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Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 6/5/2010
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz
2010 - AÑO HO MENAJEAL BICENTENARIO DE LA REVO LUCIO N DEMAYO
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RI O
GALLEGOS
FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034
AÑO LV Nº 4387
DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO
Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
Gobern ad or Dr. PABLO GERARDO GONZALEZ
Min istro de la Jefatura de Gabi nete de Mi nistros Sr. CARLOS ALBERTO BARRETO
Mi nistro d e Gobierno Ingº. GUSTAVO ERNESTO MARTINEZ
Mi nis tro de la Secretaría General de la Gob ernación C.P. DIEGO LEONARDO ROBLES
Ministro de Econ omía y Obras Públi cas Sr. HORACIO MATIAS MAZU
Mi nistro d e As untos Social es Ingº. JAIME HORACIO ALVAREZ
Minis tro de l a Producción Prof. ROBERTO LUIS BORSELLI
Pres i den te del Consejo Provi nci al de Ed ucaci ón Dr. CARLOS JAVIER RAMOS
Fiscal de Estado
RIO GALLEGOS, 08 de Febrero de 2010.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- RATIFICAR en todas sus partes el Convenio suscripto con fecha 30 de diciembre del año 2009 entre el Estado Nacional representado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, don Aníbal Domingo FERNÁNDEZ por una parte y, por la otra el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por el señor Gobernador don Daniel Román PERALTA, el cual forma parte integrante del presente;
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.-
DIRECCION GENERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
PUBLICACION BISEMANALMartes y Jueves
DECRETO Nº 0163
V I ST O :
El Expediente GOB-Nº 111.418/10; y CONSIDE RANDO:
Que mediante el mismo se tramita ratificar el Convenio suscripto con fecha 30 de diciembre del año 2009
entre el Estado Nacional representado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, don Aníbal Domingo FERNÁNDEZ por una parte y, por la otra el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por el señor Gobernador don Daniel Román PERALTA, el cual forma parte integrante del presente;
Que el Estado Provincial ha venido abordando y ejecutando política pública con miras a la optimización de la prestación de los servicios básicos destinada a sus habitantes, lo cual ha demandado un gran esfuerzo financiero y presupuestario;
Que por tales motivos, y a fin de poder lograr un mejor desenvolvimiento financiero del Estado Provincial, el Estado Nacional ha adoptado como medida el otorgamiento de anticipos financieros que ayuden a la Provincia a equilibrar sus cuentas fiscales;
Que en tal sentido, la Nación se compromete a otorgar en calidad de Aporte No Reintegrable a la Provincia de Santa Cruz la suma de PESOS CIENT O
VEINT E MILLONES DOSCIENT OS CINCUENTA Y CINCO MIL T RESCIENT OS CUARENTA
Y DOS CON CUARENTA Y SIET E CENTAVOS
$ 120.255.342,47 destinado a coadyuvar el correcto funcionamiento del Estado, conviniendo ambas partes que dicho monto se aplicará a la cancelación del anticipo financiero otorgado por la Nación mediante Decreto Nº 326 de fecha 16 de abril de 2009, más el importe en concepto de intereses conforme Resolución Nº 197/09 emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas;
Que tales fondos ayudarán a mantener y optimizar la prestación de los servicios públicos esenciales así como garantizar el correcto funcionamiento del Estado Provincial;
Que en mérito a ello, corresponde el dictado del presente, a fin de proceder a su ratificación;
Por ello y atento a Nota SLyT-Nº 038/10, emitida por la Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, obrante a fojas 8;
OFICIAL
Artículo 3º.- PASE a Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación quien remitirá copia del presente a quien corresponda y al Ministerio de Economía y Obras Públicas sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTAC.P. Diego Leonardo Robles ________
DECRETO Nº 0164
RIO GALLEGOS, 08 de Febrero de 2010.V I ST O :
El Expediente GOB-Nº 111.419/10; y CONSIDE RANDO:
Que mediante el mismo se tramita ratificar el Convenio suscripto con fecha 30 de diciembre del año 2009
