Boletín Oficial de la República Argentina del 28/11/2002 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 30.036 1 Sección
Jueves 28 de noviembre de 2002

19

Que por consiguiente, las estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, de acuerdo con el sistema legal vigente, deben ser adjudicadas por decreto del PODER EJECUTIVO
NACIONAL, previa sustanciación de los correspondientes concursos públicos convocados al efecto por este COMITE FEDERAL

CONCURSOS OFICIALES
NUEVOS

Que en el año 1998 se dictó el Decreto Nº 310/98, modificado por su similar Nº 883/01, por el cual se complementa el Régimen de Normalización de Emisoras de Frecuencia Modulada, aprobado por Decreto Nº 1144/96, modificado por su similar Nº 1260/96.

SINAPA
Decreto N 993/91

Que la norma legal citada en primer término modifica el sistema de adjudicación establecido por el artículo 39 de la Ley Nº 22.285, en cuanto a las licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia categorías E, F y G.

MINISTERIO DE DEFENSA
El Ministerio de Defensa convoca a Concurso Abierto para cubrir los cargos con Funciones Ejecutivas que se detallan a continuación:
UNIDAD MINISTRO

REMUNERACION
BRUTA

AUDITOR ADJUNTO OPERACIONAL
COORDINADOR DE CEREMONIAL

NIVEL I
NIVEL II

SECRETARIA DE PLANEAMIENTO

5.115,60
4.593,60
REMUNERACION
BRUTA

DIRECTOR GENERAL DE PLANES Y
PROGRAMAS
DIRECTOR GENERAL DE PRESUPUESTO

NIVEL II

4.593,60

NIVEL I

5.115,60

SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES

REMUNERACION
BRUTA

DIRECTOR GENERAL DE POLITICA
DIRECTOR DE LA ESCUELA DE DEFENSA
NACIONAL

NIVEL I
NIVEL II

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

5.115,60
4.593,60
REMUNERACION
BRUTA

COORDINADOR DE POLITICA DE RECURSOS
HUMANOS
COORDINADOR DE ADMINISTRACION DE
PERSONAL
COORDINADOR DE PLANEAMIENTO
ORGANIZACIONAL Y CAPACITACION

NIVEL III

4.071,60

NIVEL IV

3.549,60

NIVEL IV

3.549,60

LUGAR DE INSCRIPCION E INFORMES:
Los interesados podrán retirar las solicitudes, perfiles y requisitos e inscribirse, en el Ministerio de Defensa Dirección General de Recursos Humanos y Organización Azopardo 250, piso 10, Capital Federal a partir del día 16 de diciembre de 2002, en el horario de 11:00 a 17:00 hs. FECHAS DE
INSCRIPCION: DEL 16 AL 20 DE DICIEMBRE DE 2002.
Los postulantes residentes en el interior del país podrán presentar los antecedentes por correo.
EL TRATAMIENTO DE LOS DATOS SERA CONFIDENCIAL.
Los cargos detallados se cubrirán a partir de prioridades que se determinen.
www.mindef.gov.ar e. 28/11 N 400.271 v. 29/11/2002

Que este COMITE FEDERAL dictó la Resolución Nº 16-COMFER/99, por la cual procedió a aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares que regirían los llamados a concurso público y el sistema de adjudicación directa.
Que posteriormente, por Resolución Nº 76-COMFER/99 se llamó a concurso público para la adjudicación de licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de estaciones de radiodifusión por modulación de frecuencia en las categorías A, B, C y D y se aprobó el cronograma que fijaba las fechas para las aperturas de los concursos y presentación de solicitudes de adjudicación directa de licencias, respecto de las categorías E, F y G.
Que por Resolución Nº 663-COMFER/01 se modificó el sistema de evaluación de las propuestas presentadas por el sistema de adjudicación directa, sólo respecto de aquellas localizaciones no incluidas en las zonas conflictivas definidas oportunamente por la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES por NOTCNC Nº 6135/00.
Que el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento para la adjudicación directa de la licencia de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de LAS
ROSAS, provincia de SANTA FE, estableció los requisitos de forma y de fondo que debían reunir las propuestas que se presentaran al mencionado procedimiento.
Que dichos extremos se relacionan, en algunos casos, con el cumplimiento de las condiciones fijadas por la Ley Nº 22.285 para acceder a la titularidad de licencias de servicios de radiodifusión y en otros con las exigencias particulares establecidas para el procedimiento de adjudicación directa.
Que del análisis efectuado por las áreas competentes de este COMITE FEDERAL, de la propuesta presentada por el señor José Oscar GABARRA, para la adjudicación directa de la licencia de la estación referida en el primer considerando de la presente, puede concluirse que aquélla se adecua a las exigencias legales y reglamentarias establecidas por la Ley Nº 22.285 y, en particular, a las impuestas por el Pliego de Bases y Condiciones respectivo.
Que por NOTACNC Nº 9942/01 la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, procedió a asignar las frecuencias, canales y señales distintivas, para aquellas solicitudes de licencia por adjudicación directa de las localidades que no se encuentran dentro del área de conflicto de la provincia de SANTA FE.
Que de lo expuesto surge que existe factibilidad técnica en la localización en estudio para satisfacer la demanda de frecuencias, a fin de resolver todos los pedidos efectuados por el sistema de adjudicación directa, en caso que cada uno de ellos reúna los requisitos legales y reglamentarios establecidos al efecto.
Que en consecuencia, sin perjuicio de lo que había sido solicitado, el organismo técnico procedió a asignarle al señor GABARRA el Canal 282, frecuencia 104.3 MHz., Categoría E, para la localidad de LAS ROSAS, provincia de SANTA FE.
Que la Comisión de Preadjudicación designada por Resolución Nº 0139COMFER/02, modificada por su similar Nº 0199-COMFER/02, ha concluido que la presentación efectuada por el señor José Oscar GABARRA, se adecua a las exigencias y requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones, considerando que no existe objeción alguna para que se preadjudique la licencia en cuestión.
Que conforme surge de lo normado por el Decreto Nº 883/01, la SECRETARIA GENERAL DE LA
PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención que le compete.
Que consecuentemente, la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha emitido el dictamen pertinente.

