Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 6/2/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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RIO GALLEGOS, 06 de Febrero de 2018.-

oportunamente fueran autorizados mediante Resolución, según corresponda en cada caso.TENGASE por reducida a los efectos dispuestos por el Artículo 1º, el número de Cargos de la Planta de Personal Contratado y por CREADAS las Categorías asignadas a los agentes en Planta Permanente, en el ANEXO: Caja de Servicios Sociales ÍTEM: Único, Agrupamiento: Administrativo y Categorías que en cada caso se indica.INSTRÚYASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, para que a través de la Dirección Provincial de Recursos Humanos, se efectúen las reestructuraciones de cargos de la Planta de Personal, conforme a lo dispuesto en la Ley de Presupuesto Nº 3526 del ejercicio 2017.FACÚLTASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, para que por Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de atender el gasto que demandará la presente erogación en el Ejercicio 2017.________
DECRETO N 1119

Servicios de Salud Categoría: 22 Agrupamiento A
Grado: IV Régimen Horario: 44 Horas Semanales
Ley 1795 CARRERA PROFESIONAL SANITARIA
Doctor Julio Vicente GOMEZ Clase 1971 - D.N.I. Nº 22.440.338, en el marco del Artículo 62º de la Ley Nº 1795 y sus modificatorias, sin perjuicio de sus funciones.________
DECRETO N 1123
RIO GALLEGOS, 14 de Diciembre de 2017.Expediente MSA-Nº 969.553/17.INCORPÓRASE a partir del día de la fecha, al Régimen Horario: 35 Horas Semanales, a la agente Planta Permanente Categoría: 22 - Agrupamiento: B
Grado: V - Régimen Horario: 44 Horas Semanales, señora María de los Ángeles DE CRISTOFARO
D.N.I. Nº 24.750.551, con prestación de servicios en el Hospital Distrital Río Turbio, dependiente del ANEXO:
Ministerio de Salud y Ambiente - ÍTEM: Subsecretaría de Servicios de Salud.________
DECRETO N 1124

RIO GALLEGOS, 12 de Diciembre de 2017.Expediente MPCI-Nº 437.203/17.PASE A PLANTA PERMANENTE a partir del día de la fecha de la agente Carolina MACHADO
GONZALEZ D.N.I. Nº 35.569.623, con situación de revista en el ANEXO: Ministerio de la Producción, Comercio e Industria - ÍTEM: Secretaría de Estado de Turismo Agrupamiento: Administrativo - Categoría 10.INSTRÚYASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, para que a través de la Dirección Provincial de Recursos Humanos, se efectúen las reestructuraciones de cargos de la Planta de Personal, conforme a lo dispuesto por la Ley de Presupuesto Nº 3526, del Ejercicio 2017.________
DECRETO N 1120
RIO GALLEGOS, 12 de Diciembre de 2017.ENCOMIÉNDASE, a partir del día 13 de diciembre del año 2017, la atención del Despacho del Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Cruz al señor Vicegobernador, Dr. Pablo Gerardo GONZALEZ.________

RIO GALLEGOS, 14 de Diciembre de 2017.Expediente MDS-Nº 223.002/17.ELIMÍNASE a partir del día 1º de enero del año 2018, del ANEXO: Ministerio de Desarrollo Social ÍTEM: Ministerio, una 1 Categoría 14 Personal Administrativo y Técnico y CREASE en el ANEXO:
Ministerio de Salud y Ambiente ÍTEM: Subsecretaría de Gestión Administrativa, una 1 Categoría 14, de igual agrupamiento Presupuestario, del Ejercicio 2018
Prórroga del Presupuesto del año 2017.TRANSFIÉRASE a partir del día 1º de enero del año 2018, al ANEXO: Ministerio de Salud y Ambiente - ÍTEM: Subsecretaría de Gestión Administrativa, a la agente de Planta Permanente - Agrupamiento: Administrativo Categoría 14, señora Lucía Lorena ROGEL
D.N.I. Nº 26.324.331, proveniente del ANEXO:
Ministerio de Desarrollo Social - ÍTEM: Ministerio.________

