Boletín Oficial de la República Argentina del 05/12/2002 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.041 1 Sección CIAL, solicita la contratación bajo la modalidad de locación de servicios, para desempeñarse en la Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones del referido Organismo, de las personas consignadas en los ANEXOS I y II que forman parte integrante del presente.
Que fundamenta tal petición, en que las personas detalladas en los referidos ANEXOS, colaborarán en el ámbito de la mencionada Administración Nacional, en tareas técnicas inherentes al Programa Jefas y Jefes de Hogar Desocupados.
Que el Gobierno Nacional se halla comprometido firmemente en lograr una mejora permanente en la gestión del sector público, lo cual posibilitará en forma directa responder al objetivo de optimizar los servicios y beneficios sociales que recibe la comunidad.

GENTINA aprobada por la Ley Nº 21.799 y sus modificatorias.
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Desígnase Director del BANCO
DE LA NACION ARGENTINA, al Ingeniero D. Carlos Alberto LEONE M.I. Nº 6.900.238, para completar un período de ley que vence el 23 de enero de 2004.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Roberto Lavagna.

CONSOLIDACION DE DEUDAS
Que el requerimiento formulado respecto de la contratación de las personas consignadas en el ANEXO II implica una excepción a lo previsto en el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01, por resultar imprescindibles las contrataciones de que se trata, teniendo en cuenta que debe dotarse de recursos humanos a la Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones del referido Organismo para que colaboren con tareas técnicas con relación al Plan Jefas y Jefes de Hogar Desocupados.
Que las aludidas contrataciones se encuentran debidamente financiadas en el Presupuesto Operativo asignado a la ADMINISTRACION
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la Administración Pública Nacional, reasumió el control directo e inmediato de todas las designaciones de personal permanente y no permanente, incluyendo en este último al transitorio y contratado, que se efectúen en dicho ámbito.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y del Decreto Nº 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Apruébase la contratación bajo la modalidad de locación de servicios, de las personas que se detallan en los ANEXOS I y II que forman parte del presente, a partir de su publicación y hasta el 31 de diciembre de 2002, en las funciones y rangos que en cada caso se indica, para prestar funciones en el ámbito de la Gerencia Sistemas y Telecomunicaciones de la ADMINISTRACION
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE
SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 2º Exceptúase al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, de lo dispuesto por el artículo 7º del Anexo l del Decreto Nº 1184/01, al solo efecto, de posibilitar la contratación de las personas cuya nómina obra en el ANEXO II del presente Decreto.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Alfredo N. Atanasof. Graciela Camaño.

Decreto 2482/2002
Declárase no incluido un crédito contra el Estado Nacional, en la excepción al régimen de consolidación de deudas instituidos por el artículo 18 de la Ley Nº 25.344.
Bs. As., 4/12/2002
VISTO el artículo 18, última parte, de la Ley Nº 25.344, y CONSIDERANDO:
Que en los autos caratulados: CEBALLOS, Jorge Norberto c/ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA - ORDINARIO
Expte. Nº 298-C-96, que tramitan por ante el Juzgado Federal Nº 3 de la Provincia de Córdoba, a cargo de la Dra. Cristina GARZON de LASCANO, Secretaría de la Dra.
María Elena BATISTELLA de MACCHIAVELLO, la magistrada actuante se dirigió al señor PROCURADOR del TESORO DE LA
NACION mediante oficio fechado el 14 de mayo de 2001.
Que en el oficio citado se transcribe el proveído dictado con fecha 8 de mayo de 2001, en el que se expresa que el actor, atento a la difícil situación por la que atraviesa, podría quedar encuadrado en el supuesto contemplado por el artículo 18, segundo párrafo, de la Ley Nº 25.344, que faculta al PODER EJECUTIVO NACIONAL a excluir del régimen de consolidación a supuestos excepcionales, vinculados a situaciones de desamparo e indigencia, en los casos en los que la obligación tuviera carácter alimentario.
Que en el mismo proveído transcripto en el oficio, se ordena: Líbrese oficio al P.E.N. a fin de que en uso de la facultad que le confiere el precepto legal citado considere la posibilidad de excluir el crédito del actor de neto carácter alimentario diferencias salariales.
Que la última parte del artículo 18 de la Ley Nº 25.344 faculta al PODER EJECUTIVO
NACIONAL a disponer la exclusión de la consolidación que esa ley establece, cuando mediaren circunstancias excepcionales vinculadas a situaciones de desamparo e indigencia, en los casos en que la obligación tuviere carácter alimentario.

instituido por el artículo 18 de la Ley Nº 25.344, al crédito contra el ESTADO NACIONAL que posee el Señor Jorge Norberto CEBALLOS, por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y UN MIL
OCHENTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS $ 151.089,55 en virtud de la sentencia dictada en autos CEBALLOS, Jorge Norberto c/ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE
DEFENSA - ORDINARIO Expte. Nº 298-C-96, que tramitan por ante el Juzgado Federal Nº 3 de la Provincia de Córdoba, a cargo de la Dra. Cristina GARZON de LASCANO, Secretaría de la Dra.
María Elena BATISTELLA de MACCHIAVELLO.
Art. 2º Lo dispuesto en el artículo 1º del presente deberá ser puesto en conocimiento del Juzgado interviniente a cargo de la Dra. Cristina GARZON de LASCANO.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. DUHALDE. Alfredo N. Atanasof. José H. Jaunarena.

