Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 18/10/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3384

Santa Rosa, 18 de octubre de 2019

Pampa, domicilio en Avenida Spinetto Nº 1221 de la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, en expediente Nº 469/19
caratulado: ACTA DE CONTRAVENCIÓN Nº 3.614, Conductor:
ROSKOZT, Fernando Ramón. Propietario: EXPRESO EL
AGUILUCHO S.A., notifica al Señor FERNANDO RAMÓN
ROSKOZT DNI Nº 34.051.503, en calidad de conductor de los dominios NDP-967 y JQL-831; y como responsable solidario de la misma según Art. 57 Ley 24.449, que se ha labrado en su contra Acta de Contravención Nº 3.614, de fecha 03/07/2019, por verificarse la circulación de los dominios NDP-967 y JQL831, excedidos en su peso total a transmitir a la calzada 6450 KG., conducta que resulta violatoria del Art. 53 Inc. d de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, y cuya sanción se halla prevista en el Art. 2º- Inc. V, Anexo B del Decreto Nº 2055/00, que establece una sanción para este caso, de 1311 U.F, equivalente a 1311 litros de nafta especial al precio de venta al público que fija el Automóvil Club Argentino de la ciudad de Santa Rosa La Pampa, vigente al momento de hacerse efectivo el pago.
Asimismo, se les notifica que cuentan con un plazo de cinco 5
días hábiles desde la última publicación del presente, para presentar descargo, argumentar y probar lo que estimen conveniente para su defensa, debiendo ser presentado en la Sede de esta Repartición o; abonar el importe correspondiente, en igual plazo, equivalente al cincuenta por ciento 50%, si no fuera reincidente, todo de conformidad a lo que establece la Resolución Nº 270/03 Anexo I Reg. D.P.V. Vencido dicho plazo sin haber presentado descargo o sin haberse acreditado el efectivo pago de la multa, se proseguirá con las actuaciones administrativas pertinentes. Publíquese por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa. Santa Rosa, 24 del mes de septiembre de 2019. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
VIALIDAD. Fdo. Ing. Jorge Alberto Etchichury Presidente.
B.O. 3382 a 3384
LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD de la Provincia de La Pampa, sito en Avenida Spinetto Nº 1221 de la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, en expediente administrativo Nº 442/17 caratulado: ACTA DE CONTRAVENCIÓN Nº 3.349, Conductor: WALKER, Claudio, Propietario: FRARESSO S.R.L., notifica al Señor CLAUDIO GABRIEL WALKER DNI Nº 31243556
en calidad de conductor de los dominios JWV-231 y NCC-276;
que se ha dictado Resolución Nº 240/2019 por el Directorio de esta Repartición, en sesión Nº 1.784 de fecha 06 de junio de 2019, la que en su parte pertinente textualmente dice: Visto:
Considerando: El Directorio de la Dirección Provincial de Vialidad Resuelve: Artículo 1º: Tener por presentado en legal tiempo y forma los descargos ingresados a esta Repartición por parte del Señor Oscar Ángel Cavigliasso en carácter de Presidente de la firma PRO DE MAN S.A., y del Señor Guillermo Fraresso, representante de la firma FRARESSO S.R.L. Artículo 2: No hacer lugar a las presentaciones realizadas por los infractores por los fundamentos expuesto en los considerandos. Artículo 3: Dar por concluida la causa administrativa tramitada en el Expediente Nº 442/17, Acta de Contravención Nº 3.349, imputándose la circulación de los Dominios JWV 231 y NCC 276, transitando sin permiso habilitante, con elementos de seguridad y excedido en las dimensiones máximas, e imponer la sanción de multa de 1610
U.F., según lo establece el Decreto 2.055/00 Anexo B Art. Nº 2 incisos I y VII; equivalente a 1610 litros de nafta especial al precio de venta al público que fija el Automóvil Club Argentino, en la ciudad de Santa Rosa, vigente al momento de hacerse efectivo el pago, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Nº
Pág. N 17

