Boletín Oficial de la República Argentina del 10/06/1999 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.165 1 Sección go Alimentario Argentino, Ley 18.284 art. 12, se ha dictado la Disposición ANMAT Nº 1375/99, que se transcribe a continuación en su parte pertinente: ARTICULO 1º. Impónese al Sr. CARLOS
MUNGUILLON Propietario del AUTOSERVICIO DEL PARQUE, sito en Frías 225, Capital Federal, una sanción de PESOS OCHO MIL $ 8.000.-, conforme a lo previsto en el Artículo 9º inciso a de la Ley 18.284 modificado por Decreto 341/92, por haber transgredido los artículos 155, 15 y 6 bis del Código Alimentario Argentino, por carecer de habilitación municipal y por haberse comprobado la existencia de alimentos vencidos; teniendo en cuenta que no posee antecedentes en el Registro Nacional de Infractores del Instituto Nacional de Alimentos. ARTICULO 2º Hágase saber al interesado que en un plazo de cinco 5 días hábiles podrá interponer recurso de apelación para ante la Autoridad Judicial correspondiente, previo pago del 30% de la multa impuesta conforme al procedimiento establecido en el artículo 12 de la Ley 18.284 y su reglamentación Anexo II del Decreto 2126/71. Dr. PABLO M.
BAZERQUE, Director Nacional Adm. Nac. de Medicamentos Alimentos y Tec. Médica.
e. 8/6 Nº 280.564 v. 10/6/99
La ANMAT notifica a las firmas LABORATORIO TECNION y DISTRIBUIDORA WINNER S.R.L.
que en el Expediente Nº 1-47-2110-3731-95-8, se ha dictado luego del sumario correspondiente, la Disposición ANMAT Nº 353/99 la que en su parte pertinente a continuación se transcribe: ARTICULO
1º. Impónese a la firma LABORATORIO TECNION, con domicilio en la calle Sadi Carnot 1995 de la Ciudad de Córdoba, una sanción de PESOS DIEZ MIL $ 10.000.-, por infracción a los arts. 2º y 19º inc. b de la Ley 16.463 y los arts. 2º y 7º incs. a, b, c y f del Decreto 150/92, de conformidad con lo dispuesto por el art. 21 de la Ley 16.463. ARTICULO 2º. Impónese a la firma DISTRIBUIDORA
WINNER S.R.L., con domicilio en Choele Choel 2043, Barrio Residencial Cabildo, Ciudad de Córdoba, una sanción de PESOS DIEZ MIL $ 10.000.- por infracción al art. 7º inc. e del Decreto 150/92, de conformidad con lo dispuesto por el art. 21 de la Ley 16.463. ARTICULO 3º. Hágase saber al interesado que podrá interponer recurso de apelación debidamente fundado, con expresión concreta de agravios, para ante la autoridad judicial competente, en el plazo de TRES 3 DIAS hábiles de ser notificado Art. 21 de la Ley 16.463. Se hace saber a las firmas sancionadas que de no cumplir con las multas impuestas, se procurará su cobro por la vía judicial. Dr. PABLO M. BAZERQUE, Director Nacional Adm. Nac. de Medicamentos Alimentos y Tec. Médica.
e. 8/6 Nº 280.562 v. 10/6/99

Jueves 10 de junio de 1999

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4º Para presentarse al concurso, los interesados deberán cumplir las siguientes condiciones generales:
a Poseer título de Calígrafo Público expedido por universidad nacional o privada debidamente reconocida.
b Poseer ciudadanía argentina, una edad mínima de 25 años y acreditar por lo menos tres años de ejercicio de la profesión o docencia universitaria art. 55 del Decreto-ley 1285/58.
5º Se fijan las siguientes normas de valoración de los antecedentes curriculares, entrevista personal y prueba de oposición:
A PARA LOS ANTECEDENTES CURRICULARES
a antigedad profesional de calígrafo público Puntaje: 0,25 p. Por año máx. 10 p.
b Actuación como perito de oficio en tribunales de cualquier fuero o jurisdicción.
Puntaje: 0,50 p. Por año máx. 10 p.
c Actuación en cargos de calígrafo oficil de tribunales provinciales.
Puntaje: 1 p. Por año máx. 10 p.
d Actuación en cargos rentados de calígrafo en instituciones públicas o privadas.
Puntaje: 0,50 p. Por año máx. 6 p.
e Trabajos científicos: I publicados; II presentados y expuestos en congresos y reuniones científicas de probada jerarquía.
Puntaje: 0,50 p. Por trabajo máx. 4 p.

