Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 23/3/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3250

Santa Rosa, 23 de marzo de 2017

Declarar la prescripción administrativa en los términos de la Ley 24.320 a favor de la MUNICIPALIDAD DE REALICÓ
del siguiente inmueble: Ejido 001; Circ. I; Radio e;
Manzana 12; Parcela 3, PARTIDA POSEEDOR: 790.285
ubicado en la Sección I, Fracción A, Lote 3 de la localidad de REALICÓ, con una superficie de 765 m2 inscripto en el Registro de la Propiedad al Tomo 352 Folio 83 Finca 56.879, titularidad registral: 100% GELOSSI José.- Artículo 2º: Designar a la Escribana Herminia María CESAR, titular del registro notarial Nº 1 de esta localidad, a efectos de la formalización de la escritura traslativa de dominio, la que servirá de título bastante para la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa.- Artículo 3º: Imputar por cuenta de la MUNICIPALIDAD DE REALICÓ los gastos que demande la escrituración del inmueble y el pago del impuesto inmobiliario en caso de corresponder.Artículo 4º:
Disponer la baja de la deuda que registra el bien en concepto de tasas y servicios municipales por confusión, en virtud de la adquisición operada a favor de la MUNICIPALIDAD DE REALICÓ.- Artículo 5º: Publíquese la presente por una vez en el Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa.- Artículo 6º: De forma.- RESOLUCIÓN Nº 040/2017.- Fdo. Arq. A. Alejandro AVILASecretario de Gobierno y PlanificaciónProf. Roxana N. LERCARIIntendente Municipal.B.O. 3250
La Municipalidad de Realicó hace saber que con fecha 6
de febrero de 2.017 se ha dictado la siguiente resolución en el marco de las actuaciones administrativas caratuladas MUNICIPALIDAD DE REALICÓ s/ PRESCRIPCIÓN
ADMINISTRATIVA s/ RADIO d; PARCELA 007;
MANZANA 50 Expediente Nº 13/2015 que en su parte pertinente dice: Realicó, La Pampa, 6 de Febrero de 2.017VISTAS CONSIDERANDO EL INTENDENTE
MUNICIPAL DE REALICÓ RESUELVE: Artículo 1º:
Declarar la prescripción administrativa en los términos de la Ley 24.320 a favor de la MUNICIPALIDAD DE REALICÓ
del siguiente inmueble: Ejido 001; Circ. I; Radio d;
Manzana 50; Parcela 7, PARTIDA POSEEDOR: 790.284
ubicado en la Sección I, Fracción A, Lote 3 de la localidad de REALICÓ, con una superficie de 400 m2 inscripto en el Registro de la Propiedad al Tomo 730 Folio 15 Finca 89.973, titularidad registral: 100% PICC Jorge Agustín.Artículo 2º: Designar a la Escribana Herminia María CESAR, titular del registro notarial Nº 1 de esta localidad, a efectos de la formalización de la escritura traslativa de dominio, la que servirá de título bastante para la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa.- Artículo 3º:
Imputar por cuenta de la MUNICIPALIDAD DE REALICÓ
los gastos que demande la escrituración del inmueble y el pago del impuesto inmobiliario en caso de corresponder.Artículo 4º: Disponer la baja de la deuda que registra el bien en concepto de tasas y servicios municipales por confusión, en virtud de la adquisición operada a favor de la MUNICIPALIDAD DE REALICÓ.- Artículo 5º: Publíquese la presente por una vez en el Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa.- Artículo 6º: De forma.- RESOLUCIÓN Nº 050/2017.- Fdo. Arq. A. Alejandro ÁVILASecretario de Gobierno y PlanificaciónProf. Roxana N. LERCARIIntendente Municipal.B.O. 3250

