Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 1/2/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETÍN OFICIAL N 3034

Santa Rosa, 1 de febrero de 2013

mes de noviembre de 2012, y se hará efectiva conjuntamente con la liquidación complementaria del mes de diciembre de 2.012.Decreto Nº 1312 -26-XII-12- Art. 1º.- Autorízase la creación de una Caja Chica en el Consejo de la Juventud por la suma de $ 8.000,00 mensuales para el ejercicio 2013, destinados a solventar los gastos que se originen por el funcionamiento de la Casa de la Juventud Pampeana en la Provincia de Córdoba.Art. 2.- Los responsables del manejo de la Caja Chica creada por el artículo primero serán los agentes Conrado BLANCO, Legajo N 70349, Afiliado 70501, Categoría 14, Rama Administrativa de la Ley N 643y Griselda VALDIVIESO, Legajo 66538, Afiliado 63336, Categoría 14 Rama Administrativa de la Ley N 643.Art.
3.A
los efectos determinado precedentemente la Habilitación de Gobernación entregará la suma indicada en el artículo primero a los agentes mencionados en el artículo segundo del presente Decreto.Art. 4.- Las rendiciones de cuentas de la Caja Chica se realizarán ante la Habilitación de Gobernación en forma mensual, cualquiera sea la cantidad invertida y al haberse producido el gasto del 70% del monto total.Decreto Nº 1313 -26-XII-12- Art. 1º.- Rectificase el artículo 3 del Decreto N 795/12, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 3.- El gasto que demande la aprobación del presente Convenio se atenderá con los fondos de la Jurisdicción "X"- Unidad de Organización 10- Cuenta 1 Finalidad y Función 310- Sección 1- P.P. 011- p.p. 02- S.P.
02- CL 00 -SCL 005- C 8 Partida 6780, y con fondos de la Jurisdicción "X"- unidad de Organización 10- Cuenta 1 Finalidad y Función 310- Sección 1- P.P. 011- p.p. 02- S.P.
03- CL 00- SCL 005 -C 5 Partida 6317, del presupuesto vigente y a las partidas que se le asigne en ejercicios futuros, artículo N 10, tercer párrafo de la Ley N 3 de Contabilidad a cuyo efecto deberá tomar conocimiento la Cámara de Diputados.Decreto Nº 1334 -28-XII-12- Art. 1º.- A partir del 1 de Enero de 2013, serán de aplicación sobre los Valores Unitarios Básicos de Tierras y Mejoras, Urbanas y Rurales determinados en el Revalúo General de la Provincia del año 1975, actualizados al 1 de Enero de 2010 por Decreto N 3281/09 y lo establecido en el Decreto N 2273/01, los siguientes coeficientes:
a Tierras y Mejoras Urbanas: 2,20 DOS CON VEINTE
b Tierras Rurales: Zonas Económicas según Anexo que forma parte del presente Zonas Económicas I y II coeficiente: 2,39 DOS CON
TREINTA Y NUEVE
Zona Económica XVII coeficiente: 2,25 DOS CON
VEINTICINCO
Zonas Económicas XVI y XVIII coeficiente: 2,20 DOS
CON VEINTE
Zonas Económicas III, XV y XIX coeficiente: 2,03 DOS
CON TRES
Zonas Económicas IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XX, XXI, XXII, y XXIII coeficiente: 1,83 UNO CON

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OCHENTA Y TRES
c Mejoras Rurales: 2,08 DOS CON OCHO
Decreto Nº 1351 -28-XII-12- Art. 1º.- Acéptase a partir del 06 de marzo de 2013, la renuncia presentada para acogerse al beneficio del Retiro Especial, establecido por el artículo 6 bis, redacción dada por Ley N 2378 de la Ley N 2341, por el Doctor Eduardo Armando OLMOS, D.N.I. N 11.462.160, Clase 1954, al cargo de Juez de Audiencia de la Primera Circunscripción Judicial.Decreto Nº 1352 -28-XII-12- Art. 1º.- Prorrógase hasta el día 31 de Diciembre de 2013 la vigencia del Decreto N 168/12, dejando constancia que las referencias a la Ley N 2653 deben considerarse efectuadas a la disposición correlativa de la Ley N 2700.Decreto Nº 1353 -28-XII-12- Art. 1º.- Apruébase la documentación confeccionada por la Administración Provincial del Agua en el Expediente Administrativo N
9466/11 caratulado "MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS
PÚBLICOS
ADMINISTRACIÓN
PROVINCIAL DEL AGUA - S/ IMPLEMENTACIÓN DE
PROPAYS EN LA MUNICIPALIDAD DE EMBAJADOR
MARTINI", y en consecuencia facúltase al Señor Administrador Provincial del Agua para que en nombre y representación de la Provincia de La Pampa, suscriba el Convenio obrante a fojas 39.Decreto Nº 1354 -28-XII-12- Art. 1º.- Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto, agente Categoría 14 Rama Administrativa -Ley N 643-, a la señorita Cintia Anabel SERVETTO -D.N.I. Nº 31.134.129 -Clase 1984-, en la Jurisdicción "I" -SECRETARIA GENERAL DE
LA GOBERNACIÓN -Unidad de Organización 01 SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN, dándose carácter condicional a su nombramiento por un período máximo de 180 días corridos de servicio efectivo, con encuadre en el artículo 9 de la Ley Nº 2226 texto vigente.Decreto Nº 1355 -28-XII-12- Art. 1º.- Aprobar lo actuado por la Instrucción en el Sumario Administrativo ordenado por Resolución N 625/11 de Fiscalía de Investigaciones Administrativas, obrante a fojas 413 del Expediente 5411/12.Art. 2º.- Aplicar al agente Sergio Ángel DAVID, D.N.I. Nº 14.646.837, la sanción de exoneración, por aplicación del artículo 80 inciso f, de conformidad con lo normado por el artículo 86, inciso a, ambos de la Ley Nº 1124 y sus modificatorias, como así a lo prescripto por el artículo 19 inciso 1º del Código Penal de la Nación Argentina.Decreto Nº 1357 -28-XII-12- Art. 1º.- Apruébase el contrato de locación de servicios equiparado a la Categoría 8 Rama Profesional con 44 horas semanales de labor y Dedicación Exclusiva, -Ley Nº 1279- a suscribir con la señora María Belén PEREZ D.N.I. Nº 28.405.791
Clase 1980-, que como anexo forma parte del presente Decreto, de conformidad a lo previsto en el artículo 5º de la Ley Nº 1279, percibiendo los Adicionales por Riesgo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 1/2/2013

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaysArgentine

Date01/02/2013

Page count36

Edition count919

Première édition09/06/2000

Dernière édition30/12/2020

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