Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 22/10/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

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dio Ambiente de la Provincia. A esos efectos podrán suscribir convenios para el tratamiento y deposición de los mismos con los Municipios y/o Comisiones de Fomento que correspondieren Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Jefatura de Gabinete de Ministros.Artículo 3.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA - C.P.N. Roberto Ariel Ivovich ________
DECRETO Nº 1497
RIO GALLEGOS, 04 de Octubre de 2013.VISTO:
La Resolución Nº 151 dictada por la Honorable Cámara de Diputados con fecha 12 de septiembre del año 2013; y CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1º del citado instrumento legal, dicho cuerpo legislativo acepta el veto y textos alternativos para los Artículos 41, 47 y 53
de la Ley promulgada parcialmente bajo el Nº 3325, propuesto por este Poder Ejecutivo mediante Decreto Nº 874/13;
Que en consecuencia, se procede al dictado del pertinente acto administrativo fijando texto definitivo para los Artículos observados, atento a las facultades conferidas por la Constitución Provincial;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA :
Artículo 1º.- TENGANSE COMO TEXTOS
DEFINITIVOS, de los Artículos 41, 47 y 53 de la Ley promulgada parcialmente bajo el Nº 3325, los que a continuación se transcriben:
Artículo 41.- El funcionario público debe excusarse en todos aquellos casos en los que pudiera presentarse conflicto de intereses y sus actos estarán alcanzados por lo dispuesto en el Artículo 20 del Capítulo IV de la Ley Provincial de Etica Pública Nº 3034 Artículo 47.- El listado de las Declaraciones Juradas de los sujetos comprendidos en el Artículo 5 de la Ley Provincial de Ética Pública, - en cuanto resulten alcanzados por la presente normativadeberá ser dado a publicidad en el plazo de noventa días en el Boletín Oficial y tendrá carácter público. La publicidad de los datos contenidos en las Declaraciones Juradas sólo podrá ser requerida a la Comisión Provincial de Etica Pública en los casos establecidos en el Artículo 12 de la Ley Nº 3034. Las personas que consulten las Declaracio nes Juradas estarán sujetas a las obligaciones y sanciones previstas en los Artículos 13 y 14 del mismo cuerpo legal Artículo 53.- La autoridad competente de cada repartición o dependencia controlará que la Declaración Jurada Patrimonial integral se encuentre debidamente confeccionada y completa por la totalidad de los funcionarios involucrados.
Cuando se detecten errores u omisiones deberá requerirse al funcionario declarante que salve las deficiencias que se señalan dentro del plazo de cinco días hábiles.Una vez suscriptas las mismas se remitirán a la Escribanía Mayor de Gobierno a los fines establecidos en el Artículo 8 de la Ley Provincial de Etica Pública Nº 3034 Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA Lic. Paola Natalia Knoop
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4761 DE 16 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 22 de Octubre de 2013.-

DECRETOS
SINTETIZADOS
DECRETO Nº 1639
RIO GALLEGOS, 21 de Agosto de 2012.Expediente I.S.PRO.-Nº 51.934/11.12.NÓMBRANSE a partir del día 1º de julio del
BOLETIN OFICIAL
año 2012, en Planta Permanente en el ANEXO:
Instituto de Seguros de la Provincia de Santa Cruz -ÍTEM: Único, en las categorías y agrupamiento que en cada caso se indican, a los agentes que se detallan en el Anexo I, el cual formará parte integrante del presente de conformidad a los expuestos en los considerandos del presente.-

