Boletín Oficial de la República Argentina del 11/08/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.210 1 Sección
Lunes 11 de agosto de 2003

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CONSIDERANDO:

CONCURSOS OFICIALES
Nuevos
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 101 de la Ley 24.156, La autoridad superior de cada jurisdicción o entidad dependiente del Poder Ejecutivo Nacional será responsable del mantenimiento y de un adecuando sistema de control interno que incluirá los instrumentos de control previo y posterior incorporados en el plan de organización y en los reglamentos y manuales de procedimiento de cada organismo y la auditoría interna.
Que las Delegaciones Provinciales son extensiones de esta Comisión Nacional, distribuidas a lo largo y ancho del Territorio Nacional, que no sólo la representan sino que cumplen diversas funciones.

PODER JUDICIAL DE LA NACION
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
CONVOCATORIA A PRUEBA DE OPOSICION
De conformidad con lo establecido por los artículos 114, inciso 1º, de la Constitución Nacional, 13 y concordantes de la ley 24.937 modificada por ley 25.669, 35 y concordantes del Reglamento de Concursos de Antecedentes y Oposición para la designación, de magistrados del Poder Judicial de la Nación, aprobado por la Resolución Nº 78/99 del Consejo de la Magistratura, y sus modificatorias, se convoca para la prueba de oposición a todos los inscriptos que han participado de la etapa de evaluación de antecedentes, cualquiera sea el puntaje que el Jurado les hubiere adjudicado, en el siguiente concurso público:
Concurso Nº 81, destinado a cubrir la vacante de juez de cámara en el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero Provincia del mismo nombre: 26 de septiembre de 2003, a las 10
horas, en la sede del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero Av. Belgrano Norte 515, de esa ciudad.
Los postulantes deberán presentarse a la hora indicada.
Con suficiente antelación a la hora de la convocatoria, el Presidente y el Secretario procederán en acto público al sorteo de uno de los temarios presentados por el Jurado, a su apertura y a la extracción de las copias necesarias para ser distribuidas entre los inscriptos. La prueba se tomará simultáneamente, y su duración no excederá de ocho 8 horas. Sólo tendrán acceso a la sala donde se tomen los exámenes los concursantes convocados por la Comisión, los consejeros, los integrantes del Jurado, y los funcionarios y empleados autorizados e identificados del Consejo de la Magistratura, encargados de tareas auxiliares y de control. Se recuerda que los concursantes no podrán ingresar a ella con computadoras, ni munidos de teléfonos celulares o de cualquier aparato de comunicación. Podrán utilizar únicamente los textos legales vigentes que lleven consigo. No se les permitirá la consulta de obras de doctrina y jurisprudencia.
La ausencia de un postulante a la prueba de oposición determinará su exclusión automática del concurso, sin admitirse justificaciones de ninguna naturaleza y sin recurso alguno.
ORDEN DE MERITO
De conformidad con lo previsto por los artículos 13, apartado 3º, inciso c, tercer párrafo de la Ley 24.937 modificada por la Ley 25.669 y 37 del Reglamento do Concursos de Oposición y Antecedentes para la designación de magistrados del Poder Judicial de la Nación, aprobado por la Resolución Nº 288/02 del Consejo de la Magistratura y modificado por la Resolución Nº 367/02 del mismo cuerpo, se notifica y corre vista a los postulantes que se indican, de las calificaciones de las pruebas de oposición, de la evaluación de los antecedentes y del orden de mérito resultante, en el siguiente concurso público:

Que entre las principales funciones asignadas a las Delegaciones Provinciales se encuentran las de entender en la resolución de reclamos y asesoramiento a los usuarios de los servicios de telecomunicaciones y radiocomunicaciones; participar en los controles a los prestadores de servicios de telecomunicaciones; asesorar a los clientes del servicio telefónico sobre sus derechos y obligaciones; intervenir en los trámites referidos a los servicios radioeléctricos y denuncias de interferencias; dar apoyo y participar en inspecciones de estaciones y equipos de comunicaciones y; ejercer la representación del Organismo en ámbitos provinciales o regionales.
Que esta Intervención considera imprescindible que las Delegaciones Provinciales posean los instrumentos necesarios, para cumplir adecuadamente con sus funciones.
Que el contar con un Manual de Procedimientos, donde se contemple toda la operatoria incluida en sus funciones, sería una herramienta fundamental para una mayor optimización en el desempeño de las Delegaciones Provinciales.
Que esta mejora en el trabajo diario y la regulación de procedimientos implicaría una mejor y más eficiente atención a los usuarios de comunicaciones y servicios postales.
Que esta inquietud ha sido compartida por la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, el DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION, la COMISION PARLAMENTARIA MIXTA REVISORA DE CUENTAS DE LA ADMINISTRACION Orden del Día Nº 1049 de las Sesiones Ordinarias 2002 y la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de esta COMISION
NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que con fecha 20 de junio de 2003, se solicitó a las distintas Gerencias de esta Comisión Nacional la confección de procedimientos según un listado inicial, designándose al Licenciado en Sistemas Antonio Urbano como responsable de la coordinación, relevamiento y compaginación de un Manual de Procedimientos.
Que con fecha 4 de julio de 2003, en reunión de Gerentes de esta Comisión Nacional, por lo reducido del tiempo y la magnitud de la tarea, se impartió la directiva al Licenciado Antonio Urbano de acotar la misma a la confección del Manual de Procedimientos para las Delegaciones Provinciales.
Que se estableció como fecha de finalización de la elaboración del Manual de Procedimientos, el día 5 de agosto del corriente, a efectos de ser entregado y explicado durante la Reunión de Delegados Provinciales, convocada a partir de esa fecha.
Que el Manual de Procedimientos, estará disponible tanto en versión impresa como electrónica.
Que en la confección de los distintos procedimientos han participado todas las Gerencias, Areas y Sectores de esta Comisión Nacional, según su incumbencia.

