE:
ARTICULO 1º Adjudícase a el señor Benito SANFILIPPO D.N.I. Nº 5.177.158, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el Canal 239, frecuencia 95.7 MHz., Categoría F, identificada con la señal distintiva LRM 430, de la localidad de ELORTONDO, provincia de SANTA FE, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4º del Decreto Nº 310/98 modificado por el Decreto Nº 883/01, conforme lo expuesto en los considerandos.

Resolución Nº 901/2004
Bs. As., 8/7/2004
VISTO el Expediente del Registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION Nº 1901.00.0/99, y CONSIDERANDO:
Que las actuaciones mencionadas en el Visto se relacionan con la solicitud efectuada por el señor Benito SANFILIPPO, para la adjudicación directa de una licencia para la instalación, funcionamiento y
ARTICULO 2º La licencia otorgada abarcará un período de QUINCE 15 años contados a partir del inicio de las transmisiones, la que podrá ser prorrogada por única vez y a solicitud del licenciatario por DIEZ 10 años, conforme los términos del artículo 41 de la Ley Nº 22.285 y 9 del Decreto Nº 310/98, modificado por su similar Nº 883/01.
ARTICULO 3º Otórgase un plazo de CIENTO VEINTE 120 días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica exigida en el Título III del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que como Anexo II integra la Resolución Nº 16-COMFER/99.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/07/2004 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date15/07/2004

Page count16

Edition count9390

Première édition02/01/1989

Dernière édition08/07/2024

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