Boletín Oficial de la República Argentina del 13/02/1998 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 28.836 1 Sección DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

NOMINA DE EXCLUSIONES CON VIGENCIA HASTA EL 28-02-98.

ARTICULO 2º Dicho órgano de consulta y asesoramiento tendrá carácter honorario, sin perjuicio de reconocer los gastos en los que, por motivo de su funcionamiento, incurran sus integrantes.

MODIFICACION DE PORCENTAJES
DEPENDENCIA: REGION Nº 7.

CUIT
30-65558311-0

13

do Javier Antonio GONZALEZ FRAGA L.E. Nº 5.274.802, Doctor Lucio GARZON MACEDA L.E.
Nº 6.471.000, DOCTOR Amalio Humberto PETREI L.E. Nº 6.490.431 y el Señor Alberto Jorge TRIACA D.N.I. Nº 4.377.279.

RESOLUCION GENERAL 17 ARTICULO 12º ULTIMO PARRAFO

APELLIDO Y NOMBRE, DENOMINACION O RAZON
SOCIAL

Viernes 13 de febrero de 1998

NUEVO PORCENTAJE DE
EXCLUSION

KRUGUER S.A.

ARTICULO 3º Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. Dr. ANTONIO ERMAN GONZALEZ, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
e. 13/2 Nº 216.099 v. 13/2/98

100.00

Firmado: C.P. ALBERTO LUJAN SANTAMARIA. Jefe Región Nº 7.
e. 13/2 Nº 216.690 v. 13/2/98

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución ENRE Nº 113/98

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

ACTA Nº 382

RESOLUCION GENERAL Nº 17 ARTICULO 12 ULTIMO PARRAFO

Ley Nº 24.065

NOMINA DE EXCLUSIONES CON VIGENCIA HASTA EL 28-02-98.

Bs. As., 4/2/98

MODIFICACION DE PORCENTAJES

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto. 1 Fijar como Tasa Anual de Fiscalización y Control que, por el año de 1998, deberán pagar los generadores, transportistas y distribuidores, los importes provisorios y sujetos a reajuste que se encuentran especificados en el ANEXO a la presente resolución; 2 Los importes adeudados deberán ser abonados antes del 23 de febrero de 1998, en los términos del artículo 69 de la Ley Nº 24.065 y la Resolución ENRE Nº 7/94; 3 Notifíquese a las empresas obligadas al pago. Fdo. JUAN ANTONIO
LEGISA, Presidente.

DEPENDENCIA: REGION Nº 5.
CUIT
33-61256578-9

APELLIDO Y NOMBRE DENOMINACION
O RAZON SOCIAL
INFOTRON S.A.

NUEVO PORCENTAJE
DE EXCLUSION
100

Firmado: C.P. DIANA GUTERMAN. Jefa Int. Región Nº 5.
e. 13/2 Nº 216.689 v. 13/2/98

El Anexo citado puede ser consultado por los interesados en la Sede del ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, Avda. Madero Nº 1020, 10º piso de la Capital Federal, en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17.30 y en la Sede Central de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
JUAN PABLO LLORENS, Secretario del Directorio. E.N.R.E.
RESOLUCION GENERAL Nº 17

e. 13/2 Nº 216.503 v. 13/2/98

NOMINA DE EXCLUSION REGIMEN RET./PERC. IVA.
DEPENDENCIA: REGION COMODORO RIVADAVIA
C.U.I.T.: 27-16713396-2
DENOMINACION: MARIA AGUSTINA CASTELLANOS PORCENTAJE DE EXCLUSION: 100 %
PERIODO DE VIGENCIA: 28/02/98

AVISOS OFICIALES
ANTERIORES

Firmado: C.P. GERARDO ALFREDO HERRERA, a/c. Div. Fisc. Interna.
e. 13/2 Nº 216.633 v. 13/2/98

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Resolución MTySS Nº 58
Bs. As., 2/2/98
VISTO las facultades otorgadas por el artículo 4º, inciso b, apartado 9º de la Ley Nº 22.520, y CONSIDERANDO:

