Boletín Oficial de la República Argentina del 03/11/1993 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETÍN OFICIAL N 2 7 . 7 5 7 ! S e c c i ó n expuesta, sin que ello altere los restantes condicionamientos contenidos en las aludi das normas.
Que, asimismo, se considera necesario ampliar lo establecido en ambas resolucio nes respecto a los tipos de vehículos a los que las mismas se refieren, incluyendo en su descripción a los vehículos utilitarios livianos.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artícu lo 26 del Decreto N9 2677 de fecha 20 de diciembre de 1991 y el Decreto N9 1742 de fecha 19 de agosto de 1993.
Por ello, EL SECRETARIO DE
INDUSTRIA
RESUELVE:
Artículo 1 Sustituyese el texto del punto 2.2 del artículo l 8 de la Resolución exSED I N9
416/82, modificatoria del artículo 2 de la Reso lución exSED I N9 589/80, por el siguiente:
2.2 Que la inscripción inicial de dominio, para el caso de los automóviles y utilitarios livianos y la habilitación por la autoridad competente, para el caso de los automotores de transporte de carga o pasajeros, se produzcan a partir del día 1 8 de enero de dicho año calendario siguiente y dentro de dicho año.

Por ello, EL SECRETARIO DE
COMERCIO E INVERSIONES
RESUELVE:

ADHESIONES OFICIALES

Artículo 1 Confiérese autorización a la razón social BUREAU VERITAS ARGENTINA
S. A. para emitir Certificados de Depósitos y Wa rrants en los términos de la Ley N8 9643 sobre productos susceptibles de ser operados confor me a la misma, ya sea sobre depósitos propios o de terceros.

Auspiciase la 14a. Edición del Festival Inter nacional Anual "Mardel Jazz94".

Art. 2 B En lo relativo a materias primas agrícolas especificadas en el Artículo 4 9 del Decreto N9 581 de fecha 17 de marzo de 1980, esta SECRETARIA D E COMERCIO E INVER
SIONES consultará a la SECRETARIA D E
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, debien do BUREAU VERITAS ARGENTINA S. A. abste nerse de operar en esos rubros hasta que se le acuerde la respectiva autorización.
Art. 3 La autorización conferida en el Artículo l 9 de la presente no implica responsa bilidad alguna para el ESTADO NACIONAL ante la hipotética desaparición de los bienes deposi tados, debiéndose incluir dicha cláusula en los contratos a celebrarse.
Art. 4 Las infracciones por incumplimien to a la presente Resolución serán pasibles de las sanciones previstas en el Artículo 38 de la Ley N8
9643.
Art. 5 Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí vese. Carlos E. Sánchez.

Art. 3 o Comuniqúese, publíquese, dése a la D i r i ó n . Nacional del Registra Oficial y archí vese. Carlos A. Magariños.

Auspiciase el I Simposio Internacional sobre Legislación y Políticas Ambientales.
Bs. As., 2 2 / 1 0 / 9 3
VISTO el Expediente N9 1433 del registro de la SECRETARIA DE TURISMO, y
COMERCIO DE GRANOS

Que en la Ciudad de Buenos Aires se llevará a cabo el I Simposio Internacional sobre Legislación y Políticas Ambientales, desde el 3 hasta el 5 de noviembre de 1993.

Bs. As., 2 5 / 1 0 / 9 3
VISTO el Expediente N8 030000579/93 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que la firma BUREAU VERTTAS ARGENTI
NA S. A. solicita autorización para emitir Ceruficados.de D epósitos y Warrants en los términos de la Ley N8 9643, ya sea sobre depósitos propios o de terceros.
Que el sistema a implementar permitirá la creación de instrumentos de crédito con el consiguiente beneficio para la actividad agrícolaIndustrial.
Que los antecedentes aportados, garantías ofrecidas y cumplimiento de los recaudos previstos en el Artículo 2 9 de la Ley N 9643, aconsejan dar curso favorable a la petición de referencia.
Que asimismo, debe disponerse que la peti cionante se abstenga de operar con relación a las materias primas agrícolas hasta que esta SECRETARIA D E COMERCIO E IN
VERSIONES consulte con la SECRETARIA
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, conforme lo señala el Artículo 4 9 del Decreto N9 571 del 17 de marzo de 1980.
Que el Servicio Jurídico Permanente tomó la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas "por la Ley N5 9643, por el D ecreto N9 581 del 17 de marzo de 1980 y la Resolución exSECYNEI
N9 2240/80.

