Boletín Oficial de la República Argentina del 27/01/2000 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.324 1 Sección 116. ALUPLEN S.A.
117. NEUMATICOS CABILDOS S.R.L.
118. FRANCISCO JORGE MOUCHET.
119. NEUMATEX ELISEO MUIÑO S.A.
120. MAGNALUM S.A.
121. BRUNO BIANCHI Y CIA S.A.
122. HALTON ALUMINIOS S.A.
123. F.A.D.I.P. FABRICA ARGENTINA DE INSTRUMENTOS DE PRECISION SOCIEDAD ANONIMA.
124. INDUSTRIALIZADORA DE METALES SOCIEDAD ANONIMA.
e. 27/1 Nº 303.749 v. 27/1/00

Jueves 27 de enero de 2000

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y MIGUEL ARMANDO ALDERETE LE 7.046.571, como miembros suplentes en representación de los socios partícipes; y GUILLERMO EDUARDO HUIDOBRO LE 8.272.412 como miembro suplente en representación de los socios protectores.
ARTICULO 3º Aprobar la nómina propuesta de socios partícipes detallados en el Anexo I, que forma parte de la presente Resolución.
ARTICULO 4º Otorgar un plazo de 30 días a la peticionante, para inscribir las enmiendas efectuadas por escritura pública al estatuto de la sociedad, en el registro pertinente de la Provincia de Salta.
ARTICULO 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lic. ANA S. DE KESSLER, Secretaria de la Pequeña y Mediana Empresa, Presidencia de la Nación.

PRESIDENCIA DE LA NACION
ANEXO I

SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

A continuación se detalla la nómina de socios partícipes de MACROAVAL SGR, los cuales han acreditado su condición de PyME, en los términos de la Resoluciones MEyOSP Nº 401/89 y 52/94.

Resolución Nº 145/98
Bs. As., 22/12/98


EMPRESA

VISTO el Expediente Nº 000292/98, del Registro de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, por el que MACROAVAL SGR solicita autorización para funcionar, la Ley Nº 24.467, el Decreto Nº 908/95 y el Decreto 943/97 y,
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LUXEM S.R.L.
DINAR S.A CAMBIO, BOLSA Y TURISMO
FRIGORIFICO BERMEJO S.A.
IMPORT CARS S.A.
L. GRADIN Y CIA. S.A.
CERAMICA SALTEÑA S.A.
ESTACION DE SERVICIO EL CHANGO S.R.L.
COMUNICACIONES GRAFICAS S.H. DE QUIROGA F. SOLANO Y ESTELA H. DE
QUIROGA
FRIO NORTE SOC. DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
MARIA INES TORRES DE CANO
SERGIO DANIEL CANSINO
CARLOS ALBERTO SAYUS
FE.DA.FAR. S.R.L.
SALTA CONFECCIONES S.R.L.
MARIA CRISTINA RODRIGUEZ SOLANO
ROBERTO SAN MILLAN
JULIO GERARDO CASTILLO
RICARDO LAISTON QUIROGA Y CAROLINA A. M. DE QUIROGA SOC. DE HECHO
MAGDA DELFA DEL VALLE NASER
JOSE LUIS MORALES RODRIGUEZ
MARIO ROBERTO SCHECHTEL
ALDO ROMANO ELVIRA ZAVALETA DE DIEZ
HUGO RUBEN VILLAGRAN
RENEE CLEMENTE CAMPOS
RODRIGO CORNEJO PATRON
SEGUNDINO FERNANDO MARISCAL ROVERA
CARAPARI S.A.
MAGUFER S.A.
MOLINOS SAN BERNARDO S.A.
COMBUSTIBLES DEL NORTE S.A.
TERRA S.A.
LACTEOS INDEPENDENCIA S.A.
LUIS MARIA PATRON COSTAS
MARTIN MIGUEL PETROCELLI
MIGUEL ARMANDO ALDERETE
NICOLAS BARUTTI
LA INVERNADA S.A.
INDU-METAL S.R.L
EL CONDOR S.A.
ESTABLECIMIENTO MODELO VIRGEN DEL VALLE S.A.
FABRIL MADERERA S.A.
CARNICERIAS CANEPA S.R.L.
MENDOZA Nº 525 S.R.L.
JOSE BARON
CARLOS HUMBERTO ZARIF
JOSE M. CANO E HIJOS S.A.
JEJO S.R.L.
YUCHAN S.A.
SALT-CARD S.A.
ZACARIAS PEJINAKIS E HIJOS S.R.L.
VALLE VIAL S.A.
SUMINISTROS S.R.L.
VILLALONGA DOMINGO Y KOCH RICARDO SOC. DE HECHO
FUTURO DE ROSARIO DE LA FRONTERA S.R.L.
JOSE OMAR RODRIGUEZ
VALDEMAR ANTONIO FECHNER
JUAN CARLOS AGUIRRE
ALDO OMAR COURREGE
HECTOR TORRES
EMPRENDIMIENTO EXPORTADOR AGROFORESTAL S.A. E.X.A.
JOSE AGUSTIN GARCIA
JUAN BERNARDO SCALA
CIVEC S.R.L.
G.M. S.R.L.
JULIO NICOLAS SPIRIDACOS
LEGNOVERDE HNOS S.R.L.
LADISLAO YAÑUK
ORLANDO DANIEL CARUZA
CARLOS ENRIQUE DUTRA
HUGO DANIEL THEISEN
IGNACIO KLEÑUK
OSMIBER S.R.L.
JORGE JUAN GILLUK
EUGENIO NIKON HOY
RAUL OMAR RITTER
DERCIA INES BOUFLEUR BREMM
JORGE GRAEF
ANTONIO CALLERI Y OTROS EMPRESA CONSTRUCTORA
ARNO KREIN

