Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 11/5/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 6

Santa Rosa, 11 de mayo de 2018

designándose responsables de la misma a los señores:
Profesor Jorge Luis Ceferino MARTÍNEZ ALMUDEVAR, DNI N 20.849.666 y Santiago Ornar ALOU, DNI N
22.176.014; debiendo firmar en las operaciones bancarias los dos nombrados.Art. 3º.- El Fondo Fijo mencionado en el artículo 1
estará sujeto a rendición de cuentas mensual, pudiendo rendirse en períodos menores en caso de haberse consumido el 70% del monto total. Las rendiciones deberán presentarse ante la Habilitación del Ministerio de Desarrollo Social, las que fiscalizadas por la misma deberán elevarse a la Subsecretaría de Deportes, Recreación y Turismo Social para la aprobación, adjuntando los comprobantes respectivos y relación detallada de los mismos refrendada por los responsables de la cuenta señalada en el Artículo 2, correspondiendo la restitución en el momento de la rendición.Decreto Nº 1018 -2-V-18- Art. 1º.- Acéptase a partir del 14 de diciembre de 2017, la renuncia para acogerse a los beneficios de la Jubilación por Invalidez , presentada por la agente Categoría 15- Rama Servicios Generales y Mantenimiento Ley Nº 1279, Marta Graciela BURGOS
D.N.I. Nº 11.514.379 Clase 1955-, perteneciente a la Subsecretaria de Salud del Ministerio de Salud, quien ha optado por hacer uso del derecho que le acuerda el artículo 173 bis de la Ley Nº 643.Decreto Nº 1019 -2-V-18- Art. 1º.- Apruébase el Convenio de Redeterminación de precios obrante a fojas 499, celebrado ad referéndum del Poder Ejecutivo Provincial entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos y la Empresa MATERIALES BUTALO S.R.L., CUIT: 30- 70921208-3, representada por su Socio Gerente Ingeniero Carlos Alberto CARVALHO, correspondiente al Contrato suscripto oportunamente para la ejecución de la Obra:
TRABAJOS
DE
MANTENIMIENTO CUBIERTA SECTOR DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD - SANTA ROSA - LA
PAMPA, por la suma total de $ 390.772,64, y conforme a la documentación legal y técnica confeccionada al efecto en forma conjunta por las partes, obrante de fojas 478 a 483 encuadrando legalmente el procedimiento en las Leyes N 2008 y N 2230 y en los Decretos N 1024/02;
N 2146/06; N 3679/08 y N 575/16,Art. 2º.- Autorízase al Ministerio de Obras y Servicios Públicos a pagar a la Empresa MATERIALES
BUTALO S.R.L., CUIT: 30-70921208-3, representada por su Socio Gerente Ingeniero Carlos Alberto CARVALHO, la suma de $ 285,33, en concepto de diferencia entre la predeterminación de precios y los pagos provisorios que se realizaron a cuenta del cálculo definitivo, por certificaciones de obra ya efectuadas, renunciando la Empresa expresamente a efectuar reclamo judicial o extrajudicial alguno, relacionado con las normas citadas en el artículo 1.Decreto Nº 1020 -2-V-18- Art. 1º.- Apruébase el Modelo de Convenio de Redeterminación de Precios que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto y autorízase al Director del Establecimiento Asistencial Dr. Lucio Molas, Dr. Armando Manuel HORNOS, a la suscripción del mismo contemplando las posibles prórrogas con la Señora Marcela Alejandra MOREYRA, D.N.I. N 20.561.434, en el marco de la Ley N 2271 y el Decreto N 91/07, correspondiente al Contrato de
BOLETÍN OFICIAL N 3309

Prestación de Servicios de Limpieza y Mantenimiento del Área General ítem 1 y del Área Crítica ítem 2 y Espacios Verdes ítem 3 del Establecimiento Asistencial Dr. Lucio Molas de la ciudad de Santa Rosa, dependiente de la Subsecretaría de Salud del Ministerio de Salud de la Provincia, aprobado mediante Decreto N
1294/17
conforme la negociación colectiva homologada por Resolución N 95/2017 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación de fecha 04 de abril de 2017.- S/Expte. Nº 15090/2017
Decreto Nº 1021 -2-V-18- Art. 1º.- Fíjanse los porcentajes de reducción de los impuestos mínimos a que refiere el artículo 164 del Código Fiscal t.o. 2018
correspondientes a los inmuebles baldíos ubicados en plantas urbanas y suburbanas, según lo previsto por el artículo 4 de la Ley N 3055, según el siguiente detalle:
a Ejidos 021, 046 y 047, SETENTA Y CINCO POR
CIENTO 75%
b Ejidos 001, 006, 015, 026, 034, 058, 089, 097 y 112, SETENTA POR CIENTO 70%
c Ejido de la Provincia, SETENTA Y SIETE POR CIENTO
.67%.Art. 2º.- Establécese que a los fines del reconocimiento de la reducción fijada por el artículo 4 de la Ley N 3055 los contribuyentes deberán presentarse ante la Dirección General de Catastro, quién fijará la documentación que acompañará a la solicitud. Luego de verificar que el titular del inmueble o la totalidad de los condóminos, según el caso, cumplen con los requisitos exigidos, el Organismo comunicará a la Dirección General de Rentas la procedencia de la reducción a fin de la modificación de los cargos impositivos.
La solicitud, junto con la totalidad de la documentación que requiera la Dirección General de Catastro, deberá ser presentada hasta el día 4 de Mayo de 2018. A las efectuadas con posterioridad, de corresponder el beneficio, les será acordado a partir de las subsiguientes cuotas no vencidas.
Art. 3º.- Facúltese a la Dirección General de Rentas y la Dirección General de Catastro, respectivamente, para dictar las disposiciones complementarias que sean necesarias y resolver las cuestiones relacionadas con la administración de esta prerrogativa tributaria.
Decreto Nº 1022 -3-V-18- Art. 1º.- Apruébase lo actuado por la Instrucción en el Sumario Administrativo ordenado por Resolución N 2668/17 del Ministerio de Salud, en el Expediente N 10299/17 caratulado:
MINISTERIO
DE
SALUD
S/SUMARIO
ADMINISTRATIVO AL AGENTE GONZÁLEZ ELSA
RAQUEL.
Art. 2º.- Declarar Cesante a partir de la notificación del presente Decreto a la agente Categoría 10, Rama Enfermería - Ley N 1279, Elsa Raquel GONZÁLEZ, DNI
N 17.979.105, Afiliada N 58531, Legajo N 36565, dependiente de la Subsecretaría de Salud, de conformidad con lo previsto en los artículos 273 inciso d y 277 inciso c de la Ley N 643, por haber infringido con su accionar el artículo 38 incisos a y t del mencionado cuerpo normativo, aplicable por remisión expresa del artículo 1 de la Ley 1279, según lo expuesto en los considerandos.
Decreto Nº 1023 -3-V-18- Art. 1º.- Dispóngase a partir de la fecha de su notificación el pase a situación de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 11/5/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaysArgentine

Date11/05/2018

Page count54

Edition count919

Première édition09/06/2000

Dernière édition30/12/2020

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