Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 8/3/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / VIERNES 08 DE MARZO DE 2024

mismo, en este acto, que los herederos de Juan Sarquis no comparecieron a estar a derecho, pese a encontrarse debidamente notificados, decláraselos rebeldes y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley.- Notifíquese. DR. ALEJANDRO BOURNOT Secretario DR.GABRIEL A. CARLINI Juez.22 de noviembre de 2023.
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Mar. 8 Mar. 14


Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto, Primera Nominación, Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la autorizante, Dra. María Laura Olmedo, en los autos caratulados: PERALTA, MIGUEL
ANGEL s/ Declaratoria De Herederos Expte. CUIJ Nro. 21-24621176-8, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MIGUEL ANGEL PERALTA DNI N 12.326.285, para que comparezcan ante este tribunal a hacer valer sus derechos, dentro del término de ley.- Venado Tuerto, 09 de Febrero de 2024.
Mar. 8
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EDICTOS DEL ANTERIORES

ROSARIO

CAMARA DE APELACION

Por disposición de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial Sala 1 de Rosario, se ha ordenado notificar mediante edictos el siguiente acuerdo: Acuerdo N 429. En la ciudad de Rosario, a los 29 días del mes de diciembre de dos mil veintitrés, se reunieron en acuerdo los señores miembros de la Sala Primera de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Rosario, doctores Juan Pablo Cifré, Iván Daniel Kvasina y Ariel Carlos Ariza, para dictar sentencia en los autos: LAVENTA Ernesto contra SUCESORES
DE ARRABAL, MARINO y Otros sobre prescripción adquisitiva Expte. N 112/2023; CUIJ N 21-01272350-1, venidos del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 7
Nominación de Rosario, para resolver los recursos de apelación y nulidad interpuestos contra el fallo número 189 del 17.03.2023.
Realizado el estudio de la causa, se resolvió plantear las siguientes cuestiones: Primera: Es nula la sentencia recurrida?
Segunda: En su caso, Es ella justa? Tercera: Qué resolución corresponde dictar? Correspondiendo votar en primer término al señor vocal doctor Cifré, sobre la primera cuestión dijo: El recurso de nulidad interpuesto a pág. 250 por la demandada no ha sido sustentado autónomamente en esta instancia y las críticas que enuncia el recurrente pueden obtener adecuada respuesta al tratarse el recurso de apelación. Por ello, y no advirtiéndose la existencia de irregularidades procedimentales que justifiquen un pronunciamiento oficioso, corresponde su desestimación. Voto, pues, por la negativa. Sobre la misma cuestión el señor vocal doctor Kvasina, a quien le correspondió votar en segundo lugar, dijo: Que coincide con los fundamentos expuestos por el señor vocal 1 doctor Cifré y vota negativamente. Concedida la palabra al señor vocal doctor Ariza, a quien le correspondió votar en tercer término, a esta cuestión dijo: Que coincide con los fundamentos expuestos por el señor vocal doctor Cifré y vota negativamente. A la segunda cuestión, el señor vocal doctor Cifré dijo: 1. Antecedentes En mérito a los fundamentos del acuerdo que antecede, la Sala Primera de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Rosario, RESUELVE: 1 Desestimar el recurso de nulidad. 2 Rechazar el recurso de apelación, con costas a la demandada vencida, sin perjuicio de que los honorarios del defensor de oficio sean soportados provisoriamente por el accionante, pudiendo éste eventualmente repetir lo abonado contra la parte condenada en costas en caso de ser hallada. 3 Regular los honorarios de los profesionales por su actuación en segunda instancia en el cinco 5% de lo que en definitiva resulte regulado por la actuación en primera instancia. Insértese, hágase saber y bajen. Expte. N 112/2023, CUIJ N 2101272350-0. Autos caratulados LAVENIA, Ernesto contra ARRABAL, Marino, ARRABAL, Amado, ARRABAL, Bernardo y/o sus herederos sobre Prescripción Adquisitiva, CUIJ 21-01272350-1. Dra. SILVINA ALICIA CESCATO Secretaria Dr. ARIEL CARLOS ARIZA Camarista Dr. JUAN PABLO CIFRE Camarista en disidencia parcial y Dr. IVAN DANIEL KVASINA Camarista. Rosario de Febrero de 2024.Dra. Ana Paula Barthaburu prosecretaria.
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Por disposición de la Sala II de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial a cargo de los Vocales Dres. Gerardo Muñoz, María de los Milagros Lotti y Oscar R. Puccinelli, Secretaría del Dr. Alfredo R. Farías, se notifica a los herederos de JORGE, Antonio Ernesto, el Acuerdo N 337 de fecha 27 de Octubre de 2023, cuya parte resolutiva se transcribe: 1 Rechazar el recurso impetrado y confirmar la sentencia dictada en primera instancia; 2 Imponer las costas de ambas instancias a la vencida art. 251 CPCC, debiendo ser afrontadas provisoriamente por la actora con derecho a repetir del obligado; 3 Regular los honorarios profesionales en esta alzada en el 15% de la regulación que les corresponda en la primera instancia. Insértese, agréguese copia y hágase saber autos.- VELÁZQUEZ
JULIO ENRIQUE c/ JORGE ERNESTO Y OTROS s/ Escrituración, CUIJ 21-02879842-0. MARÍA DE LOS MILAGROS LOTTI
Vocal OSCAR R. PUCCINELLI Vocal GERARDO E. MUÑOZ
art. 26, ley 10. 160 Vocal ALFREDO R. FARÍAS Secretario .Fdo. : Dra. Ana Paula Álavarez Barthaburu Prosecretaria. Rosario, 26 de Diciembre de 2023.
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Pág. 64