CONSIDERANDO:
Que la Fundación Mardel Jazz organizará la 14a. Edición del Festival Internacional Anual "Mardel Jazz 94 en Buenos Aires", a llevarse a cabo en la Ciudad de Buenos Aires, desde el 2 hasta el 6 de marzo de 1994, Que en esta oportunidad se realizará en nuestro país un significativo acontecimien to de intercambio cultural donde se harán presentes destacados conjuntos y solistas de nuestro país y de BRASIL CHILE
ESPAÑA ESTONIA rTALIA INGLATE
RRA y SUECIA.
Que es propósito de esta Secretaría brindar su apoyo y reconocimiento a aquellas manifestaciones culturales que por su amplia convocatoria resultan de interés para fomentar o atraer el turismo.

EL SECRETARIO DE
TURISMO
RESUELVE:
Artículo 1 Auspiciar la 14a. Edición del FESTIVAL INTERNACIONAL ANUAL "MARDEL
JAZZ 94 en Buenos Aires", a llevarse a cabo en la Ciudad de Buenos Aires, desde el 2 hasta el 6
de marzo de 1994.
Art. 2" Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí vese. Francisco Mayorga.

Secretaría de Turismo Que en esta reunión participarán destaca das personalidades tanto de nuestro país como procedentes del exterior, en represen tación de organismos oficiales como de entidades privadas, donde serán invitados los Gobiernos provinciales, municipales y empresas públicas.

ADHESIONES OFICIALES
Resolución 7 3 3 / 9 3
Auspícianse las Iras. Jornadas Nacionales y 6tas. Regionales sobre Medio Ambiente.
Bs. As., 2 2 / 1 0 / 9 3

Que resulta necesario crear un ámbito apropiado para debatir y tomar conoci miento de la real dimensión de la importan cia y trascendencia de los problemas am bientales, del uso de los recursos naturales y del control de la contaminación.

VISTO el Expediente N9 1417/93 del registro de la SECRETARIA DE TURISMO, y
Que es propósito de esta Secretaría brindar su apoyo y reconocimiento a una problemá tica de tanta significación en defensa de los bienes que conforman el patrimonio de la humanidad y de nuestra comunidad y que contemple además los intereses de la Na ción.

Que la Facultad de Ciencias Naturales y Museos y la Municipalidad de La Plata organizarán las Iras. Jornadas Nacionales y 6tes. Regionales sobre Medio Ambiente, a llevarse a cabo en la ciudad de La Plata Provincia de Buenos Aires desde el 8
hasta el 11 de noviembre de 1993.

Que esta medida no implica costo fiscal.

Que atento con la significación de la temá tica ambiental y la experiencia recogida en las cinco Jornadas Regionales anteriores sobre Medio Ambiente, se ha considerado prudente extender los límites de esta pro blemática más allá de la Provincia de Bue nos Aires.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N9 1185 de fecha 20 de junio de 1991 y por el D ecreto N9 101 de fecha 16 de enero de 1985.
Por ello, EL SECRETARIO DE
TURISMO
RESUELVE:
Artículo 1 Auspiciar el I SIMPOSIO IN
TERNACIONAL SOBRE LEGISLACIÓN Y POLI
TICAS AMBIENTALES a llevarse a cabo en la Ciudad de Buenos Aires, desde el 3 hasta el 5 de noviembre de 1993.
Art. V Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Naciwal del Registro Oficial y archí vese. Francisco Mayorga.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N8 1185 de fecha 20 de junio de 1991.
Por ello, EL SECRETARIO DE
TURISMO
RESUELVE:
Artículo 1Auspiciarlas Iras. JORNADAS
NACIONALES y 6tas. REGIONALES SOBRE
MEDIO AMBIENTE, a llevarse a cabo en la ciudad de La Plata Provincia de Buenos Al res, desde el 8 hasta el 11 de noviembre de 1993.
Art. 2" Comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí vese. Francisco Mayorga.

Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos
Que esta medida no implica costo fiscal.

Por ello,
CONSIDERANDO:

Confiérese autorización a Bureau Veritas Argentina S. A. para emitir Certificados de Depósitos y Warrants en los términos de la Ley N9 9643.

VISTO el Expediente N8 1365/93 del registro de la SECRETARIA DE TURISMO, y
ADHESIONES OFICIALES
Resolución 7 3 1 / 9 3

Que es propósito de esta Secretaría brindar su apoyo y reconocimiento a una problemá tica de tanta significación en defensa de los bienes que conforman el patrimonio de la humanidad y de nuestra comunidad y que contemple además los intereses de la Na ción.
Que esta medida no presupone costo fiscal.

