Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 14/6/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 18

Santa Rosa, 14 junio de 2019

Obras de adecuación exigidas:
Construir rielera para descarga de medias reses a cámara.
Contar con ingreso de operarios de la planta por vía diferente a ingreso de la materia prima.
Repintar catres de colgado de chacinados.
Contar con oficina para el asesor.
Construir depósito de tripas.
Modificar salida del producto terminado a sala de ventas.
Disp. N 570 -4-VI-19- Art. 1.- Otórguese Habilitación Transitoria por el término de 180 días, a partir de la firma de la presente Disposición, a la planta elaboradora de carnes de diferentes especies Chacinados Mi Sueño, registrada bajo el N DG-CH-033 de propiedad de la señora Vanina Vanesa ALFONZO, DNI N 29.868.916, CUIT N 27-29868916-8, ubicada en calle 33 N 1755, ciudad de General Pico, Pcia de La Pampa.
Art. 2.- Durante el tiempo otorgado de 180 días, la propietaria de la planta elaboradora de carnes Chacinados Mi Sueño deberá cumplir con las obras que se detallan en el Anexo de la presente Disposición.
ANEXO
Documentación exigida:
Presentar comprobante de Matrícula del Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria, N de RUCA, expedida por la Dirección Nacional de Matriculación y Fiscalización del MAGyP de Nación.
Obras exigidas:
Construcción de la oficina destinada al asesor técnico.
Disp. N 571 -4-VI-19- Art. 1.- Otórguese Habilitación Transitoria por el término de 180 días, a partir de la firma de la presente Disposición, a la planta procesadora de carnes de diferentes especies denominada comercialmente Mi milanesa, registrada bajo el N DG-CH-017, que la señora Pamela Andrea BAMBINI, DNI N 21.704.444, CUIT. N 2721704444-3 explota bajo su titularidad y que funciona en una propiedad ubicada en calle 12 N 665, en la ciudad de General Pico, provincia de La Pampa.
Art. 2.- Que la planta procesadora de carnes de diferentes especies Mi Milanesa elabora productos cárnicos a partir de cortes provenientes de establecimientos faenadores habilitados, obteniendo milanesas y albóndigas para su comercialización directa a consumo.
ANEXO
Documentación:
Presentar comprobante de Matrícula del Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria, N de RUCA, expedida por la Dirección Nacional de Matriculación y Fiscalización del MAGyP de Nación.
Contar con las libretas sanitarias vigentes de todos los operarios de la planta.
Obras de adecuación exigidas:
Construir sala de almacenaje de condimentos y especias.
Reemplazar cielorraso de zonas de procesamiento y de expendio por cielorraso lavable de PVC.

BOLETÍN OFICIAL N 3366

Disp. N 572 -4-VI-19- Art. 1.- Otórguese Habilitación Transitoria por el término de 180 días, a partir de la firma de la presente Disposición, a la planta procesadora de productos cárnicos, chacinados El Ancla, de propiedad del señor Diego Andrés PASINATO, DNI: N 27.329.816, CUIT N 23-27329816-9, inscripta bajo el N DG-CH-021, con domicilio en calle Allan Kardec N 2790, en la ciudad de Santa Rosa, La Pampa.
Art. 2.- En el lapso otorgado en el artículo precedente, la planta procesadora de productos cárnicos, Chacinados El Ancla, deberá cumplir con lo requerido y detallado en el Anexo que acompaña a la presente Disposición.
Art. 3.- La materia prima deberá provenir exclusivamente de establecimientos faenadores habilitados por la Dirección de Ganadería o SENASA.
ANEXO
Equipamiento a incorporar:
Poner en funcionamiento el esterilizador de cuchillos y chairas en la zona de elaboración.
Sacar ventilador de techo ubicado en zona de elaboración.
Remplazar luminarias ubicadas en sala de elaboración.
Disp. N 600 -5-VI-19- Art. 1.- Otórguese Habilitación Provisoria por el término de 120 días, a partir de la firma de la presente Disposición, a la planta procesadora de productos cárnicos, Chacinados Don Esteban, registrada bajo el N DGCH-005, ubicada en calle 5 N 345, en la localidad de Embajador Martini, Provincia de La Pampa.
Art. 2.- En el lapso otorgado en el artículo precedente, la planta procesadora de productos cárnicos Chacinados Don Esteban deberá cumplir con lo requerido y detallado en el Anexo que acompaña a la presente Disposición.
Art. 3.- Toda la materia prima utilizada en la elaboración de productos cárnicos deberá provenir, única y exclusivamente, de establecimientos faenadores habilitados por la Dirección de Ganadería y/o SENASA;
ANEXO
Obras exigidas:
Construir dock de descarga de la materia prima.
Colocar rielera para desplazamiento de las medias reses.
Instalar esterilizador de cuchillos en la zona de elaboración.
Realizar análisis bacteriológico del agua utilizada en la planta.
Revestir con cielorraso de PVC sala de pre-curado de bondiolas y jamones.
Faenar en establecimientos habilitados y/o abastecerse de materia prima proveniente de establecimientos habilitados.
Equipar al personal operario con indumentaria reglamentaria.
Llevar registros de ingreso de la materia prima y de salida del producto elaborado.
Instalar una nueva cámara o dividir la existente a fin de evitar almacenar carnes de diferentes especies en un mismo ámbito.
Llevar registro de control de insectos y roedores.
Disp. N 601 -5-VI-19- Art. 1.- Otórguese la Habilitación al Laboratorio de Análisis Veterinario El Ranquel para realizar análisis veterinario de Trichinella Spiralis aplicando la técnica de Digestión Artificial Enzimática, de propiedad del señor Alex Mariano ANDREOLI, DNI. N 36.314.013, CUIT. N 20-363140131, Médico Veterinario, MP. N 1231, ubicado en calle Leandro

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 14/6/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaysArgentine

Date14/06/2019

Page count55

Edition count919

Première édition09/06/2000

Dernière édition30/12/2020

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