Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 19/10/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN OFICIAL / JUEVES 19 DE OCTUBRE DE 2023

herederos del Sr. Aldo Jesús Dalli a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificados y vencido el término para hacerlo, decláraselos rebeldes, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula y edictos, respectivamente. Fdo. Dr. Mecoli Juez, Dra. Rocci Secretaria.
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Oct. 18 Oct. 20


El juzg. de 1 Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 7 nominación de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Nolberto Quiroga, hace saber que dentro de los autos BANCO MACRO S.A. c/LAPEYRADE MAXIMILIANO s/Medida previa ejecutivo;
CUIJ Nº 21-02908686-6 se decretó: Rosario, 11 de diciembre de 2020. N 1324. Y
vistos: los autos citados precedentemente, en los que el actor solicita se de por finalizado el trámite de los presentes y se tenga por preparada la vía ejecutiva. Y
considerando: que se ha impreso al proceso el trámite previsto en los arts. 450, sig.
y cc CPCC y se ha citado a la parte demandada para que reconozca la documental acompañada por el actor, no compareciendo pese a estar debidamente notificada fs. 29130.En virtud de lo expuesto corresponde hacer lugar a lo solicitado y dar por concluido este proceso en los términos previstos por los arts. 450 y 451
C.P.C.C. y 39, sig. y cc. Ley 25.065. Por tanto, resuelvo: tener por preparada la vía ejecutiva contra Maximiliano Lapeyrade. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Marcelo N. Quiroga Juez - Dra. Lorena A. González Secretaria. Dra. Dulce Sofia Rossi, prosecretaria.
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Oct. 18 Oct. 20


Juzgado de la Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2 Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Mónica Klebcar Jueza, hace saber que dentro de los autos NUEVO BANCO SANTA FE S.A. c/Vera, Sabrina Lilian s/Juicio Ejecutivo; Expte. N
529/2013 CUIJ Nº: 21-00806636-9, se dictó sentencia: Resolución N 71. Rosario, 16/02/2023. Y vistos: Y considerando: Fallo: 1 Ordeno seguir adelante la ejecución contra Vera Sabrina Lilian, DNI Nº 26.912.586, hasta tanto Nuevo Banco de Santa Fe S.A. se haga íntegro el cobro de la suma reclamada de pesos veinticuatro mil cuatrocientos setenta y ocho con ochenta y cinco cvos. $ 24.478,85, con más un interés equivalente a la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina desde la mora y hasta su efectivo pago, y 50% de esta suma en concepto de punitorios, e IVA si correspondiere. 2 Impongo costas a la vencida art. 251 CPC.
3 Difiero la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mónica Klebcar Jueza - Dra. Maranela Godoy Secretaria. Dra. Cecilia G. Vaquero, prosecretaria.
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Oct. 18 Oct. 20


Por disposición del Señor Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décimo Primera Nominación de Rosario, Dr. Luciano D. Carbajo, en los autos caratulados ARANA DULCICH, RICARDO c/COTORAS, CATALINA y otros s/Prescripción adquisitiva; CUIJ N 21-02911068-6, se ordena publicar por el término y apercibimiento de ley el siguiente decreto: Rosario, 02 de Octubre de 2023. Cítese a los herederos de Catalina Cotoras, Tomás Mariano Cotoras, Domingo Cotoras y Antonio Juan Cotoras, a estar a derecho por el término y bajo los apercibimientos de ley. Atento lo normado por el art. 597 del C.P.C.C. S.F., publíquense los edictos por el término y bajo los apercibimientos de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de planta baja.
Dr. Sergio A. González, Secretario. Dr. Luciano D. Carbajo, Juez.
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Oct. 18 Oct. 20


El JUZG. DE 1RA.INSTANCIA DE DISTRITO CIVIL Y COMERCIAL DE LA 14º NOMINACIÓN DE ROSARIO, a cargo de la Dra. , DRA. VERONICA GOTLIEB
Jueza hace saber que dentro de los autos, fianza vigente para el ejercicio de la profesión, dentro de los autos caratulados: Banco Macro S.A c/ Travassi, Alberto Daniel y otros s/ EJECUCIÓN HIPOTECARIA CUIJ 21-12626879-O se decretó:
Rosario, 25 de noviembre de 2020.- Con los autos a la vista, proveyendo escrito cargo nro. 11921/20: atento el fallecimiento denunciado emplácese por edictos a los herederos de Daniel Alberto Travassi, los que deberá acompañar en formato digital como archivo adjunto, para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley bajo apercibimiento de designar un curador que cumplirá la doble función de curador ad hoc de la herencia y defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda o el procedimiento. Notifíquese por cédula a los herederos declarados en el expediente sucesorio en el domicilio real y legal constituido.- Fdo Dr. Marcelo M. Quaglia. Juez - Dra. Ma. Karina Arreche Secretaria Subrogante.
Lucas Menossi, secretario.
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Oct. 18 Oct. 20


Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito N3 de Rosario, y en autos: MELFI, MAURICIO ADRIAN c/ COZZONI MARIA ENRIQUETA Y OTROS s/
Otras Diligencias Prescripción Adquisitiva CUIJ NRO. 21-12646105-1, se hace saber que se dictó lo siguiente Rosario, 13 de septiembre de 2023 Agréguese. Procédase por Secretaría a la recaratulación de la presente causa, tomándose debida razón en los registros informáticos de este Tribunal. Por presentada, domiciliada, en el carácter invocado a mérito del poder especial que en copia acompaña, désele la participación de ley que por derecho le corresponda. Por iniciada la acción de usucapión en los términos expresados. Imprímase al presente el trámite de juicio sumario art. 408 ss. y cc del CPCC. Cítese y emplácese a estar a derecho a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley. Téngase presente la prueba ofrecida para su oportunidad. Ofíciese a la Dirección General de Catastro y al Registro General de Propiedades a fin que informen los datos catastrales y registrales del inmueble a usucapir. Ofíciese a la Municipalidad que corresponda, a la Fiscalía de Estado Provincial y Agencia de Administración de Bienes del Estado a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble.
Fecho, ofíciese al Registro Nacional de las Personas y/o Secretaría Electoral correspondiente a fin de que informen en su caso respecto del domicilio de los titulares registrales informados por el Registro General de Propiedades. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales por el término y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula, debiendo el Sr. Oficial notifica do observar el estricto cumplimiento del art. 63 del CPCC. Fdo Dra. Cecilia Camaño, Juez, Dra. Ana Belén Cura Secretaria.
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Oct. 18 Oct. 20


En autos NEIROTTI, MARIO HORACIO c/ SURIHUAYA SAICFIA s/ Prescripción Adquisitiva 21-02964125-8 de tramite por ante el juzgado Civil y Comercial 7ma. de Rosario se hace saber que se dicto lo siguiente: Rosario, 18/09/23 Informando verbalmente la Actuaria en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho no obstante estar debidamente notificada, declárasela rebelde y siga el juicio sin su participación. Una vez efectuada la notificación del presente,
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vengan los autos para sortear defensor de oficio. Notifíquese por edictos cfm. art.
77 y cc CPCC. Dra. Lorena A. González Dr. Marcelo N. Quiroga Secretaria Juez.
Dra. Dulce Sofia Rossi, prosecretaria.
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Oct. 18 Oct. 20
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Se hace saber que por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 13ra. Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb, Secretaría a cargo del Dr. Lucas Menossi, en los autos caratulados: CALONGE, JULIO CESAR Y OTROS C/ STRAZZA GUILLERMO DE LA CRUZ S/ Cobro De Pesos - CUIJ: 21-01496773-4, se ha ordenado CITAR a tenor del Art. 597 del C.P.C.
y C. de Santa Fe, a los Sres. Guillermo De La Cruz Strazza, Elena Josefina Romano de Strazza, Guillermo Strazza y Claudia Strazza a comparecer a derecho, bajo los apercibimientos del mismo Art. Publíquese edicto en el BOLETÍN OFICIAL
por un día. Rosario, 05 de Octubre de 2023.Lucas Menossi, secretario.
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Oct. 18 Oct. 20


Por disposición del Sr Juez del Juzgado de 1ra Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 13º Nominación de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, se ha ordenado notificar a la Sra. FLORENTINA VAN LOOY los siguientes decretos: Rosario, 04 de noviembre de 2015. Agréguense las constancias acompañadas. Por iniciada la acción de prescripción adquisitiva en los términos expresados. Imprímase al presente el trámite de juicio ordinario art. 387 inc. a del CPCC. Cítese y emplácese a estar a derecho a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley. En virtud de lo dispuesto por el art. 1905 del C.C.C. ofíciese al Registro General de la Propiedad a fin de que proceda a la anotación como litigioso el inmueble cuyo dominio consta inscripto al tomo 112A, Folio 794, nº 50102 del Departamento Rosario. Ofíciese a la Municipalidad que corresponda y a la Fiscalía de Estado Provincial a fin de que hagan saber a este Tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales por el término y bajo los apercibimientos de ley. Resérvese en Secretaría el sobre acompañado. Notifíquese por cédula.. Fdo. Dr. Bonomelli JuezDra. Cinalli Secretaria Y OTRO: Rosario, 30 de agosto de 2016. Informando verbalmente la Actuaria en este acto que la demandada Florentina Van Looy no ha comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde y desígnese audiencia para sorteo de defensor de oficio para el día 03 de octubre de 2016 a las 8:00 horas. Notifíquese mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales. Fdo. Dr.
Bonomelli JuezDra. Cinalli Secretaria. , todo así ordenado en autos: SANCHEZ
CAMACHO NORMA C c/VAN LOOY FLORENTINA s/ Usucapión CUIJ Nº 2101523896-5 Nro. Expediente: 38/2013 Rosario, de setiembre de 2023.Lucas Menossi, secretario.
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Por disposición del juzgado en lo civil y comercial N 10 de Rosario y en autos CICCONI, FABIAN ALBERTO c/ ZABALA, DENIS URIEL s/ Juicio Ejecutivo, C.U.I.J. N 21-029676504, Se hace saber que se dictó lo siguiente: ROSARIO, 21/09/2023: No habiendo comparecido la parte demandada a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Dra. Marianela Maulión, secretaria.
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Oct. 18 Oct. 20


