Boletín Oficial de la República Argentina del 11/02/1999 - Primera Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.083 1 Sección gado sin acumular Expedientes Números 87157-001.188/94, 871-57-095.084/94, 871-57067.952/95, del registro de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, fotocopia del Legajo Personal Nº 10.041, 8254/97 de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION, y
POLICIA FEDERAL ARGENTINA

CONSIDERANDO:

Bs. As., 8/2/99

Que el Subcomisario R.O. de la POLICIA
FEDERAL ARGENTINA Silvestre Antonio RUNDO, solicita se le concedan los beneficios de la Ley Nº 24.294.
Que conforme lo establece la citada ley en sus artículos 1º y 2º, es competencia del PODER EJECUTIVO NACIONAL en razón de la materia entender en estos actuados, no encontrándose facultado para ello el Jefe de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA por no haber delegación de facultades, correspondiendo la revocación de las Resoluciones Policiales del 16 de noviembre de 1994, 7 de abril de 1995 y 9 de octubre de 1995, conforme el artículo 17 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.
Que la Ley Nº 24.294 establece que se promoverá DOS 2 grados con el nomenclador de retiro voluntario al personal de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA que durante los años 1960 y 1961 hubiere pasado a disponibilidad y ulteriormente retirado en forma obligatoria.
Que la referida norma estipula que se le concederán los beneficios, siempre que reúna las siguientes condiciones: habérsele gestionado el retiro durante los años 1960-1961, haber sido declarado en disponibilidad durante el mismo período y pasado ulteriormente a retiro sin que mediare sumario administrativo y no haber obtenido anteriormente beneficio similar por la misma causa.
Que la misma ley estipula que la CAJA DE
RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES
DE LA POLICIA FEDERAL atenderá con sus recursos los beneficios derivados de sus artículos 1º y 2º de acuerdo con la nueva situación de revista, no reconociéndosele, a los efectos del pago, retroactividad alguna.
Que obra agregado el Decreto Nº 3586 del 4
de mayo de 1961, donde se dispuso el pase a situación de retiro obligatorio del causante, como asimismo, no consta en la documentación compulsada que haya obtenido similares beneficios.
Que el sub-examine cumple con los requisitos establecidos por la ley, lo cual coloca al peticionante dentro del ámbito de aplicación tenido en cuenta por el legislador al sancionar la norma.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y la Ley Nº 24.294.
Por ello, EL PRESIDENTE DE
LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Revócanse las Resoluciones de la Jefatura de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA del 16 de noviembre de 1994, 7 de abril de 1995 y 9 de octubre de 1995.
Art. 2º Hácese lugar a lo solicitado por el Subcomisario R.O. de la POLICIA FEDERAL
ARGENTINA Silvestre Antonio RUNDO M.I. Nº 150.954 y dispónese la promoción al grado de Comisario Inspector con la nomenclatura de Retiro Voluntario a partir del 30 de diciembre de 1993.
Art. 3º Reconócese a los efectos del cómputo definitivo de servicios, el tiempo desde su pase a situación de Retiro Obligatorio hasta el 7 de diciembre de 1993.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MENEM. Carlos V. Corach.

de Subcomisario con la nomenclatura de Retiro Voluntario a partir del 30 de diciembre de 1993.

Decreto 81/99
Revócase la resolución de la Jefatura de la mencionada institución del 16 de noviembre de 1994. Promoción.

VISTO el Expediente Nº 371.335/94 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, con agregado sin acumular Expedientes Números 87157-001.180/94 registro de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, 27.145/62, 27.479/62 ambos de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL, fotocopia del Legajo Personal Nº 10.365, y CONSIDERANDO:
Que el Oficial Inspector R.O. de la POLICIA
FEDERAL ARGENTINA Héctor René LOPEZ
MASIAS, solicita se le concedan los beneficios de la Ley Nº 24.294.
Que conforme lo establece la citada ley en sus artículos 1º y 2º, es competencia del PODER EJECUTIVO NACIONAL en razón de la materia entender en estos actuados, no encontrándose facultado para ello el Jefe de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA por no haber delegación de facultades, correspondiendo la revocación de la Resolución Policial del 16 de noviembre de 1994, conforme el artículo 17 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.
Que la Ley Nº 24.294 establece que se promoverá DOS 2 grados con el nomenclador de retiro voluntario al personal de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA que durante los años 1960 y 1961 hubiere pasado a disponibilidad y ulteriormente retirado en forma obligatoria.
Que la referida norma estipula que se le concederán los beneficios, siempre que reúna las siguientes condiciones: habérsele gestionado el retiro durante los años 1960-1961, haber sido declarado en disponibilidad durante el mismo período y pasado ulteriormente a retiro sin que mediare sumario administrativo y no haber obtenido anteriormente beneficio similar por la misma causa.
Que la misma ley estipula que la CAJA DE
RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES
DE LA POLICIA FEDERAL atenderá con sus recursos los beneficios derivados de sus artículos 1º y 2º de acuerdo con la nueva situación de revista, no reconociéndosele, a los efectos del pago, retroactividad alguna.

Art. 3º Reconócese a los efectos del cómputo definitivo de servicios, el tiempo desde su pase a situación de Retiro Obligatorio hasta el 7 de diciembre de 1993.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MENEM. Carlos V. Corach.

