Boletín Oficial de la República Argentina del 26/11/1993 - Primera Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETÍN OFICIAL N 27.774 I a Sección INMUEBLES FISCALES
Decreto 2 3 6 1 / 9 3
Apruébase la venta de inmuebles de propiedad del Estado Nacional ubicados en la Provincia de Buenos Aires.
Bs. As.. 15/11/93
VISTO el Expediente N9 000013/93 del Registro de la COMISIÓN DE TIERRAS FISCALES
NACIONALES "Programa ARRAIGO" de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Ley N9 24.146. el Decreto N9 2441 / 9 0 y su modificatorio 156/92 y los Decretos N r a 4 0 7 /
91 y 2137/91. y CONSIDERANDO:
Que la COMISIÓN DE TIERRAS FISCALES
NACIONALES "PROGRAMA ARRAIGO"
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN tramita la venta directa, entre otros, de los inmuebles en los que se asientan ciertos conglomerados humanos denominados como "BARRIO URQUIZA - CONGLOMERADO
CIABASA, "BARRIO FOCO MURGIONDO" y "BARRIO SAN FRANCISCO DE ASÍS", del Partido de Avellaneda: "VILLA RONDEAU", "VILLA NOCITO". "V1LL QUILMES" y "VILLA PARODI". de la Ciudad de Bahía Blanca: "BARRIO GENERAL SAN MARTIN".
del Partido de La Matanza; "BARRIO VIRREY VERTIZ - LOS VAGONES" del Partido de San Isidro: "BARRIO MARTIN RODRÍGUEZ" y "BARRIO SAN JORGE II", del Partido de San Fernando: "BARRIO MALDONADO". del Partido de Tres de Febrero y el "BARRIO VILLA ADELINA", del Partido de Vicente López, todos ellos ubicados en la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Que los referidos inmuebles se encuentran ocupados en forma pacífica e ininterrumpida por familias asentadas en los mismos, ante la imposibilidad de satisfacer su necesidad básica de morada, las que han edificado en ellos viviendas sumamente precarias.
Que los ocupantes de dichos Inmuebles han constituido la "COOPERATIVA DE VIVIENDA, CRÉDITO Y CONSUMO BARRIO URQUIZA LIMITADA", la "JUNTA VECINAL
NUEVO FORTÍN Y FOCO MURGIONDO ENTRE VÍAS", la "COMISIÓN VECINAL SAN
FRANCISCO DE ASÍS" y la "JUNTA VECINAL BARRIO UNIDAD", la "COOPERATIVA
DE VIVIENDA. CRÉDITO Y CONSUMO
UNIDAD NOROESTE LIMITADA", la "COOPERATIVA DE VIVIENDA. CRÉDITO Y
CONSUMO LA ESPERANZA LIMITADA" y la "COOPERATIVA DE VIVIENDA LA HERMANDAD LIMITADA", la "COOPERATIVA
DE VIVIENDA. CRÉDITO Y CONSUMO
CECILIA LARRANAGA LIMITADA", la "COOPERATIVA DE VIVIENDA. CRÉDITO
Y CONSUMO PARODI LIMITADA", la "COOPERATIVA DE VIVIENDA EL BUEN
VIAJE LIMITADA", LA "COOPERATIVA DE
VIVIENDA, CRÉDITO Y CONSUMO VIRREY
VERTIZ LIMITADA-, la "COOPERATIVA DE
VIVIENDA MARTIN RODRÍGUEZ LIMITADA", la "COOPERATIVA DE VIVIENDA SAN
JOSÉ II LIMITADA", la "COOPERATIVA DE
VIVIENDA l 9 DE MAYO LIMITADA", y la "COOPERATIVA DE VIVIENDA PRO-BARRIO FERROVIARIO CARAPACHAY LIMITADA". respectivamente, con el objeto de adquirir la propiedad de los inmuebles referidos. y construir viviendas económicas para s u s asociados y sus núcleos familiares.
Que el articulo 17 de la Ley N9 24.146
declara innecesarios en los términos del articulo 60 de la Ley 23.697. todos los inmuebles de propiedad de los entes mencionados en el artículo l 9 , que no tuvieran utilización operativa para el cumplimiento de los fines específicos del ente titular del dominio.
