Boletín Oficial de la República Argentina del 30/09/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.245 1 Sección
Martes 30 de setiembre de 2003

12

ARTICULO 3 Las Representantes del FISCO NACIONAL no podrán allanarse, desistir total o parcialmente, transar, percibir, renunciar o efectuar remisión o quita de derechos, salvo autorización expresa y por escrito de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

Que la Dirección Regional Norte solicita que se otorgue a esa Dirección Regional y a las unidades de estructura que le dependen, la prórroga de competencia para intervenir, a todos los efectos que puedan corresponder, en el marco de la Orden de Intervención N 788/9.

ARTICULO 4 Sin perjuicio de las facultades de esta DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
para certificar la personería, ésta también podrá certificarse por el Director Regional de la Dirección Regional Sur.

Que el Decreto N 1397 del 12 de junio de 1979 y sus modificaciones y el Decreto N 618 del 10
de julio de 1997, reconocen expresamente la facultad de poder sustituir y delegar las atribuciones inherentes a la calidad de Juez Administrativo, entre otras circunstancias, por la naturaleza de las materias de que se trata o por el ámbito territorial en que deban ejercerse.

ARTICULO 5 La Representación Judicial que se atribuye en esta Disposición no revoca la personería de los funcionarios anteriormente designados para actuar como representantes del FISCO
NACIONAL en la expresada jurisdicción, excepto los mencionados en el artículo 2.
ARTICULO 6 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lic. HORACIO CASTAGNOLA, Director General, Dirección General Impositiva, Administración Federal de Ingresos Públicos.
e. 30/9 N 427.321 v. 30/9/2003

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas I.
Que en atención a la conformidad prestada y por razones de eficacia y economía administrativa y procesal, resulta procedente prorrogar, con carácter de excepción, a la Dirección Regional Norte y a las unidades de estructura correspondientes que dependen de la misma, la competencia jurisdiccional para entender, intervenir y resolver, a todos los efectos, en la tramitación integral de los expedientes y de las actuaciones que puedan corresponder, en el marco de la Orden de Intervención N 788/9, con relación a la contribuyente REPRESENTACIONES DE TELECOMUNICACIONES S.A., CUIT. N 3065613098-5, con domicilio fiscal en la calle República de la India N 2867, Piso 1, de la Capital Federal, con independencia del mencionado domicilio fiscal y hasta la finalización del proceso respectivo.

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Disposición N 159/2003

Que ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Legales Administrativos.
Que en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 4, 6, 9 y 10 del Decreto N 618 del 10 de julio de 1997, y en ejercicio de las facultades delegadas por la Disposición N 407 AFIP del 8 de agosto de 2001, corresponde disponer en consecuencia.

HIDECO S.A.C.I.F. CUIT N 30-51648103-6. S/prórroga de competencia.

Por ello,
Bs. As., 22/9/2003
EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:

VISTO la Actuación SICOEX AFIP N 20533-163/03 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que la contribuyente HIDECO S.A.C.I.F, CUIT. N 30-51648103-6, con domicilio fiscal en la calle Zárate N 6179, de Villa Ballester, Provincia de Buenos Aires, pertenece actualmente a la jurisdicción de la Dirección Regional Oeste.
Que la Dirección Regional Microcentro solicita que se otorgue a esa Dirección Regional y a las unidades de estructura que le dependen, la prórroga de competencia para intervenir, a todos los efectos que puedan corresponder, en el marco de la Orden de Intervención N 114.531/2.
Que el Decreto N 1397 del 12 de junio de 1979 y sus modificaciones y el Decreto N 618 del 10
de julio de 1997, reconocen expresamente la facultad de poder sustituir y delegar las atribuciones inherentes a la calidad de Juez Administrativo, entre otras circunstancias, por la naturaleza de las materias de que se trata o por el ámbito territorial en que deban ejercerse.
Que ha prestado su conformidad la Subdirección General de Operaciones Impositivas I.

ARTICULO 1 Prorrogar, con carácter de excepción, a la Dirección Regional Norte y a las unidades de estructura que dependen de la misma, la competencia jurisdiccional para entender, intervenir y resolver, a todos los efectos, en la tramitación integral de los expedientes y de las actuaciones que puedan corresponder, en el marco de la Orden de Intervención N 788/9, con relación a la contribuyente REPRESENTACIONES DE TELECOMUNICACIONES S.A., CUIT. N 30-65613098-5, con domicilio fiscal en la calle República de la India N 2867, Piso 1, de la Capital Federal, con independencia del mencionado domicilio fiscal y hasta la finalización del proceso respectivo.
ARTICULO 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lic. HORACIO CASTAGNOLA, Director General, Dirección General Impositiva, Administración Federal de Ingresos Públicos.
e. 30/9 N 427.312 v. 30/9/2003

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Que en atención a la conformidad prestada y por razones de eficacia y economía administrativa y procesal, resulta procedente prorrogar, con carácter de excepción, a la Dirección Regional Microcentro y a las unidades de estructura correspondientes que dependen de la misma, la competencia jurisdiccional para entender, intervenir y resolver, a todos los efectos, en la tramitación integral de los expedientes y de las actuaciones que puedan corresponder, en el marco de la Orden de Intervención N 114.531/2, con relación a la contribuyente HIDECO S.A.C.I.F, CUIT. N 30-51648103-6, con domicilio fiscal en la calle Zárate N 6179, de Villa Ballester, Provincia de Buenos Aires, con independencia del mencionado domicilio fiscal y hasta la finalización del proceso respectivo.

