Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 9/4/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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RIO GALLEGOS, 09 de Abril de 2015.-

labrada al efecto y listado de personal ANEXO que como ANEXO I, II y III forman parte integrante del presente.Artículo 2º.- AUTORIZAR al Ministerio de Economía y Obras Públicas de la Provincia para que a través de la Contaduría General de la Provincia, emita las instrucciones pertinentes para instrumentar operativamente los alcances del presente Decreto facultándolo además a efectuar las adecuaciones presupuestarias que correspondan dentro de los alcances del presente.Artículo 3º.- DÉJASE ESTABLECIDO que sin perjuicio de la homologación aquí dictada, la efectivización del ingreso del personal comprendido quedará condicionada hasta tanto la Administración General de Vialidad Provincial cuente con la documentación que acredite fehacientemente la desvinculación definitiva de cada uno de los agentes municipales respecto de sus organismos comunales de origen, todo ello conforme lo previsto en el Artículo 2º del Decreto Provincial Nº 1206/90 sobre incompatibilidades en el Sector Público Provincial, circunstancia que deberá ser cumplimentada por los órganos competentes de la Administración General de Vialidad Provincial.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Economía y Obras Públicas.Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Gobierno Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social, quien realizará las comunicaciones de práctica a la Administración General de Vialidad Provincial y el Sindicato de trabajadores Viales de la Provincia de Santa Cruz a sus efectos, tomen conocimiento el Ministerio de Economía y Obras Públicas, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA Ing. Gustavo Ernesto Martínez C.P.N. Edgardo Raúl Valfré ________
DECRETO Nº 1461
RIO GALLEGOS, 29 de Agosto de 2014.VISTO:
El Expediente MEOP-Nº 414.127/10, elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDERANDO:
Que el Estado Provincial necesita para su pleno funcionamiento, que todas las áreas y personas dependientes del mismo cumplan sus funciones no sólo en el asiento habitual, sino también en desempeño de comisiones de servicios;
Que a tal fin el Decreto Nº 2296/05 y su modificatorio Decreto Nº 251/07 establece el régimen para el otorgamiento y liquidación de viáticos, gastos de movilidad y transporte;
Que la última modificación del valor de viático diario determinados mediante las piezas legales supra señaladas fue dispuesta en fecha 30 de agosto del año 2010, mediante Decreto Nº 2095;

Que habiendo transcurrido casi cuatro 4 años desde la última actualización de los montos a liquidar por el cumplimiento de las comisiones de servicios y en consonancia con lo reclamado por los distintos Gremios en la Comisión Negociadora Central, se hace necesario una nueva actualización, ya que los mismos resultan insuficientes para que los agentes y funcionarios soporten los gastos de alojamiento y comida;
Que a los efectos de una mejor liquidación y control, resulta necesario modificar la composición de los Módulos determinados por el Artículo 3º del Decreto Nº 2296/05, en consonancia también con lo solicitado por las Entidades Gremiales;
Que asimismo, sin dejar de lado la restricción de gasto que viene implementando este Gobierno, resulta necesario además incluir un control de las comisiones a realizar por los funcionarios y agentes incluidos en los Módulos II y III;
Por ello y atento al Dictamen AL-Nº 527/14, emitido por la Asesoría Letrada, obrante a fojas 46 y vuelta y a Nota SLyT-GOB-Nº 819/14, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 48;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- MODIFÍCASE, a partir del día de la fecha, la composición de los Módulos establecidos en el Artículo 3º del Decreto Nº 2296/05 conforme lo detallado en el Anexo I que forma parte integrante del presente.Artículo 2º.- MODIFÍCASE, a partir del día de la fecha, el valor del viático diario para las comisiones dentro del territorio provincial y fuera de él a nivel nacional, conforme a la escala que como Anexo II forma parte integrante del presente.Artículo 3º.- DÉJASE ESTABLECIDO, que las comisiones que realicen los funcionarios y agentes incluídos en los Módulos II y III, deberán ser fiscalizados y/o intervenidos por el Ministerio de Economía y Obras Públicas.Artículo 4º.- Los Organismos Descentralizados, Entidades Autárquicas, Empresas y Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con participación Estatal Mayoritaria, deberán mensualmente remitir al Ministerio de Economía y Obras Públicas un detalle de las Comisiones de Servicios realizadas en el mes inmediato anterior, aún cuando sean solventadas con fondos provenientes del Estado Nacional y/u otros Organismos.Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 6º.- PASE al Ministerio de Economía y Obras Públicas Contaduría General de la Provincia a sus efectos, tomen conocimiento los Ministerios Secretaría General de la Gobernación, de Gobierno, de Desarrollo Social, de Salud, Consejo Provincial de Educación, Organismos Descentralizados, Entes Autárquicos, Sociedades del Estado y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-

