Boletín Oficial de la República Argentina del 03/02/2004 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 3 de febrero de 2004

Pág.
SALUD PUBLICA
Disposición 436/2004-ANMAT
Clausúrase preventivamente el establecimiento de la firma Moreca Cinetea S.C.A., ubicado en la Ciudad de Buenos Aires, por haberse detectado el incumplimiento de las Buenas Prácticas de Fabricación y Control.
Disposición 437/2004-ANMAT
Inhíbese preventivamente el establecimiento de la firma Laboratorios E.R. de Elsa Ramírez, para la elaboración de medicamentos fitoterápicos, por haberse detectado el incumplimiento de las Buenas Prácticas de Fabricación y Control.

BOLETIN OFICIAL Nº 30.331

MINISTERIO PUBLICO
Decreto 138/2004

6

Acéptase la renuncia del Defensor Público Oficial ante la Cámara Nacional de Casación Penal.
Bs. As., 2/2/2004

6

FE DE ERRATAS
En el sumario de la edición del 2 de febrero de 2004 se consignó en forma errónea el número de la página donde se publicó la Disposición N 294/2004-ANMAT, siendo el correcto: página 13.

VISTO el expediente Nº 140.863/03 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD
Y DERECHOS HUMANOS, y CONSIDERANDO:

AVISOS OFICIALES
Nuevos

9

Anteriores

15

Que el señor doctor Mario Hugo LANDABURU
ha presentado su renuncia a partir del 2 de febrero de 2004, al cargo de DEFENSOR
PUBLICO OFICIAL ante la CAMARA NACIONAL DE CASACION PENAL.
Que la renuncia fue aceptada con fecha 23 de diciembre de 2003 por Resolución DGN Nº 900/
03 del señor Defensor General de la Nación.

JORGE HUMBERTO ORIOLO M.I. 8.207.015;
CARLOS ALBERTO RONCATI M.I. 8.479.536;
PROSPERO RAUL TREZEGUET M.I.
10.370.121; RENE JESUS DERECHO M.I.
11.024.024; ALFREDO JORGE SAN MARTIN
M.I. 8310600; CARLOS ALBERTO SOLA M.I.
8.511.812; CARLOS ALBERTO PARDAL M.I.
8.319.315; GUSTAVO HECTOR PANZERI M.I.
10.129.295; JORGE OSCAR CAPECI M.I.
10.688.144; OSCAR ENRIQUE NATALIO M.I.
10.777.332; RICARDO MARTIN MEDINA M.I.
8.627.235; BENITO RICARDO GALVANO M.I.
8.447.770; HORACIO FEDERICO MALDONADO
Y FIRPO M.I. 8.586.341; EDUARDO MARIO
COTTONE M.I. 8.632.058; NESTOR NORBERTO FERNANDEZ M.I. 10.125.717 y JORGE FERNANDO PIEDRABUENA M.I. 8.432.197.
A COMISARIO INSPECTOR, los siguientes COMISARIOS:
CARLOS ARTURO KEVORKIAN M.I.
10.431.296; RICARDO NESTOR FERA M.I.
8.589.436; MIGUEL EDUARDO LOPEZ M.I.
10.359.264; RUBEN ESTEBAN ARAOZ M.I.
8.571.285; EDUARDO ALBERTO RICCI M.I.
8.627.986; JUAN JOSE PIRSIC M.I. 10.532.482;
ALFREDO OSCAR CASTILLO M.I. 7.887.626;
DANIEL KOPRIVICA M.I. 8.456.775; LUCIO TIRAO M.I. 7.828.870; CARLOS ALBERTO ZUCO
M.I. 10.704.190; MIGUEL ANGEL DE STEFANO M.I. 8.076.135; FERNANDO ALEJANDRO
SONZINI M.I. 7.887.362; EDUARDO SANTISO
LIOY M.I. 10.619.696; HECTOR ALBERTO MARTINI M.I. 10.611.329; GUSTAVO LUIS CARCA
M.I. 11.293.948; RICARDO FAUSTINO SOFANDI M.I. 10.550.533; JORGE MARIO CHACOMA
M.I. 10.548.826; EDUARDO RICARDO CAPUCHETTI M.I. 10.810.745; JORGE DANIEL BESANA M.I. 10.195.958; DANIEL ENRIQUE AHUMADA M.I. 10.200.287; OSCAR ANGEL GIANNOTTI M.I. 10.127.989; CARLOS MARIA BASUALDO M.I. 11.424.654; OSCAR ALBERTO
DEL BAGGE M.I. 8.274.958; PASCUAL PAOLUCCI M.I. 10.415.388; RICARDO FARANNA M.I.
11.280.504; LUIS RODOLFO CHACOMA M.I.
8.209.169; DANIEL SEGUNDO RODRIGUEZ
M.I. 8.537.799; EDUARDO MARIO ORUETA M.I.
11.338.061; JOSE MARIA RUBANO M.I.
10.499.480; EDUARDO OSVALDO CHIACCHIO
M.I. 8.539.989; JULIO VENIER M.I. 8.443.823;
ENRIQUE LUIS HORACIO DE MARTINO M.I.
10.129.212; JUAN CARLOS APDELGARIN M.I.
10.391.361; HORACIO ALBERTO GIMENEZ M.I.
11.224.570; JUAN NORBERTO ORDOÑEZ M.I.
11.385.052; RUBEN BAREIRO M.I. 10.648.527;
ALEJANDRO ALBERTO HAYET M.I. 11.258.398;
ANGEL ADOLFO CRESTA M.I. 10.528.890; RAUL
JORGE GIOVANELLI M.I. 8.533.170; EDUARDO
ALFREDO DIAZ M.I. 8.327.650; NORBERTO
JULIO VARCASIA M.I. 10.688.407; ANGEL ALBERTO MOLINARI M.I. 8.573.429 y EDUARDO
ANTONIO BEVILACQUA M.I. 10.133.622.
ESCALAFON BOMBEROS:
A COMISARIO MAYOR, el siguiente COMISARIO INSPECTOR:

