Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/11/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL
to ganadero Glencross, en el curso de agua río Gallegos;
Que notificado fehacientemente a fs. 8 y 9 de los cargos y plazos establecidos para el ejercicio de su defensa, al vencimiento de los mismos se lo tiene por confeso en el marco del Art. 67º del Decreto Nº 195/83;
Que no obstante la calidad de confeso y de las pruebas arrimadas a la causa quedan fehacientemente probadas las infracciones imputadas;
Que por lo expuesto y de acuerdo a Dictamen Nº 483
AL/SMA/16, procede la aplicación de sanción multable al Señor MARCHAN JOSE ELEAZAR e incurso en el Art. 57º inc.1 puntos 1.1 y 1.3 del Decreto Nº 195/83;
Que conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial de Pesca Nº 1464 y 1723, se dicta la presente;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE PESCA
Y ACTIVIDADES PORTUARIAS
DISPONE:
1º - CONCLUIR el sumario administrativo ordenado por Disposición Nº 134-SPyAP-16, al Señor MARCHAN JOSE ELEAZAR, DNI Nº 7.305.231, hallándose confeso de las infracciones imputadas, por lo expresado en los considerandos.2º - SANCIONAR al Señor MARCHAN JOSE
ELEAZAR con multa de PESOS DOSCIENTOS
SESENTA Y UNO CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS $ 261,82 por pescar sin el correspondiente permiso y con más multa de PESOS DOSCIENTOS
SESENTA Y UNO CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS $ 261,82 por pescar con elementos prohibidos, faltas tipificadas en el Art. 57º inc.1 puntos 1.1
y 1.3 del Decreto Nº 195/83, por lo expresado en los considerandos.3º - NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE al Señor MARCHAN JOSE ELEAZAR en su domicilio de HIELOS CONTINENTALES Nº 32, de la localidad de Río Turbio, Provincia de Santa Cruz, que contará con tres 3 días de plazo para hacer efectivo el pago de las multas impuestas por la presente al Fondo Provincial de Pesca Cuenta Nº 921.761-1 Banco Santa Cruz Casa Central o Sucursales, pudiendo presentar Recurso Jerárquico previo pago de las multas, de acuerdo al Art. 72º del Decreto Nº 195/83.4º - LA IMPOSICION de los recursos aludidos precedentemente se habilitara previa certificación de pago ante la Secretaría de Ingresos Públicos del tributo establecidos por el Cap. IV punto 3 inc.1 apartado a y b de la Ley 3251.5º - TOMEN CONOCIMIENTO: Dirección Provincial de Intereses Marítimos y Portuarios, Dirección de Gestión Técnica Administrativa, Dirección de Sumarios; Prefectura de Zona Mar Argentino Sur, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.ALEXIS QUINTANA
Subsecretario de Pesca y Actividades Portuarias Ministerio de la Producción P-2


disposicion d.p.r.h.
DISPOSICION Nº 051
RIO GALLEGOS, 01 de Noviembre de 2016.VISTO:
El Expediente N 484.461/07, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y CONSIDERANDO:
Que mediante nota a fojas N 1334 y N 1422 del expediente de referencia, la empresa Patagonia Gold S.A., solicita la renovación del permiso para captación de agua del pozo denominado MW 002, con fines de abastecimiento poblacional;
Que el pozo se encuentra ubicado en las coordenadas 465755.1 Lat. Sur; 703345.1 Long. Oeste, Datum WGS84 del Proyecto Lomada de Leiva, perteneciente al Bloque La Paloma;
Que obra en expediente a fojas N 1335 - 1385, Informe Técnico y ensayos de bombeo del punto de cap-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5090 DE 12 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 15 de Noviembre de 2016.tación mencionado, realizado por la empresa Geo Santa Cruz - Geólogo Roberto Andreone;
Que la dotación se ha fijado en un volumen de quince metros cúbicos por día 15m3/día ó 0,6 m3/hr., según las recomendaciones realizadas en el Estudio hidrogeológico mencionado, la cual será utilizada en el Campamento de Lomada de Leiva;
Que se autorizará la extracción por un período de doce 12 meses, desde el 01 de agosto de 2016;
Que los metros cúbicos autorizados serán ratificados mediante la lectura del caudalímetro instalado;
Que el uso que se dará al agua extraída será catalogado como uso especial, por lo que la empresa deberá cumplimentar con lo establecido en la Disposición N
020/13, de la Ley 1451;
Que obra Informe Técnico a fojas N1423, en expediente de referencia;
Que mediante Ley N 2625 promulgada por Decreto N 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N 1451, el que, mediante Resolución N
998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:

