Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 1/12/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 24

Santa Rosa, 1 de diciembre de 2017

PESOS TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES
CON
VEINTICINCO
CENTAVOS
$ 3.633,25, notificándosele asimismo la sanción accesoria de decomiso y destrucción establecida por Disposición N
71/17 de los siguientes elementos: DOS 2 reflectores fabricación casera, UN 1 cinto porta cartuchos, UNA
1 linterna led marca Werque con enchufe para cargar de plástico y UN 1 cuchillo marca Tramontina con cabo de madera.El auto que así lo ordena dice: SANTA ROSA, 31 de octubre de 2017. VISTO: CONSIDERANDO: POR
ELLO: El Subsecretario de Asuntos Agrarios DISPONE:
Publíquese edictos por tres veces en el Boletín Oficial de la Provincia. DISPOSICIÓN N 285/17. FIRMADO: Ing.
Zootecnista Alexis BENINI, Subsecretario de Asuntos Agrarios.B.O. 3284 a 3286
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD de la Provincia de La Pampa, sito en Avenida Spinetto Nº 1221
de la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, en expediente administrativo Nº 636/2015 caratulado: ACTA
DE
CONTRAVENCIÓN
Nº 3.028, Conductor:
ESCOBAR, Raúl Alberto, Propietario: BERSIA Osvaldo V. y Bersia, Guillermo G. S.H., notifica al señor Raúl Roberto ESCOBAR CUIL Nº 20-32228574-5, que se ha dictado Resolución Nº 147/2016 por el Directorio de esta Repartición, en sesión Nº 1665 del jueves 31 de marzo de 2016, la que en su parte pertinente textualmente dice:
Resuelve: Artículo 1º: Dar por concluida la causa administrativa tramitada en el Expediente Nº 636/15, Acta de Contravención Nº 3.028, por circular transitando sin contar con los permisos de tránsito otorgados por autoridad competente, e imponer la sanción de multa de 200 U.F., según lo establece el Decreto Nº 2055/00
Anexo BArt. Nº 2- Inc. I; equivalente a 200 litros de nafta especial al precio de venta al público que fija el Automóvil Club Argentino en la ciudad de Santa Rosa, vigente al momento de hacerse efectivo el pago, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Nº 2055/00 Anexo B Art. Nº 1:
al señor Raúl Roberto Escobar, CUIL Nº 20-32228574-5, conductor del vehículo Artículo 2º: Conferir a los infractores nombrados en el Articulo Nº 1, el plazo de 10
diez días hábiles, a partir de notificada la presente, para abonar la multa impuesta Res. DPV Nº 270/03 - Anexo IArt. 9º DADA: En la sesión Nº 1665, del jueves 31 de marzo de 2016. FDO.: Ing. Jorge Alberto Etchichury, y señores vocales: Ing. Adriana Noemí Lamberto, Guillermo Osvaldo Bertone y Valentín Contreras. DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD, 07 de noviembre de 2017.B.O. 3284 a 3286
LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD de la Provincia de La Pampa, con domicilio en Avenida Spinetto Nº 1221 de la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, en expediente administrativo Nº 318/2016
caratulado: ACTA DE CONTRAVENCIÓN Nº 3.112, Conductor: MONTIEL, Carlos Alberto, Propietario:
TRANSPORTE M.T.H. S.R.L., notifica a la firma TRANSPORTE M.T.H. S.R.L., CUIT Nº 30-71229324-8, en su calidad de firma propietaria y cargadora de los dominios Nº LYX-072 y GEJ-097, y como responsable solidario de la misma según Art. 57 Ley 24.449, que se ha labrado en su contra Acta de Contravención Nº 3.112, de fecha 05/05/2016 por verificarse la circulación
BOLETÍN OFICIAL N 3286

de un vehículo Dominio LYX-072 y GEJ-097, sin permiso y excedido en sus dimensiones, conducta que resulta violatoria de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, así como también de la Ley Provincial Nº 1713. El Decreto Nº 2055/00, en su Anexo B Art. 2º- Inc. I y VII, establece una ecuación para determinar la cantidad de Unidades Fijas que corresponde aplicar por dicho exceso, dando como resultado para este caso la cantidad de 710 U.F, equivalente a 710 litros de nafta especial al precio de venta al público que fija el Automóvil Club Argentino de la ciudad de Santa Rosa La Pampa, vigente al momento de hacerse efectivo el pago. Asimismo, se le notifica que cuenta con un plazo de cinco 5 días hábiles desde la última publicación del presente, para presentar descargo, argumentar y probar lo que estime conveniente para su defensa, debiendo ser presentado en la Sede de esta Repartición o; abonar el importe correspondiente, en igual plazo, equivalente al cincuenta por ciento 50%, si no fuera reincidente, todo de conformidad a lo que establece la Resolución Nº 270/03 Anexo I Reg. D.P.V.
Vencido dicho plazo sin haber presentado descargo o sin haberse acreditado el efectivo pago de la multa, se proseguirá con las actuaciones administrativas pertinentes. Publíquese por tres días en el Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa. Santa Rosa, 15 de noviembre de 2017. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
VIALIDAD. Valentín CONTRERAS, a/c Presidencia, Vicepresidente Dirección Provincial de Vialidad.B.O. 3285 a 3287
LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD de la Provincia de La Pampa, sito en Avenida Spinetto Nº 1221
de la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, en expediente administrativo Nº 636/2015 caratulado: ACTA
DE
CONTRAVENCIÓN
Nº 3.028, Conductor:
ESCOBAR, Raúl Alberto, Propietario: BERSIA Osvaldo V. y Bersia, Guillermo G. S.H., notifica al señor Raúl Roberto ESCOBAR CUIL Nº 20-32228574-5, que se ha dictado Resolución Nº 147/2016 por el Directorio de esta Repartición, en sesión Nº 1665 del jueves 31 de marzo de 2016, la que en su parte pertinente textualmente dice:
Resuelve: Artículo 1º: Dar por concluida la causa administrativa tramitada en el Expediente Nº 636/15, Acta de Contravención Nº 3.028, por circular transitando sin contar con los permisos de tránsito otorgados por autoridad competente, e imponer la sanción de multa de 200 U.F., según lo establece el Decreto Nº 2055/00
Anexo BArt. Nº 2- Inc. I; equivalente a 200 litros de nafta especial al precio de venta al público que fija el Automóvil Club Argentino en la ciudad de Santa Rosa, vigente al momento de hacerse efectivo el pago, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Nº 2055/00 Anexo B Art. Nº 1:
al señor Raúl Roberto Escobar, CUIL Nº 20-32228574-5, conductor del vehículo Artículo 2º: Conferir a los infractores nombrados en el Articulo Nº 1, el plazo de 10
diez días hábiles, a partir de notificada la presente, para abonar la multa impuesta Res. DPV Nº 270/03 - Anexo IArt. 9º DADA: En la sesión Nº 1665, del jueves 31 de marzo de 2016. FDO.: Ing. Jorge Alberto Etchichury, y señores vocales: Ing. Adriana Noemí Lamberto, Guillermo Osvaldo Bertone y Valentín Contreras. DIRECCIÓN
PROVINCIAL DE VIALIDAD, 07 de noviembre de 2017.Dirección Provincial de Vialidad. Fdo. Ing. Alberto ETCHICHURY, Presidente.B.O. 3286 a 3288

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 1/12/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaysArgentine

Date01/12/2017

Page count43

Edition count919

Première édition09/06/2000

Dernière édition30/12/2020

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