Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 7/4/2017
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa
Pág. N 2
Santa Rosa, 7 de abril de 2017
BOLETÍN OFICIAL N 3252
LEY Nº 2978: APROBANDO EL CONVENIO AMPLIATORIO DE PARTICIPACIÓN EN EL PROYECTO DE ENERGÍAS
RENOVABLES EN MERCADOS RURALES Y SUS ANEXOS I Y II, SUSCRIPTO EL DÍA 10 DE JUNIO DE 2016 ENTRE
EL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA DE LA NACIÓN Y EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º: Apruébase el Convenio Ampliatorio de Participación en el Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales y sus Anexos I y II, suscripto el día 1
de Junio de 2016 entre el Ministerio de Energía y Minería de la Nación y el Gobierno de la provincia de La Pampa, que forma parte integrante de la presente Ley, por el cual se conviene las condiciones de ejecución del PERMER II
en la Provincia de La Pampa.
Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los dieciséis días del mes de marzo de dos mil diecisiete.Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ Vicegobernador de La Pampa Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa Dra. Varinia Lis MARÍN Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-
SANTA ROSA, 27 DE MARZO DE 2017
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia: Dese al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO Nº 632/17
Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa
Ing. Julio Néstor BARGERO, Ministerio de Obras y Servicios Públicos C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO, Ministro de Hacienda y Finanzas.SECRETARÍA
GENERAL
GOBERNACIÓN: 27 DE MARZO DE 2017
DE
LA
Registrada la presente Ley, bajo el numero DOS MIL
NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO 2978.Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-
EXPEDIENTE Nº 3713/17
LEY Nº 2979: APROBANDO EL CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA RECÍPROCA
INTERINSTITUCIONAL SUSCRIPTO EL DÍA 6 DE OCTUBRE DE 2016, ENTRE EL GOBIERNO NACIONAL Y EL
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º: Apruébase el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Recíproca Interinstitucional suscripto el día 6 de octubre de 2016, entre el Gobierno Nacional y el Gobierno de la provincia de La Pampa que forma parte integrante de la presente Ley.Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los dieciséis días del mes de marzo de dos mil diecisiete.Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ Vicegobernador de La Pampa Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa Dra. Varinia Lis MARÍN Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.EXPEDIENTE Nº 3714/17
SANTA ROSA, 27 DE MARZO DE 2017
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia: Dese al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO Nº 617/17.Ing. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa
Abg. Daniel Pablo BENSUSAN Ministro de Gobierno y Justicia.SECRETARÍA
GENERAL
GOBERNACIÓN: 27 DE MARZO DE 2017.-
DE
LA
Registrada la presente Ley, bajo el numero DOS
MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE 2979.Ing. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.-
LEY Nº 2980: APROBANDO EL CONVENIO DE EJECUCIÓN DEL PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD
ALIMENTARIA "ABORDAJE FEDERAL 2016", CELEBRADO EL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DE 2016 ENTRE EL
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN Y EL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA
PROVINCIA DE LA PAMPA
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY: