Boletín Oficial de la República Argentina del 28/06/1993 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETÍN OFICIAL l 5 Sección 9

9

Legajo N 57.765/20. Arturo Edgar PETRINO Legajo N 24.655/47, Carlos Pablo CASAS Legajo N9 29.334/34, José Ernesto CÁMARA Legajo N9 55.626/60 y Osvaldo Damián GARCÍA Legajo N9 27.995/58 para que separada, conjunta o indistintamente asuman la representación del ESTADO NACIONAL en los juicios en que se lo demande ante los Juzgados Federales por invalidez constitucional de las Leyes N 9 s. 23.658,23.669 y 23.697 y sus reglamentaciones y los Decretos Ns.
435/90 y 1033/91 y demás legislación complementaria y en todos aquellos casos en donde se dicten medidas de no innovar que inhiban o limiten los derechos del FISCO NACIONAL en la percepción, verificación o fiscalización de los tributos que tiene a su cargo.
ARTICULO 2 9 Los representantes del ESTADO NACIONAL no podrán allanarse, desistir total o parcialmente, transar, percibir, renunciar o efectuar remisión o quita de derechos salvo autorización expresa por escrito de esta Dirección General.
ARTICULO 3 9 Sin perjuicio de las facultades de esta Dirección General para certificar la personería, ésta también podrá certificarse por el Jefe de Región Mendoza.
ARTICULO 4 9 Regístrese, comuniqúese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. Lie. RICARDO COSSIO. Director General.
e. 28/6 N9 2375 v. 2 8 / 6 / 9 3

Lunes 28 de junio de 1993 1 5

DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
Resolución N 8 7 9 / 9 3
Designación Jefatura Interina en jurisdicción de la Agencia N9 10.
Bs. As.. 2 2 / 6 / 9 3
VISTO las presentes actuaciones, y CONSIDERANDO:
Que por las mismas la Dirección de Zona V Metropolitana propicia designar Jefa Interina de la Agencia N9 10 dependiente de la Región N9 4 a la Contadora Pública Da. Nancy Nilda ALVAREZ
mientras su Utular la Contadora Pública Da. Adriana Graciela RAGGI, se desempeñe como Jefa Interina de la Región N9 2.
Que lo propuesto cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Operaciones.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 5 9 y 6 9 de la Ley N 9 11.683. texto ordenado en 1978 y sus modificaciones y en uso de las facultades delegadas por el artículo l 9 de la Resolución N9 131 del 25 de enero de 1993. procede resolver en consecuencia.

DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

Por ello,
Resolución N 8 7 6 / 9 3

EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE ADMINISTRACIÓN
RESUELVE:

Modificación Régimen de Reemplazos de Jefaturas en jurisdicción de la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales.

ARTICULO l 9 Designar Jefa Interina de la Agencia N99 10 dependiente de la Región N9 4 a la Contadora Pública Da. Nancy Nilda ALVAREZ Legajo 9N 28.233/97. mientras su titular, la Contadora Pública Da. 9Adriana Graciela RAGGI Legajo N 29.049/60, se desempeñe como Jefa Interina de la Región N 2.

Bs. As.. 2 2 / 6 / 9 3
VISTO las presentes actuaciones, y CONSIDERANDO:
Que por las mismas, el Departamento Fiscalización Interna de la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales propicia modificar el Régimen de Reemplazos de esa Jefatura y de sus Divisiones dependientes que fuera establecido mediante la Resolución N9 412 del 13 de agosto de 1991, como así también, establecer el Régimen de Reemplazos de la Jefatura de la División Fiscalización Preventiva de su jurisdicción.

ARTICULO 2 9 Regístrese, comuniqúese, publiquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Cont. Púb. VÍCTOR FERNANDEZ BALBOA Subdirector General.
Subdirección General de Administración.
e. 2 8 / 6 N9 2377 v. 2 8 / 6 / 9 3

Que lo propuesto cuenta con la conformidad de la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales y de la Subdirección General de Operaciones.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 5 9 y 6 9 de la Ley N 9 11.683, texto ordenado en 1978 y sus modificaciones y en uso de las facultades delegadas por el artículo l 9 de la Resolución N9 131 del 25 de enero de 1993. procede resolver en consecuencia.

Bs. As., 10/6/93

EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE ADMINISTRACIÓN
RESUELVE:
ARTICULO l 9 Dejar sin efecto el Régimen de Reemplazos de las Jefaturas del Departamento Fiscalización Interna y el de las Divisiones Fiscalización Interna "A" e Interna "B" y Recupero de Impuestos, dependientes de la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales, que fuera establecido mediante la Resolución N9 412 del 13 de agosto de 1991.
ARTICULO 2 9 Establecer el Régimen de Reemplazos de las Jefaturas dependientes de la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales que más abajo se mencionan, de la forma que seguidamente se indica.