Que dichos inmuebles han sido declarados sin destino, mediante declaración de disponibilidad N9 90.00.110-1.178.87001 del 30 de Julio de 1993 de FERROCARRILES
METROPOLITANOS SOCIEDAD ANÓNIMA; declaración de disponibilidad N9 90.920.178.3074/356 del 26 de octubre de 1992 de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANÓNIMA; Resolución N9 1149/91 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD; declaración de disponibilidad N9 90.00.110-1.178.70281 del 30
de Julio de 1993 de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANÓNIMA;
declaración de disponibilidad N9
90.00.110-1.178.7501 del 30 de julio de
1993 de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANÓNIMA; Resolución N9 714/93 y Resolución N9 717/93 del BANCO HIPOTECARIO NACIONAL: declaración de disponibilidad N9 90.00.1101.178.70301 del 30 dejulio de 1993, de FERROCARRILES METROPOLITANOS SOCIEDAD ANÓNIMA; Decreto N9 15.054/50
y Resolución N9 88 del 13 de enero de 1993
del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que los aludidos Inmuebles han sido incluidos en el ANEXO I del Decreto N9 2441/90
y su modificatorio N9 156/92 sobre tierras fiscales ocupadas por sectores de población de escasos recursos, con el objeto de llevar a cabo programas de regularización dominlal. correspondientes al "BARRIO URQUIZA - CONGLOMERADO CIABASA" en el apartado 1 A 2. al "BARRIO FOCO MURGIONDO" en el apartado 1 A 12 y 1 C 2
y al "BARRIO SAN FRANCISCO DE ASÍS" en el apartado 1 C 1. del Partido de Avellaneda: al Barrio "VILLA RONDEAU" en el apartado 2 A 1. 2 A 3 y 2 B 1. al Barrio "VILLA NOCITOen el apartado 2 A 2. 2
B 2 y 2 C 3. al Barrio "VILLA QUILMES"
en el apartado 2 B 4 y al Barrio "VILLA
PARODI" en el apartado 2 C 2 de la Ciudad de Bahía Blanca: al "BARRIO GENERAL
SAN MARTIN" en el apartado 4 A 9 del Partido de La Matanza: al "BARRIO VIRREY
VERTIZ - LOS VAGONES" en el apartado 7
C 1 del Partido de San Isidro; al "BARRIO
MARTIN RODRÍGUEZ" en el apartado 8 B
2 y al "BARRIO SAN JORGE II" en el apartado 8 D 1 del Partido de San Fernando; al "BARRIO MALDONADO" en el apartado 10
B 1 del Partido de Tres de Febrero y al "BARRIO VILLA ADELINA" en el apartado 19 A 1 del Partido de Vicente López, todos ellos correspondientes a la PROVINCIA DE
BUENOS AIRES.
, Que en algunos casos se ha omitido incluir en el Anexo I de los decretos mencionados parte de las tierras efectivamente ocupadas.
Que no obstante dicha omisión corresponde encuadrar la operatoria en los términos del artículo 5 9 inciso b del Decreto N9 2137/91, que autoriza la venta directa a los ocupantes de inmuebles innecesarios para la gestión estatal, cuando concurran circunstancias sociales que lo Justifique, como el presente.
Que el organismo oficial que tuvo a su cargo las diligencias de las correspondientes tasaciones se expidió estimando un valor venal de los inmuebles en consideración.
Que en oportunidad de suscribirse los Boletos de Compraventa referidos a la "JUNTA
VECINAL NUEVO FORTÍN Y FOCO MURGIONDO - ENTRE VÍAS" del Partido de Avellaneda, la "COOPERATIVA DE VIVIENDA PRO-BARRIO FERROVIARIO CARAPACHAY LIMITADA" del Partido de Vicente López y la "COOPERATIVA DE VIVIENDA
VILLA ROSA LIMITADA" del Partido de Pilar, se incluyeron superficies afectadas a otro destino que el de vivienda y modificaciones respecto de la declaración de disponibilidad del organismo propietario, lo cual, una vez verificado, se hace necesario corregir.
Que en las condiciones reseñadas, se procedió a la celebración de Boletos de Compraventa ad-referéndum del PODER EJECUTIVO NACIONAL, entre el representante del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS
Y SERVICIOS PÚBLICOS, y los representantes legales de las entidades compradoras, con los precios resultantes de las tasaclones oficiales producidas, pagaderos en forma diferida encontrándose debidamente Justificado dicho diferimiento por las circunstancias precedentemente expuestas.
Que el presente decreto se dicta en uso de las atribuciones emergentes del articulo 86, inciso l 9 , de la Constitución Nacional y en concordancia con el articulo 18 bis del Decreto N9 1757/90 incorporado por el articulo l 9 de su similar N9 2154/90.