resoluciones sintetizadas c.a.p.
RESOLUCION Nº 522

DECRETO N 1121
RIO GALLEGOS, 13 de Diciembre de 2017.Expediente MEFI Nº 405.784/16.RECONOCESE los servicios efectivamente prestados y abonados a la agente Elida Noemi FERNANDEZ
D.N.I. N 26.870.142, por el período comprendido entre el 1 de mayo y hasta el 28 de diciembre del año 2016, con una remuneración mensual equivalente a una 1 Categoría: 16 Jefatura de División.________
DECRETO N 1122
RIO GALLEGOS, 14 de Diciembre de 2017.Expediente MSA-Nº 970.122/17.ENCÁRGASE, a partir del día 08 de noviembre del año 2017, la atención del despacho de la Dirección Médica Asociada del Hospital Seccional de Los Antiguos, dependiente del Ministerio de Salud y Ambiente al agente de Planta Permanente - ÍTEM: Subsecretaría de
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5219 DE 18 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 05 de Octubre de 2017.Expediente Nº 491.855/CAP/17.Adjudícase en venta a favor del señor Cesar Marcial TOLEDO, D.N.I. Nº 32.957.012 la superficie aproximada de CUATROCIENTOS SESENTA Y
SIETE METROS CUADRADOS CON DIEZ DECIMETROS CUADRADOS 467,10 m ubicada en la Parcela Nº 5 de la Manzana N 26 del pueblo Lago Posadas de esta Provincia, con destino a la construcción de una vivienda familiar, al precio de ocho módulos 8
el metro cuadrado, aclarando que cada módulo equivale al precio de un 1 litro de gas-oil, fijado por Acuerdo Nº 102/13 dictado por este Consejo Agrario Provincial.Para que esta venta quede perfeccionada el adjudicatario deberá abonar el diez por ciento 10% del valor total de la tierra dentro de los treinta 30 días de notificado del presente y el saldo hasta en veinticuatro 24 cuotas mensuales y consecutivas con más el cuatro por ciento 4% de interés anual sobre saldo, en caso de optar por la cancelación total de la tierra, se verá beneficiada con el diez por ciento 10% de descuento sobre el valor total de enajenación.Se deja establecido que el atraso en el pago de dos 2
cuotas consecutivas incurrirá en mora automática, lo que ocasionará la pérdida del interés pactado, aplicándose,
BOLETIN OFICIAL
sin excepción alguna, la refinanciación de la misma con un interés del doce por ciento 12% al saldo adeudado.
Si reincidiese en el atraso del pago de las cuotas, se le recargará un punitorio del uno por ciento 1% mensual en cada cuota refinanciada. Si optara por la cancelación total de lo adeudado, se le aplicará el interés detallado en el artículo anterior.Por intermedio de la División Contaduría, dependiente de la Dirección General de Tierras, se confeccionará la liquidación correspondiente de acuerdo a lo estipulado en el artículo anterior y a las normativas emanadas de este Organismo, la cual será remitida al interesado.El adjudicatario declara conocer los artículos 4, 5, 6, 7
y 8 de la Ley Nº 63 y hasta tanto no se labre la escritura traslativa de dominio, el Consejo Agrario Provincial se encuentra facultado para practicar las inspecciones respecto de los inmuebles y terrenos, toda vez que lo considere conveniente.El adjudicatario en ningún caso podrá efectuar el cambio de destino de la misma sin que antes fuere notificado de manera fehaciente al Consejo Agrario Provincial quien otorgará o no la autorización pertinente, siempre y cuando corresponda con la legislación vigente en la materia.Es obligación del adjudicatario cercar completamente el predio antes de dar inicio a la obra que llevarán adelante, con la finalidad de resguardar sus derechos frente a terceros evitando de esta forma posibles inconvenientes entre linderos, dicha obligación deberá ser cumplida dentro de los treinta 30 días de notificado del presente Acuerdo, siendo facultad de este Consejo Agrario Provincial, a través del personal de la Dirección General de Tierras practicar en este caso y en general inspecciones respecto del inmueble y parcela, en toda oportunidad que se considere necesaria, verificando así el cumplimiento de la carga impuesta.Para que este Organismo pueda declarar cumplidas las obligaciones, en ejercicio de las facultades que la Ley Provincial 1009 otorga a su Honorable Directorio, el adjudicatario deberá cumplir los siguientes requisitos:
tener cancelado totalmente el precio de la tierra, haber cumplido las prescripciones impuestas en el Artículo 5 de la Ley Provincial Nº 63.Se considerará domicilio legal para notificaciones y/o comunicaciones emanadas de este Organismo y se tendrán por válidas, al constituido por el adjudicatario en el consignado en el formulario Domicilio y Jurisdicción, si por algún motivo el adjudicatario variare el domicilio legal constituido deberán constituir otro y notificar al Consejo Agrario Provincial por telegrama colacionado.Si por algún motivo derivado del presente y del incumplimiento de obligaciones impuestas por las normativas legales vigentes, las partes debieran concurrir a la justicia, lo harán ante la ordinaria de esta Provincia, con asiento en la ciudad de Río Gallegos, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción.Toda transferencia de tierra fiscal será aceptada por este Organismo, siempre y cuando el adjudicatario haya dado cumplimiento a lo normado en el Artículo 5 de la Ley 63 y en el Artículo 38 de la Ley 1009.El interesado deberá hacer efectuar el amojonamiento y/o mensura, la que una vez registrada en la Dirección Provincial de Catastro, dará la exacta superficie y ubicación de las tierras.-

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Dr. JAVIER M. DE URQUIZA
Presidente Consejo Agrario Provincial ________

RESOLUCION Nº 523
RIO GALLEGOS, 05 de Octubre de 2017.Expediente Nº 492.013/CAP/17.Adjudícase en venta a favor del señor Ramón Ángel VALLEJOS, D.N.I. Nº 34.013.224 la superficie aproximada de QUINIENTOS NOVENTA Y UN
METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 6/2/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date06/02/2018

Page count18

Edition count1767

Première édition19/02/2002

Dernière édition11/07/2024

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