TITULAR
Departamento Fiscalización Interna
REEMPLAZANTE

ARTICULO 2 9 El sello de verificación primitiva se aplicará en la cercanía del número de serie y el grabado del mismo deberá ser de forma indeleble.
ARTICULO 3 9 Asignar a las probetas graduadas descriptas en el articulo l 9 la característica codificada MC. 50-1048.

2 9 .- Jefe de la División Fiscalización Interna "B".

ARTICULO 4 9 Expedir copia de la presente Disposición para su publicación en el Boletín Oficial, en virtud de lo establecido en la Resolución ex-S.C N9 198/84.

I 9 .- Jefe de la División Fiscalización Interna "B".

ARTICULO 5 9 Comuniqúese, publíquese y archívese. Lie. BLANCA CONDE. Director Nacional de Comercio Interior.
e. 28/6 N9 51.813 v. 2 8 / 6 / 9 3

I 9 .- Jefe de la División Fiscalización Interna "A".
2 9 .- Jefe de la División Fiscalización Preventiva.
9

I .- Jefe de la División Fiscalización Interna "B".
2 9 .- Jefe de la División Fiscalización Interna "A".

División Fiscalización Preventiva
LA DIRECTORA NACIONAL DE
COMERCIO INTERIOR
DISPONE:

l 9 .- Jefe de la División Fiscalización Interna "A".

2 9 .- Jefe de la División Recupero de Impuestos.

División Recupero de Impuestos
; VISTO la presentación en el Expediente N9 623.445/92. de 2 DOS fojas, del Registro de la SECRETARIA DE INDUSTRIA
Y COMERCIO, producida por la firma EDGARDO RUBÉN ARANA, inscripta bajo el N9 4930, que la Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial ha tomado la intervención que le compete y atento al cumplimiento del Anexo9 del Decreto Reglamentario de la Ley 845 de fecha 29 de enero de 1927 y de la Resolución ex-S.C N 198/84, según Informe Técnico;

ARTICULO l 9 Aprobar las probetas graduadas de 10, 25. 50, 100, 250, 500 y 1000 mililitros de capacidad, calibradas a 20 C, de formato cilindrico, construidas con vidrio borosilicato, con bases desmontables y con un labio en forma de pico en la parte superior que facilita el trasvase del líquido, marca Raglas, de Industria Argentina.

DIRECCIÓN DE GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES

División Fiscalización Interna "B"

DEtECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR
Disposición N 4 0 0 / 9 3

Por ello,
División Fiscalización Interna "A"

SECRETARIA DÉ INDUSTRIA T COMERCIO

9

I .- Jefe de la División Recupero de Impuestos.
2 9 .- Jefe de la División Fiscalización Interna "A".

ARTICULO 3 9 Regístrese, comuniqúese, publiquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. Cont. Púb. VÍCTOR FERNANDEZ BALBOA, Subdirector General, Subdirección General de Administración.
é. 2 8 / 6 N9 2376.y, 2 8 / 6 / 9 3

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Síntesis de Estatutos confeccionadas de conformidad con la Resolución N5 17/91 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales ESTATUTO SINTETIZADO DEL CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE ALCORTA
PCIA SANTA FE
Aprobado mediante Resolución N9 2 8 0 / 9 3 fs. 99 a rs. 108 inclusive del expediente número 504.853/87
En la localidad de Alcorta Provincia de Santa Fe a los 17 días del mes de mayo de 1986 en Asamblea General Extraordinaria convocada a los fines aprueba el presente Estatuto del Centro de Empleados de Comercio de Alcorta sito entre las calles Belgrano y Reconquista de la localidad de Alcorta Provincia de Santa Fe, adecuado a la ley 23.551.
El Centro de Empleados de Comercio de Alcorta cuenta con doscientos afiliados y su objeto son:
Integración Sindical, Neutralidad política y religiosa. Promoción de la Educación; Practicar la Democracia y defender los intereses de cada afiliado.
Articulo 1: El Centro de Empleados de Comercio de Alcorta es una asociación gremial de trabajadores de primer grado cuyo objeto es la defensa del interés profesional de los trabajadores que agrupa a todos aquellos que prestan servicios en relación de dependencia para empleados cuya actividad va a personas que realicen tareas comerciales o administrativas de la industria y de comercio, ya sea establecimientos particulares en las sociedades comprendidas en el código de comercio y sus leyes complementarias o en entidades civiles que perciban fines de lucro, financieras cooperativas y las que intervengan o colaboren directa o indirectamente en actos de comercio

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 28/06/1993 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date28/06/1993

Page count20

Edition count9416

Première édition02/01/1989

Dernière édition03/08/2024

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