Jueves 11 de febrero de 1999

3

Art. 2º Extiéndase el correspondiente diploma, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 19 de la Reglamentación de la ORDEN DE
MAYO aprobada por el Decreto Nº 16.644 del 18
de diciembre de 1957.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
MENEM. Guido Di Tella.

SESIONES EXTRAORDINARIAS
CONDERACIONES

Decreto 88/99

Decreto 76/99

Inclúyense asuntos en el temario a tratar por el Honorable Congreso de la Nación.

Apruébase un Acta mediante la cual se acuerda una condecoración al Embajador del Estado de Kuwait.
Bs. As., 8/2/99
VISTO lo establecido por el Decreto Ley Nº 16.629
del 17 de diciembre de 1957, ratificado por la Ley Nº 14.467, por el que se creó la ORDEN
DE MAYO, y CONSIDERANDO:
Que el Consejo de la Orden ha prestado acuerdo a la propuesta de condecorar a S.E.
el señor Embajador del Estado de KUWAIT
en la República, D. Alí Fahad Abdulrahman AL-ZAID, quien se ha hecho acreedor al honor y al reconocimiento de la Nación.
Que toca al PODER EJECUTIVO NACIONAL
dictar la medida aprobatoria complementaria prevista en el artículo 6º del Decreto Ley Nº 16.629 del 17 de diciembre de 1957, ratificado por Ley Nº 14.467.

Bs. As., 8/2/99
En uso de las facultades que le otorgan los artículos 63 y 99 inciso 9 de la Constitución Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA
NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Inclúyese en el temario a tratar por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, durante el actual período de Sesiones Extraordinarias, la consideración de los asuntos detallados en el Anexo que forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
MENEM. Jorge A. Rodríguez. Carlos V.
Corach.
TEMAS PARA LAS SESIONES
EXTRAORDINARIAS
DEL HONORABLE CONGRESO DE LA
NACION

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

1

Proyecto de Ley de Régimen de Financiamiento del Deporte, Juegos y/o Concursos Deportivos. Derogación de la Ley Nº 24.199.

Artículo 1º Apruébase el Acta del Consejo de la ORDEN DE MAYO, suscripta el 8 de septiembre de 1998, mediante la cual se acuerda la condecoración de la ORDEN DE MAYO AL MERITO, en el grado de GRAN CRUZ, a S.E. el señor Embajador del Estado de KUWAIT en la República, D. Alí Fahad Addulrahman AL-ZAID.

2

Proyecto de Ley de Derechos de Adultos Mayores.

3

Proyecto de Ley Nacional de la Música.

4

Proyecto de Ley modificatorio de la Ley Nº 24.464 de Sistema Federal de Vivienda.

PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 87/99

Que surge de su Legajo Personal que fue puesto en disponibilidad el 28 de noviembre de 1961 y obra agregado el Decreto Nº 7264
del 25 de julio de 1962, donde se dispuso el pase a situación de retiro obligatorio del causante, como asimismo, no consta en la documentación compulsada que haya obtenido similares beneficios.
Que el sub-examine cumple con los requisitos establecidos por la ley, lo cual coloca al peticionante dentro del ámbito de aplicación tenido en cuenta por el legislador al sancionar la norma.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR.
Que la presente se dicta en uso de las facultad conferida por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y la Ley Nº 24.294.
Por ello, EL PRESIDENTE DE
LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Revócase las Resoluciones de la Jefatura de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA del 16 de noviembre de 1994.
Art. 2º Hácese lugar a lo solicitado por el Oficial Inspector R.O. de la POLICIA FEDERAL
ARGENTINA Héctor René LOPEZ MASIAS M.I.
Nº 3.989.178 y dispónese la promoción al grado
Suplemento por Función Específica que será abonado a determinado personal de la Secretaría de Prensa y Difusión.
Bs. As., 8/2/99
VISTO el Expediente Nº 6191/95 del Registro de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE
LA NACION y el título VI del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por el Decreto Nº 993 del 27 de mayo de 1991 T.O. 1995, y, CONSIDERANDO:
Que el Título VI del citado ordenamiento escalafonario establece las retribuciones e incentivos de los agentes comprendidos en dicho sistema.
Que entre los suplementos previstos en dicho título, se incluye el suplemento por función específica.
Que en el artículo 73 de dicho cuerpo normativo se determina el personal con derecho a la percepción del mismo, como así también el monto y procedimiento a seguir para su otorgamiento.
Que las tareas específicas de asistencia directa a la actividad presidencial que debe cumplir determinado personal de la DIRECCION DE SALA DE CONFERENCIAS de la SECRETARIA
DE PRENSA Y DIFUSION DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION obligan al mismo a poseer un elevado nivel de responsabilidad y dedicación.
Que en atención a que las actividades descriptas constituyen, dado su especialidad, tareas para cuyo desempeño resulta particularmente crítico el reclutamiento de personal en el mercado laboral, es de estricta justicia reconocer a los agentes que cumplen dichas funciones una compensación específica.
Que en virtud de ello resulta procedente disponer el otorgamiento del suplemento por función especifica del personal que ejerza las referidas funciones, habiendo tomado la intervención que corresponde los órganos competentes.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99
inciso 1º de la Constitución Nacional y en concordancia con lo dispuesto por el artículo 13 del Decreto Nº 977/95.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/02/1999 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date11/02/1999

Page count28

Edition count9397

Première édition02/01/1989

Dernière édition15/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Febrero 1999>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28