Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 24/9/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 10

RIO GALLEGOS, 24 de Septiembre de 2015.-

al señor GARCIA GARONA Hernán, DNI N
32.638.729, hallándose confeso de la infracción imputada, el 05 de enero de 2015, por lo expresado en los considerandos.ARTICULO 2º SANCIONAR al señor GARCIA
GARONA Hernán, con multa de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO CON TRECE
CENTAVOS $ 241,13 por pescar con elementos prohibidos, falta tipificada en el Art. 57º Inc. l punto 1.3, del Decreto N 195/83, por lo expresado en los considerasndos.ARTICULO 3º NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE al señor GARCIA GARONA Hernán, en su domicilio de calle Jerónimo Salguero Nº 1965 Dto.
1º A, de la Ciudad Autónoma de Buenas Aires, que contará con tres 3 días de plazo para hacer efectivo el pago de la multa impuesta por la presente a la orden del Fondo Provincial de Pesca-Cuenta Nº 921.7611 Banco Santa Cruz Casa Central o Sucursales, pudiendo presentar Recurso Jerárquico, previo pago de las multas de acuerdo al Art. 72º del Decreto Nº 195/83.ARTICULO 4º LA IMPOSICION de los recursos aludidos precedentemente se habilitará previa certificación de pago ante la Secretaría de Recursos Tributarios del tributo establecido por el punto 14, apartado a Inc. 1
y/o 2 de la Ley 2436.ARTICULO 5º TOMEN CONOCIMIENTO: Dirección Provincial de Intereses Marítimos y Portuarios, Dirección de Gestión Técnica Administrativa, Dirección de Sumarios; Prefectura de Zona Mar Argentino Sur, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.-

con domicilio legal y comercial en calle 9 de Julio Nº 57 Local 2 de la localidad de El Calafate, bajo el nombre de fantasía GLACIAR SUR, en el rubro:
PRESTADOR DE TURISMO AVENTURA, en las tipologías descriptas en el Artículo 4º Incisos A y N, en los términos del Artículo 10º y 11º del Decreto Nº 3772/07, en todo de acuerdo con los considerandos de la presente.
La presente inscripción tiene carácter intransferible.
La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, no faculta al Prestador de Servicios Turísticos a la intermediación de otros servicios tales como transporte, alojamiento, alimentación y cualquier otra clase de productos y/o servicios. Cuando los referidos servicios y/o productos adicionales sean esenciales para el cumplimiento de las actividades descriptas en este artículo, en la contratación de los mismos deberá participar un OPERADOR DE TURISMO AVENTURA, tal lo expresado en el Artículo 10º del Decreto 3772/07.
NOTIFIQUESE al prestador.

M. Sc. PEDRO DE CARLI
Subsecretario de Pesca y Actividades Portuarias Ministerio de la Producción P-3


INSCRIBIR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas bajo el Nº 1495, con vencimiento el 31/10/2018, al señor VELAZQUEZ Justo Ramón, D.N.I. Nº 26.974.789 con domicilio en Gob. Mayer Norte Nº 424 de la localidad de Cmte. Luis Piedra Buena, en el rubro GUIA ESPECIALIZADO EN
PESCA DEPORTIVA; en los términos del Artículo Nº 8º - Inciso c apartado c.12 y Artículos 9º y 11º del Decreto Nº 1801/06, modificado por Decreto Nº 2870/07 y Decreto Nº 3036/08, en todo de acuerdo con los considerandos de la presente.
Dejar constancia que para renovar la presente inscripción se deberá comprobar fehacientemente la asistencia a un curso de actualización organizado por el Organismo Oficial de Turismo, según se establece en el CAPITULO VI Artículo 13 del Decreto Nº 1801/06 y sus modificatorios Decretos Nº 2870/07 y 3036/08.
La presente inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de servicios turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, enunciadas en la Ley Nacional Nº 18.829, referida a la intermediación reserva, y/o comercialización de cualquier servicio turístico, el armado de paquetes de servicios turísticos y demás actividades consignadas en dicha Ley.
NOTIFIQUESE al prestador.

DISPOSICIONES
SINTETIZADAS
S.E.T.
DISPOSICION Nº 039
RIO GALLEGOS, 29 de Julio de 2015.Expediente N 431.879-M.P./15; la Ley Nacional de Agentes de Viajes Nº 18.829 y sus decretos reglamentarios, la Ley Provincial de Turismo Nº 1045.INSCRIBIR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas bajo el Nº 1493 a la Casa Matriz de MOLTO PRIOTTI VIAGGI, Legajo Nº 15985, con domicilio comercial en Corrientes Nº 33 de la localidad de Río Gallegos, en la categoría de AGENTES DE VIAJES, propiedad de PRIOTTI
LORENA IVONNE, C.U.I.T. Nº 27-234398267, en todo de acuerdo a los considerandos de la presente.
La presente inscripción tiene carácter de intransferible.
La inscripción implica que el prestador deberá pagar en tiempo y forma el arancel anual establecido en el Decreto Nº 2534/04.
NOTIFICAR a los titulares de la Empresa en el domicilio constituido.
MARIANA NAVARRO
Secretaria de Estado de Turismo Provincia de Santa Cruz ________
DISPOSICION Nº 040
RIO GALLEGOS, 29 de Julio de 2015.Expediente Nº 431.888M.P./15, La Ley Provincial de Turismo Nº 1045 y el Decreto Reglamentario de Turismo Aventura Nº 3772/07.INSCRIBIR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas bajo el Nº 1494, a la firma ARGOS PATAGONIA S.AES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4973 DE 16 PAGINAS

