Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 17/9/2010
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa
Pág. N 1906
Santa Rosa, 17 de Septiembre de 2010
BOLETÍN OFICIAL N 2910
LEY Nº 2580: CREANDO CARGOS EN EL ÁMBITO DEL MINISTERIO DE CULTURA Y
EDUCACIÓN.LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los cinco días del mes de agosto de dos mil diez.-
Artículo 1.- Créanse en el ámbito del Ministerio de Cultura y Educación los siguientes cargos del escalafón docente Ley 1124 y sus modificatorias:
- Nueve 9 cargos de Jefe de Centro de Apoyo Escolar de segunda categoría.
- Tres 3 cargos de Jefe de Servicio de Aprendizaje Integral de segunda categoría - Tres 3 cargos de Jefe de Servicio de Educación Especial de tercera categoría.
- Dos 2 cargos de Jefe de Centro de Estimulación y Aprendizaje Temprano de segunda categoría.
- Un 1 cargo de Jefe de Servicio de Educación Especial de segunda categoría.
- Un 1 cargo de Jefe de Centro de Apoyo Escolar de tercera categoría.
- Un 1 cargo de Jefe de Centro de Estimulación y Aprendizaje Temprano de tercera categoría.
- Seis 6 cargos de Psicopedagogo.
- Tres 3 cargos de Psicólogo.
- Dos 2 cargos de Fonoaudiólogo.
- Un 1 cargo de Asistente Social.
- Un 1 cargo de Maestro Integrador.
- Un 1 cargo de Maestro de Grupo.
Artículo 2º.Establécese que el gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputará a las partidas específicas del Presupuesto vigente. Facúltase al Poder Ejecutivo a efectuar las reestructuraciones y/o compensaciones presupuestarias necesarias.
C.P.N. Luis Alberto CAMPO Vicegobernador
Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.- Lic. Pablo Daniel MACCIONE
Secretario Legislativo Cámara de Diputados
Provincia de La Pampa.-
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
Raúl Eduardo ORTIZ Secretario General de la Gobernación.-
EXPEDIENTE Nº 8427/10
Santa Rosa, 17 de Agosto de 2010
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.DECRETO Nº 1888/10
C.P.N. Oscar Mario JORGE Gobernador de La Pampa.- Néstor Anselmo TORRES Ministro de Cultura y Educación.
C.P.N.
Ariel RAUSCHENBERGER Ministro de Hacienda y Finanzas.SECRETARÍA
GENERAL
DE
GOBERNACIÓN: 17 de Agosto de 2010
LA
Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA
2.580.-
DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto Nº 881 21-V-10- Art. 1º.Reestructúranse partidas del presupuesto vigente de acuerdo a lo establecido en las planillas obrantes de fojas 3 a 243 del Expediente Nº 5298/10.Art. 2º.- Establécese que la Solicitud de Restructuración Nº 174895, adjunta a fojas 174, se autoriza para realizar afectaciones de créditos, pero se dará curso a los pagos correspondientes con el efectivo ingreso de fondos afectados a la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble.Art. 3º.Déjase establecido que la solicitud de Reestructuración Nº 139495, adjunta a fojas 237, se autoriza para realizar afectaciones
de créditos, pero se dará curso a los pagos correspondientes con el efectivo ingreso de los fondos afectados al Ente Provincial del Río Colorado.Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por todos los Señores Ministros.-
Decreto Nº 1659 28-VII-10- Art. 1º.Dispónese la habilitación de créditos presupuestarios para atender erogaciones del mes de agosto del corriente año, por los montos y conceptos que figuran en planillas anexas de fojas 479 a 492 del Expediente Nº 15011/09, de acuerdo al presupuesto aprobado por Ley Nº 2549.-