Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 12/10/2023

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETÍN OFICIAL

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ

BOLETÍN OFICIAL
RÍO GALLEGOS, 12 de octubre de 2023.-

M I N I S T E R I O D E L A S E C R E TA R Í A G E N E R A L D E L A G O B E R N AC I Ó N

AÑO LXVIII N 5818

DECRETOS COMPLETOS
DECRETO N 0915
RÍO GALLEGOS, 04 de agosto de 2023.VISTO:
El Expediente A.M.A. N 180.799/23, iniciado por la Agencia de Medios y Contenidos Audiovisuales de Santa Cruz AMA SANTA CRUZ, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que con motivo de la nueva reglamentación vigente relacionada al Sistema Integral de Medios y Contenidos Públicos regido por la Ley Nº 3723 y su Decreto Reglamentario Nº 0481/22, y la puesta en vigencia de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Provincial Nº 3755 y su modificatoria Ley Nº 3810 con su respectivo Decreto Reglamentario Nº 1678/22, se deberá proceder a efectuar una nueva reglamentación en cuanto al régimen de la contratación de publicidad oficial de la Administración Pública Central y Descentralizada, Unidad Ejecutora, Entes Descentralizados y Entidades Autárquicas teniendo en cuenta los principios generales que rigen la materia;
Que asimismo, de los antecedentes normativos que sustentan la medida antes mencionada, el artículo 5º de la Ley N 3723 prevé: Competencias. La agencia tendrá por objeto coordinar las políticas de comunicación e información pública, gestionar y administrar los medios públicos de la provincia, promover la producción de contenidos, la difusión del conocimiento y el acceso a la información en materia de cultura, educación y formación profesional, ciencia y tecnología, salud, promoción de valores y desarrollo de iniciativas sociales y productivas a través de nuevas tecnologías, medios de comunicación y dispositivos a nivel federal en toda la Provincia;
Que mediante el artículo 5º del Decreto Nº 0481/22, el cual reglamenta la Ley mencionada Ut Supra, se procedió a determinar las atribuciones y deberes que recaen sobre la Agencia de Medios y Contenidos Audiovisuales de Santa Cruz A.M.A. SANTA CRUZ, los cuales son esenciales y fundamentales para que la misma pueda dar cumplimiento a sus objetivos;
Que entre las misiones y funciones, se encuentran las de asesorar a todos los organismos del Estado Provincial, e interpretar y difundir los actos de gobierno y de toda actividad de interés general para la comunidad;
Que asimismo dicho Ente A.M.A. tiene a su cargo la centralización, dirección y distribución de la información de la Gobernación, Ministerios, Organismos Autárquicos, Sociedades del Estado y Sociedades Anónimas del Estado Provincial, y la facultad de realizar las contrataciones que demanden la comunicación que requiera la publicidad institucional del gobierno provincial, con su respectiva emisión y control de las órdenes de publicidad;
Que asimismo corresponde establecer que la autoridad de aplicación, en materia de contratación de publicidad oficial de la administración central y descentralizada, será la agencia;
Que para el cumplimiento de sus objetivos, se torna necesario facultar a dicho Ente a efectuar las autorizaciones referidas a toda erogación inherente a publicidad oficial, producciones fílmicas, periodísticas, revistas, publicaciones gráficas, o cualquier otro;
Que a su vez resulta necesario aprobar los principios generales que regirán las Contrataciones de Publicidad Oficial a los que debe ajustarse la contratación, de conformidad a lo establecido en el ANEXO I del presente;
Que lo anterior dotará de herramientas que aporten transparencia, control y celeridad a la contratación de publicidad oficial, en el marco de los procedimientos que sean necesarios efectuar a esos fines;
Que asimismo resulta propicio delegar en el Ente la elaboración de los Contratos de Publicidad Oficial y Declaración Jurada de Emisiones Publicitarias en Servicios de Comunicación Audiovisual;
Que se deja establecido que todas las Contrataciones efectuadas en el marco del presente Decreto, se harán conforme lo establecido en la Ley Nº 3755 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Provincial y su modificatoria Ley Nº 3810 y su Decreto Reglamentario Nº 1678/22;
Que conforme lo expuesto corresponde dejar sin efecto las disposiciones establecidas en los Decretos Nros.
0396/18, 0791/20 y 1349/21;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes AL-Nº 658/23, emitido por la Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 139 y SLyT-GOB Nº 711/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 148/149;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- APRUÉBASE, los Principios Generales para la contratación de Publicidad Oficial, que como ANEXO I forma parte integrante del presente.Artículo 2.- FACÚLTASE, a la Agencia de Medios y Contenidos Audiovisuales de Santa Cruz A.M.A. a generar los modelos de Contrato de Publicidad Oficial y Declaración Jurada de Emisiones Publicitarias en Servicios de Comunicación Audiovisual.Artículo 3.- DESÍGNASE, a la Agencia de Medios y Contenidos Audiovisuales de Santa Cruz A.M.A. como autoridad de aplicación del presente.Artículo 4.- FACÚLTASE, al/la titular de la Dirección Superior de A.M.A. Santa Cruz a efectuar las autorizaciones referidas a todas las erogaciones a publicidad oficial, producciones fílmicas periodísticas, revistas, Pág. 1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 12/10/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date12/10/2023

Page count54

Edition count1765

Première édition19/02/2002

Dernière édition02/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Octubre 2023>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031