Página 9
Artículo 12º Que esta Dirección Provincial podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.
Artículo 13º Que la empresa deberá tramitar la correspondiente renovación del permiso de captación de agua, con treinta 30 días de anticipación al vencimiento de la presente Disposición.
Artículo 14º Esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada y rubricada por un profesional competente, haciendo responsables a aquellos de los inconvenientes que se pudieran suscitar.
Artículo 15º Que tal lo establece el Artículo Nº40, de la Ley Provincial de Agua 1451, el solicitante deberá publicar, a su cargo, por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz, su presentación con la respectiva Disposición emanada de esta Dirección Provincial.
Artículo 16º REGISTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección General de Gestión Técnica y Administrativa, Dirección de Administración. Notifíquese a Patagonia Gold S.A. Dése a Boletín Oficial y cumplido. ARCHIVESE.-

EL DIRECTOR PROVINCIAL
DE RECURSOS HÍDRICOS
DISPONE:
Artículo 1o Renovar permiso a favor de la Empresa Patagonia Gold S.A., con domicilio legal en Pasaje Fenuglio 157, de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz; para la captación de agua pública del pozo denominado MW002 GW 002, ubicado en las coordenadas 465755.1 Lat. Sur; 703345.1 Long.
Oeste, Datum WGS84 del Proyecto Lomada de Leiva, perteneciente al Bloque La Paloma, teniendo en cuenta la Normativa Vigente y de acuerdo a lo presentado.
Artículo 2o Que la dotación que se autoriza es de quince metros cúbicos por día 15 m3/día ó 0,6 m3/
hr, destinada al abastecimiento poblacional del Proyecto Lomada de Leiva.
Artículo 3o Otorgar permiso por un período de doce 12 meses, a partir del 01 de agosto de 2016 hasta el 01
de agosto de 2017.
Artículo 4o Que la empresa deberá cumplimentar lo establecido por la Dirección General de Auditoría General y Sanitaria dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia, en lo concerniente a la calidad del agua para uso de abastecimiento poblacional.
Artículo 5o Que la empresa deberá presentar en forma semestral, los protocolos de análisis físico - químicos y bacteriológicos realizados en muestras de agua del pozo, a efectos de realizar su correspondiente caracterización y seguimiento de parámetros.
Artículo 6º Que la empresa deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, la declaración jurada de los consumos mensuales realizados y el correspondiente registro fotográfico del caudalímetro instalado, donde conste la última lectura realizada, en forma mensual.
Artículo 7o Que el agua utilizada tendrá carácter de uso industrial, por lo que la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra establecido en la Disposición N020/13 Sistema Tarifario por uso especial de agua de la Ley 1451.
Artículo 8o Que el pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP-Fondos de Terceros, Suc. Río Gallegos, previa conformidad de esa Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.
Artículo 9o Que la empresa deberá remitir a esta Autoridad de Aplicación, en un plazo de treinta 30 días hábiles, a partir de la recepción de la presente, los correspondientes protocolos de análisis físico - químicos, bacteriológicos, de hidrocarburos y de metales pesados del pozo autorizado. En caso de no respetar dicho plazo se procederá a revocar el permiso otorgado.
Artículo 10º Que la empresa deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición N 03/03 de la Ley 1451 Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial.
Artículo 11º Facultar a técnicos, designados a tales efectos, de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a efectuar inspecciones sin necesidad de previo aviso y cuando así se considere conveniente.

P-3

Ing. OJEDA ALEJANDRO
Director Provincial de Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial Provincia de Santa Cruz ________

EDICTOS
EDICTO
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y de Familia N 1 de la Ciudad de Río Turbio, sito en Gdor. Moyano 262, a cargo de S.S. Dra. Claudia S. AMAYA, Juez Subrogante, Secretaría a cargo de la Dra. Mariel R. REINOSO por Subrogancia Legal, en los autos caratulados:
TAPIA, CARLOS JOAQUIN S/ SUCESION AB
INTESTATO Expte. T -6893/16, cita y emplaza a todos los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Carlos Joaquín TAPIA, D.N.I. Nº 21.973.857, para que en plazo de treinta 30 días, lo acrediten art.
2340 del C.C. y C. de la Nación. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término de tres 3
días. Fdo. Dra. Claudia S. AMAYAJuez Subrogante.
RIO TURBIO, 21 de Octubre de 2016.Dra. MARIEL R. REINOSO
A/C Secretaría Civil Juzgado de 1º Instancia Río Turbio P-1


EDICTO

Por disposición de S.S., el Dr. Francisco V. Marinkovic, a cargo del Juzgado Provincial de Primera Instancia N 2 en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, Secretaría N 1 con asiento en Río Gallegos, se cita por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores del Sr. ROBERTO ENRIQUE BUDIÑO, DNI N 14.194.517 para que tomen la intervención que les corresponda en autos BUDIÑO ROBERTO
ENRIQUE S/ SUCESION AB INTESTATO Expte. N 18.504/16 art. 683 del C. P. C. y C..Publíquense edictos por tres 3 días en el Boletín Oficial y en La Opinión AustralRIO GALLEGOS, 02 de Noviembre de 2016.-

P-1

JAVIER MORALES
Secretario ________
EDICTO

Por disposición de S.S. el Señor Juez de Primera

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/11/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date15/11/2016

Page count12

Edition count1774

Première édition19/02/2002

Dernière édition06/08/2024

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