La A.N.M.A.T. notifica al Sr. CAI KE BIN, propietario del AUTOSERVICIO, sito en Roosevelt 1537, Capital Federal, que en el Exp. Nº 1-47-2110-8344-95-6, que se sustancia por ante esta Administración, se ha dictado la Disposición ANMAT Nº 3836/98, que se transcribe a continuación en su parte pertinente: ARTICULO 1º. Impónese al Señor CAI KE BIN Propietario del AUTOSERVICIO, sito en Roosevelt 1537, Capital Federal, una sanción de PESOS DIEZ MIL $ 10.000.-, conforme a lo previsto en el Artículo 9º inciso a de la Ley 18.284 modificado por Decreto 341/92, por haber transgredido los artículos 15, 21, 6 bis, 155, 178 y 18 incs. 1, 15 y 16 del Código Alimentario Argentino, por haberse comprobado la falta de habilitación municipal y de libretas sanitarias, la inadecuada temperatura de las heladeras de acuerdo a los productos que conservaban 15ºC y 20ºC, la falta de higiene en los pisos, la carencia de cielo raso y la tenencia de alimentos vencidos y alterados en las góndolas los que fueron decomisados y destruidos rótulos a fojas 3 a 9; teniendo en cuenta su falta de antecedentes en el Registro Nacional de Infractores del Instituto Nacional de Alimentos. ARTICULO 2º Hágase saber al interesado que tienen cinco 5 días para interponer el recurso de apelación para ante la Autoridad Judicial correspondiente, previo pago del 30% de la multa impuesta conforme al procedimiento establecido en el artículo 12 de la Ley 18.284 y su reglamentación Anexo II del Decreto 2126/71. Se hace saber al infractor que de no cumplir con la multa impuesta se iniciará la ejecución fiscal prevista en el art. 13 de la Ley 18.284. Dr. PABLO M. BAZERQUE, Director Nacional Adm. Nac. de Medicamentos Alimentos y Tec. Médica.
e. 8/6 Nº 280.561 v. 10/6/99
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, teniendo en cuenta que ha sido infructuosa la notificación efectuada en el domicilio constituido por las firmas PARIMEX
S.R.L. y GRASSE PERFUMES S.A., dispone notificar a las citadas firmas sitas en la calle Cátulo Castillo 2707, Capital Federal y Carlos Calvo 3740, Capital Federal, respectivamente, los términos de la Disposición ANMAT Nº 3038/98 recaída en el expediente Nº 1-47-1110-543-96-8, mediante la que se dispuso la baja de las habilitaciones de sus establecimientos sitos ambos, en Carlos Calvo 3740, Capital Federal, y la prohibición de la Comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos cosméticos, de higiene y tocador importados por las firmas en cuestión. Se hace saber al interesado que podrá interponer recurso de reconsideración y/o de alzada, debidamente fundados, dentro de los diez 10 y quince 15 días hábiles de ser notificado, respectivamente art. 84 y 94 del Reglamento aprobado por Decreto Nº 1759/72 t.o. 1991. Dr. PABLO M. BAZERQUE, Director Nacional Adm. Nac. de Medicamentos Alimentos y Tec. Médica.
e. 8/6 Nº 280.559 v. 10/6/99

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION
Resolución Nº 669/99
Expte. Nº 10-18499/98
Bs. As. 27/5/99
VISTO Y CONSIDERANDO:
Lo dispuesto por las acordadas nros. 34/84 y 74/90, y la existencia de cuatro cargos vacantes en el cuerpo de calígrafos oficiales, por las jubilaciones de los peritos; Sr. Héctor Nicolás De Carlo, Sra.
Esperanza Consuelo Varela, Sra. Ofelia Graciela Williams y Sra. Elda Beatriz Picasso.
SE RESUELVE:
1º Llamar a concurso abierto de antecedentes y oposición, a fin de cubrir cuatro 4 cargos de perito calígrafo en el Cuerpo de Peritos Calígrafos Oficiales de la Justicia Nacional.
2º Integrar la comisión asesora a que se refieren los artículos 2º y 3º de la acordada 34/84, con el Director General Pericial, Dr. Juan Carlos García; el señor Decano del Cuerpo de Peritos Calígrafos Oficiales, Sr. Luis María Fernández Rojo; los dos peritos más antiguos de dicho cuerpo, Sra. Gloria Bruzzo y Srta. Estela Cecati Mercante; y el señor Presidente del Colegio de Calígrafos de la Ciudad de Buenos Aires, Sr. Horacio Gurruchaga.
En caso de resultar necesario el reemplazo de alguno de los miembros titulares, serán sustituidos por los peritos que les suceden en orden de antigedad a los nombrados, Sra. Amanda Tinto, Sr. Blas E. Noguera y Sr. Juan Carlos Pera Riera.
3º Fijar el plazo para la presentación de los interesados en concursar, en veinte días hábiles a partir de la publicación de este llamado en el Boletín Oficial. Las presentaciones deberán hacerse en la Mesa de Entradas del Cuerpo de Calígrafos Oficiales, sito en la calle Cerrito 536 3º piso, en el horario de 7,30 a 13,30 horas y serán acompañadas de los antecedentes de los aspirantes, quienes deberán constituir domicilio en la Capital Federal.