AVISOS OFICIALES
NUEVOS

Que la presente se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 98 de la Ley Nº 22.285 y por el artículo 1º del Decreto Nº 94 de fecha 14 de enero de 2002.
Por ello, EL INTERVENTOR
DEL COMITE FEDERAL DE RADlODIFUSION
RESUELVE:

PRESIDENCIA DE LA NACION
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

ARTICULO 1º Adjudícase al señor José Oscar GABARRA L.E. Nº 8.584.352, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia que operará en el Canal 282, Frecuencia 104.3 MHz., Categoría E, identificada con la señal distintiva LRM424, de la localidad de LAS ROSAS, provincia de SANTA FE, de acuerdo con lo establecido por el artículo 4º inc. b del Decreto Nº 310/98, modificado por el Decreto Nº 883/01, conforme lo expuesto en los considerandos.

Resolución Nº 839/2002
Bs. As., 25/11/2002
VISTO el Expediente del Registro del COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION Nº 2676.00.0/99, y CONSIDERANDO:
Que las actuaciones mencionadas en el Visto se relacionan con la solicitud efectuada por el señor José Oscar GABARRA, para la adjudicación directa de una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en la localidad de LAS ROSAS, provincia de SANTA FE, Categoría E, en el marco del Régimen de Normalización de Emisoras de FM, establecido por los Decretos Nº 310/98, Nº 2/99 y 883/01, como así también por las Resoluciones Nº 16-COMFER/99, Nº 76-COMFER/99 y 663/01.
Que la Ley de Radiodifusión Nº 22.285 establece en su artículo 39 inc. a que Las licencias para la prestación del servicio de radiodifusión por particulares serán adjudicadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL mediante concurso público sustanciado por el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, conforme lo establezca la reglamentación de esta ley, para el caso de estaciones de radiodifusión sonora y de televisión.

ARTICULO 2º La licencia otorgada abarcará un período de QUINCE 15 años contados a partir del inicio de las transmisiones, la que podrá ser prorrogada por única vez y a solicitud del licenciatario por DIEZ 10 años conforme los términos del artículo 41 de la Ley Nº 22.285 y 9º del Decreto Nº 310/98, modificado por su similar Nº 883/01.
ARTICULO 3º Otórgase un plazo de CIENTO VEINTE 120 días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que el licenciatario envíe la documentación técnica exigida en el Título III del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que como Anexo II integra la Resolución Nº 16-COMFER/99.
ARTICULO 4º El monto de la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente adjudicación a que hace referencia el artículo 9º del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por el artículo 2º de la Resolución Nº 16-COMFER/99, asciende a la suma de PESOS CINCO MIL
CUATROCIENTOS VEINTE $ 5.420.-, debiendo el depósito constituirse en la modalidad y plazos prescriptos en el referido pliego, conforme lo estatuido en su artículo 20, modificado por Resolución Nº 459-COMFER/02.
ARTICULO 5º Establécese que dentro de los TREINTA 30 días posteriores a la puesta en funcionamiento de la estación, el licenciatario deberá solicitar la correspondiente inspección técnica

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/11/2002 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date28/11/2002

Page count60

Edition count9407

Première édition02/01/1989

Dernière édition25/07/2024

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