Boletín Oficial de la República Argentina del 18/08/1999 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.210 1 Sección CUIT
30-59568940-2
27-11986685-0
30-67724097-7
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20-93599537-0
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27-20470693-5
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30-55177548-4
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30-63916885-5
30-64189716-3
30-64678724-2
30-65281787-0
30-66073855-6
30-67605244-1
30-68497428-5
30-68502056-0
33-62741026-9
33-62917704-9
33-65829084-9
20-04131090-2
20-18226496-3
20-14026587-0
27-92503479-2
30-63610343-4
30-64693936-0
30-68027959-0

DENOMINACION
INGERPLAST SRL
LIMPEROPULO BLANCA ROSA
SERVICIOS AUXILIARES SRL
VALEDER S.A.
CAVUCCI S.A.
BIRNBAUM CATALINA
CELE VIDEO COLOR S.A.
LIOI DENTAL S.R.L.
BRUSCA GASTON DANIEL
ELINGOLD PEDRO
VAZQUEZ PABLO VALENTIN
FAUNDEZ MONCADA MARCOS
CARRERAS MARIA GUILLERMINA
VON BISCHOFFSHAUSEN ASTRID
PERFUMATS S.A.
ELECTROMICROCAB S.R.L.
PAPU S.R.L.
VIRAS Y FOLIAS MD DE MILITERNO
FOUR WHEELS SA
HEY MAS OBRAS SRL
BALMACEDA FIDEL Y RIOS MIGUEL
TEXTIL BARRAGAN S.R.L.
FRADEL S.R.L.
PETROTEC S.A.
EL TOURAL S.A.
EQUIPAMIENTOS ARYES S.A.
EMPRENDIMIENTOS AMERICANOS PARA
CONSTRUCCIONES INT. S.A.
EPICENTRO GAS S.R.L.
PANOA S.R.L.
LA CALETA S.A.
GONZALEZ CARLOS ALBERTO
LLIDO NESTOR JAVIER
CALCULLI CLAUDIO
AMEDRANO ALEXANDRA ELIZABETH
SANATORIO LAVALLE S.A.
SUDOESTE S.A.
CANTALE PACINO SRL
e. 17/8 Nº 288.156 v. 23/8/99

PRESIDENCIA DE LA NACION
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SECRETARIA DE TRANSPORTE
DIRECCION NACIONAL DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL
En cumplimiento de lo determinado por los Artículos 102 y 128 de la Ley Nº 17.285 Código Aeronáutico la Dirección Nacional de Transporte Aerocomercial realizará la Audiencia Pública Nº 210
el día 20 de agosto de 1999 a las 12:00 horas en la Oficina 1228 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos sita en Hipólito Yrigoyen Nº 250 piso 12 para tratar las siguientes solicitudes:
PARTE I. Nota DNTA Nº 56.011 por la que AEROLINEAS PATAGONICAS S.A. solicita autorización para explotar servicios no regulares, internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo, con aeronaves de gran porte del tipo DORNIER 328 o equipos de similares o inferiores características técnicas y capacidad comercial.
PARTE II. Nota DNTA Nº 56.010 por la que AEROLINEAS PATAGONICAS S.A. solicita autorización para explotar servicios regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo con aeronaves de gran porte del tipo DORNIER 328 o equipos de similares o inferiores características técnicas y capacidad comercial en las siguientes rutas, con facultad de omitir y/o alterar escalas:
A USHUAIA - RIO GRANDE - RIO GALLEGOS - COMODORO RIVADAVIA - TRELEW - NEUQUEN
y v.v.
B USHUAIA - PUNTA ARENAS - RIO GALLEGOS y v.v.
C RIO GALLEGOS - LAGO ARGENTINO - ESQUEL - SAN CARLOS DE BARILOCHE - TRELEW
y v.v.
D SAN CARLOS DE BARILOCHE - SAN MARTIN DE LOS ANDES - NEUQUEN - RINCON DE
LOS SAUCES - MALARGE - SAN RAFAEL - MENDOZA - SAN JUAN y v.v.
E TRELEW - VIEDMA - BAHIA BLANCA - MAR DEL PLATA - VILLA GESELL - LA PLATA - BUENOS AIRES y v.v.
F SAN CARLOS DE BARILOCHE - PUERTO MONTT REPUBLICA DE CHILE y v.v.
G RIO GRANDE - PUNTA ARENAS REPUBLICA DE CHILE y v.v.
H MENDOZA - SANTIAGO DE CHILE REPUBLICA DE CHILE y v.v.
I MENDOZA - SAN LUIS - CORDOBA - BAHIA BLANCA y v.v.
PARTE III. NOTA DNTA Nº 56.013 por la que AMERICAN FALCON S.A. solicita autorización para explotar servicios regulares internos de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo con aeronaves de gran porte del tipo FOKKER F-28 o equipos de similares o inferiores características técnicas y capacidad comercial en las siguientes rutas:
A MAR DEL PLATA - BAHIA BLANCA - COMODORO RIVADAVIA - BAHIA BLANCA - MAR DEL
PLATA.
B MAR DEL PLATA - ROSARIO - CORDOBA - ROSARIO - MAR DEL PLATA.
C MAR DEL PLATA - NEUQUEN - BARILOCHE - NEUQUEN - MAR DEL PLATA.
D MAR DEL PLATA - PUERTO MADRYN - LAGO ARGENTINO - PUERTO MADRYN - MAR DEL
PLATA.

