Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 6/9/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

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El juzgado de 1 instancia de circuito N 4, de Reconquista - Provincia de Santa Fe, Secretaria a Cargo del Dr.
Marino Celli, notifica a Romina Belén Soto, demandado en autos FAST CRED S.A. c/SOTO ROMINA BELEN
s/Ejecutivo; Exp. Nº 253/2018 la siguiente resolución: Reconquista, 10 de Mayo de 2.021. Antecedentes:
Argumentos: Resuelvo: 1 Mandar llevar adelante parcialmente la ejecución contra Romina Belén Soto DNI N
32.571.417 con domicilio desconocido por el monto de pesos Tres mil Setecientos Sesenta y Dos con 71/100 $
3.762.71 con más 11 Peyrano, Jorge W.: Apuntes sobre el abuso procesal, los intereses desde el 23.06.2017 y hasta su efectivo pago, conforme la tasa que surge de los Argumentos y sin capitalizar. 2 Costas en un 80% a la parte demandada y un 20% a la parte actora. 3 Practique liquidación conforme los argumentos. Se hace saber que deberá informar al momento de practicarla, el portal al que accedió a tales fines. De esta manera se evita que el juzgado escaneé e imprima información que se encuentra disponible en el citado portal, a cuya información se accede fácilmente. 4 Los honorarios profesionales se regularán practicada que sea por el letrado interviniente la liquidación que proporcionará la base liquidatoria y acompañada que fuera la constancia de su situación fiscal. 5 Agréguese a autos con constancia actuarial el documento pagaré base de esta ejecución. Notifíquese por Secretaría mediante cédula electrónica al profesional. Notifíquese por Edictos.
Insértese el original, agréguese copia y hágase saber.- Firmado: Dr. Marino CelliSecretario; Dra. María Cecilia BelfioriJueza. Reconquista, 04 de Junio de 2.021.
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El juzgado de 1 instancia de circuito N 4, de Reconquista - Provincia de Santa Fe, Secretaria a Cargo del Dr.
Marino Celli, notifica a José Alejandro Moreyra, demandado en autos FAST CRED S.A. c/ MOREYRA JOSE
ALEJANDRO s/Ejecutivo; Exp. Nº 247/2018 la siguiente resolución: Reconquista, 09 de Agosto de 2.021.
Antecedentes: Argumentos: Resuelvo: 1 Mandar llevar adelante parcialmente la ejecución contra José Alejandro Moreyra DNI Nº 26.694.370, con domicilio desconocido notificación por edictos, por la suma de pesos un mil quinientos treinta y ocho con 24/100 $ 1.538,24 con más los intereses moratorios y punitorios según consta en los Argumentos, sin capitalizar y con la suspensión durante el plazo que allí se determina. 2
Costas en un 80% a la parte demandada y un 20% a la parte actora. 3 Practique liquidación conforme los argumentos. Se hace saber que deberá informar al momento de practicarla, el portal al que accedió a tales fines. De esta manera se evita que el juzgado imprima información que se encuentra disponible en el citado portal, a cuya información se accede fácilmente. 4 Los honorarios profesionales se regularán practicada que sea la liquidación que proporcionará la base regulatoria y acompañadas que fuera la constancia de la situación fiscal del abogado interviniente. 5 Agréguese a autos con constancia Actuarial el documento pagaré base de esta ejecución. Notifíquese por Secretaría mediante cédula electrónica al profesional. Notifíquese art. 67 del CPCyC. Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Firmado: Dr. Marino Celli - Secretario; Dra. María Cecilia Belfiori - Jueza. Reconquista, 11 de Junio de 2.021.
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El juzgado de 1 instancia de circuito N 4, de Reconquista - Provincia de Santa Fe, Secretaria a Cargo del Dr.
Marino Celli, notifica a Alejandro Miguel Esquivel, demandado en autos FAST CRED S.A. c/ESQUIVEL ALEJANDRO
MIGUEL s/Ejecutivo; Exp. Nº 860/2017 la siguiente resolución: Reconquista, 29 de Junio de 2.021. Por recibido.
Proveyendo al escrito con cargo N 3075.2021: No habiendo sido observada la liquidación practicada con anterioridad, apruébese la misma en la suma de $ 30.300,93 en cuanto por derecho corresponda. Tomando en consideración la labor desarrollada por el curial interviniente en la causa y el éxito obtenido arts. 1, 2, 4, 6, 32
de la Ley 12.851 ss y aplicables. Regulo: los honorarios profesionales correspondientes a la representación letrada de la parte Actora Dr. Silvio Héctor Fontanini por su labor en estos autos, en 1 Unidad Jus, que al momento de ésta regulación asciende a $ 6.916,58, en razón de la situación fiscal del profesional acreditada en autos los honorarios profesionales llevarán IVA. Asimismo, y de conformidad al dispuesto al art. 32 de la Ley

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 6/9/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaysArgentine

Date06/09/2021

Page count92

Edition count700

Première édition03/05/2002

Dernière édition28/06/2024

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