Concurso Nº 90, destinado a cubrir la vacante de juez en el Juzgado Federal de Primera Instancia de Quilmes Provincia de Buenos Aires.

Que cabe destacar el esfuerzo realizado por todos los intervinientes, en especial, el Area Delegaciones Provinciales.

Doctores: Martín Augusto Arias Duval, María Eugenia Teresita Aristizabal, Luis Antonio Armella, Horacio Juan Azzolin, Sebastián Lorenzo Basso, Martín Bava, Gustavo Adolfo Becerra González, Mariano Hernán Borinsky, Daniel Esteban Brola, Angel Gabriel Di Matteo, Pablo Marcelo García de la Torre, Marcelo Javier Goldberg, Ariel González Eliabe; Hugo Oscar Héctor Llobera, Esteban Lozada, Delia Haydée Mariluis, Domingo Esteban Montanaro, Alejandro Juan Antonio Moramarco Terrarossa, Alberto Elio Ojeda, Patricia Diana Patanella, Carlos Federico Poli, Mónica Adriana Rodríguez, Ricardo Adrián Rodríguez, Sergio Leonardo Rodríguez, Félix Gustavo Roumieu, Carlos Federico Santacroce, Rubén Mario Sarlo, Sergio Norberto Schiavini, Beatriz Elena Torterola y César Roberto Verrier.

Que las observaciones realizadas por la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA y la GERENCIA DE JURIDICOS Y NORMAS REGULATORIAS han sido tenidas en cuenta, aplicándose las correcciones del caso.

Las copias de los informes mencionados están disponibles en la sede de la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura Libertad 731, 1º piso, Buenos Aires en el horario de 9:30 a 14:30 y en la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata Calle 8, Nº 925 de esa ciudad en el horario de 7:30 a 12:30.
Las impugnaciones a las calificaciones de las pruebas de oposición y a la evaluación de los antecedentes, que sólo podrán basarse en supuestos errores materiales, vicios de forma o de procedimiento, o en la presunta existencia de arbitrariedad manifiesta y que deberán presentarse por escritos separados, podrán plantearse hasta el día 21 de agosto de 2003 en la Secretaría General del Consejo de la Magistratura Libertad 731, 1º piso, Buenos Aires, en el horario de 9:30 a 14:30; y, en la cámara mencionada, en el horario indicado.
COMISION DE SELECCION DE MAGISTRADOS Y ESCUELA JUDICIAL
Eduardo R. Graña
Eduardo D. E. Orio
Secretario
Presidente
Que la GERENCIA DE JURIDICOS Y NORMAS REGULATORIAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1185/90 y sus modificatorios, el Decreto Nº 521/2002 y sus similares Nº 167/2003 y Nº 189/2003.
Por ello, EL INTERVENTOR
DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTICULO 1º Aprobar el Manual de Procedimientos para las Delegaciones Provinciales que, como Anexo I, forma parte de la presente.
ARTICULO 2º Regístrese, comuníquese publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Cr. FULVIO MARIO MADARO, Interventor Comisión Nacional de Comunicaciones.
NOTA: Esta Resolución se publica sin el Anexo I. El mismo puede ser consultado en la Sede Central de Esta Dirección Nacional Suipacha 767 Capital Federal; en el Centro de Información Técnica de la Comisión Nacional de Comunicaciones Perú 103, Piso 4º Capital Federal y/o en las Delegaciones Provinciales.
e. 11/8 Nº 422.357 v. 11/8/2003

Buenos Aires, 16 de julio de 2003.
e. 11/8 Nº 422.368 v. 13/8/2003

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

AVISOS OFICIALES
Nuevos
DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
Disposición Nº 101/2003
Solicitud de certificados de responsables autónomos.
Bs. As., 4/8/2003

COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES
VISTO la Disposición Nº 82 DGI del 7 de julio de 1998 y sus modificatorias, y Resolución Nº 1488/2003
CONSIDERANDO:
Bs. As., 4/8/2003
VISTO el expediente Nº 5199/2003 del registro de esta COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, el artículo 101 de la Ley Nº 24.156, y
Que por los actos citados en el VISTO se designó a los funcionarios con facultad para firmar los certificados que los responsables autónomos soliciten para ser presentados ante las autoridades de los Organismos que los requieran.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/08/2003 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date11/08/2003

Page count36

Edition count9386

Première édition02/01/1989

Dernière édition04/07/2024

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