Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 24/2/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL
Que el sistema de tratamiento que reciben los efluentes es primario, mediante cámara séptica, donde luego es vertido en pozos absorbentes;
Se definen dos sectores de vuelcos denominados:
PC Pico Truncado 1, con dos pozos absorbentes ubicados en las siguientes coordenadas: Pozo1: S 46º 39
36,8; O 67º 56 39,7 y Pozo 2: S 46º 39 37,9; O 67º 56 39,4 ;
PC Pico Truncado 2: con dos pozos absorbentes ubicados en las siguientes coordenadas: Pozo1: S 46º 39
43,1; O 67º 56 10,1 y Pozo 2: S 46º 39 44,9; O 67º 56 13,3;
Que la cantidad máxima de efluente a verter será de 10,6 m3 diarios;
Que de acuerdo a las características del vertido y la extracción de agua pública , la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente el que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13 Sistema Tarifario por uso especial de agua de la Ley 1451.
Que obra informe técnico, sin objeciones a lo solicitado por la empresa;
Que obra en el expediente, dictamen favorable por parte de la Dirección General de Coordinación Legal;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 02 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002
delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL
DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S PO N E :
1º RENOVAR a la empresa TGS SA, con domicilio legal constituido en calle Chacabuco Nro 78 de la ciudad de Río Gallegos; permiso para la captación de agua subterránea en pozo ubicado en las coordenadas 46º 39
53.9 S- 67º 56 34.2 w; y permiso para el vertido de efluentes sanitarios, previamente tratados, en pozo absorbente ubicado en las coordenadas de acuerdo del siguiente detalle: PC Pico Truncado 1, con dos pozos absorbentes ubicados en las siguientes coordenadas: Pozo1: S 46º 39 36,8; O 67º 56 39,7 y Pozo 2: S 46º 39 37,9; O
67º 56 39,4 . PC Pico Truncado 2: con dos pozos absorbentes ubicados en las siguientes coordenadas: Pozo1:
S 46º 39 43,1; O 67º 56 10,1 y Pozo 2: S 46º 39 44,9;
O 67º 56 13,3.2 La dotación máxima de extracción de agua subterránea se ha fijado de trece con veinticinco 13,25 m3/
día, para uso doméstico en la actividad industrial.3 El volumen máximo autorizado de efluente vertido previamente tratado, será de diez con seis metros cúbicos 10,6m3 por día.4 El permiso tendrá vigencia por el lapso de 1 un año, a partir del día de la fecha.5º La empresa deberá realizar análisis fisicoquímicos y bacteriológicos del efluente en forma semestral.6º El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP-Fondo de terceros, Suc. Río Gallegos Nro. Cuenta 720273/0-001
CBU 0860001101800072027304 previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.7 La empresa deberá solicitar la renovación del presente con una antelación de treinta días a la fecha de caducidad.8 El presente fue realizado a partir de datos e información provista por la parte interesada en carácter de declaración jurada.9º REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección Provincial de Secretaría General, Dirección General de Administración. Notifíquese a TGS S.A, dése al Boletín Oficial, Tribunal de Cuentas y cumplido ARCHIVESE.GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial Santa Cruz
RÍO GALLEGOS, 24 de Febrero de 2022.DISPOSICIÓN Nº 00088
RÍO GALLEGOS, 07 de Julio de 2021.VISTO:
El Expediente Nº 489.214/2012, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el presente, la Empresa TGS SA, solicita la renovación de autorización para la captación de agua subterránea y vertido de efluentes sanitarios en la PC Piedrabuena;
Que el pozo de agua se encuentra ubicado en las coordenadas 50º 17 19,2 S 69º 1238.1 W, y el uso que se le dará al agua es uso doméstico en la actividad industrial.
Que la empresa solicita una dotación de nueve con veinticinco metros cúbicos por día 9.25 m3/día, según la cantidad de personal afectado y las estimaciones realizadas por la empresa para limpieza de las instalaciones y riego del parquizado;
Que el sistema de tratamiento que reciben los efluentes es primario, mediante cámara séptica, donde luego es vertido en pozos absorbentes;
Se definen dos sectores de vuelcos denominados:
Pozo Nro 1: ubicado en las siguientes coordenadas: S
50º 17 15; O 69º 12 37,26;
Pozo Nro 2: ubicado en las siguientes coordenadas: S
50º 17 16,06; O 69º 12 37,03;
Que la cantidad máxima de efluente a verter será de 7,4 m3 diarios, según lo indicado por la empresa;
Que de acuerdo a las características del vertido y la extracción de agua pública , la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente el que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13 Sistema Tarifario por uso especial de agua de la Ley 1451;
Que obra informe técnico, sin objeciones a lo solicitado por la empresa;
Que obra en el expediente, dictamen favorable por parte de la Dirección General de Coordinación Legal.
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 02 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002
delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL
DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S PO N E :
1º RENOVAR a la empresa TGS SA, con domicilio legal constituido en calle Chacabuco Nro 78 de la ciudad de Río Gallegos; permiso para la captación de agua subterránea en pozo ubicado en las coordenadas 50º 17 19,2S 69º 12 38.1 W, y permiso para el vertido de efluentes sanitarios, previamente tratados, en dos pozos absorbentes ubicados en las siguientes coordenadas:
Pozo1: S 50º 17 15; O 69º 12 37,26 y Pozo 2: S 50º 17 16,06; O 69º 12 37,03.2 La dotación máxima de extracción de agua subterránea se ha fijado en nueve con veinticinco metros cúbicos por día 9.25 m3/día, según la cantidad de personal afectado y las estimaciones realizadas por la empresa para limpieza de las instalaciones y riego del parquizado.3 El volumen máximo autorizado de efluente vertido previamente tratado, será de siete con cuatro metros cúbicos por día 7,4 m3.4 El permiso tendrá vigencia por el lapso de 1 un año, a partir del día de la fecha.5º La empresa deberá realizar análisis fisicoquímicos y bacteriológicos del efluente en forma semestral.6º El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP-Fondo de terceros, Suc. Río Gallegos Nro. Cuenta 720273/0-001 CBU 0860001101800072027304 previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.7 La empresa deberá solicitar la renovación del presente con una antelación de treinta días a la fecha de caducidad.-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5636 DE 20 PAGINAS

