Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/2003 - Primera Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.226 1 Sección EXCLUSION. O
TR
OS
OTR
TROS
CUIT

APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINA
CION O RAZON SOCIAL
DENOMINACION

CB
U CBU

20-05066487-3
20-06529382-0
20-06530083-5
20-06559991-1

MOYANO, JUAN CARLOS
MARIATTI, HOMAR
ESPINOSA, AGUSTIN
PICATTO, ABEL

0140319801666500956082
0070284520000000502968
0200334211000000112576
0110220020022010944305

20-10081537-1
20-13227292-2
23-13697235-9
27-09993678-4
27-28003731-7
30-52569841-2
30-55415226-7
30-63261947-9
30-63753619-9
30-66885490-3
30-68145587-2
30-68564096-8
33-62087807-9
33-70805445-9
33-70809740-9

BORGHETTI, JOSE COSME
RASMUNSEN, RICARDO OSCAR
CATTANEO, CESAR ROBERTO
BILBAO ROSA ESTER ISABEL
SCHMIDT DE FALAGAN, CELIA MARIA
MERCADO A TERMINO DE BUENOS AIRES S A
NELSON A PORFIRI S R L
WETTSTEIN ROBERTINA DE MARIA SUSANA Y OMAR RED
BAGLIVO ANGEL AGUSTIN DIFIORE HECTOR FERNANDO Y DI FIORE HEC
LA OLIVIA S H DE B A VASSALLO Y M A VASSALLO
HEPTAGRO SA
SIEMPRE VERDE SA
BURGARDT LUIS Y FAUSTINO MANUEL
EL RENACER SH
ORDOQEZ JOSE VICENTE Y GARCIA LYDIA HILDA

0150001110001191334007
0930330820100002314443
0590016903000000440708
0720102488000000893022
0110245320024500075533
2660000211000000100784
3300048810480001741082
3880143721000056200091
0140340201616600548856
0200433801000000054329
0060010100001000202045
0070089420000003219126
0930312410100017075800
0930349011200044028718
0110387620038700049852

30-70818603-8
33-51564151-9

APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINA
CION O RAZON SOCIAL
DENOMINACION

30-55415226-7
30-58279821-0
30-59567916-4
30-63753619-9
30-66869209-1
30-66885490-3
30-68695341-2
33-62087807-9

NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo, consistente en el Manual de Procedimiento para Trámites ante la Dirección de Transferencia de Tecnología, el que se encuentra publicado íntegramente en la página Web del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial www.inpi.gov.ar, a disposición de todo usuario, comenzando a regir a los treinta 30 días de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina. Asimismo, la documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

INSTITUTO NACIONAL
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Resolución N P-173/2003
Bs. As., 28/8/2003
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución P-171 de fecha 21 de agosto de 2003 se aprueba el Manual de Procedimientos de la Dirección de Transferencia de Tecnología del INSTITUTO NACIONAL DE LA
PROPIEDAD INDUSTRIAL INPI, que obra anexo a la misma.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Transferencia de Tecnología y de Asuntos Legales.

ABALOS HNOS. CEREALES S.A.
SINCOL SACIFIA

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la normativa legal vigente.
Por ello,
EXCLUSION. PR
OVEEDORES DE PLAN CANJE
PRO
CUIT

18

Que se ha omitido en su artículo de forma ordenar la publicación de la citada resolución en el Boletín Oficial por el término de UN 1 día, razón por la cual corresponde hacerlo por este acto.

EXCLUSION. CORREDORES
CUIT

Miércoles 3 de setiembre de 2003

EL PRESIDENTE DEL
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
RESUELVE:

APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINA
CION O RAZON SOCIAL
DENOMINACION
NELSON A PORFIRI S R L
GERPACO CEREALES SOC RESP LTDA MOLINOS ALA S A BAGLIVO ANGEL AGUSTIN DIFIORE HECTOR FERNANDO Y DI FIORE HEC
CEREALES S R L
LA OLIVIA S H DE B A VASSALLO Y M A VASSALLO
AGROCEREALES SANTA CLARA SH DE ALASSIA RAUL OSCAR Y ALASIA R
BURGARDT LUIS Y FAUSTINO MANUEL

ARTICULO 1 Dése la Resolución P-171 de fecha 21 de agosto de 2003 a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación por UN 1 día.
ARTICULO 2 Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación por UN 1 día, y archívese. Cdor. MARIO R. ARAMBURU, Presidente, Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.
e. 3/9 N 424.320 v. 3/9/2003

Ing. Agr. LUCIO OMAR FARINA, Director Int., Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.
e. 3/9 N 424.903 v. 3/9/2003