entre el Estado Nacional representado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, don Aníbal Domingo FERNÁNDEZ por una parte y, por la otra el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por el señor Gobernador don Daniel Román PERALTA, el cual forma parte integrante del presente;
Que las políticas públicas que ha venido llevando a cabo el Estado Provincial han sido efectuadas con un gran esfuerzo presupuestario y financiero, tratando de priorizar la implementación de medidas que sostengan las actividades productivas, preservando el empleo, y con el fin de poder aliviar a los sectores mas protegidos de la sociedad santacruceña;
Que si bien tales políticas públicas son de vital importancia, las mismas han sido abordadas con un gran desgaste del equilibrio fiscal, motivo por el cual el Estado Nacional, a fin de poder coadyuvar con el Estado Provincial en tales medidas, y preservar la sustentabilidad de las cuentas públicas provinciales en el marco de los principios y parámetros del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal ha decidido brindar asistencia financiera, en los términos convenidos por el Acuerdo citado;
Que en tal sentido, la Nación se compromete a otorgar en calidad de Aporte No Reintegrable a la Provincia de Santa Cruz la suma de PESOS CIENT O
SESENTA MILLONES $ 160.000.000.- en uno o más desembolsos conforme a las posibilidades presupuestarias y financieras, a fin que dicha suma sea destinada por este Estado Provincial a atender los mayores gastos originados en las políticas públicas
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4387 DE 18 PAGINAS
RIO GALLEGO S, 06 de Mayo de 2010.-
implementadas durante el año 2009;
Que tales fondos ayudarán a mantener y optimizar la prestación de los servicios públicos esenciales así como garantizar el correcto funcionamiento del Estado;
Que en mérito a ello, corresponde el dictado del presente, a fin de proceder a su ratificación;
Por ello y atento a Nota SLyT-Nº 037/10, emitida por la Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación, obrante a fojas 8;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D ECRE TA:
Artículo 1º.- RATIFICAR en todas sus partes el Convenio suscripto con fecha 30 de diciembre del año 2009 entre el Estado Nacional representado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, don Aníbal Domingo FERNÁNDEZ por una parte y, por la otra el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por el señor Gobernador don Daniel Román PERALTA, el cual forma parte integrante del presente;
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 3º.- PASE a Secretaría Legal y T écnica de la Gobernación quien remitirá copia del presente a quien corresponda y al Ministerio de Economía y Obras Públicas a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y T ribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTAC.P. Diego Leonardo Robles ________
DECRETO Nº 0165
RIO GAL LEGOS, 08 de Febrero de 2010.VI ST O :
El Expediente GOB-Nº 111.327/09; y CONSI DERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia ratificar el Convenio de Financiamiento suscripto el día 14 de noviembre de 2009, entre el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representado por el señor Gobernador de la Provincia Don Daniel Román PERALTA por una parte y, por la otra la Municipalidad de Gobernador Gregores, representada por el señor Intendente Municipal don Juan Benedicto VASQUEZ, el cual forma parte integrante del presente;
Que por el citado Acuerdo el Gobierno Provincial se compromete a realizar un aporte económico a favor de la Municipalidad de Gobernador Gregores por la suma total de PESOS CINCUENTA MIL $ 50.000, destinada para la Construcción de la III Etapa Remodelación de la Comisaría de dicha localidad, cuya ejecución de obra estará a cargo de ese Municipio;
Que ha tomado in tervención de compete ncia la Contaduría General de la P rovincia a fojas 5, la Secretaría de E stado de Hacienda a fojas 6 y la Dirección Provincial de Presupuesto a fojas 7/8, áreas dependientes del Ministerio de Economía y Obras Públicas; no encontra ndo óbice alguno al trám ite que se in sta;
Que asimismo y da do lo indic ado por las áreas contables citadas precedentemente, la transferencia de dicho monto será efect uada bajo la modalidad de Adelan tos de Copar ticipación, según se est ablece