Bs. As., 2 2 / 1 0 / 9 3

Secretaría de Turismo
Secretaria de Comercio e Inversiones
Resolución 9 7 / 9 3

Resolución 7 3 2 / 9 3

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el D ecreto N9 1185 de fecha 20 de junio de 1991 y por el D ecreto N8 101 de fecha 16 de enero de 1985.

Art. 2" Sustituyese el texto del inciso c del Artículo 2 S de la Resolución exSIC N8 13/93, por el siguiente:
c Que la inscripción inicial del dominio, para el caso de los automóviles y utilitarios livianos y la habilitación por la autoridad competente, para el caso de los automotores de transporte de carga o pasajeros, se produzcan a partir del día 1 9 de enero de dicho año calendario siguiente y dentro de dicho año.

Secretaría de Turismo
Miércoles 3 de noviembre de 1993 2

CONSIDERANDO:

Que se ha considerado resulta necesario convocar a participar a las Organizaciones Gubernamentales y No Gubernamentales, políticos, investigadores, profesionales y técnicos de todo el país relacionados con el tema del medio ambiente, con la finalidad de presentar y discutir los problemas am bientales regionales, los conocimientos básicos en ecología y la política ambiental actual.
Que han sido invitados a participar en mesas redondas, conferencias, simposios y talleres, destacados profesionales de nues tro país y del exterior.

PRIVATIZACIONES
Resolución 1 1 3 2 / 9 3
Llámase a Concurso Público Nacional e Inter nacional para la privatización de la actividad de transporte de energía eléctrica por distri bución troncal.
Bs. As.. 1/10/93
VISTO el Expediente N8 752.412 / 9 3 del Registro de la9 SECRETARIA DE ENERGÍA, el Decre to N 2743 del 29 de diciembre de 1992 y la Resolución de la SECRETARIA,D E ENER
GÍA N9 283 del 28 de setiembre de 1993, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N9 24.065 que regula la actividad de Generación, Transporte y D istribución de Electricidad sujeta a jurisdicción nacio nal, establece reglas de funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista, las que otor gan un marco de referencia para el Sector Privado que participen en los procesos de privatización del Subsector Eléctrico.
Que, en consecuencia, el PODER EJECUTI
VO NACIONAL, ha dispuesto la modalidad de privatización de la actividad de transpor te de energía eléctrica a cargo de AGUA Y
ENERGÍA ELÉCTRICA SOCIED AD D EL
ESTADO y la SECRETARIA D E ENERGÍA
ha determinado, en función de las faculta des que le fueran delegadas en el Decreto N9
2743 del 29 de diciembre de 1992, y me diante la Resolución S. E. N9 283 del 28 de setiembre de 1993, que el conjunto de ins talaciones del Sistema de Transporte, con tensiones iguales o superiores a CIENTO
TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS 132 kV y menores a CUATROCIENTOS KILOVOL
TIOS 400kV de titularidad de AGUA Y
ENERGÍA ELÉCTRICA SOCIED AD D EL
ESTADO, comprendidas dentro de los lími tes de las Provincias de CHUBUT y SANTA
CRUZ, así como aquellas correspondientes a la Provincia de RIO NEGRO que no inte gran la REGIÓN ELÉCTRICA COMAHUE, que integran la REGIÓN ELÉCTRICA DE LA
PATAGONIA SUR, constituyen u n a unidad de negocio y ha dispuesto la constitución de una sociedad anónima a tal fin.
Que mediante las Resoluciones del MINIS
TERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVI
CIOS PÚBLICOS N9 1483 del 29 de diciem bre de 1992 y N9 465 del 6 de mayo de 1993, se han aprobado los Pliegos de Bases y Condiciones para transferir al Sector Priva do el SESENTA Y CINCO POR CIENTO
65 % del paquete accionario correspon diente a la COMPAÑÍA D E TRANSPORTE
DE ENERGIA ELÉCTRICA EN ALTA TEN
SIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA y el NOVENTA POR CIENTO 90 % de la EM
PRESA D E TRANSPORTE D E ENERGÍA
ELÉCTRICA POR D ISTRIBUCIÓN TRON
CAL TRANSNOA SOCIED AD ANÓNIMA
TRANSNOA S.A.. respectivamente, los que contienen criterios y modalidades de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 03/11/1993 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date03/11/1993

Page count28

Edition count9391

Première édition02/01/1989

Dernière édition09/07/2024

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