P ág. N 25

La Municipalidad de Realicó hace saber que con fecha 6
de febrero de 2.017 se ha dictado la siguiente resolución en el marco de las actuaciones administrativas caratuladas MUNICIPALIDAD DE REALICÓ s/ PRESCRIPCIÓN
ADMINISTRATIVA s/ RADIO d; PARCELA 016;
MANZANA 16 Expediente Nº 7/2015 que en su parte pertinente dice: Realicó, La Pampa, 6 de Febrero de 2.017VISTAS CONSIDERANDO EL INTENDENTE
MUNICIPAL DE REALICÓ RESUELVE: Artículo 1º:
Declarar la prescripción administrativa en los términos de la Ley 24.320 a favor de la MUNICIPALIDAD DE REALICÓ
del siguiente inmueble: Ejido 001; Circ. I; Radio d;
Manzana 016; Parcela 016, PARTIDA POSEEDOR:
790.283 ubicado en la Sección I, Fracción A, Lote 3 de la localidad de REALICÓ, con una superficie de 342 m2
inscripto en el Registro de la Propiedad al N.E. 5236/78
Matrícula I- 18.284, titularidad registral: 100% SORATTO, Mariano Ramón.- Artículo 2º: Designar a la Escribana Herminia María CESAR, titular del registro notarial Nº 1 de esta localidad, a efectos de la formalización de la escritura traslativa de dominio, la que servirá de título bastante para la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa.- Artículo 3º:
Imputar por cuenta de la MUNICIPALIDAD DE REALICÓ
los gastos que demande la escrituración del inmueble y el pago del impuesto inmobiliario en caso de corresponder.Artículo 4º: Disponer la baja de la deuda que registra el bien en concepto de tasas y servicios municipales por confusión, en virtud de la adquisición operada a favor de la MUNICIPALIDAD DE REALICÓ.- Artículo 5º: Publíquese la presente por una vez en el Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa.- Artículo 6º: De forma.- RESOLUCIÓN Nº 045/2017.- Fdo. Arq. A. Alejandro ÁVILASecretario de Gobierno y PlanificaciónProf. Roxana N. LERCARIIntendente Municipal.B.O. 3250
La Municipalidad de Realicó hace saber que con fecha 6
de febrero de 2.017 se ha dictado la siguiente resolución en el marco de las actuaciones administrativas caratuladas MUNICIPALIDAD DE REALICÓ s/ PRESCRIPCIÓN
ADMINISTRATIVA s/ RADIO e; PARCELA 020;
MANZANA 60 Expediente Nº 16/2015 que en su parte pertinente dice: Realicó, La Pampa, 6 de Febrero de 2.017VISTAS CONSIDERANDO EL INTENDENTE
MUNICIPAL DE REALICÓ RESUELVE: Artículo 1º:
Declarar la prescripción administrativa en los términos de la Ley 24.320 a favor de la MUNICIPALIDAD DE REALICÓ
del siguiente inmueble: Ejido 001; Circ. I; Radio e;
Manzana 60; Parcela 20, PARTIDA POSEEDOR: 790.662
ubicado en la Sección I, Fracción A, Lote 3 de la localidad de REALICÓ, con una superficie de 765 m2 inscripto en el Registro de la Propiedad al N.E. 9612/74 y 335/83
Matrícula I- 13.247, titularidad registral: 50% BIRD y TACHINI Otto y 50$ BIRD y TACHINI Hilario Alberto.Artículo 2º: Designar a la Escribana Herminia María CESAR, titular del registro notarial Nº 1 de esta localidad, a efectos de la formalización de la escritura traslativa de dominio, la que servirá de título bastante para la inscripción del bien en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa.- Artículo 3º:
Imputar por cuenta de la MUNICIPALIDAD DE REALICÓ
los gastos que demande la escrituración del inmueble y el pago del impuesto inmobiliario en caso de corresponder.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 23/3/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaysArgentine

Date23/03/2017

Page count47

Edition count919

Première édition09/06/2000

Dernière édition30/12/2020

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