Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 24/10/2013

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 4
superficie aproximada de seiscientos veintinueve metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados 629,50 m, ubicada en el lote j, de la Manzana N 15
del pueblo Tellier de esta Provincia, con destino a la construcción de una vivienda familiar, al precio de un módulo y medio 1,5 el metro cuadrado, aclarando que cada módulo equivale al precio de un 1 litro de gas-oil, más el 20% por resultar esquina, fijado por Resolución Nº 497/06 dictada por este Consejo Agrario Provincial.Para que esta venta quede perfeccionada, el adjudicatario deberá abonar el diez por ciento 10% del valor total de la tierra dentro de los treinta 30 días de notificado del presente y el saldo hasta en veinticuatro 24 cuotas mensuales y consecutivas con más el cuatro por ciento 4% de interés anual sobre saldo, en caso de optar por la cancelación total de la tierra, se verá beneficiada con el diez por ciento 10% de descuento sobre el valor total de enajenación.Se deja establecido que el atraso en el pago de dos 2 cuotas consecutivas incurrirá en mora automática, lo que ocasionará la pérdida del interés pactado, aplicándose, sin excepción alguna, un interés del doce por ciento 12% anual. Si reincidiese en el atraso del pago de las cuotas, se le recargará un punitorio del uno por ciento 1% mensual en cada cuota refinanciada. Si optara por la cancelación total de lo adeudado, se le aplicará el interés detallado en el artículo anterior.Por intermedio de la División Contaduría, dependiente de la Dirección General de Tierras, se confeccionará la liquidación correspondiente de acuerdo a lo estipulado en el artículo anterior y a las normativas emanadas de este Organismo, la cual será remitida a los interesados.El adjudicatario declara conocer los Artículos 4, 5, 6, 7 y 8 de la Ley Nº 63 y hasta tanto no se labre la escritura traslativa de dominio, el Consejo Agrario Provincial se encuentra facultado para practicar las inspecciones respecto de los inmuebles y terrenos, toda vez que lo considere conveniente.El adjudicatario en ningún caso podrá efectuar el cambio de destino de la misma sin que antes fuere notificado de manera fehaciente al Consejo Agrario Provincial quien otorgará o no la autorización pertinente, siempre y cuando se corresponda con la legislación vigente en la materia.Es obligación del adjudicatario, cercar completamente el predio antes de dar inicio a la obra que llevarán adelante, con la finalidad de resguardar sus derechos frente a terceros evitando de esta forma posibles inconvenientes entre linderos, dicha obligación deberá ser cumplida dentro de los treinta 30 días de notificado del presente Acuerdo, siendo facultad de este Consejo Agrario Provincial, a través del personal de la Dirección General de Tierras practicar en este caso y en general inspecciones respecto del inmueble y parcela, en toda oportunidad que se considere necesaria, verificando así el cumplimiento de la carga impuesta.Para que este Organismo pueda declarar cumplidas las obligaciones, en ejercicio de las facultades que la Ley Provincial 1009 otorga a su Honorable Directorio, los adjudicatarios deberán cumplir los siguientes requisitos: tener cancelado totalmente el precio de la tierra, haber cumplido las prescripciones impuestas en el Artículo 5 de la Ley Provincial Nº 63.Se considerará domicilio legal para notificaciones y/o comunicaciones emanadas de este Organismo y se tendrán por válidas, al constituido por el adjudicatario en el consignado en el formulario Domicilio y Jurisdicción, si por algún motivo el adjudicatario variare el domicilio legal constituido deberán constituir otro y notificar al Consejo Agrario Provincial por telegrama colacionado.Si por algún motivo derivado del presente y del incumplimiento de obligaciones impuestas por las normativas legales vigentes, las partes debieran concurrir a la justicia, lo harán ante la ordinaria de esta Provincia, con asiento en la ciudad de Río Gallegos, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción.Toda transferencia de tierra fiscal será aceptada por
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4762 DE 16 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 24 de Octubre de 2013.este Organismo, siempre y cuando el adjudicatario haya dado cumplimiento a lo normado en el Artículo 5 de la Ley 63 y en el Artículo 38 de la Ley 1009.El interesado deberá hacer efectuar el amojonamiento y/o mensura, la que una vez registrada en la Dirección Provincial de Catastro, dará la exacta superficie y ubicación de las tierras.-

P-1

CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente Consejo Agrario Provincial ________

RESOLUCION Nº 330
RIO GALLEGOS, 07 de Octubre de 2013.Expediente Nº 489.762/13.RESERVESE, con fines de Utilidad Pública a favor del Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda, con destino a la regularización de viviendas y planificación de futuros planes habitacionales en la localidad Tres Lagos de esta Provincia la superficie aproximada de seiscientos sesenta y cuatro metros cuadrados con trece decímetros cuadrados 664,13 m, ubicada en la Parcela Nº 1, la superficie aproximada de novecientos sesenta metros cuadrados 960,00 m ubicada en la Parcela Nº 4 y la superficie aproximada de ochocientos sesenta y cuatro metros cuadrados con quince decímetros cuadrados 864,15 m ubicada en la Parcela Nº 18, todas de la Manzana Nº 23, y la superficie total de la Manzana Nº 24, del pueblo Tres Lagos de esta Provincia, de acuerdo a lo detallado en los considerandos del presente Instrumento Legal.Los interesados deberán hacer efectuar el amojonamiento y/o mensura, la que una vez registrada en la Dirección Provincial de Catastro, dará la exacta superficie y ubicación de las tierras.CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente Consejo Agrario Provincial P-3