2055/00 Anexo B Art. Nº 1 a: al conductor Señor Claudio Gabriel WALKER DNI Nº 31.243.556; a la firma FRARESSO S.R.L.
CUIT N 30-71252408-8, propietaria de los dominios JWV 231 y NCC 276; y a la empresa PRO DE MAN S.A. CUIT N 3366908849-9, en calidad de firma Receptora. Artículo 4º:
Conferir a los infractores nombrados en el Articulo Nº 3 el plazo de 10 diez días hábiles, a partir de notificada la presente, para abonar la multa impuesta Res. DPV Nº 270/03 Anexo IArt. 9º. Artículo 5: Comuníquese al Registro de Reincidencia dependiente directamente de la División Control de Cargas Res. 560/04. Artículo 6: Regístrese, realícense las notificaciones correspondientes, según lo establece la Res.
270/03 Art. 7 - inciso 8, dese copia a la División Control de Cargas y Dimensiones, pase a sus efectos a la Dirección Principal de Estudios y Proyectos y, cumplido, archívese.
DADA: En la sesión Nº 1.771, del jueves 24 de enero de 2019.
FDO.: Ing. Jorge Alberto Etchichury, y señores vocales: Ing.
Jorge Carlos Gabba, Guillermo Osvaldo Bertone, Luis Albeto María Colla y Carlos Sebastián Rossi. DIRECCIÓN PROVINCIAL
DE VIALIDAD, 1 de octubre de 2019. Ing. Jorge Alberto ETCHICHURY, Presidente Dirección Provincial de Vialidad.
B.O. 3383 a 3385
SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE
La Subsecretaría de Ambiente de la Provincia de La Pampa, en autos Nº 8985/19 caratulados: SECRETARÍA GENERAL DE LA
GOBERNACIÓN SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE. S/ EXIMICIÓN
DE EVALUACIÓN DE IMPACTO Y PRESENTACIÓN DE MEMORIA
TÉCNICA DESCRIPTIVA DE UNA ESTRUCTURA SOPORTE DE
TELECOMUNICACIONES EN CALLE 12 N 1485 DE LA CIUDAD DE
GENERAL PICO. GME PICO S.R.L. convoca a AUDIENCIA
PUBLICA según lo establecido en Disposición de la Subsecretaría de Ambiente Nº 396/19 del día 15 de octubre de 2019, la que en su parte pertinente expresa: Artículo 1º.Llámase a Audiencia Pública el día 04 de noviembre de 2019 a las 20:30 horas en el Auditorio Edificio Medano, cito en Calle 11
Nº 1185 esquina 24 de la localidad de General Pico, a los efectos de tratar en la misma el proyecto de construcción de un monoposte de TREINTA METROS 30 m de altura, con todos sus accesorias, el cual será soporte de antenas de telecomunicaciones, cableados y equipamientos, emplazado en calle 12 N 1485, Barrio Este de General Pico. Artículo 2º.Hágase saber a los interesados que el expediente de referencia se encuentra disponible para su consulta en sede de esta Subsecretaría de Ambiente, Avenida Luro N 700, los días hábiles en el horario de 8:00 a 13:00 horas.- Artículo 3º.Publíquese por una vez en el Boletín Oficial el Edicto establecido en el artículo 8 del Decreto Reglamentario 2139/03, y hágase publicidad de la Audiencia Pública en un diario y en una radio de alcance local, a costa del presentante, al menos quince días corridos antes de la realización de la misma.- Artículo 4º.- Regístrese y comuníquese a GME PICO
S.R.L.- DISPOSICIÓN Nº 396/19. El proyecto consiste en el montaje de un monoposte de TREINTA METROS 30 m de altura con todos sus accesorios, el cual será soporte de antenas, cableado y equipamientos, la estructura es de tipo autosoportada monoposte cilíndrico. El sitio donde se ubicará la torre corresponde a un terreno ubicado en el Barrio Este de General Pico, en un predio localizado en calle 12 N 1485, Nomenclatura Catastral: Ejido 21; Circ.: I; Radio i, Manzana:
50; Parcela 5, Partida Inmobiliaria: 626.791. La torre se construirá sobre una platea de hormigón sobre la que se

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 18/10/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaysArgentine

Date18/10/2019

Page count40

Edition count919

Première édition09/06/2000

Dernière édition30/12/2020

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