ESCALAFON COMUNICACIONES:
A COMISARIO GENERAL, el siguiente COMISARIO MAYOR:
JUAN CARLOS PEIX M.I. 5.089.440.
A COMISARIO MAYOR, el siguiente COMISARIO INSPECTOR:
OSCAR INSUA M.I. 11.389.500.
A COMISARIO INSPECTOR, los siguientes COMISARIOS:
RICARDO DANIEL CARELLA M.I. 11.046.917
y ROBERTO BERNARDINO BARBOSA M. I.
13.851.894.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Gustavo O.
Beliz.

Que, por otra parte, y según lo dispuesto por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION
NACIONAL, compete al PODER EJECUTIVO NACIONAL la aceptación de las renuncias que presenten los funcionarios cuyo nombramiento y remoción no esté reglado de otra forma en la Carta Magna.
Que es necesario aceptar la renuncia presentada por el señor doctor Mario Hugo LANDABURU.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7
de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

JUSTICIA
Decreto 136/2004
Acéptase la renuncia del titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo de la Capital Federal Nº 4.
Bs. As., 2/2/2004
VISTO el expediente Nº 140.912/04 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD
Y DERECHOS HUMANOS, y
Artículo 1º Acéptase, a partir del 2 de febrero de 2004, la renuncia presentada por el señor doctor Mario Hugo LANDABURU D.N.I.
Nº 6.784.708, al cargo de DEFENSOR PUBLICO OFICIAL ante la CAMARA NACIONAL DE
CASACION PENAL.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Gustavo Beliz.