RESOLUCION Nº 331
RIO GALLEGOS, 07 de Octubre de 2013.Nota Nº 054-JP/2013.RESERVESE, con fines de Utilidad Pública a favor de Jefatura de Policía de la Provincia, con destino a la construcción y puesta en funcionamiento de un cuartel de bomberos en la localidad de Hipólito Yrigoyen de esta Provincia a ubicar en las Manzanas nuevas, de acuerdo a lo detallado en los considerandos del presente Instrumento Legal.Los interesados deberán hacer efectuar el amojonamiento y/o mensura, la que una vez registrada en la Dirección Provincial de Catastro, dará la exacta superficie y ubicación de las tierras.CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente Consejo Agrario Provincial P-3


RESOLUCION Nº 332
RIO GALLEGOS, 07 de Octubre de 2013.Expedientes Nº 482.730/90 y 489.672/13.DEJASE SIN EFECTO en todas sus partes la Resolución Nº 247, de fecha 28 de abril de 2008, ratificada por Acuerdo Nº 048/12, se reservo las mejoras enclavadas en el lugar con fines de utilidad pública a favor del Consejo Agrario Provincial, con destino al emplazamiento de la Delegación, la superficie aproximada de 450,00 m, ubicada en la Parcela j,
BOLETIN OFICIAL
y la superficie aproximada de 450,00 m ubicada en la Parcela k, ambas de la Manzana Nº 8 del pueblo Hipólito Yrigoyen de esta Provincia.DECLARAR las tierras mencionadas anteriormente fiscales y libres de ocupación.RESERVESE, con fines de Utilidad Pública a favor la Subsecretaría de Servicios de Salud dependiente del Ministerio de Salud con destino a la ampliación del puesto sanitario en la localidad de Hipólito Yrigoyen la superficie aproximada de 450,00 m, ubicada en la Parcela j, y la superficie aproximada de 450,00 m ubicada en la Parcela k, ambas de la Manzana Nº 8, de la mencionada localidad de acuerdo a lo detallado en los considerandos del presente Instrumento Legal.DEJAR ACLARADO que la Subsecretaría de Servicios de Salud dependiente del Ministerio de Salud, se compromete a construir en la localidad de Hipólito Yrigoyen la sede del Consejo Agrario Provincial en el sitio que se asigne oportunamente.Los interesados deberán hacer efectuar la mensura, la que una vez registrada en la Dirección Provincial de Catastro, dará la exacta superficie y ubicación de las tierras.CARLOS JULIAN FUEYO
Presidente Consejo Agrario Provincial P-3


DISPOSICIONES
S.P. y A.P.
DISPOSICION Nº 081
RIO GALLEGOS, 09 de Agosto de 2013.VISTO:
El Expediente Nº 423.871-MP-13; y CONSIDERANDO:
Que por Disposición Nº 029-SPyAP-13, se inició sumario administrativo al señor VARGAS Walter Martín DNI Nº 27.553.051, oportunidad en que fuera detectado por personal de la Subsecretaría de Pesca y Actividades Portuarias, pescando con elementos prohibidos y en zona de veda parcial con fecha 05
de enero de 2013, en el curso de agua río Gallegos, paraje denominado Puente de Ger Aike;
Que notificado fehacientemente a Fs. 13, mediante Boletín Oficial, de los cargos y plazos establecidos para el ejercicio de su defensa, en el marco del Art.
67º del Decreto Nº 195/83, se lo tiene por confeso al vencimiento de los mismos;
Que del análisis del actuado, se halla probada la infracción imputada;
Que por lo expuesto y de acuerdo a Dictamen Nº 277-DPAL-13, procede la aplicación de sanción multable, al señor VARGAS Walter Martín incurso en el Art. 57º Inc.1 punto 1.3 y 1.10, del Decreto Nº 195/83;
Que de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley Provincial de Pesca Nº 1464 y 1723, se dicta el presente;
POR ELLO:
EL SUBSECRETARIO DE PESCA Y
ACTIVIDADES PORTUARIAS
DISPONE:
ARTICULO 1º CONCLUIR el sumario administrativo ordenado por Disposición Nº 129-SPyAP-13, al señor, VARGAS Walter Martín DNI
Nº 27.553.051, hallándose confeso de la infracción imputada con fecha 05 de enero de 2013, por lo expresado en los considerándos.ARTICULO 2º SANCIONAR al señor VARGAS
Walter Martín con multa de PESOS SETENTA Y
UNO CON VEINTISÉIS CENTAVOS $ 71,26
por pescar con elementos prohibidos con más multa

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 24/10/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date24/10/2013

Page count16

Edition count1772

Première édition19/02/2002

Dernière édition30/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Octubre 2013>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031