Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 4/7/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / JUEVES 4 DE JULIO DE 2024

fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. Hágase saber que atento a la situación de emergencia, como a la creciente incorporación de TICs dentro de los procesos judiciales, se podrá realizar la verificación de créditos en forma presencial como no presencial, quedando el remitente con los originales a título de depositario judicial y con cargo de presentación ante requerimiento del Síndico o del órgano jurisdiccional. Al día siguiente hábil al vencimiento del plazo establecido en este punto, se deberá presentar la nómina de acreedores que hubieren pedido verificación. 13 Fijar el día 30/08/2024 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos, las que podrán hacerse por vía presencial o electrónica en el correo denunciado a dichos fines. como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14 Señalar el día 27/09/2024 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 08/11/2024 para la presentación del Informe General. 15 Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra la fallida, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los art. 132 y por su remisión el art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 16 Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q. en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. Difiérase su publicación hasta la aceptación del cargo del Síndico, encomendando al mismo la publicación dentro del plazo de 24 hs desde su aceptación. 17 A fin de dar a conocer la apertura del presente proceso, Encomiéndase a la Sindicatura la notificación a cada uno de los acreedores denunciados por la fallida que podrá realizarse por Carta o por correo electrónico. Asimismo, corresponderá al Síndico la publicación de edictos a fin de dar a conocer sus datos de identificación domicilio, teléfono y correo electrónico así como la posibilidad de que los pedidos de verificación se realicen por vía digital al correo electrónico denunciado por la Sindicatura. 18 Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 19
Comuníquese al Consejo de Profesional en Ciencias Económicas. Firmado: Dr.
GABRIEL O. ABAD, JUEZ; Dra. VERONICA G. TOLOZA, Secretaría.
S/C

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Jul. 4 Jul. 11


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: OROÑO, IVAN
GONZALO s/Solicitud Propia Quiebra; cuij 21-02044668-1, se ha ordenado lo siguiente: santa fe, 10/6/24, autos y VISTOS RESULTA CONSIDERANDO RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de JOSE OMAR SEGOVIA, apellido materno LOTERO, argentino, DNI Nº 1.1263.070, soltero, mayor de edad, jubilado de la Caja de Jubilaciones de Santa Fe, domiciliado realmente en Torre 7 s/n 2 c Barrio El Pozo de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle 25 de mayo 2589 Piso II Oficina III de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103
de la ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Ordénase el cese de los códigos de descuento que recaen sobre los haberes de la fallida a excepción de los legales y previsionales, que sean de causa o titulo anterior a la declaración de quiebra. Asimismo procédase al embargo en proporción de ley de los mismos los que serán depositados en el NBSF
SA agencia Tribunales para estos autos y a la orden del Juez con imputación a gastos del proceso. A tales efectos se oficiará. 11- Designar el día 5/6/24 a las 10:00 hs.
para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 12- Far el día 29/7/24 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes art. 32 ley 24.522. 13 - Fijar el día 12/8/24 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 14- Señalar el día 9/9/24 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos art. 35 ley 24.522 y designar el día 23/10/24 como fecha para que el Síndico presente el informe general art. 39 de la ley concursal. 15- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522. 16Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Pcia.
de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la API Art. 23 ley 3.456 y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo.
PALACIOS Juez A/C; PACOR ALONSO Secretaria. OTRA SENTENCIA: 1.- Designar el día 19/6/24 a las 10:00hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 2Fijar el día 8/8/24 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes art. 32
ley 24522. 2.- Fijar el día 20/8/24 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 3. - Señalar el día 17/9/24 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos art. 35 de la ley 24522 y designar el día 30/10/24 como fecha para que el síndico presente el informe general art. 39 ley 24522. Regístrese, hágase saber y agréguese copias en el legajo correspondiente. Fdo. PALACIOS Juez A/C; PACOR
ALONSO Secretaria. OTRO DECRETO: Santa Fe, 24/6/24. Habiendo resultado sorteado la síndico Mónica González, con domicilio en calle 25 de mayo 3407 para intervenir en autos SEGOVIA, JOSE OMAR s/Solicitud Propia Quiebra; CUM 2102046227-9 desígnaselo en tal carácter Comparezca a aceptar el cargo cualquier
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día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. LIZASOAIN Juez A/C - PACOR ALONSO Secretaria.
S/C
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Jul. 4 Jul. 11