Sr. PERALTA - C.P.N. Edgardo Raúl Valfré ANEXO I

decretos sintetizados DECRETO Nº 1415
RIO GALLEGOS, 26 de Agosto de 2014.Expediente CPE-Nº 648.888/12.RATIFÍCAR en todas sus partes las Resoluciones CPE-Nros. 0515/13, 1616/13 y 0658/14 modificatorias, emanadas de la Presidencia del Consejo Provincial de Educación, mediante las cuales se aprueba la facturación presentada por el monto correspondiente, a favor de la Empresa: TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A., en concepto de servicio telefónico e Internet brindado a establecimientos escolares oficiales y dependencias durante los años 2009 y 2010.RECONOCER Y APROPIAR al presente ejercicio financiero, la suma total de PESOS DOCE MIL
SETECIENTOS NOVENTA Y UNO CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS $ 12.791,53, en virtud de tratarse de gastos originados en ejercicio vencido.________
DECRETO Nº 1416
RIO GALLEGOS, 26 de Agosto de 2014.Expediente CPE-Nº 652.149/12.RECTIFÍCASE en sus partes pertinentes el Decreto Nº 1298 de fecha 09 de septiembre del año 2013, donde dice: señora Ana María SANTANA
D.N.I.Nº 14.656.648, deberá decir: señora Ana María SANTANA D.N.I.Nº 14.656.698.________
DECRETO Nº 1417
RIO GALLEGOS, 26 de Agosto de 2014.Expediente CPE-Nº 652.018/12.RATIFICAR en todas sus partes las Resoluciones Ministeriales CPE-Nros. 0177/13 y Anexo y 0728/14 desafectación, emanadas de la Presidencia del Consejo Provincial de Educación, mediante las cuales se propició aprobar el gasto por el monto correspondiente, a favor de la Empresa: DISTRIGAS S.A., en concepto de suministro de gas a establecimientos escolares oficiales, durante los meses de febrero a noviembre de 2012.RECONOCER Y APROPIAR al presente ejercicio financiero, la suma total de PESOS TREINTA
Y SEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON TREINTA CENTAVOS $ 36.285,30, en virtud de tratarse de gastos originados en ejercicio vencido.________
DECRETO Nº 1418

Módulo I

Gobernador, Ministros, Fiscal de Estado, Presidente y Vicepresidente Consejo Provincial de Educación, Secretarios de Estado y Equivalentes
Módulo II

Resto de Autoridades Superiores y Directores Provinciales y Equivalentes Personal Superior Docente y Cargos Docentes con Cantidad de Puntos Superior a 200 Según Decreto Nº 2863/07
Personal Superior Seguridad desde Nivel Comisario General hasta Sub Comisario
Módulo III

Resto de Personal Superior, Personal Escalafonado y Personal Docente y de Seguridad no incluidos en los niveles anteriores ANEXO II
Dentro del territorio Provincial
Dentro del Territorio Nacional
Módulo I

$ 550,00

$ 750,00

Módulo II

$ 450,00

$ 650,00

Módulo III

$ 350,00

$ 550,00

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4921 DE 18 PAGINAS

BOLETIN OFICIAL

RIO GALLEGOS, 26 de Agosto de 2014.Expediente MDS-Nº 210.483/13.RATIFÍCASE en todas sus partes las Disposiciones SAyF-Nros. 0044/14 y 0173/14, ambas emanadas de la Subsecretaría de Administración y Finanzas del Ministerio de Desarrollo Social, mediante las cuales se propició reconocer y aprobar la factura presentada al cobro, por la firma comercial:
TRANSPORTADORA DE CAUDALES JUNCADELLA S.A., por el monto correspondiente, en concepto de servicio de transporte de dinero destinado al pago de Pensión Provincial a la Vejez, los días 24, 25, 28 y 29 del mes de octubre del año 2013.APROPIESE al presente ejercicio financiero, la suma total de PESOS TREINTA Y OCHO MIL

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 9/4/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date09/04/2015

Page count18

Edition count1774

Première édition19/02/2002

Dernière édition06/08/2024

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