Por ello.
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1" Apruébase la venta de los inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL ARGENTINO, ubicados en la PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, dentro del perímetro com-

prendido por las calles Alberti lindero a la Fábrica CIABASA al noreste. RG 37 Plano IGR N9 278
al sudeste. Ramal 80 del Ferrocarril General Roca y RG 41 al sudoeste, de la Localidad de Dock Sud, Partido de Avellaneda, designado catastralmente como Circunscripción I, Sección A. Fracción I, a la "COOPERATIVA DE VIVIENDA. CRÉDITO Y CONSUMO BARRIO URQUIZA
LIMITADA", por el monto que resulte de la tasación efectuada por el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL, instrumentada en el Boleto de Compraventa suscripto el 15 de noviembre de 1993 por el SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
en representación del ESTADO NACIONAL, y que forma parte del presente decreto como ANEXO I.
Art. 2"Apruébase la venta de los inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL ARGENTINO. ubicados en la PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, dentro del perímetro comprendido por las calles Valparaíso lindando con Pasaje San Francisco de Asís y calle Murgiondo. Partido de Avellaneda, designado catastralmente como Circunscripción II, Sección K. Fracción III, Parcela 4. a la "JUNTA VECINAL NUEVO FORTÍN"
y "FOCO MURGIONDO - ENTRE VÍAS", por el monto que resulte de la tasación efectuada por el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL, instrumentada en el Boleto de Compraventa suscripto el 15 de noviembre de 1993 por el SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, en representación del ESTADO NACIONAL, y que forma parte del presente decreto como ANEXO II, que sustituye a su similar de fecha 31 de mayo de 1993.
Art. 3 9 Apruébase la venta de los inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL ARGENTINO. ubicados en la PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, dentro del perímetro comprendido por las calles Entre Ríos, Valparaíso, Torcuato Di Telia, Murgiondo y vías del Ferrocarril General Manuel Belgrano, Partido de Avellaneda, designado catastralmente como Circunscripción II, Sección K. Fracción III, Parcela 4 y Parcela 5 y Fracción V. Parcela 2, a la "COMISIÓN VECINAL
SAN FRANCISCO DE ASÍS" y a la "JUNTA
VECINAL BARRIO UNIDAD", por el monto que resulte de la tasación efectuada por el BANCO
HIPOTECARIO NACIONAL, instrumentada en el Boleto de Compraventa suscripto el 15 de noviembre de 1993 por el SUBSECRETARIO DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS, en representación del ESTADO
NACIONAL, y que forma parte del presente decreto como ANEXO III.
Art. 4 9 Apruébase la venta de los Inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL ARGENTINO. ubicados en la PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, dentro del perímetro comprendido por el cuadro de la Estación Pilar del Ferrocarril General Manuel Belgrano, con frente sobre la calle Los Nogales, entre la Ruta Provincial N9 25 y la calle Almirante Brown. de la Localidad de Villa Rosa. Partido de Pilar, inscripto a favor del ESTADO NACIONAL ARGENTINO bajo el número 1725 - Folio 40, a la "COOPERATIVA DE
VIVIENDA VILLA ROSA LIMITADA", por el monto que resulte de la tasación efectuada por el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL, instrumentada en el Boleto de Compraventa suscripto el 15 de noviembre de 1993 por el SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, en representación del ESTADO NACIONAL, y que forma parte del presente decreto como ANEXO IV, que sustituye a su similar de fecha 31 de mayo de 1993.
Art. 5"Apruébase la venta de los inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL ARGENTINO, ubicados en la PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, dentro del perímetro comprendido por las calles Avenida La Plata, Pampa Central, Moreno y Rio Atuel, Ciudad de Bahía Blanca.
designado catastralmente como Circunscripción II, Sección D, Manzanas 338g parte, 338p parte. 338h parte, 338J parte, 338r parte, 338k parte. 338m parte, 338n parte, 339e parte. 339f parte, 339g parte. 339c parte.
339d parte. 339h parte. 331w parte. 3 3 l t parte. 331x parte. 331u parte, 331z parte, 331v parte, 332q parte, 332r parte, 332s parte, 332w parte, a la "COOPERATIVA DE
VIVIENDA, CRÉDITO Y CONSUMO UNIDAD
NOROESTE, LIMITADA", por el monto que resulte de la tasación efectuada por el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL, instrumentada en el Boleto de Compraventa suscripto el 15 de noviembre de 1993 por el SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, en representación del ESTADO NACIONAL, y
Viernes 26 de noviembre de 1993 3
que forma parte del presente decreto como ANEXO V.
