Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 5/6/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

Pág. N 1186

Santa Rosa, 5 de junio de 2015

Bahía Blanca, hasta el día 17 de Junio de 2015". Santa Rosa, mayo 13 de 2015 Dr. Rubén D. CAPDEVIELLE
Secretario.B. Of. 3153 a 3157
El Juzgado de 1 Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería n UNO de la III Circ. Judicial de la Pcia. de La Pampa, a cargo del Dr. Gerardo Román Bonino, Juez, con asiento en V. Rodríguez 828, PA, Gral. Acha, La Pampa, en autos: "Moyano, Crispín y otro c/Lalor y O Neil, Juan y otros s/posesión veinteañal" - Expte. V 10793, notifica la sentencia dictada en autos a Juan LALOR y O
NEIL; Emilia Cecilia LALOR y O NEIL; Carlos LALOR y O
NEIL; Eduardo Santiago LALOR y O NEIL; Juan LALOR y MAGUIRE; Margarita María LALOR y MAGUIRE; Luis María LALOR y CAVANAGH; Marcela LALOR y CAVANAGH; Patricia Luisa Teresa Margarita LALOR y CAVANAGH; Margarita Isabel LALOR y CAVANAGH;
Alberto Juan Ramón LALOR y CAVANAGH; María Inés MAC DONALD y LALOR; María Adelina MAC DONALD y LALOR; Douglas Juan MAC DONALD y LALOR y Sara Elisa RUSHTON de LALOR, con último domicilio conocido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: "General Acha, 29 de octubre de 2014. RESUELVO: I. Hacer lugar a la demanda de nulidad de la Sentencia dictada en los autos Manny Lalor Juan y otro c/Lalor O Neil Juan y otros s/Posesión Veinteañal expte. n 9545/06. II. Rechazar la excepción de cosa juzgada interpuesta por los Sres.
Federico José Caeiro, Pablo José Caeiro y Cecilia María Caeiro. III. Hacer lugar a la demanda incoada a fs. 71/76 y readecuada a fs. 120/128vta. por los Sres. Crispín Moyano y Lucía del Carmen Yanten o Yantes contra los Sres. Juan Lalor y O neil; Emilia Cecilia Lalor y O neil; Carlos Lalor y O neil; Eduardo Santiago Lalor y Oneil; Juan Lalor y Manguire; Margarita María Lalor y Manguire; Luis María Lalor y Cavanagh; Marcela Lalor y Cavanagh; Patricia Luisa Teresa Margarita Lalor y Cavanagh; Margarita Isabel Lalor y Cavanagh; Alberto Juan Ramón Lalor y Cavanagh;
María Inés Mac Donald y Lalor; María Adelina Mac Donald y Lalor; Dauglas Juan Mac Donald y Lalor; Sara Elisa Rushton de Lalor; José Juan Manny Lalor y Alicia María Manny y Lalor, por figurar como titulares del 100% del inmueble en cuestión y los dos últimos inscriptos en la Dirección General de Catastro como poseedores; así como contra sus cesionarios Sres. Federico José Caeiro, Pablo José Caeiro y Cecilia María Caeiro y, en consecuencia, declarar que Crispín Moyano y Lucía del Carmen Yanten o Yantes han adquirido por posesión veinteañal el 100% del dominio del inmueble identificado como Parcelas 2 y 3, del Lote 6, Fracción D, Sección XXIV de esta Provincia de La Pampa, con una superficie según plano de: Parcela 2, 4097 has., 40 as. y la Parcela 3: 5685 has. 82 as.; Partidas 745.100 y 745.101 Partidas de Origen Nros. 521.444 y 521.436, respectivamente, ubicado en el Departamento Puelén, Provincia de La Pampa.- IV. Firme que sea la presente, inscríbanse en el Registro de la Propiedad Inmueble de esta Provincia; oficiándose a esos efectos dejándose expresa constancia que conforme lo dispuesto por el Art. 35 inc. b de la Ley N 560, la inscripción se hace sin tener en cuenta el certificado de dominio y bajo la responsabilidad de las peticionantes;
quedando autorizados los Dres. Carlos Santiago Lorda y/o Santiago
BOLETÍN OFICIAL N 3156

