Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 18/2/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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RIO GALLEGOS, 18 de Febrero de 2020.-

DISPOSICION
D.P.R.H.
DISPOSICION Nº 165
Río Gallegos, 16 de Diciembre de 2019.VISTO:
El Expediente Nº 498.211/02 y:
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en expediente de referencia, la Empresa Minera Santa Cruz S.A., solicita a esta Dirección Provincial la renovación del permiso para captación de agua del pozo denominado P1, ubicado en las coordenadas Lat 464030.6 Long 701639.9
WGS84 y de la Laguna 4, ubicada en las coordenadas 464054.33Lat. 701753.37Long., de la Unidad Minera San José.
Que las dotaciones asignadas serán controladas mediante la lectura de los correspondientes caudalímetros instalados.
Que el uso que se dará al agua extraída, será catalogado como uso especial, por lo que se deberá cumplimentar con la Disposición Nº 020/2013 de la ley 1451 o la que en un futuro la reemplace.
Que el permiso se extenderá por un período de doce 12 meses, desde el 27 de noviembre de 2019.
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia, mediante el cual se analiza la información de los puntos de captación mencionados.
Que obra Dictamen de Asesoría Letrada en expediente de referencia no existiendo objeciones legales a formular.
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente.
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL
DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S PO N E :
Artículo 1 Renovar permiso a favor de la Empresa Minera Santa Cruz S.A., con domicilio legal en General Mosconi 247, de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, para realizar la captación de agua del pozo denominado P1 y de la Laguna 4 con fines industriales, ambos puntos de captación ubicados en la Unidad Minera San José, teniendo en cuenta los considerandos de la presente.
Artículo 2º Autorizar con fines industriales la siguiente dotación, desde la Laguna 4 agua de post minado: setenta y cinco metros cúbicos y medio por hora 75,5 m3/hr.
Artículo 3 Autorizar con fines industriales la siguiente dotación del pozo P1: 1,46 m3/hr, con un régimen de bombeo de 2 horas de producción y 2 horas de recuperación.
Artículo 4º Otorgar permiso por un período de doce 12 meses, a partir del 27 de noviembre de 2019 hasta el 27 de noviembre de 2020.
Artículo 5 La empresa Minera Santa Cruz S.A., deberá continuar presentando en forma quincenal, el seguimiento de los niveles estáticos y dinámicos del pozo.
Artículo 6 La empresa Minera Santa Cruz S.A., deberá presentar en forma semestral, los protocolos de análisis físico - químicos y bacteriológicos realizados en muestras de agua del pozo P1 y de la Laguna 4, a efectos de realizar su correspondiente caracterización y seguimiento de parámetros.
Artículo 7º La empresa deberá tener en cuenta las recomendaciones realizadas por el Geólogo Rufino Sánchez en el Ensayo de bombeo presentado.
Artículo 8 La empresa Minera Santa Cruz S.A., deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, la declaración jurada de los consumos mensuales realizados y el correspondiente registro fotográfico del caudalímetro instalado, donde conste la última lectura realizada, en forma mensual.
Artículo 9º En caso de no lograr constatarse feha-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5424 DE 12 PAGINAS

cientemente y por cualquier motivo, el agua extraída de forma mensual, y siempre que no implique una contravención a la Ley 1451, se considerara como habitual el máximo caudal autorizado.
Artículo 10º Si efectuara una extracción mayor a la permitida, el excedente de lo autorizado será certificado con el doble del módulo establecido, independientemente de las acciones administrativas que se dieran origen, producto de dicha infracción.
Artículo 11 El agua utilizada tendrá carácter de uso especial, por lo que la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra establecido en la Disposición N020/DPRH/2013
Sistema Tarifario por uso especial de agua Ley 1451
o la que en un futuro la reemplace.
Artículo 12 El pago del canon, deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta C.A.P. Fondos de Terceros Nro. Cuenta 720273/0-001
CBU 0860001101800072027304, suc. Río Gallegos, previa conformidad de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y de acuerdo al valor establecido. Una vez realizado el pago deberá enviar copia del comprobante del mismo a esta Autoridad de Aplicación.Artículo 13 El permisionario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la Disposición 03/03
Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial, perteneciente a la Ley Provincial de Aguas 1451 o la que en un futuro la reemplace.
Artículo 14º La Dirección Provincial de Recursos Hídricos, podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.
Artículo 15 La empresa deberá tramitar la correspondiente renovación del permiso de captación de agua, con treinta 30 días de anticipación al vencimiento de la presente Disposición. La documentación presentada quedará al análisis de esta Dirección Provincial.
Artículo 16 Esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada, en carácter de Declaración Jurada.
Artículo 17º REGISTRESE. REGISTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial, Dirección Provincial Secretaría General, Dirección General Administración, Notifíquese a Minera Santa Cruz S.A. Dése a Boletín Oficial, a Tribunal de cuentas y cumplido. ARCHIVESE.GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial Santa Cruz ________

