Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 15/10/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Pampa

1483
BOLETIN OFICIAL N 2601

Santa Rosa, 15 de Octubre de 2004

E, Unidad de Organización 20, Finalidad y Función 310- Sección 1- PP. 10- pp. 02- SP- 00- CL. 00- SCL.
000- C. 1 del Presupuesto vigente, en concepto de adicional por actividad crítica por el período comprendido entre el 9 de marzo y el 11 de agosto de 2004.Art. 3.- Oportunamente dése intervención al Tribunal de Cuentas a efectos de dar cumplimiento a lo prescripto en el artículo 7 del Decreto Ley N
513/69.-

Decreto N 1925 -7-X-04- Art. 1.- Por Delegación Contable de Jefatura de Policía, páguese al Oficial Inspector de Policía Ricardo Fabián PADILLA, D.N.I. N 24.163.028, Clase 1974, la suma de $
214,11, en concepto de reintegro de haberes descontados por pasividad correspondientes a 17 días del mes de agosto y 11 días de septiembre de 2003, conforme lo previsto en el artículo 127 de la Norma Jurídica de Facto N 1034.Art. 2.- Transfiérase a los organismos previsionales la suma de $ 34,26 en concepto de Aportes Patronales y $ 29,98 en concepto de Aportes Personales, conforme a la discriminación obrante a fojas 26.Art. 3.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará a la Jurisdicción D; 21; 0; 210; 1; 010; 01; 00;
00; 000; 5; del presupuesto vigente.Art. 4.- El presente decreto, será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.-

Decreto N 1926 -7-X-04- Art. 1.- Dése de baja de las filas policiales, a partir del día 7 de junio de 2004, a la Sargento de Policía Rosana SALADINO, D.N.I. N 20.033.465, Clase 1968, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 132 inciso 1 de Norma Jurídica de Facto N 1034.Art. 2.- Facúltase al Señor Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad a disponer el pago de los haberes y licencias adeudadas correspondientes a la fecha de la baja, previa intervención del Departamento Personal de Jefatura de Policía, Departamento Ajustes y Liquidaciones y Contraloría Fiscal.Art. 3.- El cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2 se imputará a las partidas presupuestarias del ejercicio vigente.Art. 4.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.Decreto N 1927 -7-X-04- Art. 1.- Disponer a partir de la fecha de su notificación el pase a situación de Retiro Voluntario del Sargento Ayudante de Policía Juan Carlos CABRAL, clase 1955, D.N.I.
N 11.541.056, de acuerdo a lo prescripto en los Artículos 12 y 14 de la Norma Jurídica de Facto N
1256, supeditado a la culminación del sumario en trámite.-

Pág. n
Art. 2.- Facúltase al Señor Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad a disponer el pago de los haberes y licencias adeudadas correspondientes a la fecha del pase a situación de Retiro Voluntario, previa intervención del Departamento Personal de Jefatura de Policía, Departamento Ajustes y Liquidaciones y Contraloría Fiscal.Art. 3.- El cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 2 se imputará a las partidas presupuestarias del ejercicio vigente.Art. 4.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.Decreto N 1928 -7-X-04- Art. 1.Comuníquese al Consejo de la Magistratura, a los efectos previstos en el artículo 17 de la Ley N 1676, modificado por Ley N 2098, la vacancia de los siguientes Cargos: Juez de Primera Instancia - Titular del Juzgado en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería N 4, Defensor General - Titular de la Defensoría General en lo Civil N 1 y dos cargos de Agente Fiscal, uno para la Primera Circunscripción Judicial y uno para la Segunda Circunscripción Judicial, creados por Ley N 2088.Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.Decreto N 1929 -7-X-04- Art. 1.- Déjase sin efecto la adjudicación a la Firma Eduardo ARRARAS - Alfredo CARVALHO - items 11 y 17, por la suma de $ 117,99, recaída en la Licitación Privada N 153/03, aprobada por Decreto N 361/04, tramitada por el Departamento de Compras y Suministros, para la PROVISION DE MATERIALES
PARA RED DE GAS NATURAL EN REALICO, por los motivos expuestos.Art. 2.- Aplíquese a la Empresa mencionada en el artículo 1, la sanción prevista en el artículo 97
del Decreto-Acuerdo N 470/73, consistente en la pérdida de la garantía de adjudicación, por un importe de $ 5,90.Decreto N 1930 -7-X-04- Art. 1.- Acéptase la transferencia a favor del Estado Provincial del inmueble propiedad del Estado Nacional, ubicado en calle Villegas 194 de la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, designado catastralmente como: Ejido 047, Circunscripción I, Radio q, Manzana 13, Parcela 6, Partida 546.439, Inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa, al Tomo 267, Folio 179, Finca 41199, con una superficie de 3.500 metros cuadrados, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nacional N 24.081, publicada en el Boletín Oficial N 27.412 de fecha 19
de junio de 1992.Art. 2.- La Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble procederá a inscribir por intermedio de Escribanía General de Gobierno la transferencia de dominio aceptada por el Artículo 1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de La Pampa del 15/10/2004

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Pampa

PaysArgentine

Date15/10/2004

Page count28

Edition count919

Première édition09/06/2000

Dernière édition30/12/2020

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