CONSIDERANDO:
Que MACROAVAL SGR ha solicitado la autorización para funcionar como sociedad de garantía recíproca, conforme lo establecido en el artículo 42 de la Ley Nº 24.467.
Que asimismo solicitó se le otorgue una excepción para la autorización a funcionar respecto de la cantidad de socios partícipes, en virtud de haber llegado a 112 PyMEs, agotando las instancias para llegar al número requerido y en razón de las peculiaridades regionales.
Que la excepción resulta procedente por cuanto contempla el interés de las provincias en impulsar el desarrollo económico de las economías regionales involucradas a partir del fortalecimiento de las pequeñas y medianas empresas creando un instrumento que les permitirá la posibilidad de acceder al crédito, reduciendo el riesgo y el consecuente beneficio sobre la tasa de interés, conforme lo establecido en el art. 37 in fine de a ley 24.467.
Que del análisis realizado, al proyecto de estatuto societario y demás documentación presentada por MACROAVAL SGR, surge que se adecua a la normativa vigente.
Que de las constancias obrantes en el expediente surge que la PROVINCIA DE SALTA, el BANCO DE SALTA S.A. y FERNANDO ANDRES SANSUSTE, en calidad de socios protectores y ciento doce PyMEs, en calidad de socios partícipes han constituido MACROAVAL SGR, sociedad de garantía recíproca, de acuerdo a la normativa vigente.
Que MACROAVAL SGR, ha acreditado la calidad de PyME de los socios partícipes, cuya nómina se agrega como Anexo I, titulares de las Pequeñas y Medianas Empresas, en los términos de las Resoluciones MEyOSP Nº 401/89, Nº 208/93 y Nº 52/94.
Que MACROAVAL SGR ha acreditado en los obrados las enmiendas del estatuto oportunamente puntualizadas, debiendo complementar el trámite con la inscripción en el registro pertinente en la Provincia de Salta.
Que el artículo 37 de la Ley 24.467, autoriza a la Autoridad de Aplicación a modificar estos mínimos en función de las peculiaridades regionales.
Que por aplicación del artículo 61 de la Ley Nº 24.467, la Autoridad de Aplicación debe autorizar a los miembros del Consejo de Administración para ejercer dichas funciones.
Que la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DE LA PRESIDENCIA DE LA
NACION es la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467, en virtud de lo dispuesto por los artículos 3º y 17 del Decreto Nº 943/97.
Que corresponde a la Autoridad de Aplicación otorgar la autorización para funcionar a las SOCIEDADES DE GARANTIA RECIPROCA de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 24.467.
Que la Autoridad de Aplicación, en función de lo establecido en el artículo 81 de la Ley Nº 24.467, debe fiscalizar y supervisar a las SOCIEDADES DE GARANTIA RECIPROCA, dejando a salvo las funciones de superintendencia que otorga el artículo 80 de la citada Ley al BANCO CENTRAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA B.C.R.A..
Que la Subsecretaría de Asistencia Técnica y Financiera dependiente de esta Secretaría ha evaluado la solicitud de autorización y la documentación presentada.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que esta Secretaría es competente para el dictado de la presente Resolución, en virtud de lo dispuesto por el artículo 81 de la Ley Nº 24.467 y los artículos 3º y 17 del Decreto Nº 943/97.
Por ello, LA SECRETARIA
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
ARTICULO 1º Autorizar a funcionar, como SOCIEDAD DE GARANTIA RECIPROCA a MACROAVAL SGR, con carácter de excepción en virtud de las peculiaridades regionales, en razón de contar con 112 socios partícipes, con domicilio legal en la calle Alvarado 746, Salta, Provincia de Salta, en los términos de la Ley 24.467 y su Decreto Reglamentario Nº 908/95, cuya inscripción en la Inspección General de Justicia se ha verificado, sujeto al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4º.
ARTICULO 2º Autorizar a los propuestos FERNANDO FAZIO DNI 18.726.112; ALFREDO
ANTONIO PAULINO OLMEDO LE 7.237.064 como miembros titulares del Consejo de Administración de MACROAVAL SGR en representación de los socios partícipes; LUIS CARLOS CEROLINI DNI
11.187.410 en representación de los socios protectores; MARIO EDUARDO NAHUM DNI 14.350.957,
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 27/01/2000 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date27/01/2000

Page count20

Edition count9406

Première édition02/01/1989

Dernière édition24/07/2024

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