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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 16/3/2023
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz
BOLETÍN OFICIAL
BOLETÍN OFICIAL
RÍO GALLEGOS, 16 de marzo de 2023.-
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
AÑO LXVIII N 5753
M I N I S T E R I O D E L A S E C R E TA R Í A G E N E R A L D E L A G O B E R N AC I Ó N
EDICTO
El Sr. Juez de Primera Instancia Nro. Dos en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, Dr. Franco Villalón Lescano, Secretaría N Uno a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Chaile, sito en calle 9 de Julio Nº 820 con asiento en la ciudad de Caleta Olivia, provincia de Santa Cruz, cita y emplaza a los herederos y acreedores que se consideren con derecho a los bienes de la causante MERCADO GÓMEZ MÓNICA ELBA - D.N.I. N 13.941.557, para que en el término de treinta días comparezcan y acrediten dichas circunstancias, en autos caratulados: MERCADO
GÓMEZ MÓNICA ELBA S/SUCESIÓN AB-INTESTATO EXPTE. Nº 20697/23.- Publíquese edicto por el término de tres días en el Boletín Oficial y La Opinión zona Norte; de la provincia de Santa Cruz.CALETA OLIVIA, 27 de febrero de 2023.-
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CHAILE GABRIELA NATALIA
Secretaria ________
EDICTO
El Juez Subrogante a cargo del Juzgado de Primera Instancia Nro. Uno en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, Dr. Franco Matías Villalón Lescano, Secretaría Nº Dos a cargo de la Dra. Mónica Analía Navarrete, sito en Hipólito Irigoyen Nº 2056 con asiento en la ciudad de Caleta Olivia, provincia de Santa Cruz, cita y emplaza a los herederos y acreedores que se consideren con derecho a los bienes de la causante, BENJAMÍN VICENTE
GODOY D.N.I. N 6.947.208, y ELSA CERDA, D.N.I. N 4.787.559, para que en el término de treinta días comparezcan y acrediten dichas circunstancias, en autos caratulados: GODOY BENJAMÍN VICENTE Y CERDA ELSA S/
SUCESIÓN AB-INTESTATO; EXPTE. Nº 38607/23.- Publíquese edictos por el término de tres días en el Boletín Oficial y en el diario LA OPINIÓN Zona Norte; de la provincia de Santa Cruz.CALETA OLIVIA, 01 de marzo de 2023.-
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FERNÁNDEZ CAMILA
Secretaria ________
EDICTO
El Juzgado Provincial de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería N 2, a cargo del Dr.
Francisco Marinkovic, Secretaría N Dos, a cargo del Dr. Javier Morales, sito en Pasaje Kennedy, casa N 3, de esta localidad, en autos caratulados: NAVARRO ÁLVAREZ ESTELVINA DE JESÚS Y MURO ROLANDO ERNESTO S/SUCESIÓN AB-INTESTATO EXPTE. N 15809/13, cita y emplaza por treinta 30 días a herederos y acreedores de MURO ROLANDO ERNESTO D.N.I. N L.E. 7.007.883. El auto que ordena la medida dice: Río Gallegos, 06 de febrero de 2020.- citándose a herederos y acreedores de los causantes por el término de treinta 30 días bajo apercibimiento de la Ley art. 683 del C.P.C.C Fdo. Francisco Marinkovic. Río Gallegos, 07 de noviembre de 2022 publíquese nuevamente los edictos en el diario Tiempo Sur y en el Boletín Oficial, ambos de esta ciudad. Fdo. FRANCISCO MARINKOVIC - JUEZ.El presente edicto deberá publicarse por tres 3 días en el Boletín Oficial y Diario Tiempo Sur.RÍO GALLEGOS, 25 de noviembre de 2022.-
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VARELA SILVANA RAQUEL
Secretaria _________
EDICTO Nº 023/2023
PETICIÓN DE MENSURA
Se hace saber por tres 3 veces en el espacio de quince 15 días que se ha proveído el Registro de Petición de Mensura de la Mina: TORNADO I conforme lo establece el artículo 81º del Código de Minería para aquellos que se creyeren con derecho a deducir oposición la efectúen de acuerdo a lo prescripto en el artículo 84º del citado Código.- PETICIONANTE: MINERA MINAMALU S.A. UBICACIÓN: COORDENADAS DE LA
LABOR LEGAL: X: 4.816.742,00 Y: 2.404.247,00. Las pertenencias se ubicaron de la siguiente manera: COORDENADAS L.L. DE C/U DE LAS PERTENENCIAS: A1.X: 4.819.000,00 Y: 2.402.900,00 A2.X: 4.819.000,00 Y: 2.403.150,00
A3.X: 4.819.000,00 Y: 2.403.400,00 A4.X: 4.819.000,00 Y: 2.403.650,00 A5.X: 4.819.000,00 Y: 2.403.900,00 A6.X:
4.819.000,00 Y: 2.404.150,00 A7.X: 4.819.000,00 Y: 2.404.400,00 A8.X: 4.819.000,00 Y: 2.404.650,00 A9.X:
4.819.000,00 Y: 2.404.900,00 A10.X: 4.819.000,00 Y: 2.405.150,00 B11.X: 4.819.000,00 Y: 2.405.400,00 B12.X:
4.818.760,00 Y: 2.405.400,00 B13.X: 4.818.760,00 Y: 2.405.150,00 B14.X: 4.818.760,00 Y: 2.404.900,00 B15.X:
4.818.760,00 Y: 2.404.650,00 B16.X: 4.818.760,00 Y: 2.404.400,00 B17.X: 4.818.760,00 Y: 2.404.150,00 B18.X:
4.818.760,00 Y: 2.403.900,00 B19.X: 4.818.760,00 Y: 2.403.650,00 B20.X: 4.818.760,00 Y: 2.403.400,00 B21.X:
4.818.760,00 Y: 2.403.150,00 B22.X: 4.818.760,00 Y: 2.402.900,00 B23.X: 4.818.520,00 Y: 2.402.900,00 B24.X:
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