Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 24/2/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

GUIDO y otros s/Apremio; Expte. Nº 454/2019 - CUIJ 21-12625753-5, se ha ordenado notificar al codemandado Luciano Martín Gonzalez, D.N.I. Nº 29.931.633, C.U.I.T. 20-29931633-6, la Resolución dictada en autos, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: N 1.468, Rosario, 30 de Noviembre de 2020. Y Vistos: y Considerando: Fallo: Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el acreedor perciba íntegra la suma reclamada en pesos once mil doscientos cincuenta y tres con dieciocho centavos $ 11.253,18/100, con más la tasa equivalente a una vez y media la tasa de interés activa promedio mensual vencida -sumadaque cobra el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. en operaciones de descuentos de documentos a treinta días, aportes de ley y costas art. 251 del C.P.C y C.. Difiérase la regulación de honorarios hasta que se practique la planilla respectiva. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Maximiliano N. Cossari Juez - Dra. Patricia Gabriela Almará Secretaria.
$ 33 437405 Feb. 24 Feb. 26


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13 Nominación de Rosario, a cargo de la Dra. Verónica Gotlieb, Secretaría a cargo de Lucas Menossi, hace saber que en autos DUARTE BERNABE
ROBERTO s/Quiebra; CUIJ 21-01519791-6, se ha dispuesto: Rosario, 29 de Octubre de 2020. Póngase de manifiesto en la oficina por el término de ley el proyecto de distribución complementario formulado por la Sindicatura. Fdo. Lucas Menossi Secretario. Asimismo se dispuso: Nº 661. Rosario, 11 de Noviembre de 2020.
Antecedentes: Fundamentos Resuelvo: 1 Regular los honorarios al Síndico CPN Antonio Carlos G. Ordiz en la suma de $ 68.674,75, a los abogados patrocinantes del Síndico Dres. Alejandro Gurfinkel e Ignacio del Sastre en la suma de $ 29.432,03 y al abogado del peticionante de la quiebra. Dr. Francisco Waldemar Palermo en la suma de $ 42.045.77. 2 Hacer saber a la Sindicatura que, como gasto concursal preferente, deberá abonarse el sellado fiscal contemplado en el art. 35 y 36 inc. 1 a de la Ley Impositiva Anual. 3 Fecho: disponer la inmediata elevación de los presentes al Superior, previa vista a Caja Forense, a los fines del artículo 272 de la L.C.Q. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Verónica Gotlieb Jueza, Lucas Menossi Secretario. De igual manera se ordenó: Rosario, 30 de Diciembre de 2020. Póngase de manifiesto en la oficina por el término de ley la adecuación al proyecto de distribución complementario. Notifíquese por edictos conjuntamente con la providencia dictada el 29 de Octubre de 2020 y el auto N 661/2020. Fdo. Lucas Menossi Secretario. 03 de Febrero de 2021.
S/C 437442 Feb. 24 Feb. 25


Por disposicion del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 16 Nominacion de Rosario y en autos CATIZONE JULIETA c/VERCESI TAMAR MATILDE MARIA y otros s/Escrituración; 21-01622214-0, se hace saber que se dicto lo siguiente: Nº 295 Rosario y Vistos y Considerando Fallo: 1 Haciendo lugar a la demanda y, en consecuencia, condenando a la parte demandada a otorgar escritura traslativa de dominio del boleto de compraventa de fecha 10/6/1987 suscripto entre los Sres. Jorge Ernesto Vercesi y Tamar Matilde María Vercesi y la Sra. Rosa Trinidad Cornero, respecto del inmueble objeto de los presentes, ubicado en Av. Bernhein 9.015 de la ciudad de Rosario, identificado como lote N 16, de la manzana letra "D", del plano N 6313/1954, dominio inscripto al Tomo 297, Folio 073, N 063.977, Registro General Rosario, a favor de la parte actora, Julieta Catizone, en el término de veinte días por ante el escribano que ésta propondrá, bajo apercibimiento de hacerlo el suscripto en su nombre, todo ello de ser registralmente posible. Debiendo tenerse presente la cesión de derechos y acciones efectuada en fecha 19 de Abril de 2008, por la Sra. Rosa Trinidad Cornero a favor de la actora, Julieta Catizone. 2 Costas al perdidoso art. 251 C.P.C.C.. Provisoriamente las costas de la defensora de oficio actuante en representación de la co-demandada Tamar Vercesi deberán ser soportadas por la actora, todo ello conforme los considerandos ut-supra vertidos. 3 Diferir la regulación de honorarios hasta tanto se acompañe tasación actualizada del inmueble en cuestión y constancia actualizada de AFIP. Insértese y hágase saber. Dra. Ma. Sol Sedita; Dr. Pedro A. Boasso, Secretaria Juez. Dra. Sabrina Rocci, Secretaria Suplencia.
$ 33 437521 Feb. 24 Feb. 26


Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 24/2/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaysArgentine

Date24/02/2021

Page count57

Edition count709

Première édition03/05/2002

Dernière édition12/07/2024

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