Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 13/11/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2014 - Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
AUGUSTO RENE CARCAMO
Director General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LIX Nº 4877

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 13 de Noviembre de 2014.-

Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
Gobernador Ing. GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ
Ministro de Gobierno a/c Jefatura de Gabinete de Ministros Sr. JOSE LUIS GARRIDO
Ministro de la Secretaría General de la Gobernación C.P.N. EDGARDO RAUL VALFRE
Ministro de Economía y Obras Públicas Sr. HAROLD JOHN BARK
Ministro de la Producción Prof. GABRIELA ALEJANDRA PERALTA
Ministro de Desarrollo Social Dr. ROBERTO ALEJANDRO ORTIZ
Ministro de Salud Prof. SILVIA ALEJANDRA SANCHEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. IVAN FERNANDO SALDIVIA
Fiscal de Estado
legal, dicho cuerpo legislativo acepta el veto y texto alternativo para el Artículo 3, de la Ley promulgada parcialmente bajo el Nº 3366, propuesto por este Poder Ejecutivo mediante Decreto Nº 0848/14;
Que en consecuencia, se procede al dictado del pertinente acto administrativo, fijando el texto definitivo del Artículo observado, atento a las facultades conferidas por la Constitución Provincial;
POR ELLO:

LEY
LEY Nº 3393
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY
MODIFICACION DE LA LEY 3070 DECLARACION DE MONUMENTO
PROVINCIAL EL BLOQUE ERRATICO
Articulo 1.- MODIFICASE el Artículo 1 de la Ley 3070, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1.- DECLARASE Monumento Natural Provincial, en el marco de la Ley 786, al denominado Bloque Errático, ubicado en el extremo Centro Sur de la provincia de Santa Cruz, a 105 kilómetros al Oeste - Suroeste de Río Gallegos sobre la margen Norte de la Ruta Nacional N40, dentro de los límites de la Estancia Bella Vista, abarcando una superficie de 4200 m2, y delimitada por las siguientes coordenadas planas establecidas en el sistema de proyección oficial de Argentina POSGAR2007 en faja 2:

OFICIAL

Punto 1 X: 4.249.983; y: 2.382.962
Punto 2 X: 4.249.939; y: 2.383.002
Punto 3 X: 4.249.892; y: 2.382.951
Punto 4 X: 4.249.936; y: 2.382.910.

Artículo 2.- INCORPORASE a la Ley 3070
como Artículo 2, el siguiente texto:
Artículo 2.- La Autoridad de Aplicación competente deberá realizar los trabajos de agrimensura correspondientes para establecer los límites precisos del área a proteger, sobre la base de la ubicación establecida, procediendo posteriormente a su demarcación en terreno y eventualmente, su delimitación perimetral mediante la instalación de un alambrado.
Artículo 3.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RIO GALLEGOS; 11 de Septiembre de 2014.Esc. FERNANDO FABIO COTILLO
Presidente Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 1767
RIO GALLEGOS, 03 de Octubre de 2014.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 11 de septiembre de 2014; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada Ley, se MODIFICA
el Artículo 1 de la Ley Nº 3070 e INCORPORA
el Artículo 2 a la mencionada ley, la cual declara
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4877 DE 10 PAGINAS

Monumento Natural Provincial, en el marco de la Ley Provincial Nº 786, al denominado Bloque Errático;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-Nº 975/14, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMULGASE bajo el Nº 3393 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 11 de septiembre de 2014, mediante la cual se MODIFICA el Artículo 1
de la Ley Nº 3070 e INCORPORA el Artículo 2 a la mencionada ley, la cual declara Monumento Natural Provincial, en el marco de la Ley Provincial Nº 786, al denominado Bloque Errático.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Producción.Artículo 4º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA - Sr. Harold John Bark ________

DECRETOS del poder ejecutivo DECRETO Nº 1769
RIO GALLEGOS, 03 de Octubre de 2014.VISTO:
La Resolución Nº 142 dictada por la Honorable Cámara de Diputados con fecha 11 de septiembre de 2014; y CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1º del citado instrumento
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- TENGASE COMO TEXTO DEFINITIVO del Artículo 3 de la Ley promulgada parcialmente bajo el Nº 3366, el que a continuación se transcribe:
Artículo 3: MODIFICASE el Artículo 16 de la Ley Nº 3329, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 16: Los establecimientos que tienen permitida la venta y comercialización de productos de tabaco, quedarán incluidos en la prohibición establecida en el Artículo 6.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Salud.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA - Dr. Roberto Alejandro Ortiz ________

DECRETO N 037
RIO GALLEGOS, 05 de Febrero de 2014.VISTO:
El Expediente CAP-Nº 82.516/35, elevado por el Consejo Agrario Provincial; y CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Nº 019 de fecha 10 de noviembre del año 1965, se adjudicó en venta la superficie de 7.022 has., 62 as., 45 cas., ubicada en la legua a, parte Norte legua d del lote 17 y parte Norte y Oeste legua c del lote 18 fracción C, de la Colonia General Paz de esta Provincia, a favor del señor Onofre ILARDIA;
Que a fojas 127, obra Acuerdo Nº 143/83, mediante la cual se declaran cumplidas las obligaciones al señor Onofre ILARDIA, por la superficie mencionada anteriormente;
Que a fojas 141 y 142, obra Decreto Nº 345, de fecha 24 de febrero del año 1984, mediante el cual el entonces Sr. Gobernador de la Provincia, decreta suscribir el título de propiedad a favor del señor Onofre ILARDIA, por la superficie ut supra;
Que a fojas 171/172, obra Acuerdo Nº 79/89, mediante el cual se Autoriza al Escribano Público Juan Carlos BOIERO, a elevar a Escritura Pública la venta de mejoras y cesión de derechos y acciones, correspondientes al adjudicatario en venta señor Onofre ILARDIA, a favor del señor Emilio Alberto RODRIGUEZ, sobre la superficie de 7.022 has., 62 as., 45 cas., ubicadas en las leguas a y d lote 17

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 13/11/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date13/11/2014

Page count10

Edition count1765

Première édition19/02/2002

Dernière édition02/07/2024

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