Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 22/10/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL
con lo presentado.
2º Que la perforación se realizará en las siguientes coordenadas: X 4811913 Norte -Y 2399075 Este.
3º Que el permisionario deberá remitir a esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, toda la información técnica resultante del estudio hidrogeológico que se realice:
Ubicación georreferenciada Perfiles litológicos Determinación de los niveles estáticos Profundidad total, profundidad del entubado Diámetro de la cañería guía Tipo y profundidad de filtros Profundidad y tipo de grava utilizada Caracterización fisicoquímica del agua análisis fisicoquímicos, bacteriológicos y de hidrocarburos totales.
Registro fotográfico.
Y demás información que esta Autoridad de Aplicación, crea conveniente solicitar.
4º Facultar a técnicos, designados a tales efectos, de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a efectuar inspecciones sin necesidad de previo aviso y cuando así lo consideren conveniente.
5º Que esta Dirección Provincial podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.
6º Que tal lo establece el Artículo 40 de la Ley Nro.
1451, el solicitante deberá publicar, a su cargo, por tres días en el Boletín Oficial su presentación con la respectiva Disposición emanada de esta Dirección Provincial.
7º REGISTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección General de Gestión Técnica y Administrativa, Dirección de Administración. Notifíquese a OroPlata S.A. y cumplido ARCHIVESE.-

P-2

MAYORGA MARTA
Directora Provincial Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial ________

DISPOSICION Nº 088
RIO GALLEGOS, 05 de Octubre de 2015.VISTO:
El Expediente N 485.958/08 y:
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en expediente de referencia, la Empresa Minera Oro Plata S.A. solicita la renovación del permiso para la captación de agua del Arroyo Feo en las coordenadas geográficas datum WGS84 465640.57S - 7041 53.09W y del Río Pinturas Puente 4653 31.36S - 7027 59.94W;
Que el objeto de dicha captación tendrá como destino el riego y mantenimiento de caminos. La extracción se realizará mediante el uso de camiones cisterna de 10.000 y 20.000 litros de capacidad, que trasladarán el agua hasta las áreas de trabajo;
Que consta en el expediente de referencia los aforos correspondientes al A Feo y Río Pinturas, realizados en el mes de julio del corriente año;
Que la dotación a autorizar, se ha fijado para el A Feo en 7 m3/h siete metros cúbicos por hora y para el Río Pinturas 10,5 m3/h diez metros cúbicos y medio por hora;
Que el permiso se extenderá por el período comprendido entre el 23 de septiembre de 2015
hasta el 01 de enero de 2016;
Que para su renovación será necesario presentar en esta Autoridad de Aplicación los correspondientes aforos;
Que obra en expediente de referencia a fojas N2606-2607, el Informe Técnico correspondiente;
Que mediante Ley N 2625 promulgada por Decreto N 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4981 DE 16 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 22 de Octubre de 2015.designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N 1451, el que mediante Resolución N 998/2002, delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE
RECURSOS HÍDRICOS
DISPONE:
Artículo 1º Otorgar permiso, a favor de la empresa Minera OroPlata S.A., con domicilio legal en Gral.
Mosconi 247 de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz; para la extracción de agua pública del Arroyo Feo en las coordenadas geográficas datum WGS84 465640.57S - 7041 53.09W y del Río Pinturas Puente 465331.36S - 702759.94W, teniendo en cuenta la Normativa Vigente y de acuerdo a lo presentado.
Artículo 2o Autorizar una dotación para el A
Feo de 7 m3/h siete metros cúbicos por hora y para el Río Pinturas un 10,5 m3/h diez metros cúbicos y medio por hora desde el 23 de septiembre de 2015
hasta el 01 de enero de 2016.
Artículo 3o El agua extraída del Aº Feo y del Río Pinturas será destinada al riego y mantenimiento de caminos. La captación se realizará mediante el uso de camiones cisterna de 10.000 y 20.000 litros de capacidad, que trasladarán el agua hasta las áreas de trabajo.
Artículo 4º Que la empresa OroPlata S.A., deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, la declaración jurada de los consumos realizados, en forma mensual.
Artículo 5o Al tener carácter industrial el uso que se le dará al recurso, la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, establecido en la Disposición N 20/2013, perteneciente a la Ley N1451.
Artículo 6o El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito, en banco Santa Cruz Sucursal Río Gallegos, a la cuenta CAP Fondo de Terceros, previa conformidad de esta Dirección y de acuerdo al valor establecido.
Artículo 7o Facultar a técnicos de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a efectuar inspecciones, sin la necesidad de previo aviso y cuando así lo consideren conveniente.
Artículo 8o El permisionario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la Disposición 03/03 Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial de la Ley N1451.
Artículo 9o Esta Dirección Provincial podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.
Artículo 10º Que la empresa deberá tramitar la correspondiente renovación del permiso de captación de agua, con treinta 30 días de anticipación al vencimiento de la presente Disposición.
Artículo 11º Tal lo establece el Artículo Nº 40, de la Ley Provincial de Agua N 1451, el solicitante deberá publicar, a su cargo, por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz, su presentación con la respectiva Disposición emanada de esta Dirección Provincial.
Artículo 12º REGISTRESE. Tomen conocimiento:
Presidencia, Dirección General de Gestión Técnica y Administrativa, Dirección de Despacho, Dirección de Administración. Notifíquese a Minera OroPlata S.A.
dése a Boletín Oficial y cumplido. ARCHIVESE.-

