Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/5/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2019 - Año Internacional de las lenguas de los Pueblos Originarios, Trigésima Edición de la Fiesta Nacional de la Cereza y 50 Aniversario de la Fundación de la Base Antártica Vicecomodoro Marambio.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
Ana María CALIVA
Directora General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXIV Nº 5353

publicacion bisemanal Martes y Jueves
Río Gallegos, 21 de Mayo de 2019.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley, se ESTABLECE la Protección de los Recursos Naturales de la Provincia de Santa Cruz;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB Nº 519/19, emitida por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;

LEY
LEY Nº 3650
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY
Artículo 1.- INSTITUYESE como Día del Escritor Santacruceño, el 4 de agosto de cada año, en homenaje al señor Héctor Rodolfo PEÑA, en reconocimiento a su inconmesurable aporte a la literatura de la provincia de Santa Cruz.Artículo 2.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 25 de Abril de 2019.Dr. PABLO GERARDO GONZALEZ
Presidente Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 0444
RIO GALLEGOS, 14 de Mayo de 2019.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 25 de abril de 2019; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley, se INSTITUYE como Día del Escritor Santacruceño, el 4 de agosto de cada año, en homenaje al señor Héctor Rodolfo PEÑA, en reconocimiento a su inconmensurable aporte a la literatura de la provincia de Santa Cruz;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-Nº 503/19, emitida por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el Nº 3650 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 25 de abril del año 2019, mediante la cual se INSTITUYE como Día del Escritor Santacruceño, el 4 de agosto de cada año, en homenaje al señor Héctor Rodolfo PEÑA, en reconocimiento a su inconmensurable aporte a la literatura de la provincia de Santa Cruz, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dra. KIRCHNER - Dr. Fernando Miguel Basanta
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. nº 5353 DE 14 PAGINAS

LEY Nº 3651
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY
PROTECCION DE LOS RECURSOS NATURALES DE SANTA CRUZ
Artículo 1.- Los recursos naturales del territorio de la provincia de Santa Cruz como son los yacimientos hidrocarburíferos, líquidos y gaseosos, fósiles y minerales como el carbón u otros, incluyendo los turísticos e hídricos; más los correspondientes por plataforma marítima continental; no pueden ser considerados como toma de garantías de bienes de cambio en las operaciones financieras que lleve adelante el Gobierno Nacional con organismos y entidades, en las formas de toma de empréstitos, deuda, emisión de bonos del tesoro nacional u otros afines de intereses foráneos y extranjeros; a razón de que los recursos son patrimonio inalienable e imprescriptible del territorio santacruceño; y en cuanto corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio, conforme lo establece el Artículo 124 de la Constitución Nacional Argentina; los Artículos: 234, 235, y 236 del Código Civil y Comercial de la República Argentina; y la Ley Nacional 26.197.Artículo 2.- DEROGASE cualquier norma que se oponga a la presente.Artículo 3.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 25 de Abril de 2019.Dr. PABLO GERARDO GONZALEZ
Presidente Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 0462
RIO GALLEGOS, 16 de Mayo de 2019.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 25 de abril de 2019; y
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el Nº 3651 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 25 de abril del año 2019, mediante la cual se ESTABLECE la Protección de los Recursos Naturales de la Provincia de Santa Cruz, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Dra. KIRCHNER Lic. Ignacio Perincioli ________

decretoS del poder ejecutivo DECRETO Nº 0307
RIO GALLEGOS, 08 de Abril de 2019.VISTO:
El Expediente MPCI-Nº 439.474/18, elevado por el Ministerio de la Producción, Comercio e Industria; y CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 4º del Decreto Nº 2050 de fecha 11 de octubre del año 2016, se creó el Gabinete de Asesores de la Gobernación, Ministros, Secretarios, Subsecretarios, Presidencia del Consejo Provincial de Educación y Fiscalía de Estado, conforme a los preceptos establecidos en el Anexo IX del Decreto aludido;
Que mediante Resolución JGM-Nº 001/17, emitida por la Jefatura de Gabinete de Ministros se aprobó la Reglamentación del mencionado Artículo respecto a la asignación y distribución de Unidades Retributivas que componen el Gabinete de Asesores la cual fue ratificada por Decreto Nº 105/17 ;
Que a tal efecto se propicia la designación como Auxiliar de Gabinete en el ANEXO: Ministerio de la Producción, Comercio e Industria - ÍTEM: Subsecretaría de Transporte, del señor Hernán Gonzalo RUBILAR, quien realizará tareas de manejo general de subsidios nacionales, específicamente de combustibles, rendiciones, control de las jurisdicciones y pagos del sistema SISTAU, por el período comprendido entre el día 1º y hasta el día 31 de enero del año 2019;
Que obra agregado formulario de declaración jurada, constancia de antecedentes penales, y demás documentación personal requerida por la reglamentación vigente;
Por ello y atento al Dictamen DPAL-Nº 179/19,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 21/5/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date21/05/2019

Page count14

Edition count1767

Première édition19/02/2002

Dernière édition11/07/2024

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