Por disposición de la Sala IV de la Excma. Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Rosario en autos: MONTIRONI MABEL Y OTROS c/PROPIETARIO
DESCONOCIDO s/Usucapión 21-25800373-7, se hace saber que se dictó el Acuerdo Nº 5: En la ciudad de Rosario, a los 15 días del mes de febrero del año 2024, reunidos en Acuerdo los Jueces de la Sala Cuarta de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario, Dres. Kvasina, Cifre y Ariza para dictar pronunciamiento en los autos caratulados MONTIRONI MABEL Y OTROS c/PROPIETARIO DESCONOCIDO s/Usucapión CUIJ Nº 21-25800373-7, venidos del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1 Nominación de Casilda, con recursos de apelación deducido por la demandada fs. 242 contra la sentencia nº111 de fecha 14.2.22 y concedido a fs. 278 Resuelve: Declarar desierto el recurso de apelación y firme el fallo de primera instancia. Insértese, hágase saber, y bajen Expte. Nro. 127/2023, C.U.I.J. Nro. 21-25800373-7. Fdo. Dres. Ariza - Kvasina - Cifre.Dra. Ana Barthaburu,prosecretaria.
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Mar. 7 Mar. 11
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El Sr. Juez vocal de la Cámara de Apelaciones en lo Laboral, Sala II de Rosario, DR. FERNANDO MARCHIONATTI cita y emplaza a los herederos de Omar Antonio Rapalino, para que comparezcan por sí o por apoderado a asumir su representación, en el término de cinco días, bajo apercibimientos de ley en los autos caratulados: NATINO DANIELA ANABELA c/RAPALINO OMAR ANTONIO s/Cobro De Pesos-Rubros Laborales 21-04126504-0 ROSARIO, 05 de Diciembre de 2022 Secretaria: DRA. ARIANA NETRI Vocal: DR. FERNANDO MARCHIONATTI. La orden expresamente dispone: ROSARIO, 05 de Diciembre de 2022. Téngase por acreditado el fallecimiento del Sr. Omar Antonio Rapalino, a mérito de la partida de defunción acompañada, que se agrega. Cítese y emplácese a los herederos para que comparezcan por sí o por apoderado a asumir su representación, en el término de cinco días, bajo apercibimientos de ley. Ofíciese al Registro de Procesos Universales como se solicita. Al punto B, oportunamente. A los puntos C, D, E y F, no ha lugar por improcedente. Notifíquese por cédula. Secretaria: DRA. ARIANA NETRI
Vocal: DR. FERNANDO MARCHIONATTI.
S/C
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Mar. 7 Mar. 11