P-2

MAYORGA MARTA
Directora Provincial Recursos Hídricos Consejo Agrario Provincial
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DISPOSICIONES
s.p. y A.P.
DISPOSICION Nº 088
RIO GALLEGOS, 06 de Abril de 2015.VISTO:
El Expediente Nº 429.879-MP-14; y CONSIDERANDO:
Que por Disposición Nº 177-SPyAP-14, se inició sumario administrativo al señor ANTILLANCO
Juan Pedro, DNI Nº 16.616.875, según Acta de Inspección labrada por personal de esta Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias, en conjunto con Policía Provincial y Bromatología, obrante a Fs. 03, con fecha 26 de septiembre de 2014, por presunta infracción a la Ley Nº 2934, Cap. IX Art. 37º inc. b;
Que notificado fehacientemente a Fs. 31/32, de los cargos y plazos establecidos para el ejercicio de su defensa, en el marco del Art. 38 de la Ley 2934, presenta descargo en tiempo y forma;
Que analizadas las pruebas arrimadas a la causa Acta de Inspección por parte de esta Subsecretaría, Acta de Decomiso de la Municipalidad de Río Gallegos, ambos certificados por Policía Provincial, Actas y Oficios por parte del Juzgado de Paz de la Provincia de Santa Cruz y fotografías obrantes queda fehacientemente probada la actividad de pesca;
Que por lo expuesto y de acuerdo a Dictamen Nº 17/DPAL/15, procede la aplicación de sanción multable al señor ANTILLANCO Juan Pedro, incurso en el Art. 37º, inc. b de la Ley 2934;
Que de acuerdo al Art. 35 Inc. a de la Ley 2934, la Autoridad de Aplicación sancionará con multa graduable conforme las unidades de producción, que se establezcan para el valor del permiso de pesca;
Que de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley Provincial de Pesca Nº 1464 y 1723, se dicta el presente;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE PESCA Y
ACTIVIDADES PORTUARIAS
DISPONE:
ARTICULO 1º CONCLUIR el sumario administrativo ordenado por Disposición Nº 177-SPyAP-2014, al señor ANTILLANCO Juan Pedro, DNI Nº 16.616.875, hallándose probada la infracción imputada al Art. 37º inc. b de la Ley 2934, por lo expresado en los considerandos.ARTICULO 2º SANCIONAR al señor ANTILLANCO Juan Pedro, con multa de PESOS DOS
MIL $ 2.000 por pescar sin permiso, de acuerdo a lo establecido por el Art. 35 inc. a y Art. 37º inc. b de la Ley 2934, por lo expresado en los considerandos.ARTICULO 3º NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE al señor ANTILLANCO Juan Pedro, en su domicilio de Pasaje Mouesca Nº 778, de la ciudad de Río Gallegos, Pcia. de Santa Cruz, que contará con tres 3 días de plazo para hacer efectivo el pago de la multa impuesta por la presente a la orden del Fondo Provincial de Pesca Cuenta Nº 921.761-1 Banco Santa Cruz Casa Central o Sucursales, pudiendo presentar Recurso Jerárquico, previo pago de las multas de acuerdo al Art. 72º del Decreto Nº 195/83.ARTICULO 4º TOMEN CONOCIMIENTO:
Dirección Provincial de Intereses Marítimos y Portuarios, Dirección General de Gestión Técnica Administrativa, Dirección de Despacho, Dirección de Sumarios, Dirección de Administración, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.-
M. Sc. PEDRO DE CARLI
Subsecretario de Pesca y Actividades Portuarias Ministerio de la Producción Sr. LUIS ITURRIAGA
Director Gral. de Gestión Téc. Administrativa Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias Ministerio de la Producción P-2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 22/10/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date22/10/2015

Page count16

Edition count1767

Première édition19/02/2002

Dernière édition11/07/2024

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