INSTITUTO NACIONAL
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES
Y PENSIONES
Instrucción N 18/2003
Bs. As., 2/9/2003
VISTO los artículos 100, 101, 102, 103, 105 y 106 de la Ley Nº 24.241 y las actuaciones obrantes en el Expediente 1593/01 del registro de esta Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones; y
Resolución P-171/2003
Bs. As., 21/8/2003
VISTO el Expediente N 253-61991/03 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL I.N.P.I., organismo autárquico que funciona en la órbita de la SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Leyes 24.156 y 22.426, y CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente se tramita la aprobación del Manual de Procedimientos de la Dirección de Transferencia de Tecnología del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL I.N.P.I..
Que conforme lo estipulado por el artículo 101 de la Ley 24.156, la autoridad superior de cada jurisdicción o entidad dependiente del Poder Ejecutivo Nacional es la responsable del mantenimiento de un adecuado sistema de control interno en su ámbito de competencia.
Que el modelo de control interno contemplado en la Ley 24.156 tiene las características de ser integral e integrado, abarcando los aspectos normativos y de gestión y fundándose en criterios de economía, eficiencia y eficacia.
Que los manuales de procedimiento constituyen un instrumento adecuado para efectuar un control previo y posterior de la actividad desarrollada por cada organismo.
Que las tareas cuya responsabilidad primaria corresponde a la Dirección de Transferencia de Tecnología constituyen procesos sustantivos de la gestión llevada a cabo por el INSTITUTO
NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL I.N.P.I. como autoridad de aplicación de la Ley 22.426.
Que la aprobación del Manual de Procedimientos de la Dirección de Transferencia de Tecnología constituye un acto que contribuye al desarrollo y mantenimiento del sistema de control interno del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL I.N.P.I..
Que la Dirección de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscrito se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por la legislación vigente.

CONSIDERANDO:
Que luego de obtenida la prestación previsional, es frecuente que se registre el ingreso de aportes obligatorios debido a diversas causas.
Que a los fines de un correcto ordenamiento, resulta necesario establecer normas referidas al ingreso de aportes correspondientes a beneficiarios, tanto para las modalidades de retiro programado, como de retiro fraccionario o rentas vitalicias previsionales.
Que corresponde a esta Superintendencia emitir la normativa que contemple las pautas y procedimientos operativos a seguir con relación a los aportes que ingresen luego de otorgadas las prestaciones.
Que se ha emitido el dictamen de legalidad por parte del servicio jurídico permanente.
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en los artículos 118 inciso b y q y 119 inciso a y b de la Ley 24.241, y concordantes, Por ello, EL SUPERINTENDENTE
DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES
INSTRUYE:
ARTICULO 1 La acreditación de aportes y reversas en cuentas de capitalización individual pertenecientes a beneficiarios de jubilaciones ordinarias y pensiones por fallecimiento que perciben su prestación bajo la modalidad de retiro programado, retiro fraccionario o renta vitalicia previsional, así como las transmisiones hereditarias, se regirá por las disposiciones de la presente Instrucción.
ARTICULO 2 A fin de cumplimentar lo establecido por el artículo 15 de la Instrucción SAFJP
04/2002, los aportes devengados correspondientes a los TRES 3 meses anteriores a la solicitud de prestaciones previsionales, se debitarán de la cuenta de capitalización individual y se registrarán en la cuenta Aportes Pendientes, hasta que corresponda su aclaración. En oportunidad de comunicar al beneficiario la resolución de otorgamiento del beneficio, se comunicará el destino transitorio de estos aportes y los subsiguientes que ingresen con posterioridad.

Por ello, EL PRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1 Apruébase el Manual de Procedimientos de la Dirección de Transferencia de Tecnología del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial que obra como Anexo de la presente resolución.
ARTICULO 2 Regístrese, comuníquese y archívese. Cdor. MARIO R. ARAMBURU, Presidente, Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.

ARTICULO 3 Los aportes y/o reversas pertenecientes a beneficiarios que perciben su prestación bajo la modalidad de retiro programado o fraccionario, podrán ser acreditados directamente en la Cuenta de Capitalización Individual CCI, de acuerdo a lo establecido en la PRIMERA PARTE del ANEXO I a la presente Instrucción.
ARTICULO 4 Los aportes y/o reversas pertenecientes a beneficiarios que perciben su prestación bajo la modalidad de renta vitalicia previsional, serán acreditados en la cuenta Aportes Pendientes. Periódicamente se acreditarán los mismos en la cuenta de capitalización individual y posteriormente se transferirán a los entes correspondientes, conforme la normativa vigente, de acuerdo a lo establecido en la SEGUNDA PARTE del ANEXO I a la presente Instrucción.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/09/2003 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date03/09/2003

Page count20

Edition count9415

Première édition02/01/1989

Dernière édition02/08/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Septiembre 2003>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930