Miércoles 18 de agosto de 1999

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PARTE IV. Nota DNTA Nº 56.014 por la que AMERICAN FALCON S.A. solicita autorización para explotar servicios regulares internos e internacionales de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo con aeronaves de gran porte del tipo FOKKER F-28 o equipos de similares o inferiores características técnicas y capacidad comercial en la ruta: AEROPARQUE JORGE NEWBERY - MAR DEL PLATA - PUNTA DEL ESTE - MAR DEL PLATA - AEROPARQUE JORGE NEWBERY.
PARTE V. Nota DNTA 5.980 por la que LINEAS AEREAS ENTRE RIOS S.E. LAER solicita autorización para explotar servicios regulares internos de transporte aéreo de pasajeros, carga y correo con aeronaves de gran porte del tipo ATR 42 o equipos de similares o inferiores características técnicas y capacidad comercial en la ruta: BUENOS AIRES AEROPARQUE JORGE NEWBERY - MAR
DEL PLATA y v.v.
Par poder alegar durante la citada Audiencia y/o tomar vista previa de las actuaciones mencionadas es necesario, de acuerdo a las normas respectivas, formalizar la solicitud pertinente ante la Secretaría de la Junta nombrada, ubicada en la dirección precitada oficina 1228 de 11.30 a 16.00 horas, en días hábiles el 17 y 18 de agosto de 1999, fecha hasta la cual podrá tomarse la vista aludida. Dr.
MANUEL ALBERTO GAMBOA, Director Nacional de Transporte Aerocomercial.
e. 17/8 Nº 287.995 v. 18/8/99
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
La Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA COMERCIO Y MINERIA, notifica a la firma RIO CASEROS SOCIEDAD ANONIMA, la Disposición Nº 40 de fecha 2 de julio de 1999 de la SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA, recaída en el Expediente Nº 252.798/91 la que a continuación se transcribe: ARTICULO 1º SOBRESEER DEFINITIVAMENTE a la firma RIO CASEROS SOCIEDAD ANONIMA Decreto de la Provincia de SAN JUAN Nº 2244/87 en la presente causa. ARTICULO 2º Notifíquese a la firma RIO CASEROS SOCIEDAD ANONIMA. ARTICULO 3º Hágase saber a la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA y a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, ambas dependientes de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS, y a la Provincia de SAN JUAN a los efectos del Registro de Beneficiarios del Régimen de la Ley Nº 22.021 y su modificatoria Nº 22.973. ARTICULO 4º De Forma Firmado:
REINALDO BAÑARES a cargo de la Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA COMERCIO Y MINERIA - Av. Julio A. Roca 651 - Planta Baja Sector 11.
e. 17/8 Nº 288.131 v. 19/8/99
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
La Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA COMERCIO Y MINERIA, notifica a la firma TEJEDURIA RIONAL SOCIEDAD ANONIMA la Resolución 359 de fecha 7 de julio de 1999 de la SECRETARIA DE HACIENDA, recaída en el Expediente Nº 250455/92 la que a continuación se transcribe: ARTICULO 1º Impónese a la firma TEJEDURIA RIONAL SOCIEDAD ANONIMA Decreto de la Provincia de LA RIOJA Nº 2735 del 2 de diciembre de 1987, el decaimiento de pleno derecho de los beneficios promocionales, el pago inmediato de los tribunos no abonados con motivo de la promoción acordada con más su actualización e intereses, el pago de los impuestos diferidos por las empresas y/o sus inversionistas y el reintegro actualizado al balance impositivo de las sumas desgravadas en el Impuesto a las Ganancias por sus inversionistas, en virtud de lo dispuesto por el artículo 10, incisos a, b y c del Decreto Nº 2054/92.
ARTICULO 2º Impónese a la firma TEJEDURIA RIONAL SOCIEDAD ANONIMA, el pago de una multa de PESOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON SETENTA Y
NUEVE CENTAVOS $ 82.584,79, conforme lo establecido por el artículo 17, inciso b de la Ley Nº 22.021. ARTICULO 3º El pago de la multa deberá efectuarse en el plazo de DIEZ 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, debiéndose hacer efectivo, ante la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS. El solo vencimiento del plazo establecido producirá la mora de pleno derecho sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna por parte del Fisco conforme el artículo el 25 del Anexo I
