Boletín Oficial de la República Argentina del 20/05/2003 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.153 1 Sección
AVISOS OFICIALES
Nuevos
Martes 20 de mayo de 2003

18

Que como consecuencia de lo manifestado en el considerado anterior, corresponde desvincular a dichos socios y dejar establecida la que en adelante será la composición societaria de la firma que nos ocupa.
Que la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha emitido el pertinente dictamen.

PRESIDENCIA DE LA NACION
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
Resolución Nº 508/2003

Que el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION es competente para dictar actos como el presidente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 95, inciso a de la Ley N 22.285.
Que la presente medida se dicta en el uso de las facultades conferidas por el artículo 98 inciso a apartado 2 de la citada norma y el artículo 1 del Decreto N 94 del 14 de enero de 2002.
Por ello,
Bs. As., 12/5/2003

EL INTERVENTOR
DEL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
RESUELVE:

VISTO el Expediente N 450-COMFER/00, y CONSIDERANDO:
Que las referidas actuaciones se relacionan con el pedido formulado por el señor Víctor José MARTINO, titular de la licencia de un sistema mixto de televisión en la localidad de UCACHA, provincia de CORDOBA, adjudicada por Resolución N 872-COMFER/94, tendiente a que se autorice la transferencia de titularidad del referido servicio a favor de la firma TELECO SOCIEDAD ANONIMA.

ARTICULO 1 Considérase desvinculados de la firma RADIODIFUSORA 2 SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, titular de la licencia del servicio de radiodifusión sonora por modulación de amplitud cuya señal distintiva es LRF 210, de la ciudad de TRELEW, provincia del CHUBUT, a los señores Héctor José FERNANDES y Orlando Eduardo FERNANDES.

Que con fecha 1 de marzo de 1996 el señor MARTINO transfirió la titularidad de la licencia aludida a los señores Enrique Francisco BARUFALDI y Angel FRONTINO.

ARTICULO 2 Déjase establecido que de conformidad con lo dispuesto por el Decreto N 748/
03 y el artículo 1 del presente acto administrativo, la licenciataria quedará integrada por los señores Osvaldo CASTRO, Mónica Beatriz SALADINO y Norma Raquel MAZZONI.

Que conforme el Acta Constitutiva de la cesionaria TELECO SOCIEDAD ANONIMA, los integrantes de la misma eran los señores Enrique Francisco BARUFALDI, Angel FRONTINO y Víctor José MARTINO, señalándose que en líneas generales dicho estatuto se adecua a las previsiones contenidas en el artículo 46 de la Ley 22.285.

ARTICULO 3 Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y cumplido ARCHIVESE PERMANENTE. Sr. CARLOS E. CATERBETTI, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.
e. 20/5 Nº 415.274 v. 20/5/2003

Que con fecha 21 de diciembre de 1998, el señor Enrique Francisco BARUFALDI, transfirió la totalidad de las acciones que poseía en la sociedad TELECO SOCIEDAD ANONIMA al señor Víctor Gustavo BERNARDI, como consecuencia de lo cual, la cesionaria se halla integrada por el mencionado BERNARDI, Víctor José MARTINO y Angel FRONTINO.
Que se encuentra acreditada la inscripción de la sociedad TELECO SOCIEDAD ANONIMA
como así también las correspondientes modificaciones a su estatuto ante el Registro Público de Comercio de la Provincia de CORDOBA.
Que ha quedado debidamente acreditada la voluntad de las partes intervinientes.
Que los señores FRONTINO y BERNARDI reúnen la totalidad de los requisitos fijados por el artículo 45 de la Ley N 22.285.
Que el señor Víctor José MARTINO ha acreditado que mantiene dichos recaudos.
Que la DIRECCION GENERAL ASUNTOS LEGALES Y NORMATIVA ha emitido el correspondiente dictamen.
Que los artículos 45, 46, inciso f y 85 inc. i del citado texto legal facultan al COMITE FEDERAL
DE RADIODIFUSION a dictar actos como el presente.
Que la presente medida se dicta en el uso de las facultades conferidas por el artículo 98, inciso a, apartado 2 de la Ley N 22.285 y artículo 1 del Decreto N 94 del 14 de enero de 2002.
Por ello,
PRESIDENCIA DE LA NACION
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
Resolución Nº 541/2003
Bs. As., 13/5/2003
VISTO el Expediente N 143 -COMFER/01 y, CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se relacionan con el pedido formulado por el señor Alejandro Ignacio Martín ARRIBILLAGA, en calidad de Socio Gerente de la firma BONITA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, tendiente a que se autorice a favor de la misma la transferencia de titularidad del permiso precario y provisorio del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia denominado FM LABERINTO de la ciudad de ROSARIO, provincia de SANTA FE.
Que la emisora en cuestión se encuentra inscripta en el Registro Decreto N 1357/89 bajo el N
1499 y reinscripta de acuerdo lo estatuido por la Resolución N 341 COMFER/93 con el N 505, siendo su titular el señor Hector Luis ZUNIN.