DISPOSICION
s.P. y G.S.C.
DISPOSICIÓN N 0027
RÍO GALLEGOS, 24 de Octubre de 2019.VISTO:
El Decreto N 990 de fecha 25 de octubre de 2018, la Disposición SSAP N 09 de fecha 26 de octubre de 2018 y el Expediente MG Nº 508.759/2019 del registro del MINISTERIO DE GOBIERNO y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N 990/18 se aprueba la reglamentación del Título IV de la Ley N 3.523 correspondiente al SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ.
Que el artículo 23 del Anexo al Decreto N 990/18
determina que las designaciones de los Directores Generales y los cargos correspondientes a las Estructuras Organizativas inferiores a estas, serán realizadas por el Subsecretario de Asuntos Penitenciarios.
Que mediante Disposición SSAP N 09/18 se aprobaron las Estructuras Organizativas de primer y segundo nivel operativo del SERVICIO PENITENCIARIO

BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ de conformidad a lo establecido por el artículo 21 del Anexo al Decreto precitado.
Que por conducto de la Disposición SSAP N 26/18
se efectuaron designaciones en diversos cargos vacantes centralizados en la Estructuras Organizativas de la DIRECCIÓN EJECUTIVA, SUBDIRECCIÓN EJECUTIVA y DIRECCIÓN GENERAL DE ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS de la Institución Penitenciaria.
Que de igual modo por Disposición SSAP N 27/18
se efectuaron designaciones en los cargos de Directores y Subdirectores de los Establecimientos de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, como así también de los Jefes de Módulos Penitenciarios dependientes de la DIRECCIÓN GENERAL DE ESTABLECIMIENTO
PENITENCIARIOS del SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ.
Que mediante Nota N 051-C/DE-SPP/19 procedente de la DIRECCIÓN EJECUTIVA del Servicio Penitenciario Provincial se solicita la realización de diversos cambios de destino de Oficiales Jefes y Subalternos de la Institución con el objeto de ocupar cargos directivos en Establecimientos Penitenciarios y así también regularizar la situación de revista de aquellos Oficiales que por distintos motivos no han podido cumplimentar los destino que oportunamente fueron asignados.
Que por razones estrictamente de servicio y ordenamiento institucional de la fuerza de seguridad resulta necesario efectuar readecuaciones en las designaciones oportunamente efectuadas.
Que asimismo, mediante Disposición SSAP N 12/19
se aprobó el REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS que regirá bajo la órbita del Servicio Penitenciario Provincial, como asi también, se dispusieron diversas medidas tendientes a regularizar el funcionamiento administrativo de la mentada fuerza de seguridad.
Que en este sentido, a los efectos de contar con un Oficial de la Institución Penitenciaria que se ocupe de la coordinación general de las acciones administrativas que propicia esa jurisdicción, resulta necesario asignarle -a partir del 1 de agosto de 2019- a la Oficial Sub Alcaide Giselle Y. VALENZUELA la función de Coordinadora Administrativa del SERVICIO PENITENCIARIO DE
LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ de conformidad a lo determinado por el tercer párrafo del artículo 2 de la Disposición SSAP N 09 de fecha 26 de octubre de 2018 sin perjuicio de las funciones otorgadas como Jefa del DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICA Y ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN que fuera designada mediante Disposición SSAP N 26/18.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y DESPACHO de la SECRETARÍA DE ESTADO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto resulta competente para el dictado de la presente medida de conformidada las facultades conferidas por el artículo 23 del Anexo al Decreto Nº 990/18.
Por ello;
EL SUBSECRETARIO DE PLANIFICACIÓN
Y GESTIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA A
CARGO DEL DESPACHO DE LA SUBSECRETARÍA
DE ASUNTOS PENITENCIARIOS
D I S PO N E :
ARTÍCULO 1º.- LIMITASE, a partir del 25 de marzo de 2019, al Oficial Adjutor Principal Daniel A.
RAMOS DNI N 32.045.557 LP N 4719907 que fuera designado mediante Disposición SSAP N 27 de fecha 11 de diciembre de 2018 en las funciones de Jefe del MÓDULO PENITENCIARIO N 5 dependiente de la ALCAIDÍA PENITENCIARIA DE RÍO GALLEGOS.ARTÍCULO 2.- LIMITASE, a partir del 20 de agosto de 2019, al Alcaide Gastón Alexis CASTILLO
DNI N 27.922.515 LP N 3925207 que fuera designado mediante Disposición SSAP N 27 de fecha 11
de diciembre de 2018 en las funciones de Subdirector de la ALCAIDÍA PENITENCIARIA DE RÍO GALLEGOS.ARTÍCULO 3.- DEJASE SIN EFECTO, con retroactividad al 15 de enero de 2019, la designación del

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 18/2/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date18/02/2020

Page count12

Edition count1774

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Dernière édition06/08/2024

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