f Cursos relacionados directamente con la materia pericial caligráfica, de duración no menor de 50 horas.
Puntaje: 0,25 p. Por curso máx. 4 p.
g Actuación docente universitaria en facultad oficial y/o privada debidamente reconocida, como profesor titular de materia que integre los planes de estudio de la carrera de calígrafo público como profesor adjunto se reducirá el puntaje por año al 50% y como docente autorizado al 25%.
Puntaje: 0,25 p. Por año máx. 6 p.
B ENTREVISTA PERSONAL
Puntaje: máx. 5 p.
C PRUEBA DE OPOSICION
Consistirá en la resolución de tres 3 temas periciales, uno con la redacción del informe respectivo y los otros dos con el solo enunciado de la conclusión, o en su caso, la medida previa que correspondiere adoptar. A ese efecto, la comisión asesora elegirá tres 3 casos que serán comunes para todos los participantes, distribuyendo entre ellos fotocopias de los elementos necesarios y permitiendo en forma equitativa el examen de los respectivos originales.
Puntaje: máx. 45 p.
6º Una vez vencido el plazo fijado en el punto 3º, la comisión asesora procederá a evaluar los antecedentes de los aspirantes y determinará cuales de ellos a su juicio, reúnen antecedentes suficientes para poder intervenir en la prueba de oposición.
7º Efectuada la evaluación de los antecedentes curriculares, se fijará día y hora para la prueba de oposición, se notificará a todos los concursantes en el domicilio constituido y se citará a los considerados con antecedentes suficientes para intervenir en la prueba.
8º La comisión asesora elevará a la decisión de la Corte el dictamen que elabore, fijando el orden de mérito de los aspirantes. El tribunal podrá designar a cualquiera de los tres aspirantes mejor calificados, pero para nombrar al segundo o al tercero deberá fundar su decisión.
El dictamen de la comisión asesora será irrecurrible.
9º Publíquese por tres días en el Boletín Oficial y comuníquese al Cuerpo de Calígrafos Oficiales y al Colegio de Calígrafos Públicos de la Ciudad de Buenos Aires.
Regístrese y hágase saber. JULIO S. NAZARENO, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. EDUARDO MOLINE OCONNOR, Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. AUGUSTO CESAR BELLUSCIO, Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI, Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. GUSTAVO A. BOSSERT, Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. ADOLFO ROBERTO
VAZQUEZ, Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
e. 8/6 Nº 280.435 v. 10/6/99

PUBLICACIONES DE DECRETOS Y RESOLUCIONES
De acuerdo con el Decreto Nº 15.209 del 21 de noviembre de 1959, en el Boletín Oficial de la República Argentina se publicarán en forma sintetizada los actos administrativos referentes a presupuestos, licitaciones y contrataciones, órdenes de pago, movimiento de personal subalterno civil, militar y religioso, jubilaciones, retiros y pensiones, constitución y disolución de sociedades y asociaciones y aprobación de estatutos, acciones judiciales, legítimo abono, tierras fiscales, subsidios, donaciones, multas, becas, policía sanitaria animal y vegetal y remates.
Las Resoluciones de los Ministerios y Secretarías de Estado y de las Reparticiones sólo serán publicadas en el caso de que tuvieran interés general.
NOTA: Los actos administrativos sintetizados y los anexos no publicados pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 10/06/1999 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date10/06/1999

Page count20

Edition count9392

Première édition02/01/1989

Dernière édition10/07/2024

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