Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 25/2/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2021: A 100 Años de las Huelgas Obreras de la Patagonia.- Memoria, Verdad y Justicia.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXVI Nº 5535

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1268
RÍO GALLEGOS, 04 de Noviembre de 2020.VISTO:
El Expediente MPCI-Nº 443.592/20, elevado por el Ministerio de la Producción, Comercio e Industria; y CONSIDERANDO:
Que en el marco de la Ley Nº 3480 Ley Orgánica de Ministerios conforme lo establecido por el Artículo 7º, compete al Ministerio de la Producción, Comercio e Industria asistir al Gobernador en los asuntos relativos a la asistencia, control y fiscalización de las actividades productivas locales, como también promover y orientar la producción, industrialización y comercialización de las riquezas de la Provincia. Es asimismo competencia del Ministerio de la Producción, elaborar y ejecutar la política pesquera y continental que desarrolle la Provincia de Santa Cruz;
Que dentro de los bienes que componen el patrimonio de la Provincia de Santa Cruz se encuentra el Buque Pesquero Liliana, inscripto en la Matrícula Nacional de la Prefectura Naval Argentina bajo el Nº 0260-F, cuyas características asignadas se encuentran detalladas en el Expediente de Inscripción de la Prefectura Naval Argentina Nº B-2789-c-c-1994;
Que el Buque Pesquero Liliana M.N 0206-F se ha encontrado por un período considerable y se encuentra actualmente amarrado sin estar afectado a actividad productiva alguna en el puerto de Caleta Paula;
Que la falta de operatividad del Buque Pesquero Liliana M.N 0206-F genera severas consecuencias a su estado de conservación, dado que al estar amarrado sufre adherencia de crustáceos que afectan el material de su cubierta, un constante deterioro por la salinidad de cañerías y casco que lo componen, y el motor al no encontrase en funcionamiento corre riesgo de sufrir corrosión, entre otras cuestiones;
Que para la embarcación mencionada conserve su estado de navegabilidad, y en consecuencia pueda realizar actividades productivas, es necesario asumir determinados costos y afectar personal idóneo para su mantenimiento;
Que la puesta operatividad del Buque Pesquero Liliana M.N 0206-F resulta necesaria para promover la producción y crecimiento de la industria pesquera y la comercialización de las riquezas de los recursos que tal industria genera en el territorio santacruceño;
Que asimismo, la embarcación forma parte del circuito productivo existente en Caleta Olivia que es fuente generadora de empleos genuinos y santacruceños, comprendiendo marineros, estibadores, personal de planta, transportistas y proveedores de servicios;
Que el Artículo 45 de la Ley Nº 760 establece que el patrimonio de la provincia se integra con los bienes que, por disposición legal o por haber sido adquirido por alguno de sus órganos, son de propiedad de la provincia. Asimismo el Artículo 46º del mismo marco normativo dispone que La Administración de Bienes de la Provincia estará a cargo de las jurisdicciones y organismos que los tengan asignados o lo hayan adquirido para su uso. El Poder Ejecutivo determinará el organismo que tendrá a su cargo la Administración de los Bienes en los siguientes casos: a Cuando no estén asignados a un servicio determinado; b Cuando cese dicha afectación; c En el caso de los inmuebles, cuando quedaren sin su uso o destino específico;
Que de lo expuesto y en especial atención al marco norma-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5535 DE 12 PAGINAS