CULTO
Decreto 2499/2002
Reconócese Obispo Castrense.
Bs. As., 4/12/2002
VISTO la nota Nº 910/2002 presentada al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO por el Señor Nuncio Apostólico, por la que comunica que su Santidad JUAN PABLO II ha designado a Su Excelencia Reverendísima Monseñor Antonio Juan BASEOTTO C.SS.R.
como Obispo Castrense, y CONSIDERANDO:
Que se han cumplido los recaudos que prescribe el Artículo 4º del Acuerdo con la SANTA
SEDE sobre Jurisdicción Castrense y Asistencia Religiosa de las Fuerzas Armadas, ratificado por Decreto Nº 7623 de fecha 5 de julio de 1957 y notas reversales de fecha 21
de abril de 1992.
Que consecuentemente la decisión tomada requiere el dictado del respectivo acto administrativo para poder cumplirse en el territorio del la Nación.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Reconócese a Su Excelencia Reverendísima Monseñor Antonio Juan BASEOTTO C.SS.R. L.E. Nº 5.569.378 como Obispo Castrense, a partir de la fecha de la toma de posesión.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Carlos F. Ruckauf.

Jueves 5 de diciembre de 2002

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se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del artículo 58 de la citada Ley.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el Poder Ejecutivo Nacional a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que, en el ámbito de la SECRETARIA LEGAL
Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION se encuentra vacante el cargo de Director Nacional del Registro Oficial de la SUBSECRETARIA TECNICA de la SECRETARIA
LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACION, que por la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Jurisdicción, resulta necesario proceder a su inmediata cobertura, exceptuándolo a tal efecto de lo establecido en el artículo 19 de la citada Ley y de lo dispuesto por los Títulos II, Capítulo I, III, Capítulo III, y artículo 71 - primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 t.o. 1995.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION DE LA NACION
ARGENTINA y de los artículos 19 y 58 de la Ley Nº 25.565 y lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Desígnase, a partir del 3 de Diciembre de 2002, Director Nacional del Registro Oficial de la SUBSECRETARIA TECNICA de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, Nivel A Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel III, a D. Jorge Eduardo FEIJOO D.N.I. Nº 10.921.479.
Art. 2º La designación en el cargo aludido se dispone, con carácter de excepción, a lo establecido en los Títulos II, Capítulo I, III, Capítulo III y en el artículo 71, primer párrafo, primera parte, del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O. 1995, y a lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley Nº 25.565.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida serán atendidos con cargo a las partidas específicas correspondientes al Programa 20 - Asistencia Legal y Técnica - de la Jurisdicción 20-01.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Jorge R. Matzkin.

Que las excepciones deben ser interpretadas de modo restrictivo, debiendo resultar indubitada la situación de desamparo e indigencia.

DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL

MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO

Que no queda configurada la situación de excepción que torna procedente hacer lugar a la exclusión solicitada, respecto del régimen de consolidación de deudas establecido por la Ley Nº 25.344.

Decreto 2490/2002

Decreto 2495/2002

Desígnase Director Nacional.

Nómbrase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario.

Que la DIRECCION GENERAL de ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA
ha tomado la intervención que le compete.

VISTO la Ley Nº 25.565, el Decreto Nº 491 del 12
de marzo de 2002, y lo solicitado por la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y
Bs. As., 4/12/2002
Bs. As., 4/12/2002

NOTA: Este Decreto se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767, Capital Federal.

CONSIDERANDO:

BANCO DE LA NACION ARGENTINA

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 18, última parte, de la Ley Nº 25.344.

Decreto 2496/2002

Por ello,
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2002.

Bs. As., 4/12/2002

EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

VISTO lo establecido en el artículo 12 de la Carta Orgánica del BANCO DE LA NACION AR-

Artículo 1º Declárase no incluido en la excepción al régimen de consolidación de deudas
Desígnase Director.

Que por el artículo 19 de la mencionada Ley se establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1º de enero de 2002, ni los que
VISTO el Acuerdo prestado por el HONORABLE
SENADO DE LA NACION; lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 20.957 del Servicio Exterior de la Nación; y la vacante existente en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y
CULTO; y CONSIDERANDO:
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7. de la CONSTITUCION NACIONAL.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 05/12/2002 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date05/12/2002

Page count28

Edition count9407

Première édition02/01/1989

Dernière édition25/07/2024

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