Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/9/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2014 - Año de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

FRANQUEO A PAGAR

OFICIAL
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
AUGUSTO RENE CARCAMO
Director General
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LIX Nº 4855

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 04 de Septiembre de 2014.-

Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
Gobernador Ing. GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ
Ministro de Gobierno a/c Jefatura de Gabinete de Ministros a/c Ministerio de Salud Sr. JOSE LUIS GARRIDO
Ministro de la Secretaría General de la Gobernación C.P.N. EDGARDO RAUL VALFRE
Ministro de Economía y Obras Públicas Sr. HAROLD JOHN BARK
Ministro de la Producción Prof. GABRIELA ALEJANDRA PERALTA
Ministro de Desarrollo Social Prof. SILVIA ALEJANDRA SANCHEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. IVAN FERNANDO SALDIVIA
Fiscal de Estado
sentencia judicial, existen sobradas razones para proceder a la contratación directa del inmueble a los fines indicados;
Que la misma se halla encuadrada en el Artículo 26 - Apartado III - Inciso d de la Ley de Contabilidad Nº 760, sus modificatorias Leyes Nros. 2278
- 2592 - 2732 y Decreto Reglamentario Nº 263/82
modificado por Decreto Nº 3245/04;
Que en atención a la normativa vigente, conforme al Capítulo IV - Artículos 23º y 24º del Decreto Nº 140/91, se deberá exceptuar de los alcances del Artículo 35º del citado Decreto, el cual establece que la suspensión de las contrataciones de alquileres de inmuebles, cualquiera sea su destino en todo el ámbito del Poder Ejecutivo y del Artículo 17º del Decreto Nº 005/12;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento al Dictamen DPAL-Nº 922/13, emitido por la Dirección Provincial de Asuntos Legales y a Nota SLyT-GOB-Nº 2169/13, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 35;

decretoS DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1465
RIO GALLEGOS, 23 de Septiembre de 2013.VISTO:
El Expediente MP-Nº 425.657/13, elevado por el Ministerio de la Producción; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita ratificar en todas sus partes el Convenio de Colaboración y Asistencia Mutua celebrado entre el Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz representado por su Presidente Licenciado Juan Antonio FERREIRO por una parte y por la otra el Ministerio de la Producción de la Provincia de Santa Cruz, representado por el señor Ministro Don Héctor Rafael GILMARTIN, el cual forma parte integrante del presente;
Que a los fines de optimizar recursos, resulta oportuno aunar esfuerzos por parte de las distintas reparticiones de la Provincia de Santa Cruz, en materia de Control y Fiscalización, en el cual el Instituto y el Ministerio precisan efectuar relevamientos de Comercios habilitados al expendio de combustibles líquidos en todo el ámbito de la Provincia de Santa Cruz;
Que para la Provincia es prioritario contar con información actualizada de dicha actividad, obtenida del relevamiento de todo el territorio provincial, por lo que resulta necesario contar con los recursos para que el traslado del cuerpo de inspectores de la Subsecretaría de Comercio al Interior Provincial, pueda efectuarse dentro de las condiciones de seguridad e higiene que requieren la normativa laboral vigente;
Que por ello el INSTITUTO solicita al Ministerio, la colaboración en actividades que se relacionen con el cumplimiento de las leyes, decretos y reglamentaciones relacionados con la actividad energética en el ámbito de la Provincia de Santa Cruz y el INSTITUTO se compromete a colaborar dentro de las posibilidades con la reparación, service, mantenimiento de los vehículos destinados a dicho relevamiento y asimismo proveer combustibles a los mismos;
Que para una mejor implementación del presente Convenio las partes podrán suscribir Actas o Anexos Operativos;
Que el Ministerio se compromete a documentar todos los gastos que conlleve el presente Convenio y rendir cuenta documentada de los mismos al Instituto de manera bimestral;
Que en merito a ello, corresponde el dictado del presente, a fin de proceder a su ratificación;
Por ello y atento al Dictamen DPAL-Nº 218/13, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Letrada, obrante a fojas 5 y a Nota SLyT-GOB-Nº 2028/13, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 14;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFICAR en todas sus partes el Convenio de Colaboración y Asistencia Mutua ce-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4855 DE 18 PAGINAS

lebrado entre el Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz representado por su Presidente Licenciado Juan Antonio FERREIRO por una parte y, por la otra el Ministerio de la Producción de la Provincia de Santa Cruz, representado por el señor Ministro Don Héctor Rafael GILMARTIN, el cual forma parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Producción.Artículo 3º.- PASE al Ministerio de la Producción y al Instituto de Energía a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA - Lic. Hector Rafael Gilmartín ________

DECRETO Nº 1469
RIO GALLEGOS, 24 de Septiembre de 2013.VISTO:
El Expediente MS-Nº 958.522/13, elevado por el Ministerio de Salud; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia la autorización para efectuar los trámites tendientes a la suscripción de un Contrato de Locación de Inmueble en nuestra ciudad capital, a fin de dar cumplimiento a la manda judicial emanada por el Juzgado de Primera Instancia de la Familia Nº 1 de Río Gallegos de fecha 17 de septiembre del año 2013, en Expediente 19653/09;
Que dicho inmueble debe reunir características edilicias determinadas para el tipo de patalogía que padece el paciente;
Que la búsqueda de otras viviendas con esas características en la ciudad de Río Gallegos implicaría dilatar en el tiempo el cumplimiento de la orden judicial y lo que redundaría en un perjuicio para la salud del paciente;
Que en aras de evitar un perjuicio en la salud del paciente tratado y a fin de dar cumplimiento con la
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- EXCEPTÚASE el presente trámite de los alcances del Artículo 35º establecido en el Decreto Nº 140/91 y del Artículo 17º del Decreto Nº 005/12.Artículo 2º.- AUTORÍZASE, al Ministerio de Salud, a efectuar los trámites tendientes a la Locación de un Inmueble, con la finalidad indicada en los considerandos del presente.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Salud.Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Salud a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA - Dr. Luis Ramón Cerra ________
DECRETO Nº 1479
RIO GALLEGOS, 24 de Septiembre de 2013.VISTO:
El Expediente MDS-Nº 209.818/13, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia, se propicia aprobar la implementación del Programa denominado TURISMO SOCIAL PARA TODOS LOS
ADULTOS MAYORES DE LA PROVINCIA
DE SANTA CRUZ, elevado por la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social;
Que el mismo, tiene por objeto profundizar la cobertura de diversas prestaciones sociales a los sectores más vulnerables en las dimensiones de carácter asistencial, promocional y de prevención a nivel de la salud, de la acción social y de toda otra acción que esté relacionada con la asistencia y la cobertura a los Adultos Mayores en situaciones de carencia

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 4/9/2014

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date04/09/2014

Page count18

Edition count1765

Première édition19/02/2002

Dernière édition02/07/2024

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