Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 6/7/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3317

Santa Rosa, 6 de julio de 2018

con el Acuerdo Individual, que como Anexo forma parte del presente.Art. 2º.- El Acuerdo indicado en el artículo anterior tendrá una vigencia de 12 meses. A partir de la fecha de su suscripción, pudiendo ser renovado por un lapso de 6
meses.- S/Expte. N 6346/18
Decreto Nº 2013 -28-VI-18- Art. 1º.- Apruébase el contrato de locación de servicios equiparado a la Categoría 7 Rama Administrativa -Ley Nº 643-, a suscribirse con el señor Edgardo Alejandro CALDERÓN D.N.I. N 14.453.974 -Clase 1961-, que como anexo forma parte del presente Decreto, de conformidad a lo previsto en los artículos 3 y 4 de la Ley N 643.La contratación aprobada precedentemente, tendrá vigencia entre la fecha del presente Decreto y hasta el 31
de diciembre de 2018.Decreto Nº 2015 -29-VI-18- Art. 1º.- Autorizar la acumulación de horas cátedra en la Facultad de Agronomía de la Universidad Nacional de La Pampa, al agente contratado -equiparado a la Categoría 7 Rama Administrativa -Ley N 643- Federico Matías PELIZZARI D.N.I. N 31.942.731 -Clase 1986-, perteneciente a la Dirección de Agricultura, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios del Ministerio de la Producción, sin perjuicio del estricto cumplimiento de la jornada de trabajo conforme los artículos 124 y 125 de la Ley N 1124 y el artículo 34 de la Ley N 643.Decreto Nº 2016 -29-VI-18- Art. 1º.- Acéptase a partir del día 1 de junio de 2018, la renuncia para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, presentada por la agente Categoría 16, de Convenio Colectivo de Trabajo N 36/75, María Anahí MUSSA, D.N.I. N 13.755.430 Clase 1957, perteneciente a la Administración Provincial de Energía, quien ha optado por hacer uso del derecho que le acuerda el artículo 173 bis de la Ley Nº 643 artículo 4º de la Norma Jurídica de Facto Nº 934.Decreto Nº 2017 -29-VI-18- Art. 1º.- Acéptase, a partir del 13 de marzo de 2018, la renuncia presentada por la agente Categoría 10 Rama Servicios Generales y MantenimientoLey N 1279, Esther Margarita ESQUIBELA -D.N.I. N 12.938.556- Clase 1957, perteneciente a la Subsecretaría de Salud del Ministerio de Salud, quien ha optado por hacer uso del derecho que le acuerda el artículo 173 bis de la Ley Nº 643.Decreto Nº 2018 -29-VI-18- Art. 1º.- A partir de la fecha del presente Decreto el agente Categoría 4 Rama Profesional con 32,30 horas semanales de labor -Ley Nº 1279- Jorge Luis OLIVARES -D.N.I. N 13.648.466 -Clase 1957- perteneciente a la Subsecretaría de Salud del Ministerio de Salud, cumplirá un régimen laboral con Dedicación Exclusiva de 44 horas semanales de labor.
Art. 2º.- A partir de la fecha del presente Decreto la agente Categoría 7 Rama Profesional con 44 horas semanales de labor y Dedicación Exclusiva -Ley N 1279María Fernanda QUIROGA -D.N.I. N 22.161.838 -Clase 1971- perteneciente a la Subsecretaría de Salud del Ministerio de Salud, cumplirá un régimen laboral con Dedicación Simple de 32,30 horas semanales de labor.
Decreto Nº 2020 -29-VI-18- Art. 1º.- Apruébase el Convenio de Redeterminacion Definitiva de precios
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obrante a fojas 464, celebrado ad referéndum del Poder Ejecutivo Provincial, entre la Administración Provincial del Agua y la empresa BEPHA CONSTRUCCIONES de PÉREZ HABIAGA Adrián, BEASCOECHEA Hugo y ZIAURRIZ, María Pilar S.A., C.U.I.T. N 30-71000837-6, correspondiente a los contratos aprobados mediante Decretos N 1432/17 y N 133/18, suscriptos oportunamente para la ejecución de la obra: RECAMBIO
DE CONEXIONES DOMICILIARIAS EN LA RED DE
DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE - BARRIOS VILLA
UHALDE Y VILLA TOMÁS MASON NORTE - MALLA N
14, de conformidad a la documentación legal y técnica confeccionada al efecto en forma conjunta por las partes, obrantes de fojas 436 a 440, encuadrando el procedimiento en las Leyes N 2008 y N 2230, y los Decretos N 1024/02, N 2146/06, N 3679/08, N 400/16
y N 575/16.Art. 2º.- Autorízase a la Administración Provincial del Agua a pagar a la empresa BEPHA CONSTRUCCIONES
de PÉREZ HABIAGA Adrián, BEASCOECHEA Hugo y ZIAURRIZ, María Pilar S.A., C.U.I.T. N 30-71000837-6, la suma de $104.827,02, en concepto de diferencia entre la Redeterminación Definitiva de Precios y los pagos provisorios que se realizaron a cuenta del cálculo definitivo, por certificaciones de obra ya efectuadas, renunciando la empresa expresamente a efectuar reclamo judicial o extrajudicial alguno, relacionado con las normas citadas en el Artículo 1 del presente Decreto.Decreto Nº 2021 -29-VI-18- Art. 1º.- Apruébase el Convenio de redeterminación de precios obrante a fojas 275, celebrado "ad referéndum" del Poder Ejecutivo Provincial entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos y la Empresa LEDESMA ZULEMA BEATRIZ, C.U.I.T. 27-11699981-7, representada por su titular señora Zulema Beatriz LEDESMA, correspondiente al Contrato suscripto oportunamente para la ejecución de la Obra: AUMENTO DE RESERVA DE AGUA EN
ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES - ESCUELA N 27
SANTA ROSA LP, por la suma total de $ 122.245,18, y conforme a la documentación legal y técnica confeccionada al efecto en forma conjunta por las partes, obrante de fojas 257 a 268, encuadrando legalmente el procedimiento en las Leyes N 2008 y N 2230 y en los Decretos N 1024/02; N 2146/06; N 3679/08 y N
575/16.Art. 2º.- Autorízase al Ministerio de Obras y Servicios Públicos a pagar a la Empresa LEDESMA
ZULEMA
BEATRIZ, C.U.I.T.
27-11699981-7, representada por su titular señora Zulema Beatriz LEDESMA, la suma de $ 8.388,32, en concepto de diferencia entre la redeterminación de precios y los pagos provisorios que se realizaron a cuenta del cálculo definitivo, por certificaciones de obra ya efectuadas, renunciando la Empresa expresamente a efectuar reclamo judicial o extrajudicial alguno, relacionado con las normas citadas en el artículo 1.Decreto Nº 2022 -29-VI-18- Art. 1º.- Apruébase el Convenio de redeterminación de precios obrante a fojas 2426, celebrado ad referéndum del Poder Ejecutivo Provincial entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos y la Empresa BEPHA CONSTRUCCIONES S.A., C.U.I.T. 30-71000837-6, representada por su Presidente Ingeniero Adrián PÉREZ HABIAGA, correspondiente al Contrato suscripto oportunamente para la ejecución de la Obra: CONSTRUCCIÓN ESCUELA SECUNDARIO -

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 6/7/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaysArgentine

Date06/07/2018

Page count53

Edition count919

Première édition09/06/2000

Dernière édition30/12/2020

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