Art. 6 9 Apruébase la venta de los Inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL ARGENTINO. ubicados en la PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, dentro del perímetro comprendido por las calles 17 de Mayo, Rio Atuel, Polidoro Coulin y Santa Cruz. Ciudad de Bahía Blanca, designado catastralmente como Circunscripción II.
Sección C, Manzanas 2 4 l s parte, 2 4 l t parte.
24 lv parte, 24 iw parte y 24 ly parte, a la "COOPERATIVA DE VIVIENDA. CRÉDITO Y
CONSUMO LA ESPERANZA LIMITADA", y a la "COOPERATIVA DE VIVIENDA LA HERMANDAD LIMITADA", por el monto que resulte de la tasación efectuada por el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL, instrumentada en el Boleto de Compraventa suscripto el 15 de noviembre de 1993 por el SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
en representación del ESTADO NACIONAL, y que forma parte del presente decreto como ANEXO VI.
Art. 7Apruébase la venta de los Inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL ARGENTINO, ubicados en la PROVINCIA DÉ BUENOS
AIRES, dentro del perímetro comprendido por las calles 17 de Mayo, Pampa Central. Comandante Manuel de Molina y Pacífico. Ciudad de Bahía Blanca, designado catastralmente como Circunscripción II, Sección C. Manzanas 242b parte, 242c parte, 242f parte, 242g parte.
2421 parte. 242J parte, 242k parte. 2421
parte, 242m parte, 242n parte, 242o parte, y 242p parte, a la COOPERATIVA DE VIVIENDA. CRÉDITO Y CONSUMO LA ESPERANZA
LIMITADA" y la "COOPERATIVA DE VIVIENDA
LA HERMANDAD LIMITADA", por el monto que resulte de la tasación efectuada por el BANCO
HIPOTECARIO NACIONAL. Instrumentada en el Boleto de Compraventa suscripto el 15 de noviembre de 1993 por el SUBSECRETARIO DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
PÚBLICOS, en representación del ESTADO
NACIONAL, y que forma parte del presente decreto como ANEXO VIL
Art. 8 9 Apruébase la venta de los inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL ARGENTINO. ubicados en la PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, dentro del perímetro comprendido por las calles Thomson. Rio Negro, Beruti y vías del Ferrocarril General Roca, Ciudad de Bahía Blanca, designado catastralmente como Circunscripción I. Sección C. Quinta 241. a la "COOPERATIVA DE VIVIENDA. CRÉDITO Y
CONSUMO CECILIA LARRANAGA LIMITADA"
por el monto que resulte de la tasación efectuada por el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.
instrumentada en el Boleto de Compraventa suscripto el 15 de noviembre de 1993 por el SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, en representación del ESTADO NACIONAL, y que forma parte del presente decreto cdmo"ANÉXO VIII.
Art. 9 9 Apruébase la venta de los inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL ARGENTINO, ubicados en la PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, dentro del perímetro comprendido por las calles Emilio Rosas, Río Negro, Paunero y México, Ciudad de Bahía Blanca, designado catastralmente como Circunscripción II, Sección D, Manzanas 336t parte, 337t parte.
337u parte. 337n parte y Manzana 337. Parcela 3 parte, a la "COOPERATIVA DE VIVIENDA. CRÉDITO Y CONSUMO PARODI UMITADA", por el monto que resulte de la tasación efectuada por el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL, instrumentada en el Boleto de Compraventa suscripto el 15 de noviembre de 1993 por el SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, en representación del ESTADO NACIONAL, y que forma parte del presente decreto como ANEXO IX.
Art. 10. Apruébase la venta de los Inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL
ARGENTINO, ubicados en la PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, dentro del perímetro comprendido por las calles Emilio Rosas, Chubut, Avenida General Arias y Montevideo, Ciudad de Bahía Blanca, designado catastralmente como Circunscripción II, Sección D, Chacra 344. Fracción I parte, a la "COOPERATIVA DE VIVIENDA. CRÉDITO Y CONSUMO PARODI UMITADA", por el monto que resulte de la tasación efectuada por el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL, instrumentada en el Boleto de Compraventa suscripto el 15 de noviembre de 1993 por el SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, en represen-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 26/11/1993 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date26/11/1993

Page count24

Edition count9391

Première édition02/01/1989

Dernière édition09/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Noviembre 1993>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930