El Banco Central de la República Argentina intima a la firma AUDIOCOLOR S.A. en el Sumario Nº 2372, Expediente Nº 29.509/91, que se le sustancia de acuedo con el art. 8º de la ley del Régimen Penal Cambiario Nº 19.359 t. o. 1982, a constituir nuevo domicilio en el término de 5
días hábiles bancarios bajo apercibimiento tenerlo por constituido en esta Dependencia, Actuaciones Cambiarias s, Edificio Sarmiento, Piso 1º, Oficina 12, bajo apercibimiento de ley. Publíquese por 5 cinco días.
e. 12/2 Nº 216.340 v. 18/2/98

Que el proceso de modernización del REGIMEN DE CONTRATO DE TRABAJO y la Negociación Colectiva Laboral en las actuales circunstancias reviste trascendencia institucional.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Que dicho proceso se enmarca con los objetivos de eficacia, productividad y competitividad de la economía nacional en su conjunto.
Que a tal efecto se impone la revisión del actual sistema de contratación y extinción laboral, y en particular su incidencia en los niveles de la generación de empleo, asegurando la valoración del trabajo como actividad humana.
Que la promoción de la Negociación Colectiva Laboral, brinda la posibilidad tanto a empleadores como trabajadores, de introducir amplios márgenes de adaptación de las condiciones de trabajo a las condiciones de producción.

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 diez días a la señora BARRA Alicia Mabel, a los señores MARTINEZ SOLER Enrique Mariano - PALMA Carlos Alberto - VAZQUEZ Carlos Alberto - VIGIL Luis Alberto y a la entidad Valle Del Tupungato Sociedad Anónima, para que comparezcan en Sumarios de Cambio, sito en Reconquista 266, Edificio Sarmiento, Piso 1º, Oficina 15, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente Nº 06.081/96
Sumario Nº 2917, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8º de la Ley del Régimen Penal Cambiario, texto ordenado 1995 conf. Decreto Nº 480/95, bajo apercibimiento de Ley. Publíquese por 5 cinco días.
e. 12/2 Nº 216.347 v. 18/2/98

Que asimismo debieran integrar este proceso aquellos aspectos relacionados con el fortalecimiento del Sistema de Seguridad Social y la mejora de la empleabilidad de los trabajadores a través de una adecuada capacitación.
Que en consecuencia se impone la creación de un ámbito de consulta y asesoramiento a este Ministerio.

PUBLICACIONES DE DECRETOS Y RESOLUCIONES

Que la interacción de ideas y propuestas entre dicho órgano y el Ministro, será generadora de medidas tendientes a dar solución a las cuestiones debatidas.

De acuerdo con el Decreto Nº 15.209 del 21 de noviembre de 1959, en el Boletín Oficial de la República Argentina se publicarán en forma
Que sobre esa base se estima conveniente crear un CONSEJO ASESOR DEL MINISTRO DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL que, a fin de un adecuado tratamiento de las temáticas propuestas, estará integrado por personalidades representativas de los sectores involucrados en las mismas.
Que el mencionado Consejo será convocado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social cuando resulte necesaria su intervención.
Que su actuación será honoraria, sin perjuicio de reconocer los gastos en que incurran sus integrantes.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 4º, inciso b, apartado 9º de la Ley Nº 22.520.
Por ello, EL MINISTRO DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º Créase en el ámbito del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el CONSEJO ASESOR DEL SEÑOR MINISTRO, que estará formado por los siguientes integrantes: Licencia-

sintetizada los actos administrativos referentes a presupuestos, licitaciones y contrataciones, órdenes de pago, movimiento de personal subalterno civil, militar y religioso, jubilaciones, retiros y pensiones, constitución y disolución de sociedades y asociaciones y aprobación de estatutos, acciones judiciales, legítimo abono, tierras fiscales, subsidios, donaciones, multas, becas, policía sanitaria animal y vegetal y remates.
Las Resoluciones de los Ministerios y Secretarías de Estado y de las Reparticiones sólo serán publicadas en el caso de que tuvieran interés general.
NOTA: Los actos administrativos sintetizados y los anexos no publicados pueden ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Capital Federal

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/02/1998 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date13/02/1998

Page count20

Edition count9393

Première édition02/01/1989

Dernière édition11/07/2024

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