MARIANA NAVARRO
Secretaria de Estado de Turismo Provincia de Santa Cruz ________
DISPOSICION Nº 041
RIO GALLEGOS, 29 de Julio de 2015.Expediente N 426.209-M.P./13, la Ley Provincial de Turismo Nº 1045, el Decreto Reglamentario de Guías de Turismo Nº 1801/06 y los Decretos Modificatorios Nº 2870/07 y Nº 3036/08.-

MARIANA NAVARRO
Secretaria de Estado de Turismo Provincia de Santa Cruz ________

DISPOSICIONES
SINTETIZADAS
S.E.C.
DISPOSICION Nº 012
RIO GALLEGOS, 11 de Abril de 2014.Expediente Nº 502.368-MG/14.AUTORIZAR por el período comprendido entre los días 31 de Marzo al 14 de Abril del año 2014, la Dra.
Isabel CRUZ a su equipo, a desarrollar el Proyecto:
CAZADORES RECOLECTORES EN LA COSTA DEL SUR DE PATAGONIA: APORTES

BOLETIN OFICIAL
DESDE LA ARQUEOLOGIA AMBIENTAL
29A/302 UNPA, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.ESTABLECER que todo el material que pudiera recuperarse constará en actas, y quedará bajo la custodia del profesional citado en el Punto 1º, por un período de dos años, finalizado el mismo deberá retornarlo a la provincia; como también deberá presentar informes anuales del estado de avance de la investigación y publicaciones realizadas vinculadas al proyecto. Una vez restituido a la Provincia, el material bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural de Santa Cruz serán puestos en custodia en el Museo Regional Provincial Padre Manuel Jesús Molina, dependiente de la Secretaría de Estado de Cultura o en el museo más cercano al lugar del hallazgo siempre y cuando garanticen una eficaz guarda y preservación.
La Dra. Isabel CRUZ, deberá colaborar con la Provincia de Santa Cruz, brindando charlas, cursos y asesoramiento a Museos, Escuelas e Institutos, en sus respectivas disciplinas, bajo la supervisión y coordinación de la Secretaría de Estado de Cultura del Ministerio de Gobierno.
ANDREA FERNANDA RODIÑO
Secretaria de Estado de Cultura _______
DISPOSICION Nº 034
RIO GALLEGOS, 07 de Noviembre de 2014.Expediente Nº 502.984-MG/14.AUTORIZAR por el período comprendido entre los días 11 al 27 de Noviembre del año 2014, a la Dra.
Bárbara Cariglino junto a su equipo, a desarrollar el Proyecto: Paleoclima De La Cuenca La Golondrina Pérmico, Santa Cruz y su Comparación con otras Cuencas Pérmicas de Argentina, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.ESTABLECER que todo el material que pudiera recuperarse constará en actas, y quedará bajo la custodia del profesional citado en el Art. 1º, por un período de dos años, finalizado el mismo deberá retornarlo a la provincia; como también deberá presentar informes anuales del estado de avance de la investigación y publicaciones realizadas vinculadas al Proyecto. Una vez restituido a la Provincia, el material bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural de Santa Cruz serán puestos en custodia en el Museo Regional Provincial Padre Manuel Jesús Molina, dependiente de la Secretaría de Estado de Cultura o en el museo más cercano al lugar del hallazgo siempre y cuando garanticen una eficaz guarda y preservación.
La Dra. Cariglino, Bárbara deberá colaborar con la Provincia de Santa Cruz, brindando charlas, cursos y asesoramiento a Museos, Escuelas e Institutos, en sus respectivas disciplinas, bajo la supervisión y coordinación de la Secretaría de Estado de Cultura del Ministerio de Gobierno.
ANDREA FERNANDA RODIÑO
Secretaria de Estado de Cultura _______
DISPOSICION Nº 040
RIO GALLEGOS, 30 de Diciembre de 2014.Expediente Nº 503.260-MG/14.AUTORIZAR por el período comprendido entre los días 01 al 28 de Febrero del año 2015, a la Dra. Georgina Marisa Del FUEYO y a su equipo, a desarrollar el Proyecto: CARACTERIZACION
DE LAS COMUNIDADES VEGETALES EN
EL CRETACIO INFERIOR DE PATAGONIA
AUSTRAL, EVIDENCIAS PALEOBOTANICAS
Y PALEOPALINOLOGICAS Y ANALISIS DE
LA COMPOSICION VEGETAL EN CRETACIO INFERIOR DE PATAGONIA AUSTRAL, REGISTROS PALEOBOTANICOS Y PALEOPALINOLOGICOS, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.ESTABLECER que todo el material que pudiera recuperarse constará en actas, y quedará bajo la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 24/9/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date24/09/2015

Page count16

Edition count1765

Première édition19/02/2002

Dernière édition02/07/2024

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