JUZGADO LABORAL

Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la 5 Nominación, de la ciudad de Rosario, se lo cita a ROSARIO IMPRESORA COLOR S.A. a la audiencia del art. 51 CPL, en los autos caratulados:
FICHERA MARCELO JOSE c/ROSARIO IMPRESORA COLOR SA s/Cobro De Pesos, CUIJ N 21-03596901-9, a tal fin se transcribe el decreto: ROSARIO, 10 de Octubre de 2023 A los fines del art. 51 de la ley 7.945 y sus modificatorias, se fija fecha de audiencia para el dia 05/04/2024 a las 10:30 hs. bajo los apercibimientos previstos en los arts. 51, 52. del CPL. En la audiencia la demandada deberá presentar la documentación requerida bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula al defensor ad-hoc actuante y por edictos al Rosario Impresora Color S.A. de conformidad con lo dispuesto por el ad. 67 del C.P.L . Fdo Dra MARTINEZ PAULA
Secretaria. Rosario, 21 de febrero de 2024.Valeria Barone,secretaria.
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Mar. 7 Mar. 11


Por disposición de la Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Octava Nominación de la ciudad de Rosario, se hace saber que en los autos caratulados: SORIA SEGUNDO JOSE c/BERTOLDO INE MARIA Y OTROS
s/COB.DE PES. Nº Expediente: 1830/2009 CUIJ Nº 21-03699242-2 se ha dictado el siguiente decreto: ROSARIO, 05 de Octubre de 2023. Cítese por edictos a los herederos de Soria Segundo José para que dentro del plazo de 10 diez días comparezcan a estar a derecho a este proceso, bajo apercibimiento de nombrar curador conforme lo prescripto por el art. 597 del CPCCSF. Los herederos deberán acompañar las partidas demostrativas de tal calidad, denunciar la existencia de otros herederos del causante o, en su caso, declarar bajo juramento la inexistencia de los mismos. En caso de existir juicio sucesorio iniciado, deberán precisar el juzgado y la carátula completa del proceso, así como denunciar si se ha designado administrador de la sucesión y/o se ha dictado declaratoria de herederos, acompañando copia autenticada de la resolución judicial respectiva. Notifíquese por cédula. Fdo.
Dra. Silvana Laura Quagliatti Jueza - Dr. Pedro Daniel Herrero Secretario. Rosario,16 de Febrero de 2024.DRa.Romina Trivisono,.secretaria.
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TRIBUNAL COLEGIADO

Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 2
de Rosario, a cargo de la Dra. Jorgelina Entrocasi Jueza de trámite, Secretaria del Dr. Christian Bitetti, en autos VILLARREAL, SAUL AUGUSTO c/GONZALEZ, DIEGO ROQUE Y OTROS s/Daños Y Perjuicios, CUIJ 21-11863134-7, se ha ordenado citar a la codemandada ALMARAZ NORMA SUSANA a comparecer a estar a derecho por medio de edictos los que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 67, 69 73 y 548 del C.P.C.; Dra. Jorgelina Entrocasi Jueza de trámite y Dr. Christian Bitetti Secretario.drA. Melody Kaffman, prosecretaria.
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Mar. 7 Mar. 11


El Señor Juez del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la Segunda Nominación de Rosario, en los autos caratulados: PAREDES, CARINA
ELISABET Y OTROS c/NARVAEZ, RUBEN JAVIER s/Daños Y Perjuicios; CUIJ 2111891020-3, ha dictado la siguiente providencia: ROSARIO, 14 de Diciembre de 2023. Atento lo solicitado cítese por edictos al Sr. Verónica Carolina Leguizamón para que comparezca a estar a derecho por sí o por apoderado, dentro del término de tres días y bajo apercibimientos de ley, publicándose los mismos en el diario Boletín Oficial y en el Hall Central del Palacio de Tribunales Provinciales de Rosario.
Fdo. Dr. EDGARDO BONOMELLI JuezDRA. MAYRA IBAÑEZ Secretaria.19 de diciembre de 2023.
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Mar. 7 Mar. 11


El Sr. Juez del Juzgado de Familia de la 4 Nominación de Rosario, DRA. ALICIA
ANA GALLETTO, Secretaría Dra. NATALIA SCHMIDLIN hace saber que en los autos caratulados: GONZALEZ, RAMON ANGEL Y GOMEZ, MARIA VIRGINIA
c/OCHOA, LAURA ALICIA s/Privación De La Responsabilidad Parental; CUIJ 2111354195-1 se ha ordenado lo siguiente: ROSARIO, 02 de Octubre de 2019. Por

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 8/3/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaysArgentine

Date08/03/2024

Page count76

Edition count728

Première édition03/05/2002

Dernière édition09/08/2024

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