Página 7
8 El presente fue realizado a partir de datos e información provista por la parte interesada en carácter de declaración jurada.9º REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección Provincial de Secretaría General, Dirección General de Administración. Notifíquese a TGS S.A., dése al Boletín Oficial, Tribunal de Cuentas y cumplido ARCHÍVESE.GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial Santa Cruz ________
DISPOSICIÓN Nº 00089
RÍO GALLEGOS, 07 de Julio de 2021.VISTO:
El Expediente Nº 480.725/DPRH/2004, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el presente, la Empresa TGS SA, solicita la renovación de autorización para la captación de agua subterránea y vertido de efluentes sanitarios en la PC Magallanes;
Que el pozo de agua se encuentra ubicado en las coordenadas 52º 19 20,3s 68º 2544.9 w, y el uso que se le dará al agua es uso doméstico en la actividad industrial.
Que la empresa solicita una dotación de tres metros cúbicos por día 3 m3/día, según la cantidad de personal afectado y las estimaciones realizadas por la empresa para limpieza de las instalaciones y riego del parquizado.
Que el sistema de tratamiento que reciben los efluentes es primario, mediante cámara séptica, donde luego es vertido en pozos absorbentes;
Se definen dos sectores de vuelcos denominados:
Pozo Nro 1: ubicado en las siguientes coordenadas: S
52º 19 29.34; O 68º 25 43.47 ;
Pozo Nro 2: ubicado en las siguientes coordenadas: S
52º 19 29.46; O 68º 25 43.20 ;
Que la cantidad máxima de efluente a verter será de 2,4m3 diarios, según lo indicado por la empresa;
Que de acuerdo a las características del vertido y la extracción de agua pública, la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente el que se encuentra establecido en la Disposición Nro 020/13 Sistema Tarifario por uso especial de agua de la Ley 1451;
Que obra informe técnico, sin objeciones a lo solicitado por la empresa;
Que obra en el expediente, dictamen favorable por parte de la Dirección General de Coordinación Legal;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 02 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002
delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL
DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S PO N E :
1º RENOVAR a la empresa TGS SA, con domicilio legal constituido en calle Chacabuco Nro. 78 de la ciudad de Río Gallegos; permiso para la captación de agua subterránea en pozo ubicado en las coordenadas 52º19 20,3S 68º2544.9w, y permiso para el vertido de efluentes sanitarios, previamente tratados, en dos pozos absorbentes ubicados en las siguientes coordenadas:
Pozo1: S 52º 19 29.34; O 68º 25 43.47 y Pozo 2: S
52º 19 29.46; O 68º 25 43.20.2 La dotación máxima de extracción de agua subterránea se ha fijado en tres metros cúbicos por día 3 m3/
día, según la cantidad de personal afectado y las estimaciones realizadas por la empresa para limpieza de las instalaciones y riego del parquizado.3 El volumen máximo autorizado de efluente vertido previamente tratado, será de dos con cuatro metros cúbicos por día 2,4 m3.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 24/2/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date24/02/2022

Page count20

Edition count1774

Première édition19/02/2002

Dernière édition06/08/2024

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