Martín Lorda y/o Sebastián Pablo Lorda a suscribir las minutas correspondientes.- V. Imponer las costas del presente a los Sres. Federico José Caeiro, Pablo José Caeiro y Cecilia María Caeiro, en los términos del art. 62
del CPCyC.- VI. Diferir la regulación de honorarios profesionales de los Dres. Carlos Santiago Lorda, Santiago Martín Lorda, Sebastián Pablo Lorda y Mario Rubén Guinder, hasta el momento de determinarse el monto del proceso arts. 32 y 23 de la Ley Arancelaria, a cuyo fin córrase vista a los profesionales citados y a los obligados al pago, para que dentro del plazo de tres días estimen el valor del inmueble objeto de autos.- A tal fin notifíquese a los Sres. Federico José Caeiro, Pablo José Caeiro y Cecilia María Caeiro en sus domicilios reales, librándose en los términos de la Ley Nacional N 22.172, las Cédulas pertinentes a diligenciarse por intermedio de la la Oficina de Mandamientos y Notificaciones de la ciudad Autónoma de Buenos Aires que corresponda, y con jurisdicción sobre los domicilios denunciados; quedando autorizados al diligenciamiento pertinente los Dres. Carlos Santiago Lorda y/o Santiago Martín Lorda y/o Sebastián Pablo Lorda y/o Mario Rubén Guinder y/o la persona que estos indiquen, con facultades de ley.- VII. REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE y OFICIESE.- Fdo. Gerardo Ramón BONINO, Juez de Primera Instancia" "General Acha, 12 de noviembre de 2014. RESUELVO: I Ampliar la Sentencia de fecha 29/10/2014 registrada bajo el N 35/2014, haciendo extensivo lo resuelto en el Punto III a la tercera citada "BOUBIÁN
S.A".II
REGISTRESE
Y NOTIFIQUESE.- Para cumplir con la notificación de la presente en forma conjunta con la sentencia de autos a la firma BOUBIAN S.A., líbrese cédula Ley N 22.172, quedando autorizados a correr con su diligenciamiento los profesionales intervinientes y/o la persona que los mismos designen. Dr. Gerardo Román BONINO, Juez". El auto que ordena la medida en su parte pertinente dice: "General Acha, 28 de abril de 2015. Por lo tanto, cúmplase con la notificación de la sentencia de autos a los demandados indicados en el pto. V, mediante la publicación de edictos que aparecerán por una vez en el Boletín Oficial de esta provincia y en un diario de tirada en la ciudad Autónoma de Buenos Aires último domicilio conocido conforme lo prescripto por el art. 138 del CPCyC. y con cumplimiento de los recaudos establecidos en el Art. 139. Dr. Gerardo Román BONINO, Juez". Prof. interviniente: Estudio Lorda Abogados, San Martín 574. General Acha, L.P. Secretaría, de 12 mayo de 2015.- Dra. María de los A. PEREZ, Secretaria.B. Of. 3156
Juzgado de Primera Instancia en lo Civ., Com., Lab. y de Min. N SEIS de Santa Rosa a cargo del Dr. Claudio Daniel SOTO, Juez Sustituto, Secretaría Única, en autos:
"MELLADO GRISELDA DEL CARMEN contra TARQUINI
ANTONIO sobre ESCRITURACIÓN" Expte. N E
31279 NOTIFICA a Antonio TARQUINI y/o sus herederos en los términos de lo dispuesto por los arts. 137 y 325 del C.P.C.C. la resolución judicial que se transcribe en su parte pertinente: SANTA ROSA, 1 de febrero de 2010.
AUTOS Y VISTOS:- Traídos los autos caratulados "MELLADO GRISELDA DEL CARMEN contra TARQUINI
ANTONIO sobre ESCRITURACIÓN" Expte. N E 31279

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 5/6/2015

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaysArgentine

Date05/06/2015

Page count69

Edition count919

Première édition09/06/2000

Dernière édition30/12/2020

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