Por disposición de la Sra. Jueza A/C del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, secretaria Dra. MA. ROMINA BOTTO, en autos ARREDONDO, GISELA VERONICA
s/Quiebra; 21-02037724-8, se hace saber que por decreto de fecha SANTA FE, 24
DE JUNIO DE 2024 Proveyendo escrito cargo Nº 6511: Téngase presente. Por presentado Proyecto de Distribución readecuado conforme Resolución de Regulación de Honorarios de fecha 31/05/2024 fs. 170. De manifiesto por el término de ley, publicándose edictos por término de ley. Notifíquese. Dra. Viviana Naveda Marcó, Secretaria - Juez A/C. OTRO DECRETO SANTA FE, 30 de Mayo de 2024. VISTOS, CONSIDERANDO. R E S U E L V O: 1 Fijar los honorarios totales en la suma de.1,4.817,68.-, equivalente a un sueldo de secretaria de Primera Instancia, a distribuir como sigue: $1.508. 2,37. 70%, para la sindicatura de autos C.P.N. Fernando José Izquierdo; y $646.445,30 30 %, para el Dr. Alejandro Raúl Morris -apoderado de la fallida-; Santa Fe, 27 Junio de 2024.Dra. Georgina Benzo, prosecretaria.
S/C
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Jul. 4 Jul. 5


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados MOLINA LORENA VALERIA s/ Solicitud Propia Quiebra CUIJ 21-02045581-8, se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 14/6/24,- AUTOS Y VISTOS RESULTA CONSIDERANDO
. . RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de LORENA VALERIA MOLINA, argentina, DNI N 26. 189.927, empleada del Ministerio de Educación de la provincia de Santa Fe, apellido materno CASTRO domiciliada según dice en calle 25 de mayo 2049 de Laguna Paiva, Provincia de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle 25 de mayo 2126, Piso 2, oficina A de esta ciudad de Santa Fe.
2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros Correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar.
7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará.
8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la ley 24.522.
Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose.
9.- Ordenase el cese de las retenciones de los códigos de descuento, con excepción de los de ley y los de Seguridad Social, de causa anterior a la declaración de la quiebra. Procédase a oficiar a sus fines y trábese embargo, en proporción de ley, sobre los haberes de la fallida, debiendo depositarse las sumas retenidas en una cuenta a abrirse a al orden del Juzgado y para estos autos en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Agencia Tribunales-. A cuyo fin se comunicará por Secretaria para que se proceda a la apertura de la cuenta judicial. Ofíciese a la empleadora.10- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el mc, 10 del art. 88 de LCQ. 11- Designar el día miércoles 19 de junio de 2024 a las 10:00hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado.
Comuníquese a la Excma Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe.
12- Fijar el día viernes 16 de agosto de 2024 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes art. 32 ley 24.522.13- Señalar el día viernes 27 de septiembre de 2024 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos art. 35 ley 24.522 y designar el día martes 12
de noviembre de 2024 como fecha para que el Síndico presente el informe general art. 39 de la ley concursal.14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la ley 24.522.15Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Pcia.
de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ.Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A. P. L. Art. 23 ley 3.456 y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19
de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos.FDO. PALACIOS Juez A/C - PACOR ALONSO Secretaria OTRO DECRETO:
Santa Fe, 24/6/24.-Habiendo resultado sorteado el síndico Luis Alberto Belluzo, con domicilio en calle San Lorenzo 2224 para intervenir en autos MOLINA, LORENA VALERIA s/ Quiebra CUIJ 21-02045581-8 desígnaselo en tal carácter Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. FDO. LIZASOZAIN Juez A/C
- RAMOS Prosecretaria.
S/C
522814
Jul. 4 Jul. 11

Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: GOMEZ, MARIELA ALEJANDRA s/ Pedido De Quiebra CUIJ:21-02045229-0 tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 14 de Junio de 2024:
AUTOS Y VISTOS.. CONSIDERANDO RESUELVO: 1-Declarar la quiebra de MARIELA ALEJANDRA GOMEZ, argentina, DNI N 24.567.440, soltera, empleada Sanatorio Privado San Gerónimo de Santa Fe, CUIL: 27-24567440-1 apellido materno VELAZQUEZ domiciliada según dice en calle Moreno Nº 1710 de Laguna Paiva, Provincia de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Lisandro de la Torre N 2836 de esta ciudad de Santa Fe.- 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose.-3-Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes.-4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico.-5- Intimar al fallido para que den-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 4/7/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaysArgentine

Date04/07/2024

Page count57

Edition count721

Première édition03/05/2002

Dernière édition30/07/2024

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