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Disposición N 163/2003
NORWIN S.R.L., CUIT. 30-69057265-2. S/prórroga de competencia.
Bs. As., 23/09/2003

Que ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Legales Administrativos.
Que en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 4, 6, 9 y 10 del Decreto N 618 del 10 de julio de 1997, y en ejercicio de las facultades delegadas por la Disposición N 407 AFIP del 8 de agosto de 2001, corresponde disponer en consecuencia.
Por ello, EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:
ARTICULO 1 Prorrogar, con carácter de excepción, a la Dirección Regional Microcentro y a las unidades de estructura que dependen de la misma, la competencia jurisdiccional para entender, intervenir y resolver, a todos los efectos, en la tramitación integral de los expedientes y de las actuaciones que puedan corresponder, en el marco de la Orden de Intervención N 114.531/2, con relación a la contribuyente HIDECO S.A.C.I.F, CUIT. N 30-51648103-6, con domicilio fiscal en la calle Zárate N 6179 de Villa Ballester, Provincia de Buenos Aires, con independencia del mencionado domicilio fiscal y hasta la finalización del proceso respectivo.

VISTO la Actuación SICOEX AFIP N 19871 1075 03 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que la contribuyente NORWIN S.R.L., CUIT. N 30-69057265-2, con domicilio fiscal en B. San Juan esq. Vélez Sársfield 0, Depto. 109, de la ciudad de Córdoba Sur, Provincia de Córdoba, pertenece actualmente a la jurisdicción de la Dirección Regional Córdoba.
Que la Dirección Regional Norte solicita que se otorgue a esa Dirección Regional y a las unidades de estructura que le dependen, la prórroga de competencia para intervenir, a todos los efectos que puedan corresponder, en el marco de la Orden de Intervención N 904.522/8.
Que el Decreto N 1397 del 12 de junio de 1979 y sus modificaciones y el Decreto N 618 del 10
de julio de 1997, reconocen expresamente la facultad de poder sustituir y delegar las atribuciones inherentes a la calidad de Juez Administrativo, entre otras circunstancias, por la naturaleza de las materias de que se trata o por el ámbito territorial en que deban ejercerse.
Que han prestado su conformidad las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas I y
ARTICULO 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lic. HORACIO CASTAGNOLA, Director General, Dirección General Impositiva, Administración Federal de Ingresos Públicos.
e. 30/9 N 427.319 v. 30/9/2003

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Disposición N 162/2003
REPRESENTACIONES DE TELECOMUNICACIONES S.A., CUIT. 30-65613098-5. S/prórroga de competencia.
Bs. As., 23/09/2003
VISTO la Actuación SICOEX AFIP N 19871 1035 03 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que la contribuyente REPRESENTACIONES DE TELECOMUNICACIONES S.A., CUIT. N 3065613098-5, con domicilio fiscal en la calle República de la India N 2867, Piso 1, de la Capital Federal pertenece actualmente a la jurisdicción de la Dirección Regional Palermo.

II.
Que en atención a las conformidades prestadas y por razones de eficacia y economía administrativa y procesal, resulta procedente prorrogar, con carácter de excepción, a la Dirección Regional Norte y a las unidades de estructura correspondientes que dependen de la misma, la competencia jurisdiccional para entender, intervenir y resolver, a todos los efectos, en la tramitación integral de los expedientes y de las actuaciones que puedan corresponder, en el marco de la Orden de Intervención N 904.522/8, con relación a la contribuyente NORWIN S.R.L., CUIT. N 30-69057265-2, con domicilio fiscal en B. San Juan esq. Vélez Sársfield 0, Depto. 109, de la ciudad de Córdoba Sur, Provincia de Córdoba, con independencia del mencionado domicilio fiscal y hasta la finalización del proceso respectivo.
Que ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Legales Administrativos.
Que en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 4, 6, 9 y 10 del Decreto N 618 del 10 de julio de 1997, y en ejercicio de las facultades delegadas por la Disposición N 407 AFIP del 8 de agosto de 2001, corresponde disponer en consecuencia.
Por ello, EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
DISPONE:
ARTICULO 1 Prorrogar, con carácter de excepción, a la Dirección Regional Norte y a las unidades de estructura que dependen de la misma, la competencia jurisdiccional para entender, inter-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 30/09/2003 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date30/09/2003

Page count20

Edition count9395

Première édition02/01/1989

Dernière édition13/07/2024

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