Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 22/4/2005

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

BOLETIN OFICIAL N 2628

Santa Rosa, 22 de Abril de 2005

5. Cuerpo de Auxiliares Socializadores 6. Cuerpo de Operadores Socializadores 7. Coordinación Terapéutica 8. Cuerpo Profesional 9. Coordinación Pedagógica 10. Cuerpo Docente 11. Area Libertad Asistida TITULO II
MISIONES Y FUNCIONES DE LA DIRECCION
Y DEL PERSONAL DEL I.P.E.S.A.

Pág. n 659

a Planificar, organizar y ejecutar las acciones tendientes a asegurar el normal funcionamiento operativo del Instituto;
b Coordinar las acciones de práctica, cumpliendo el ciclo de aprendizaje de conocimiento de los residentes en las distintas áreas de capacitación de la institución;
c Ordenar la compra de bienes y la contratación de servicios imprescindibles para el cumplimiento de su cometido, en el marco de la normativa que rige el sistema de contratación de la Provincia.Asimismo, tendrá a su cargo, con dependencia directa, el personal administrativo y de servicios generales.-

CAPITULO I
DE LA DIRECCION
Artículo 3.- Son sus misiones y funciones:
a Ejercer la conducción del Instituto, disponiendo los servicios que ordene la Dirección de Niñez y Adolescencia y proponiendo aquellos que resulten necesarios para el positivo accionar del Instituto;
b Supervisar el adecuado cumplimiento del Manual de Contenidos Terapéuticos para la intervención en la problemática que le compete, como así también la observancia de las normas internacionales vigentes en la materia;
c Investigar sobre la temática, mantenerse actualizado y vinculado con otras instancias nacionales e internacionales relacionadas al trabajo con menores en conflicto con la Ley Penal, a los fines de innovar en nuevas estrategias de tratamiento de la problemática y optimizar el cumplimiento de los objetivos institucionales;
d Orientar y fiscalizar la acción del personal del Instituto, estableciendo los mecanismos de delegación de responsabilidades por área, que resulte funcional al cumplimiento del objetivo institucional;
e Diagramar las áreas internas del Instituto, a los fines que resulten funcionales a los objetivos institucionales que se persiguen;
f Reasignar tareas al personal a su cargo cuando las necesidades del servicio así lo exijan;
g Ejercer las facultades disciplinarias que le confieren las normas de convivencia estipuladas para los residentes, como también en relación con el personal;
h Representar al I.P.E.S.A. en Congresos, Convenciones, actos o eventos similares referidos a su problemática;
i Velar por el cuidado, conservación y buen estado de los bienes provistos a la dependencia;
j El cumplimiento de toda otra gestión que le encomendara la Dirección de Niñez y Adolescencia;
k Elaborar el Reglamento de Convivencia para los Residentes.
CAPITULO II
DE LA COORDINACION ADMINISTRATIVA
Artículo 4.- Tendrá dependencia directa de la Dirección del Instituto. Son sus funciones:

CAPITULO III
DE LA JEFATURA DE DESPACHO
Artículo 5.- Tendrá dependencia directa de la Coordinación General. Son sus misiones y funciones principales:
a Realizar la gestión administrativa, patrimonial y contable del Instituto, conforme al régimen establecido en la Ley de Contabilidad de la Provincia y disposiciones complementarias.b Diagramar el cumplimiento de funciones y horarios, controlar la asistencia, otorgamiento de licencias ordinarias y extraordinarias, horas extras y todo otro trámite referido al personal, sin perjuicio de la competencia de los organismos específicos.
CAPITULO IV
DE LA COORDINACION OPERATIVA
Artículo 6.- Será ejercida por personal con acreditada idoneidad en el tema de seguridad institucional y tendrá dependencia directa de la Dirección.
Artículo 7.- Son sus funciones:
a Asesorar a la Dirección en materia de seguridad institucional y personal de los residentes del Instituto;
b Proponer a la Dirección y organizar la mejor distribución y cumplimiento de funciones del personal operativo del Instituto;
c Supervisar el cumplimiento adecuado de las funciones de los Auxiliares, proponiendo a la Dirección lo que evalúe pertinente para el mejor logro de los objetivos institucionales;
d Analizar desde el punto de vista operativo las situaciones conflictivas que se produjeran en el Instituto, evaluando responsabilidades y proponiendo a la Dirección la aplicación de sanciones a los residentes dispuestas en los Reglamentos internos, si así correspondiere;
e Fiscalizar el movimiento interno y externo de los residentes en cuanto al traslado para su presentación en los Tribunales, Juzgados, Centros Sanitarios y otros que surjan de los requerimientos diarios.Artículo 8.- Son sus obligaciones, sin perjuicio de la intervención de los organismos específicos en la materia:
a Mantener actualizado el registro personal de los Operadores y residentes del Instituto;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 22/4/2005

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaysArgentine

Date22/04/2005

Page count44

Edition count919

Première édition09/06/2000

Dernière édition30/12/2020

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