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro Jefatura de Gabinete Sr. LEANDRO EDUARDO ZULIANI
Ministro de Gobierno Dr. LISANDRO GABRIEL DE LA TORRE
Ministro de Seguridad Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Lic. SILVINA DEL VALLE CORDOBA
Ministra de la Producción, Comercio e Industria Dra. BARBARA DOLORES WEINZETTEL
Ministra de Desarrollo Social Dr. CLAUDIO JOSE GARCIA
Ministro de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
E/C Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
E/C Fiscal de Estado
tivo vigente, se debe autorizar como administrador general del Buque Pesquero Liliana M.N 0206-F al Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, órbita ministerial que resulta idónea a los efectos de administrar la embarcación a los fines de promover no solo la industria pesquera provincial sino también los puestos de trabajo santacruceños que a consecuencia se generen, ya sea mediante la celebración de contratos con firmas comerciales que forman parte de la industria o medidas que considere pertinentes en observancia a los procedimientos administrativos aplicables;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento al Dictamen DPAL-Nº 520/20, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, obrante a fojas 18 y vuelta y a Nota SLyT-GOB-Nº 1265/20, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 22/23;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- AUTORÍZASE al Ministerio de la Producción, Comercio e industria a realizar los actos de conservación, mantenimiento y administración del Buque Pesquero Liliana propiedad de la provincia de Santa Cruz, registrado bajo la Matrícula Nacional Nº 0206-F del Registro Nacional de Buques, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en Departamento de la Producción, Comercio e Industria.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de la Producción, Comercio e Industria quien realizará las comunicaciones ante quien corresponda a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Lic. Silvina del Valle Córdoba ________
DECRETO Nº 1270
RÍO GALLEGOS, 04 de Noviembre de 2020.VISTO:
El Expediente GOB-N 115.004/20; y CONSIDERANDO:
Que mediante el presente se propicia ratificar en todas sus partes el Convenio Marco suscripto el día 30 de sep-

RÍO GALLEGOS, 25 de Febrero de 2021.tiembre del año 2020, entre el Ministerio de Obras Públicas de la Nación, representado por el señor Ministro de Obras Públicas Doctor Gabriel Nicolás KATAPODIS, por una parte, y el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz representado, por la señora Gobernadora Doctora Alicia Margarita KIRCHNER;
Que por el citado acuerdo, las partes se comprometen a desarrollar acciones concretas y necesarias que posibiliten la ejecución de los proyectos a realizarse bajo la órbita del Plan Argentina Hace II en el marco de su jurisdicción y competencia y sujeto al cumplimiento de las condiciones técnicas, administrativas, legales y presupuestarias de factibilidad, que posibiliten la ejecución de los proyectos que se mencionan en dicho acuerdo;
Que el financiamiento de los proyectos se hará con aportes del Ministerio, en la medida de su disponibilidad económica y con los alcances y en la proporción que se prevean en los Convenio Específicos que se suscriban oportunamente;
Que asimismo se acordó que a través de Plan Argentina Hace II podrá financiarse hasta el cien por ciento del importe de los Proyectos presentados por la Provincia;
Que por otra parte, se estableció que para la implementación de acciones necesarias a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en las cláusulas del acuerdo, el Ministerio y la Provincia se suscribirán los Convenio Específicos que resulten pertinente;
Que para ello corresponde facultar al Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura de la Provincia de Santa Cruz a realizar todos los actos y diligencias que resulten complementarios a las condiciones previstas en el Convenio Marco, así como también suscribir los Convenio Específicos, Adendas y todo otro acto administrativo que resulte menester, en el marco de sus competencias en relación al Plan Argentina Hace II;
Que en función a lo expuesto, corresponde proceder a la ratificación del Convenio mencionado;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-N 1270/20, emitida por la Secretaría Legal Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 42;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- RATIFÍCASE en todas sus partes el Convenio Marco suscripto el día 30 de septiembre del año 2020, entre el Ministerio de Obras Públicas de la Nación, representada por el señor Ministro de Obras Públicas Doctor Gabriel Nicolás KATAPODIS, por una parte, y el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz representado por la señora Gobernadora Doctora Alicia Margarita KIRCHNER, el que como Anexo forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- FACÚLTASE al Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura a realizar todos los actos y diligencias que resulten complementarios a las condiciones previstas en el Convenios Marco, así como también suscribir los Convenios Específicos, Adendas y todo otro acto administrativo que resulte menester, en el marco de sus competencias en relación al Plan Argentina Hace II.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 4º.- PASE a Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación quien remitirá copia del presente ante quien corresponda, a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER Sr. Leonardo Darío Alvarez

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 25/2/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date25/02/2021

Page count12

Edition count1773

Première édition19/02/2002

Dernière édition01/08/2024

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