ITEM: UNICO
Dependencia: I.S.PRO. Río Gallegos Apellido y Nombre Clase D.N.I Nº BAHAMONDE NAVARRO, Damián Luciano 1991 35.570.583
Dependencia: I.S.PRO Puerto Deseado RAMIREZ, Pedro Gabriel 1970 21.353.068
ESTABLÉCESE a partir del día 1º de julio del año 2012 que los agentes mencionados continuarán en el desempeño de los Cargos oportunamente designados Jefes de Sección, Jefes de División y Jefes de Departamento, previstos en las respectivas estructuras orgánicas aprobadas mediante el instrumento Legal pertinente, de conformidad a lo establecido en el Artículo 4 de la Ley Nº 1831.INSTRÚYASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, para que a través de la Dirección Provincial de Recursos Humanos, se efectúen las reestructuraciones de cargos de la Planta de Personal, conforme a lo dispuesto por el Artículo 7 de la Ley Nº 3256 del Ejercicio 2012.________
DECRETO Nº 1640
RIO GALLEGOS, 21 de Agosto de 2012.Expediente LOAS-Nº 33.443/12.NOMBRASE, a partir del día 1º de julio del año 2011, en Planta Permanente al señor Juan José LAZARTE Clase 1981 - D.N.I. Nº 28.490.508
Categoría 10 - ANEXO: Lotería para Obras de Acción Social ITEM: Único Agrupamiento:
Administrativo, del escalafón de la Administración Pública Provincial, en los términos del Decreto Nº 1537/11 y de acuerdo a las facultades que confiere la Ley Nº 1607.DÉJASE ESTABLECIDO que a los efectos dispuestos por el Artículo anterior, téngase por Eliminada la Categoría que ostenta actualmente el agente antes mencionado y por creada la nueva Categoría otorgada en Planta Permanente mediante su recategorización, en el ANEXO e ITEM indicado, del Ejercicio 2012.ESTABLÉCESE que el agente mencionado continuará en el desempeño del cargo oportunamente designado Jefes de Sección, Jefes de División o Jefes de Departamento, previsto en la respectiva estructura orgánica aprobada mediante el Instrumento Legal pertinente, de conformidad a lo establecido en el Artículo 4 de la Ley Nº 1831.INSTRÚYASE, al Ministerio Secretaría General de la Gobernación para que a través de la Dirección Provincial de Recursos Humanos se efectúen las reestructuraciones de cargos de la Planta de Personal, conforme a lo dispuesto por el Artículo 7 de la Ley de Presupuesto Nº 3256, del Ejercicio 2012.FACÚLTASE, al Ministerio de Economía y Obras Públicas para que por Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de atender el gasto que demandará la presente erogación en el Ejercicio 2012.________
DECRETO Nº 1641
RIO GALLEGOS, 21 de Agosto de 2012.Expediente MAS-Nº 207.468/10.MODIFÍCASE en su parte pertinente el primer
Agrup.
Serv. Grales
Cat. Base 10

Adm.

19

considerando y Artículo 1º del Decreto Nº 2862
de fecha 19 de noviembre del año 2010, cuyo texto definitivo será el siguiente: OTÓRGASE
un Aporte No Reintegrable con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión a favor de la Asociación Club Social y Deportivo Estrella Norte C.U.I.T. Nº 30-70876624-7, Personería Jurídica Nº 92 de la ciudad de Caleta Olivia, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA
MIL $ 250.000,00, destinado a la ejecución de actividades en la institución, como así también a cumplir con modificación, construcción y reparación de las instalaciones del mismo._________

RESOLUCIONES
SINTETIZADAS
I.D.U.V.
RESOLUCION Nº 1175
RIO GALLEGOS, 18 de Octubre de 2013.Expediente IDUV Nº 047.561/129/2012.PREADJUDICAR dieciocho 18 unidades habitacionales de dos 2 dormitorios, correspondientes a la Obra: PLAN 90 VIVIENDAS FEDERAL I EN
RIO GALLEGOS , a favor de las personas, cuyos datos personales y puntaje se detallan en listado adjunto, que como Anexo I, forma parte integrante de la presente.ESTABLECER, un plazo de cinco 5 días hábiles, a partir de la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del presente instrumento, para la presentación de observaciones, las que deberán ser formuladas por escrito, firmadas, fundamentadas, y documentadas, dirigidas a la Dirección General de Promoción Social de la Vivienda y presentadas en la Mesa de Entradas y Salidas del Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda, con domicilio en calle Don Bosco Nº 369
de Río Gallegos.DEJAR ESTABLECIDO que quedan en situación de reserva por falta de claridad de sus situaciones familiares y patrimoniales las precalificaciones de los siguientes grupos familiares: Juan Carlos ARIAS
DNI Nº 18.501.437; Gabriel Aníbal FERREYRA
DNI Nº 18.176.369 y Juan Domingo GELVES
DNI Nº 17.549.765, respectivamente, se determina dejar en situación de reserva las precalificaciones efectuadas a su favor.SUSCRIBIR las correspondientes Actas de Tenencia Precaria entre los beneficiarios y este Instituto hasta tanto se emita el instrumento legal de adjudicación en venta, en caso de corresponder y no existiendo observaciones contra la postulación, y se proceda a la entrega material de las unidades habitacionales.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 22/10/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date22/10/2013

Page count16

Edition count1767

Première édition19/02/2002

Dernière édition11/07/2024

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