Por disposición del JUZG. DE 1RA.INSTANCIA DE CIRCUITO N 5 y en autos FOGGIA, GERMAN FABIO c/GUZMAN ELOY s/ Otras Diligencias, 21-02964718-3, se hace saber que se dicto siguiente: Rosario, 11 de julio 2023, Por presentado, con domicilio legal constituido, en el carácter invocado a mérito del poder especial acompañado. Désele la participación que por derecho corresponda. Por interpuesta la acción de Prescripción Adquisitiva, désele el trámite del juicio sumario. Emplácese por edictos a los herederos del demandado para que comparezcan bajo apercibimiento de rebeldía, en la forma ordinaria conforme lo dispuesto por el art. 597 del CPCC.-//Ofíciese a la Municipalidad de Rosario, a la Fiscalía de Estado de la Provincia y a la Nación, a fin de que hagan saber a este tribunal si existe interés fiscal sobre dicho inmueble. Fecho, ofíciese al Registro Nacional de la Personas y/o a la Secretaría Electoral correspondiente a fin de que informen acerca del demandado en autos.- Asimismo, procédase a la anotación de litis, respecto del inmueble objeto de autos Art. 1905 CCCN, librándose los despachos pertinentes.-//Líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia a fin de que se constituya en el inmueble objeto de la presente y constante el estado de ocupación del mismo e identifique sus ocupantes, justificando su ocupación con los título que detenten.- Dra. Gabriela Palmara Secretaria.- Dr. Maximiliano N. Cossari, Juez. Dra. Gabriela M. Kabichian, secretaria.
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Oct. 18 Oct. 20


Por disposición del Juzgado 1ra. Inst. Civil y Comercial 5ta. Nominación de Rosario en autos: DEFEO, PABLO HERNAN c/ EL ESPAÑOL SAS Y OTROS s/ Daños Y Perjuicios Cuij: 21-029691492, por decreto de fecha 08 de Junio de 2023 se declaró la rebeldía del Sr. GUILLERMO FRUCELLA - DNI: 21.414.991-; decreto que se transcribe textual: No habiendo comparecido la parte demandada Guillermo Frucella a estar a derecho a pesar de encontrarse debidamente notificada y vencido el término para hacerlo, declárasela rebelde, y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por cédula. Hágase saber al Oficial Notificador que deberá cumplimentar correctamente el art. 63 C.P.C.C., y a los fines de preservar el derecho de defensa en caso de no encontrar el requerido deberá preguntar a los habitantes del domicilio, o -en caso de no encontrar a nadiea los vecinos si el destinatario efectivamente vive en el lugar dejando constancia de haber realizado tal diligencia y las respuestas obtenidas. Fdo: Dra. Silvina Rubulotta Secretaria Dra. Lucrecia Mantello Jueza. Asimismo, por decreto de fecha 08 de septiembre de 2023, en los mismos autos, se dispuso: A lo solicitado, no ha lugar. Notifíquese por edictos por el término de ley, bajo apercibimientos de ordenarse su rebeldía y el sorteo de un Defensor de Oficio. Dra. Silvina Rubulotta Secretaria Dra. Lucrecia Mantello Jueza.Rosario, 27/9/23.
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Oct. 18 Oct. 20


Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Circuito N 4 de Rosario, a cargo de la Dra. Claudia A. Ragonese, Jueves; Dra. Paula M. Heltner, Secretaria, dentro de los caratulados: DE LARRECHEA, GUILLERMO AUGUSTO c/ALBARENGA, ADRIANA EVA s/Prescripción Adquisitiva, Expte. CUIJ N 21-02954174-1, se requirió la prescripción adquisitiva del inmueble según plano de mensura archivado al duplicado N 22 1 828 de fecha 10/07/2019, que de acuerdo a las constancias del plano, acta y relacionado de mensura el inmueble se encuentra empadronado en el Registro de la Propiedad de Rosario, Provincia de Santa Fe al Tomo 329 A Folio 681 Nº 143311, del Departamento Rosario, TDH Nº 381734 02/07/1982. Partida inmobiliaria 160303233344/00020, encontrándose el dominio inscripto a nombre de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 19/10/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaysArgentine

Date19/10/2023

Page count35

Edition count703

Première édition03/05/2002

Dernière édition03/07/2024

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