MULTAS

la última actualización de los montos legales efectuada por la Resolución de la ex SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE HUMANO de la PRESIDENCIA DE
LA NACION Nº 485 del 31 de octubre de 1994.
Que, en la actualidad, los importes de las multas en cuestión resultantes de la última actualización de que fueron objeto, han perdido su aptitud disuasiva para los eventuales infractores, comprometiendo la eficacia del dispositivo sancionatorio previsto en la Ley Nº 22.351 para asegurar el orden administrativo y la protección en las áreas puestas bajo jurisdicción de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, así como la efectiva conservación de los procesos ecológicos y la diversidad biológica involucrados en las mencionadas unidades.
Que el artículo 55 de la Ley Nº 11.672 T.O.
1999 faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a fijar el importe de las multas establecidas en el artículo 28 de la Ley Nº 22.351, siendo evidente que tal facultad ha sido atribuida en orden a conservar la operatividad del sistema sancionatorio estatuido por el Organo Legislativo.
Que, por ello, corresponde fijar nuevos importes para las multas de que se trata, estableciéndose, a tal fin, un monto mínimo de PESOS CINCUENTA $ 50,00 y un monto máximo de PESOS QUINIENTOS MIL
$ 500.000,00.
Que, en efecto, tales montos resultan adecuados a los fines que el sistema sancionatorio de la Ley Nº 22.351 persigue, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 41 de la Constitución Nacional, el cual prescribe, en su parte pertinente, el deber de las autoridades para proveer a la protección del ambiente, a la utilización racional de los recursos naturales y a la preservación del patrimonio natural y de la diversidad biológica.
Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES ha emitido su opinión favorable al dictado de la presente medida.
Que ha tomado debida intervención la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION.
Que el suscripto es competente para el dictado del presente acto en virtud de lo establecido en el artículo 55 de la Ley Nº 11.672
T.O. 1999 y en el artículo 99, inciso 1º, de la Constitución Nacional.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Fíjanse los montos mínimo y máximo de las multas previstas en el artículo 28
de la Ley Nº 22.351, en PESOS CINCUENTA
$ 50,00 y en PESOS QUINIENTOS MIL
$ 500.000,00, respectivamente.

Decreto 130/2004
CONSIDERANDO:
Que el señor doctor Roberto CAROLLO ha presentado su renuncia a partir del 1º de marzo de 2004, al cargo de JUEZ NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CAPITAL FEDERAL, JUZGADO
Nº 4.

Fíjanse los montos mínimo y máximo de las multas previstas en el artículo 28 de la Ley Nº 22.351, por infracciones a la misma, con la finalidad de recuperar su aptitud disuasiva y asegurar el orden administrativo y la protección en las áreas puestas bajo jurisdicción de la Administración de Parques Nacionales.

Que es necesario proceder a su aceptación.
Bs. As., 2/2/2004
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 4
de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

A COMISARIO INSPECTOR, los siguientes COMISARIOS:

Artículo 1º Acéptase, a partir del 1º de marzo de 2004, la renuncia presentada por el señor doctor Roberto CAROLLO Mat. Nº 4.421.822, al cargo de JUEZ NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CAPITAL FEDERAL, JUZGADO Nº 4.

JORGE OMAR LAMELZA M.I. 10.454.770;
DANIEL ALBERTO HELGUERO M.I. 10.607.738
y EDUARDO SAAVEDRA M.I. 8.565.839.

Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Gustavo Beliz.

ALBERTO ANGEL CARITA M.I. 10.504.908.

Que no obstante, por aplicación del principio del paralelismo de las formas y las competencias, corresponde que dicha atribución sea ejercida por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, ya que el artículo 5º de la Ley Nº 24.946
le confiere la facultad de designar a los magistrados del MINISTERIO PUBLICO conforme al procedimiento allí previsto.

2

VISTO el Expediente Nº 677/2001 del registro de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, ente autárquico del Estado Nacional, el artículo 28 de la Ley Orgánica de los Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales Nº 22.351, el artículo 55 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 T.O. 1999 y el artículo 41 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el artículo 28, primer párrafo, de la Ley Nº 22.351, las infracciones al régimen de la ley y su reglamentación son sancionadas con multa de DIECIOCHO CENTAVOS DE PESO $ 0,18 a PESOS UN MIL
SETECIENTOS SETENTA Y OCHO, CON
VEINTISEIS CENTAVOS $ 1.778,26, según
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Roberto Lavagna.

RESOLUCIONES
Ministerio del Interior
COMERCIO EXTERIOR
Resolución 28/2004
Declárase el cierre de la investigación relativa a la existencia de dumping en operaciones con glifosato y sus formulaciones, originarios de la República Popular China.
Bs. As., 2/2/2004
VISTO el Expediente Nº 061-006932/2001 del Registro del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA, y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/02/2004 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date03/02/2004

Page count16

Edition count9381

Première édition02/01/1989

Dernière édition29/06/2024

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