del Decreto Nº 805 del 30 de junio de 1988. ARTICULO 4º Sirva el presente acto de suficiente título ejecutivo para el cobro de la suma establecida en el ARTICULO 2º mediante el correspondiente procedimiento de ejecución fiscal establecido en el CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA
NACION, conforme el artículo 25 del Anexo I del Decreto Nº 805/88. ARTICULO 5º Hágase saber a la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA y a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, ambas dependientes de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y al Gobierno de la Provincia de LA RIOJA a los efectos del Registro de Beneficiarios de la Ley Nº 22.021. ARTICULO 6º Notifíquese a la firma TEJEDURIA RIONAL SOCIEDAD ANONIMA. ARTICULO 7º De Forma Firmado: REINALDO
BAÑARES a cargo de la Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA COMERCIO Y MINERIA - Av. Julio A. Roca 651 - Planta Baja - Sector 11.
e. 17/8 Nº 288.132 v. 19/8/99
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
La Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA COMERCIO Y MINERIA, notifica a la firma LAMINADORA FORTIN LAS PULGAS SOCIEDAD
ANONIMA la Resolución Nº 353 de fecha 30 de junio de 1999 de la SECRETARIA DE HACIENDA, recaída en el Expediente Nº 11.172/90 la que a continuación se transcribe: ARTICULO 1º Impónese a la firma LAMINADORA FORTIN LAS PULGAS SOCIEDAD ANONIMA Decreto de la Provincia de SAN LUIS Nº 3092 de fecha 29 setiembre de 1986, el decaimiento de pleno derecho de los beneficios promocionales, el pago inmediato de los tributos no ingresados con motivo de la promoción acordada con más su actualización e intereses, el pago de los impuestos diferidos por la empresa y/o sus inversionistas y el reintegro actualizado al balance impositivo de las sumas desgravadas en el Impuesto a las Ganancias por sus inversionistas, conforme el artículo 10, incisos a, b y c del Decreto Nº 2054/92.
ARTICULO 2º Impónese a la firma LAMINADORA FORTIN LAS PULGAS SOCIEDAD ANONIMA, el pago de una multa de PESOS SESENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE $ 60.957, en virtud de lo dispuesto por el artículo 17, inciso b, de la Ley Nº 22.021. ARTICULO 3º El pago de la multa deberá efectuarse en el plazo de DIEZ 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación, debiéndose hacer efectivo, ante la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. El solo vencimiento del plazo establecido producirá la mora de pleno derecho sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna por parte del Fisco conforme el artículo el 25 del Anexo I del Decreto Nº 805/88. ARTICULO 4º Sirva el presente acto de suficiente título ejecutivo para el cobro de la suma establecida en el ARTICULO 2º mediante el correspondiente procedimiento de ejecución fiscal establecido en el CODIGO PROCESAL
CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION, conforme el artículo 25 del Anexo I del Decreto Nº 805/88.
ARTICULO 5º Hágase saber a la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA y a la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS, ambas dependientes de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y al Gobierno de la Provincia de SAN LUIS, a los efectos del Registro de Beneficiarios de la Ley Nº 22.021 y en su modificatoria Nº 22.702. ARTICULO 6º Notifíquese a la empresa LAMINADORA FORTIN LAS PULGAS SOCIEDAD ANONIMA. ARTICULO 7º De Forma Firmado: REINALDO BAÑARES a cargo de la Delegación de la Dirección Mesa de Entradas y Notificaciones ante la SECRETARIA DE INDUSTRIA COMERCIO Y MINERIA - Av. Julio A. Roca 651 - Planta Baja - Sector 11.
e. 17/8 Nº 288.133 v. 19/8/99

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/08/1999 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date18/08/1999

Page count24

Edition count9394

Première édition02/01/1989

Dernière édition12/07/2024

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