EL INTERVENTOR
DEL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
RESUELVE:

Que tal como se desprende del convenio celebrado el 05 de mayo de 1997 el señor Héctor Luis ZUNIN cedió a favor de la firma BONITA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. integrada por los señores Sergio Victor COLLATTI, Edmundo Luis DIAZ de LEZANA, Alejandro Ignacio Martín ARRIBILLAGA y Héctor Luis ZUNIN, la titularidad del referido permiso.

ARTICULO 1 Autorízase la transferencia de titularidad de la licencia correspondiente al sistema mixto de televisión en la localidad de UCACHA, provincia de CORDOBA, cuyo titular es el señor Víctor José MARTINO a favor de la firma TELECO SOCIEDAD ANONIMA integrada por los señores Víctor José MARTINO D.N.I N 6.594.644, Víctor Gustavo BERNARDI D.N.I. N 17.077.594 y Angel FRONTINO D.N.I. N 6.587.868.

Que con fecha 8 de noviembre de 2001 los señores Edmundo Luis DIAZ de LEZANA y Sergio Víctor COLLATTI cedieron al socio Alejandro Ignacio Martín ARRIBILLAGA la totalidad de las cuotas partes que poseían en la sociedad cesionaria, quedando integrada la misma por el nombrado en último término y el señor Héctor Luis ZUNIN.

ARTICULO 2 Déjase establecido que el plazo de duración de la licencia es el determinado en la Resolución N 872-COMFER/94.

Que los postulantes han acreditado que cumple con lo exigido por el artículo 45 de la Ley de Radiodifusión.

ARTICULO 3 Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación y cumplido ARCHIVESE PERMANENTE. Sr. CARLOS E. CATERBETTI, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.
e. 20/5 Nº 415.280 v. 20/5/2003

Que DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS LEGALES Y NORMATIVA ha emitido el correspondiente dictamen.
Que el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION tiene competencia para dictar actos como el presente, de conformidad con lo previsto por los artículos 45 y 85 inciso i del citado texto normativo.
Que la presente medida se dicta en el uso de las facultades conferidas por el artículo 98 apartado a inciso 2 de la Ley N 22.285 y artículo 1 del Decreto N 94 del 14 de enero de 2002.

PRESIDENCIA DE LA NACION
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
Resolución Nº 528/2003

Por ello, EL INTERVENTOR
DEL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION
RESUELVE:

Bs. As., 13/5/2003
VISTO el Expediente N 1751-COMFER/02, y CONSIDERANDO:
Que en las mencionadas actuaciones tramitó el pedido formulado por el socio gerente de la firma RADIODIFUSORA 3 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, titular de la licencia del servicio de radiodifusión sonora por modulación de amplitud cuya señal distintiva es LRF 210, de la ciudad de TRELEW, provincia del CHUBUT, tendiente a que se autorice el ingreso de esa firma de las señoras Mónica Beatriz SALADINO y Norma Raquel MAZZONI, en calidad de cesionarias de la totalidad de las cuotas sociales pertenecientes a los socios Héctor José FERNANDES y Orlando Eduardo FERNANDES.
Que por Decreto N 748, de fecha 01 de abril de 2003, el PODER EJECUTIVO NACIONAL autorizó el ingreso de las personas citadas en el considerando anterior a la sociedad peticionante.
Que los cedentes transfirieron la totalidad de las acciones que poseían en la citada licenciataria.

ARTICULO 1 Autorízase la transferencia de titularidad del permiso precario y provisorio del servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia denominado FM LABERINTO de la ciudad de ROSARIO, provincia de SANTA FE inscripta en el Registro Decreto N 1357/89 bajo el N
1499 y reinscripta de acuerdo a lo estatuido por la Resolución N 341 COMFER/93 con el N 505 a favor de la firma BONITA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, integrada por los señores Alejandro Ignacio Martín ARRIBILLAGA M.I. N 14.729.394 y Héctor Luis ZUNIN M.I. N 6.064.936.
ARTICULO 2 Déjase establecido que la vigencia del Permiso Precario y Provisorio a que se refiere el artículo anterior se halla supeditado al Régimen de Normalización de Emisoras de Frecuencia Modulada, aprobada por Decreto N 1144/96 modificado y complementado por sus similares N
1260/96 y 310/98, modificado por Decreto N 883/01.
ARTICULO 3 Regístrese, notifíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial a los efectos de su publicación y cumplido ARCHIVESE PERMANENTE. Sr. CARLOS E. CATERBETTI, Interventor, Comité Federal de Radiodifusión.
e. 20/5 Nº 415.276 v. 20/5/2003

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/05/2003 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date20/05/2003

Page count32

Edition count9397

Première édition02/01/1989

Dernière édition15/07/2024

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